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No por mucho sancionar se conserva más lozano

A todos nos gusta que se preserve el medio ambiente y que se aplique el principio de "el que contamine pague y repare". Es razonable que los agentes económicos asuman los costes de accidentes derivados de su actividad cuando éstos perjudiquen seriamente el entorno ecológico y se evite, al declararse aquéllos insolventes, que sean los contribuyentes los que sufraguen finalmente su reparación a través del presupuesto público (en España tenemos experiencia sobrada con el desastre de Aznalcóllar o la contaminación del embalse de Flix).

No nos estamos refiriendo a los daños ocasionados a terceras personas o a sus propiedades sino a daños reales causados a recursos medioambientales, abrumadoramente de titularidad pública (hábitats naturales y especies silvestres protegidos, costa, rías, lagos, suelo). Es el problema del surgimiento de responsabilidad ante lo que se denomina "daño ecológico puro".

Opino que, pese a las fuertes medidas y sanciones previstas en la legislación actual, el enfoque en esta materia está mal planteado debido a la gestión ineficaz de los recursos naturales. Cada Estado se ha arrogado la función de guardián exclusivo y expansivo de los hábitats naturales que caen bajo su soberanía. En relación con la prevención y reparación de daños medioambientales la Directiva 2004/35/CE ha marcado la pauta en toda Europa.

En el derecho español la transposición de dicha Directiva se hizo hace más de un año con la aprobación de la Ley 26/2007, de 23 de oct., de Responsabilidad Medioambiental (LRM), alineada con nuestro derecho constitucional al medio ambiente (art. 45) y con la Ley de prevención y control integrado de la contaminación. La referida LRM ha sido desarrollada parcialmente mediante reglamento que entró en vigor el pasado 23 de abril de 2009.

Siguiendo nuestra querencia patria de hace años por reforzar la protección en materia medioambiental, la LRM ha establecido a muchas empresas la obligación para el 2011 de adherirse al sistema comunitario de gestión y auditorías medioambientales (EMAS) o bien al de gestión medioambiental ISO 14001. Además, para aquellas que ejerzan una actividad de alto riesgo (enumeradas en el anexo III de la LRM) se impone la obligación (voluntaria en la Directiva) de constituir una garantía financiera (póliza de seguro, aval bancario o aportación a un fondo de reserva técnica ad hoc) para asegurar una rápida reparación (primaria, complementaria y compensatoria) en caso de producirse daños medioambientales.

Este texto legal consagra, además, dos tipos de responsabilidad: por un lado, la subjetiva que surge cuando exista dolo o negligencia y, por otro, la objetiva pensada para aquellas actividades especialmente peligrosas (anexo III) que es exigible sin que medie siquiera negligencia y a pesar de que se hayan cumplido con todos los deberes resultantes de la Ley. Además, con independencia de que toque establecer garantía y/o pasar obligada auditoría, caso de producirse un desastre ecológico se pretende que se responda siempre con carácter ilimitado (art. 9,1), debiendo devolver los recursos naturales a su estado original.

Esta responsabilidad es, por otro lado, exigible hasta 30 años después de cesar la actividad empresarial y es compatible con otras exigidas de carácter administrativo o incluso penal. Además, este régimen es de mínimos, pudiendo las Comunidades Autónomas en su propio feudo o el mismo Estado central endurecerlo ulteriormente y extenderlo también a otras actividades y sujetos (disposición adicional segunda). También la Ley pretende tener efectos extraterritoriales para aquellas empresas españolas que tengan una actividad fuera de la UE y causen daño medioambiental (disposición adicional 13ª de la LRM).

Quedan fuera los daños causados a la atmósfera o en alta mar (regidos por convenios de derecho público internacional). Algunos expertos en derecho medioambiental echan de menos, no obstante, que esta LRM haya dejado fuera de su ámbito los daños causados por instalaciones nucleares o por traslado de residuos fuera de la UE. Incluso ciertos ecologistas sugieren, con admirable celo, que también surja responsabilidad medioambiental por polinización de transgénicos e incluso por actividades de defensa nacional (es un lujazo que este país cuente con semejante tropa tan concienciada por nuestro entorno).

Por su parte, es muy significativo que la LRM establezca exenciones a la Administración al eximirla de cualquier responsabilidad medioambiental por daños ocasionados con ocasión de la ejecución de obras públicas (carreteras, embalses o trasvases). Es decir, obligaciones, garantías y sanciones para el sector privado y, por el contrario, blindaje para la actividad del sector público que siempre se justifica en aras del interés general. Digo yo que si se daña la naturaleza, no importará que su origen sea de actividad privada o pública.

Esta LRM y los principios que la inspiran parten de la premisa de que los recursos naturales "son de todos" y que –por tanto– deben ser custodiados de forma excluyente por el Estado.

Éste podrá actuar de oficio contra las empresas, pero como no es un buen gestor de sus posesiones, confía en sus celotes: la Ley reconoce a las ONGs que trabajen en la protección de la naturaleza la posibilidad de interponer acciones legales contra aquellas empresas en caso de que perciban en su quehacer algún daño o amenaza (sic) para el medio ambiente.

El socialismo de todos los partidos sólo sabe establecer objetivos comunes para todos e imponer sanciones a granel. Churchill ya advirtió que ningún sistema socialista puede triunfar sin una policía política. Esto no es lo más efectivo. El actual paradigma público-medioambiental se propaga por doquier; en nuestro ordenamiento hay ya promulgadas más de 4.000 disposiciones al respecto. Parece que éstas recelan del desarrollo económico e ignoran lisa y llanamente que la extensión de los derechos de propiedad sobre los recursos naturales claramente definidos y defendidos (y no las concesiones) es una de las mejores garantías para reducir la contaminación y conservar el medio natural.

El cisne y la peste

No hay un claro consenso de dónde surgió. Algunos aseguran que fue en la gran estepa que actualmente ocupa Ucrania, otros la sitúan en las laderas del Himalaya. Si nos atenemos a la cronología de sus fatídicos efectos, quizá la ubicación más acertada sitúe su origen en los grandes lagos de África Oriental. Pero surgiera donde surgiera la Yersinia pestis, la bacteria causante de la peste bubónica, se convirtió en un inesperado cisne negro que modeló la historia de la humanidad.

El cisne negro es como se define a aquellos hechos poco probables e impredecibles que tienen un impacto muy importante.  La Y. pestis surge de una mutación adaptativa que toma a la pulga de la rata como huésped. Las necesidades climáticas de la bacteria, la adaptación de la rata a la vida humana, las rutas comerciales del imperio romano del siglo VI, los hábitos sociales, culturales y religiosos de las sociedades del mundo mediterráneo en esta época y un lógico desconocimiento médico de la enfermedad se aliaron para que en unos pocos años  la población europea se viera diezmada. Es difícil calcular cuántos muertos provocó después de quince siglos, pero se calcula que entre el 15 y el 40% de la población murió, bien de forma directa o como consecuencia de las hambrunas que se generaron posteriormente.

 Resulta muy interesante cómo dos modelos de sociedades tan distintos reaccionan de manera tan diferente a un mismo hecho tan desolador. Los efectos de la peste en el Imperio Bizantino (un estado fuertemente centralizado y jerarquizado) y en la Europa Occidental (ocupada por los germanos en pequeños y medianos reinos de futuro dudoso y en eterna lucha), fueron totalmente diferentes, pero sobre todo definieron quién sobreviviría y dominaría durante los siglos siguientes y quién empezaría un lento pero inexorable destino funesto.

La muerte de millones de habitantes en imperios, reinos, ducados, condados, baronías y feudos provocó, además de la lógica histeria apocalíptica, escasez de alimentos y de mano de obra. Los supervivientes ni querían ni se atrevían a salir de sus casas y volver a sus quehaceres una vez que se iniciaba un brote de peste, lo que paradójicamente favorecía el control de la enfermedad, pero desencadenaba hambrunas. En Constantinopla se optó por el control de precios y así Justiniano prohibió que los sueldos y los precios de los productos sobrepasaran un máximo que arbitrariamente imponía. En una sociedad más descentralizada y caótica como la europea occidental, tales medidas no es que fueran inconcebibles, sino que al carecer de una entidad central coactiva se "dejaba" la decisión a los señores feudales que gobernaban en ese momento, y éstos estaban más centrados en sobrevivir a la siguiente invasión germánica o de su vecino que a controlar una economía que apenas entendían.

Aseguran los economistas Ronald Findlay y Mats Lundahl que la reducción de mano de obra en el norte de Europa provocó una demanda que disparó los salarios de forma que los más ricos se volvieron más pobres y viceversa. Cada vez era más difícil para un señor feudal mantener unido a un siervo a su tierra y el campesino empezó a tomar decisiones que afectaban su propio futuro, pasando a controlar su vinculación a la tierra. La llegada del arado de vertedera desde China en ese mismo momento permitió a los más emprendedores incrementar la productividad de la tierra con menor mano de obra, precisamente algo que faltaba en ese momento. Y así el norte de Europa, una región pobre, boscosa, sólo para los espíritus más rudos empezó a cambiar. Se idearon nuevas rotaciones de cultivos, necesarias para una población cada vez mayor y más rica y para la alimentación de un ganado que se iba a convertir en la principal fuente de energía en el campo hasta la invención de la máquina de vapor. Se eliminaron grandes bosques que fueron sustituidos por campos y nuevos asentamientos humanos que buscaban nuevos terrenos que colonizar. La creciente riqueza permitió de nuevo el comercio, aunque también atrajo a saqueadores y guerreros que querían tomar por las buenas lo que aquellos producían, lo que definió y permitió nuevos sistemas de defensa y guerra que dominaron también durante siglos.

Nada de esto ocurrió en el Imperio Bizantino y la revolución se inició así en Occidente. Pero no debemos ser injustos con Bizancio; su tamaño y su fortaleza aún era enorme. Justiniano y sus herederos fueron capaces de hacer frente con relativo éxito a nuevos invasores orientales. Así, los árabes musulmanes, libres de la peste, atacaron a dos imperios heridos, el Sasánida y el Bizantino con éxitos dispares. Mientras el primero terminó en sus manos, el segundo no lo hizo hasta 1453, cuando Mehmed II conquistó Constantinopla. Fue esta pelea la que permitió que Occidente se desarrollara de esta manera y no de otra, que no fuera invadido en su totalidad por el islam, no sólo permitiendo la revolución agrícola sino otra más profunda que le llevaría al desarrollo del capitalismo, del comercio, de la individualidad frente al colectivismo, de la separación de poderes y de la cultura del esfuerzo.

Estado y delegación de decisiones

Algunas personas defienden la existencia del Estado porque desean que tome decisiones en su nombre en ciertos ámbitos: les gusta que el Gobierno decida por ellos y creen que les soluciona muchos problemas ("te lo da todo hecho"), ni siquiera lo ven como un mal menor.

Delegar decisiones en otros es perfectamente legítimo. En la ética de la libertad cada persona decide por sí misma en el sentido de que otros no interfieren de forma ilegítima y le imponen coactivamente sus propias decisiones. Pero no es obligatorio decidir por sí mismo: cada individuo puede decidir por su cuenta en el ámbito de su propiedad, pero no tiene por qué hacerlo, puede delegar en otros para que decidan por él (aunque esta delegación es en sí misma una decisión que toma cada uno).

A menudo se presenta la acción humana como resultado de una decisión de acción intencional que escoge un objetivo valioso e intenta alcanzarlo utilizando medios escasos, asumiendo costes. Pero suele olvidarse que el proceso de decisión es en sí mismo una acción cognitiva de procesamiento de información que también tiene costes, pudiendo darse una sobrecarga cognitiva. Cuando hay muchas alternativas, se carece de experiencia en un ámbito o no se dispone de la información adecuada, puede tener sentido recurrir a otra persona para que nos asesore o ayude en nuestra decisión, y si la confianza es suficiente puede llegarse a aceptar que un experto tome la decisión en nuestro nombre.

La ciencia económica estudia estas relaciones entre el principal (el delegante) y el agente (el delegado): cómo escogen los principales a los agentes y cómo controlan que trabajen en beneficio del principal sin abusar de su confianza.

Algunos ciudadanos utilizan al Estado como su agente en diversos ámbitos y aceptan sus decisiones asumiendo que los gobernantes saben más que ellos y se preocupan por su bienestar. Pero quienes pretenden justificar así al Estado olvidan varios aspectos esenciales.

El Estado no se limita a ser el representante de quienes recurren a él, sino que se impone sobre todos los ciudadanos, lo acepten o no, y lo hace de forma monopolística, sin permitir la competencia de otros posibles agentes que podrían ofrecer sus servicios en los mismos ámbitos.

Es trivial afirmar que el mejor Gobierno es aquél en el cual gobiernan los mejores, pero el problema esencial es cómo determinar en qué consiste ser el mejor y quiénes son los mejores. La democracia es inútil para ello, ya que no es posible que los ignorantes decidan mediante votación quiénes son los sabios: se puede apreciar la belleza sin ser guapo, pero no se puede estimar la inteligencia sin ser inteligente.

Los políticos aseguran desvivirse por los gobernados, y algunos ciudadanos son tan ingenuos que hasta se lo creen. La escuela de la elección pública muestra cómo en el mejor de los casos los gobernantes son personas como las demás con sus propios intereses particulares; en los casos más realistas los políticos son individuos con ansias de poder y control sobre los demás y usan su poder en su propio beneficio a costa de los demás.

Quienes delegan sus elecciones en el Estado tal vez no han pensado en cómo violan la libertad ajena. O quizás sí: es posible que consigan exactamente lo que quieren, imponer sus decisiones sobre todos. Si es posible que cada uno decida por su cuenta, algunos acertarán y otros se equivocarán: los que se consideren más incompetentes preferirán no quedarse atrás, y como no pueden conseguir triunfar intentarán que o los demás fracasen también o que no haya diferencias, que no se pueda elegir y se imponga el mismo menú a todos.

Las personas intolerantes no se contentan con vivir sus propias vidas respetando las de los demás. Sienten miedo o repugnancia por la libertad ajena, y son capaces de aceptar restricciones sobre sí mismos con tal de que también se las impongan a los demás: el Estado es su herramienta uniformizadora favorita, y como los seres humanos no suelen ponerse de acuerdo sobre qué restricciones son deseables surgen las peleas por controlar el aparato de la coacción política.

Sólo una sociedad libre donde se permita la competencia entre mecanismos alternativos de representación (incluida la negativa a ser representado) puede ser legítima y prosperar.

Precario económico

Jesús Huerta de Soto, en Dinero, Crédito Bancario y Ciclos Económicos, realiza un minucioso estudio jurídico compositivo de dos figuras contractuales diferenciadas: el préstamo y el depósito irregular. Al hilo de sus explicaciones caben algunos comentarios que resultarán muy útiles para comprender la trascendencia que tiene la vulneración de los principios generales del Derecho arrastrada por la imposición de una reserva fraccionaria bancaria.

Un depósito irregular, de bienes fungibles (como es el dinero), implica para el depositario (quien los recibe), la obligación de guardar y custodiar, y para el depositante (quien lo entrega) el derecho a disponer sobre la cosa en cualquier momento, reincorporando una cantidad y calidad de bienes idéntica a la previamente entregada (tantundem).

Cuando en lo que era un depósito irregular se reconoce al depositario el derecho a servirse del bien depositado (en este caso un bien fungible, como el dinero), dicha relación jurídica deja de ser considerada un depósito para convertirse en un préstamo (artículo 1768 del Código Civil). Siguiendo este precepto resulta obvio que el depósito bancario, tal y como está regulado en nuestra legislación, no puede ser considerado depósito, dada su definición institucional.

Desde el momento en que el banco puede disponer y servirse del dinero que le es entregado, queda transferido el dominio efectivo del bien, como sucede en los préstamos, pero con una salvedad: siendo el depósito a la vista, no existe plazo contractualmente previsto. El "depositante" cree tener plena e inmediata disponibilidad sobre su dinero, y así lo admite la otra parte (el banco), cuando en realidad el cumplimiento de este pacto que duplica la disponibilidad resulta jurídicamente imposible (económicamente parece serlo en base a la ley de los grandes números, que estima viable mantener una reserva fraccionaria inferior al 100% y cercana a 0, con la que responder a las retiradas puntuales y nunca generalizadas de sus clientes).

La ausencia de plazo previamente pactado implica que el préstamo es de renovación continua, al segundo, al instante: un corto plazo radical. El contrato de préstamo sin plazo se denomina precario: el propietario de la cosa transmite el uso, pero no el dominio, pudiendo reclamar el bien en cualquier momento, quedando prestatario obligado a restituirlo cuando así le fuera exigido (artículo 1750 del Código Civil). Todas estas consideraciones se refieren al comodato, o préstamo regular, de un bien no fungible, cierto y determinado.

El depósito bancario es una excepción privilegiada legalmente que no pierde la consideración de depósito irregular aun cuando se admita la doble disponibilidad (y la consecuente descoordinación en la preferencia temporal de los distintos agentes –depositantes y depositarios– que intervienen en la economía). Semejante aberración jurídica consolida una suerte de precario irregular, que por sus características, y como hemos atisbado más arriba, resulta imposible y desnaturalizado. El comodato no transfiere la propiedad de la cosa, mientras que el mutuo (préstamo de bien fungible) sí lo hace. La inexistencia de plazo tiene su sentido en el primero: confianza, proximidad o la vigencia de usos y costumbres locales que marcan cesiones de uso por temporada, por ejemplo. Los conflictos son fácilmente resolubles entre conocidos, íntimos, o miembros de una misma comunidad donde la confianza es alta y cierta. El bien cambia de manos pero sigue conservando su entidad, es fácilmente identificable, localizable y por tanto, llegado el caso, recobrable. Su uso no implica su consumo, quizá sí su desgaste. Se trata de bienes no fungibles.

El depósito irregular convertido en mutuo (préstamo) al reconocer la disponibilidad de la cosa al "depositario", pero sin plazo (consolidando la ficción de la doble disponibilidad) no comparte con el precario comodato ninguna de las características que lo hacen eficiente en términos institucionales: el precario regular no duplica la disponibilidad ni dificulta, por la naturaleza del bien, su inmediata recuperación. En los contratos bancarios se pierde la confianza en el receptor del bien así como la certeza de que siempre, en todo momento, mantendrá la reserva suficiente como para responder a sus obligaciones con uno, pero también con el resto de depositantes. La ley de los grandes números no garantiza nada, menos aún cuando sabemos que la doble disponibilidad conduce a procesos de expansión crediticia y reducción del tipo de interés que derivan indefectiblemente en ciclos económicos recurrentes, donde la liquidez y solvencia bancarias son las primeras en quedar seriamente afectadas.

Para mantener esta situación de quiebra sistémica se recurre a una norma del Estado que concede el privilegio de seguir denominando depósito a lo que en realidad es un mutuo (préstamo) precario de imposible cumplimiento, sembrando entre los depositantes la confianza necesaria para mantener el entramado en un inestable equilibrio. Puesto que los ciclos económicos o el extremo apalancamiento de los bancos conducen a quiebras irremediables, la banca libre con el privilegio (reconocido por el Estado) de la reserva fraccionaria, termina por exigir la presencia de un prestador de última instancia que acuda en ayuda de los agentes “privados” en situaciones extremas (y cotidianas).

Con un patrón monetario caracterizado por un dinero externo como el oro, ni siquiera la acción del banco central como prestador de última instancia garantiza la viabilidad del sistema, siendo indispensable que el Estado de un paso más, expropiando el dinero y convirtiendo su dinero fiduciario, interno del Banco Central, en el dinero de curso legal. De esa forma se cree posible garantizar la liquidez del sistema.

El resultado de que la ley respalde el esperpento jurídico que representa una suerte de préstamo irregular (mutuo) de tipo precario (imposible, por definición) enmascarado en la forma del depósito bancario, incitando a una perversa sensación de doble disponibilidad sobre el mismo bien, es la necesaria y radical planificación y regulación del sistema monetario y financiero vigente.

Dalmacio Negro, en su Teoría del Orden, establece la prelación del Orden Jurídico con respecto al Económico. Define el primero como reflejo de lo recto en virtud de lo justo, siendo los principios generales del Derecho aquellos fundamentos estructurales mínimos que hacen del sistema de normas un conjunto eficiente y dinámico. El orden económico siguiendo su explicación, comporta la libertad de acción conforme a la rectitud jurídica, en cuanto a la posesión, adquisición y transmisión de bienes. Con sus palabras cerramos este artículo; por sí mismas resuelven todas las dudas y debates suscitados en torno a esta cuestión: banca libre con coeficiente de caja del 100% versus banca libre con reserva fraccionaria (abocada a terminar siendo introducida dentro de un sistema de absoluta intervención): "Siendo la posesión la causa final propia del orden económico, si se confunde la posesión con la propiedad el Derecho se llena de sentido económico. Pierde entonces el orden jurídico la autonomía que le es propia, facilitando la primacía de lo económico sobre los demás órdenes."

En defensa de la cordura

Todavía impresionado por las agudas lecciones que el profesor Antal Fekete nos impartió a los asistentes al seminario que albergó este Instituto el pasado fin de semana, quiero centrar mi comentario en una cuestión práctica que abordó en una de sus intervenciones.

Me refiero a la dificultad, aparentemente insalvable, de articular un conjunto básico de respuestas liberales a la crisis mundial, debido a lo que él mismo denominó "luchas fratricidas" entre sus diversas escuelas de pensamiento. Fekete se lamentaba, con amargura, de las barreras intelectuales que dividen a los partidarios de la recuperación de un patrón de dinero sólido con respaldo metálico, frente al modelo de dinero fiduciario de curso legal y forzoso emitido por los bancos centrales.

Si se comparte la idea de atribuir la responsabilidad de la depresión que estamos sufriendo al segundo de estos modelos, ¿por qué no se presenta una alternativa común que oponer a los intervencionistas dominantes, sin perjuicio de que continúe el debate intelectual interno? Eso es lo que venía a plantear, en esencia, Fekete.

De cualquier modo, podríamos añadir, debe comprenderse que la lucha contra la banca central –de Estado o global– y el dinero fiduciario constituye una piedra de toque para acabar con uno de los instrumentos más eficaces del dominio estatal sobre los individuos, cuyo desmoronamiento se está produciendo delante de nuestros ojos y de los mandarines que dirigen esa política monetaria. Sobre ese pilar, además, se ha edificado un Estado omnipotente que ha dejado inermes a unos, que no se benefician de conexiones con el poder político, y convertido a otros en dependientes de la rapiña que sortea el Estado del Bienestar.

Ni que decir tiene que el gran público se muestra ajeno totalmente a estas disquisiciones. Aunque el recelo y la desconfianza son crecientes, parece que el descontento queda atrapado en la telaraña tejida durante más de setenta años por los presupuestos ideológicos intervencionistas. Dentro de ese contexto, solo una efectiva difusión de ideas alternativas puede hacerlas aptas para ser asimiladas por sectores amplios de la sociedad. Esa condición resulta previa para que lleguen a convertirse en guía de las múltiples elecciones públicas que los individuos realizan a lo largo de su vida. No se trata de confeccionar un programa político a corto plazo, sino de difundir los cimientos de un determinado curso de acción alternativo para el futuro.

El anterior ejemplo sobre diferencias exacerbadas entre liberales podría ampliarse a otras muchas instituciones impuestas por el Estado, cuya reforma o simple abolición concita acuerdo. Un excesivo énfasis en resaltar diferencias, objetivamente nimias si se comparan con las abismales que separan a los liberales de los idólatras del Estado, cortocircuita la transmisión de un mensaje inteligible para una mayoría no especializada. Se trata de no descuidar ningún flanco ya que, no nos engañemos, las recetas liberales parten de una posición peor que la que otorgaría el desconocimiento en el mercado de las ideas. Una propaganda apabullante las ha estigmatizado con éxito como reacciones de una minoría privilegiada. Simple y llanamente.

Observada la situación desde otro punto de vista, los momentos de crisis espolean el ingenio de los seres humanos. En el emergente mundo de las ideas liberales en español hemos presenciado la publicación de estudios dirigidos al gran público que tratan de diagnosticar las causas y apuntan vías de salida para estos males, sin parangón en el lado de los socialistas e intervencionistas. Esperemos que se produzca un fenómeno de retroalimentación y que autores ignotos se atrevan a plasmar sus conocimientos y sus propuestas no solo en publicaciones científicas, sino también en medios de difusión populares. Si no se consigue una masa crítica de seguidores de la causa de la libertad, va a ser prácticamente imposible cambiar este estado de cosas.

Discrepo de una línea de pensamiento que sostiene que el sufrimiento directo de los efectos a que conduce indefectiblemente el modelo en crisis constituye la mejor receta para que sobre sus cenizas surja espontáneamente un orden diferente. Por el contrario, intuyo que la hidra demagógica dispone de un terreno abonado para desviar las responsabilidades y reinar sobre el campo de Agramante en las peores condiciones. La experiencia histórica y contemporánea corrobora que cabe la posibilidad de que los hombres persistan en el error durante mucho tiempo y encumbran a sus causantes.

Fruto de la división del trabajo y de su ingenio, los seres humanos han desentrañado progresivamente misterios de la naturaleza y disponen de medios técnicos que les pueden facilitar la vida de una manera increíble no hace tantos años. Si este progreso ha sido posible gracias a la mejora del conocimiento, debe ser posible que la comprensión básica de los problemas de las sociedades por un número suficiente de individuos sirva de pilar para corregir el rumbo, antes de que el experimento socialista-estatista continúe produciendo más resultados catastróficos sobre los conejillos de indias humanos.

El fiasco de la comuna europea

Si algo ha quedado claro en los pasados comicios europeos es que la ansiada unión política continental importa cada vez menos a los ciudadanos de los países que componen la UE. La participación no hecho más que bajar desde la celebración de las primeras elecciones comunitarias, allá por 1979. La abstención ha aumentado casi un 20% desde entonces, y ya se habla abiertamente de crisis de legitimidad.

Sin embargo, el creciente desinterés de los votantes por las instituciones que gobiernan desde Bruselas es una cuestión baladí si se compara con la vulneración ética del espíritu de la Unión a lo largo de estos años. La UE se ha transformado en una superestructura política, burocrática y administrativa de dimensiones descomunales. Un Superestado, con competencias propias cada vez más amplias, que aspira a regular todos y cada uno de los ámbitos económicos, sociales y civiles de los ciudadanos.

Por desgracia, ya ha quedado en el olvido el principio fundacional que dio origen a la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (CECA). Un tratado, semilla de la actual UE, por el que Francia, Italia, Alemania y el Benelux acordaron crear un mercado común para el comercio de determinados productos mediante la eliminación de aranceles y subvenciones nacionales.

La libre circulación de personas, mercancías y capitales ha quedado en un segundo plano. En la actualidad, Bruselas gobierna el destino de millones de europeos al más puro estilo de planificación central moscovita, sólo que, de momento, dicha superestructura cuenta todavía con los contrapesos de los gobiernos nacionales para limitar, hasta cierto punto, su creciente intervencionismo.

Sin embargo, en breve, tras la ratificación del Tratado de Lisboa, la UE se consolidará como una entidad jurídica autónoma e independiente de sus estados miembro. De ahí a la configuración de una Comuna Europea tan sólo dista un paso. El fallido proyecto de Constitución continental es una buena muestra de lo que se avecina: un monumental compendio jurídico y regulatorio que, bajo la ambigüedad de la economía social, avanza hacia la armonización fiscal, la consolidación de la redistribución de ingresos y rentas vía subvenciones y ayudas públicas y el ecocomunismo del cambio climático, entre otras lindezas.

Una cosa es establecer un área de libre comercio en donde ciudadanos y empresas gocen de mayor capacidad de acción gracias a la eliminación de trabas nacionales, y otra muy distinta es que el Gobierno comunitario aspire a crear un Estado de Bienestar central y monopolístico con el fin de sustituir, simplemente, la nefasta intervención política de los estados-nación. La competencia es sana, no sólo a nivel empresarial sino también administrativa. El camino hacia la libertad es, pues, justo el contrario. De hecho, el fenómeno de la globalización, ahora en peligro, hace obsoleta la formación de un bloque económico unitario.

El ejemplo a seguir no es la comuna que nos ofrece Bruselas. De hecho, la senda del liberalismo arraiga con fuerza en otro continente, tal y como muestra el caso de Singapur, Hong Kong, Vietnam…

No hay lugar para Sopranos

Está claro. Los Soprano, a pesar de arrasar en los Emmys, a pesar de ser considerada por la crítica internacional como una de las mejores series de la historia de la televisión, no triunfa en nuestro país.

Relegadas a la televisión de pago, fuera del prime time en las generalistas, las andanzas de unos mafiosos italoamericanos de Nueva Jersey no parecen haber calado en los gustos de los televidentes españoles. En su lugar, series más cercanas a la idiosincrasia española, a nuestra forma de ser, como Los Hombres de Paco o Cuéntame, así como programas de entretenimiento como Mira quién Baila en los que famosos como Ortega Cano despliegan sus habilidades danzantes, copan la pequeña pantalla.

Aquí no hay nada que decir. Como buen liberal, me parece que sobre gustos no hay nada escrito y que cada espectador debe poder elegir sus programas favoritos (otra cosa es que las televisiones públicas habría que cerrarlas mañana mismo).

Pero este artículo no va de modelos de televisión, ni de series. Aquí lo que me interesa es la razón de que en nuestro país, el modelo de familia mafiosa, como los Soprano en la ficción o los Gotti o Genovese en la vida real, no tengan la gran presencia que tienen en otros países, muy especialmente en Estados Unidos.

Efectivamente, excepto clanes muy localizados y vinculados a actividades ilícitas muy concretas, como los famosos Charlines del narcotráfico gallego, el modelo Soprano brilla por su ausencia en España. Y otro modelo de familia, de clan, como los Chaves, encabezados por "la persona más honrada de Andalucía", ZP dixit, es perfectamente legal y en ningún modo puede ser considerado mafioso como ha quedado perfectamente claro después de la sesión de control en el Congreso sobre el particular.

Así, actividades que en otros países son infestadas por la mafia, como el sindicalismo, las contratas de basuras, la explotación de locales nocturnos o la concesión de licencias urbanísticas, aquí se han podido ver libres de dicha plaga.

Y creo que la razón es la existencia de partidos políticos y sindicatos que gracias a su estructura, a su fuerte imbricación en la sociedad y a su omnipresencia en casi todas las actividades económicas no han permitido que mafias privadas al estilo sopranil se desarrollen.

Un ejemplo. Un sindicalismo independiente puede ser fácilmente penetrado por la mafia. En cambio, UGT o Comisiones Obreras, apoyadas por el estado y subvencionadas con dinero público, no dejan lugar a que las mafias convencionales entren. La competencia es demasiado fuerte.

Otro. Un bar estilo Bada Bing en Madrid hubiese tenido que pasar por la criba que representa la concesión de licencias por parte del ayuntamiento y posiblemente operase en un local de propiedad municipal, como el caso del tristemente famoso Balcón de Rosales. En estas condiciones, la mafia clásica lo tiene muy difícil.

Otro más. Como vemos en Los Soprano, los intereses de la famiglia también abarcan el terreno de la construcción y la especulación urbanística, corrompiendo a cargos municipales y sobornando a políticos. Esto aquí no sucede. Como representantes de partidos políticos que son, en España es prácticamente imposible sobornar de forma individual a un concejal o a un alcalde, pues están metidos en una férrea estructura de partido que hace que los casos de corrupción individual que empiecen y acaben en el propio individuo corrupto sean muy limitados.

Está claro. Cuanto más consiga el poder político, a través de sindicatos y partidos, meterse en todos los ámbitos de la sociedad, cuanto más consiga el Estado controlar y dominar la vida de las personas, menos sitio tendrán las mafias tradicionales. Así, con los nazis, con Mussolini, en la Unión Soviética o en la Cuba de Fidel, las mafias privadas brillaban por su ausencia… el Estado era la única y todopoderosa mafia.

Y aunque algún malpensado pudiera creer que en nuestra Nación de Naciones pudiese darse el mismo caso, esto no va a pasar. Efectivamente, las mafias tradicionales como Los Soprano lo tienen difícil aquí, lo cual es una gran noticia para el ciudadano de a pie, pero, afortunadamente, no corremos el riesgo de que el Estado español con sus partidos y sindicatos omnipresentes, se convierta en una supermafia única y todo poderosa.

Gracias al Estado de Derecho en el que vivimos, a la independencia del Poder Judicial y a la labor de control que se lleva a cabo en el Senado y el Congreso, así como a las elecciones que cada cuatro años se celebran y en las que el pueblo español puede expresarse democráticamente, y, por supuesto, a la gran labor de la Corona, ese peligro está muy, pero que muy lejano.

Nota del autor: Si os gustan Los Soprano, tenéis que descargaros, legalmente y previo pago del canon, The Wire No tengo palabras.

Hayek en Guatemala

Escribo con mucho retraso una somera crónica del XIX Coloquio Liberty Fund celebrado a finales de enero en la ciudad de Guatemala en torno a la obra de Hayek Derecho, Legislación y Libertad. Forma parte de un interesantísimo programa que llevan adelante la fundación citada y la Universidad Francisco Marroquín, en el que participábamos dieciséis comentaristas de toda América y España. El sistema de trabajo, ya muy experimentado en los encuentros Liberty Fund, consiste en llevar estudiadas algunas lecturas seleccionadas por el director del Programa, que se someten a un comentario dialogado bajo la supervisión de un director de Discusiones. No hay que llevar textos preparados ni salen actas editadas; se trata de hablar, pensar y discutir en torno a una mesa redonda. Con un resultado fascinante: son apenas dos días (eso sí, con un horario intenso de sesiones académicas y actividades conjuntas obligatorias) en los que uno disfruta tanto de la disputatio intelectual que se somete a consideración como del trato con unos colegas recién conocidos que al final resultan casi amigos de toda la vida.

Me resulta complicado destacar alguna de las seis sesiones que analizaban la obra de Hayek, a través de unos capítulos escogidos. Pero dada la limitación del espacio en estas columnas no puedo menos que resaltar tres de ellas, comenzando por la primera: "Constructivismo versus orden espontáneo". Empezamos reconociendo esta gran aportación hayekiana sobre los órdenes abiertos, la organización social espontánea en contrapartida a los sistemas planificadores (tan del gusto de muchos políticos de izquierdas y derechas) que pretenden imponer a los ciudadanos valores, criterios de conducta o incluso una pormenorizada lista de precios oficiales, como ocurría en los regímenes comunistas. Es una sutil y peligrosa tentación intelectual, a veces fruto de un mal comprendido cientismo ilustrado, que aspira a resolver todos los problemas humanos desde las racionalización constructivista, olvidando que los hombres hemos progresado más bien gracias a la creatividad innovadora en un entorno de libertad. (En España resulta muy fácil de comprender esta idea a la vista de la insistencia de los gobiernos socialistas por cambiar nuestras formas de vida y de pensar, con toda esa educación para la ciudadanía y sus obsesivos esfuerzos para convertir nuestro país en lo que no es, por mucho que ellos pienses que sea lo que debería ser…)

Resultan particularmente atractivas las páginas del capítulo sobre "Razón y evolución", en las que Hayek menciona una pionera intuición de estas ideas en nuestros escolásticos de Salamanca, al hablar de los fenómenos que "son resultado de la acción humana, pero no del designio humano". Y recuerda, citando a Luis de Molina, cómo entendieron aquellos doctores que se formaba el precio natural: a partir de la estimación común, en ausencia de fraude o engaño.

Esta primera discusión terminó derivando hacia una comparación de los sistemas jurídicos anglosajones (en los que Hayek pensaba al escribir su obra) basados en el Common Law, frente a los códigos jurídicos de la Europa continental; así como hacia una reflexión sobre el iusnaturalismo y su carácter moral, en contra de esa insistencia racionalista por crear la realidad y no reconocerla tal y como es.

Paso a continuación a recordar las dos últimas sesiones: "La mal llamada justicia social" y "La constitución de Hayek". En cuanto al tema de la justicia, también me parece una brillante aportación hayekiana ese aviso contra la tontería (no encuentro una palabra mejor) de creer que existe una justicia comunitaria… Él escribía pensando en que lo que tienen que ser justas son las reglas, no los resultados; que en un sistema abierto puede haber éxitos y fracasos (a veces, inmerecidos) con beneficios y responsabilidades personales; y en todo caso, la cuestión a perfilar sería qué mínimos de atención humanitaria son exigibles al Estado, siempre con la precaución de que no invada más de la cuenta las libertades individuales. Yo discutiría tal vez un cierto deslizamiento hacia el relativismo que se entrevé en la argumentación hayekiana, porque defiendo con mayor convicción la existencia de unos valores que sustentan la naturaleza humana al margen de culturas y de épocas. Lo que me reafirma en la postura de que la justicia debe ser algo personal, lo mismo que la libertad y la consiguiente responsabilidad.

Hayek cierra su libro proponiendo un nuevo modelo constitucional, que permitió enriquecer el debate del encuentro que vengo comentando. Como alguien señalaba, parece que el profesor austríaco es muy bueno en su diagnóstico de los problemas sociales, pero menos hábil a la hora de proponer soluciones. También se le regañaba por caer, precisamente, en la tentación constructivista que acababa de criticar. Pero claro, es comprensible que después de señalar los males de nuestra organización institucional se tenga la preocupación por ofrecer un camino alternativo.

Su propuesta descansa sobre dos principios básicos: el reconocimiento de unas normas de recta conducta y la limitación de los poderes del Gobierno. A partir de aquí, Hayek diseña un sistema con dos cuerpos representativos: una Asamblea Legislativa compuesta por personas de 45 a 60 años que son votadas por los ciudadanos de esa misma edad; y una Asamblea Gubernativa, más parecida a nuestros actuales parlamentos. Junto a ellos, un Tribunal de Cuentas y un Tribunal Constitucional (muy independiente, repite varias veces) vigilarían la acción de los gobiernos de turno.

El punto de partida también es provocativo, porque Hayek insiste en la idea de que la democracia no tiene por qué ser necesariamente un mecanismo social perfecto. Claro que son peores cualquier tipo de dictaduras, pero considerar angélicamente que un sistema democrático siempre funciona bien es de personas bastante ilusas. Hasta los mayores crímenes pueden cometerse con un impecable sistema democrático. La cuestión aquí es definir los límites de los poderes públicos y garantizar su independencia. Yo no hacía más que acordarme de nuestro sistema judicial en España, sometido a unas cámaras legislativas, que hacen lo mismo que propone el Gobierno: ¿dónde quedó la separación de poderes?

Fallos del mercado. Perdone, ¿fallo de quién?

El mercado ha fallado, se nos dice. Incluso economistas que aparentemente parecían defender el libre mercado abrazan esta tesis, como el caso del chicaguense Richard Posner en su reciente libro A Failure of Capitalism.

A esta tesis responde Peter Boettke con una analogía del exitoso nadador olímpico Michael Phelps: "Si ataras de brazos y piernas a un nadador de primera como Michael Phelps, le ataras pesadas cadenas sobre los pies y le lanzaras a una piscina y se hundiera, no lo llamarías un ‘fracaso de la natación’ o un fracaso de Michael Phelps. Entonces, cuando los mercados han operado con el lastre de excesivas y perjudiciales regulaciones, ¿por qué llamarlo ‘fracaso del capitalismo’?"

Pero una vez que se llega a la conclusión de que el mercado ha fallado, la idea más ampliamente aceptada es que el Estado debe intervenir para solucionarlo. Estos fallos del mercado aparecen por doquier en la mente de los intervencionistas, ya sea cuando se produce cualquier tipo de efecto externo, existen presuntos bienes públicos, el mercado no es "perfectamente competitivo", la información es "asimétrica e imperfecta", existe "elevado riesgo e incertidumbre", el número de especies del oso polar en Alaska no es el óptimo, o cualquier otra excusa que se les ocurra.

Sin embargo, antes de identificar un fallo de mercado y clamar por una mayor intervención, no estaría de más pararse a reflexionar sobre estos puntos:

  1. ¿Existe realmente un mercado que pueda funcionar libremente y al que, en consecuencia, se le pueda culpar por resultados no deseados? Quizá, por ejemplo, no estén bien definidos ni protegidos los derechos de propiedad, por lo que estrictamente, no existiría un mercado. Piense, por ejemplo, en los problemas originados por los efectos sobre especies animales y marinas de la caza y pesca en recursos comunes (problema conocido como "tragedia de los comunes").
  1. ¿Cuál es la estructura legal e institucional que influye la actividad que supuestamente es un fallo del mercado? Quizá, como decía Boettke, los individuos que forman ese mercado están expuestos a una maraña de regulaciones y restricciones que dificulta sus interacciones voluntarias y origina ineficiencias. Piense, por ejemplo, en la escasa innovación y emprendimiento en España, actividades que algunos señalan como sujetas a estos fallos del mercado.
  1. ¿Bajo qué criterios está juzgando al mercado? El mercado es una institución humana, por tanto imperfecta, y utilizar el criterio de la perfección no vale. Parece algo obvio, pero no lo es. Y es que, como recuerda Lucas Engelhardt, "comparar el mundo real con construcciones imaginarias (léase modelo de competencia perfecta u criterio de eficiencia paretiana) y usar éstas para condenar a la realidad es una práctica largamente aceptada en la economía convencional. Los austriacos están en frecuencia solos al declarar que ésta no es una forma válida de medir la optimalidad de los resultados del mercado".
  1. ¿Realmente es deseable solucionar ese presunto fallo? Quizá los costes de solucionarlo sean muy altos. ¿Por qué no se ha solucionado hasta el momento? Quizá existiera alguna traba administrativa, legal o de otro tipo que impidiera su resolución. ¿Por qué supone que no se va a solucionar en un futuro inmediato? Quizá al tratar de corregir ese problema de manera estatal en un punto determinado del tiempo, lo que haces es evitar que aparezca una solución de mercado un poco más tarde, obstaculizando el proceso de descubrimiento empresarial. Piense, por ejemplo, en las innovaciones que se impidieron durante décadas en el sector aéreo por ser monopolios legales.
  1. ¿Por qué está suponiendo que, en caso de hallar un problema real, sería deseable que el Gobierno interviniera? Quizá esté juzgando con distinto criterio al mercado y al Gobierno. Mientras que al primero le ve fallos, al segundo lo analiza en sus modelos como un tipo ideal. ¿Acaso el Gobierno no tiene fallos? ¿Sabe cómo funciona el proceso político? ¿Realmente le gustaría confiar la resolución de los problemas en los políticos y burócratas, esos mismos que tan frecuentemente salen en los medios acusados de corrupción y asuntos sucios varios, y que tanto le mienten, engañan y manipulan en su misma cara solo para conseguir su voto? Y una vez analizado el funcionamiento de la política con una adecuada teoría de la acción humana, ¿cómo sabe que los fallos del mercado son más graves que los del Gobierno?

Resulta que cuando uno se para a pensar sobre estos puntos, al menos quien escribe estas líneas concluye que se suele utilizar un doble rasero para valorar los resultados del mercado y los del Estado.

Esto creo que se puede ver con claridad en el caso de la educación en España. Pocos dudarán del penoso desempeño del sistema educativo español. Sin embargo, pocos defienden que el Estado se retire de la arena educativa, y el consenso mayoritario pide que se haga un Pacto de Estado, que se hable con todas las fuerzas sociales, etc., etc. Es decir, continuar con el estatismo pero darle alguna vuelta de tuerca.

Por el contrario, imagínense que la educación estuviera a cargo del sector privado y que, imaginemos, estuviera dando tan malos resultados como los actuales (aunque lo más probable sería que desde el Estado se exageraran negativamente esos resultados, y que se nos dijera que de no ser por un cambio hacia un modelo estatalizado, la sociedad acabaría en la miseria educativa). En ese caso, ¿alguien duda de la reacción de los políticos y de muchos intelectuales? "¡El mercado ha fallado, hay que intervenir!", se nos diría.

O también podemos apoyar la tesis del doble rasero con un fenómeno recurrente: cuando fracasan las agencias o instituciones públicas a la hora de cumplir su papel, éstas exigen un mayor poder para tratar de evitar esos fallos en el futuro, y normalmente lo consiguen. Véanse los casos de los servicios de inteligencia para evitar el 11-S, la reguladora Securities and Exchange Commission (SEC) para evitar el caso de Madoff o la Reserva Federal americana con sus alocadas políticas, causantes en buena medida de la crisis actual. En cambio, las organizaciones privadas que en un libre mercado fracasan al no satisfacer las exigencias de los consumidores simplemente desaparecen.

Es curioso este doble modo de pensar y, desgraciadamente, también de actuar. A los fallos del Estado se responde con más Estado, mientras que a los fallos del mercado se responde del mismo modo: con más Estado e intervención.

La dispersión pluralista del poder

Para impulsar el crecimiento socioeconómico de modo duradero y compatible con las libertades políticas, una condición adicional a la aparición de las democracias representativas es la dispersión pluralista del poder.

En estos momentos, el pueblo puede elegir a los dirigentes políticos en democracias, de un modo más o menos justo en función de que sus elecciones se produzcan de forma directa o indirecta, con listas abiertas o cerradas, con primera o segunda vuelta, con circunscripción local o nacional o, incluso, con una valoración igualitaria del voto o bien proporcional en función de la región donde se resida.

Sin embargo, la característica que permite distinguir una estructura institucional pluralista de una cleptocracia (y también de un Estado dividido en mini-autocracias) es la existencia de contrapesos de poder, que fragmenten, acoten e independicen con eficacia los poderes ejecutivo, legislativo y judicial.

Influido por el parlamentarismo inglés, el barón de Montesquieu publicó en 1748 su célebre obra El espíritu de las leyes en donde se resaltaba con acierto la necesidad de contrapesos de poder que eviten su concentración en pocas manos:

Cuando los poderes legislativo y ejecutivo se hallan reunidos en una misma persona… entonces no hay libertad porque es de temer que hagan leyes tiránicas para ejecutarlas del mismo modo. Así sucede también cuando el poder judicial no está separado de los poderes legislativo y ejecutivo. Estando unido al primero, el imperio sobre la vida y sobre la libertad de los ciudadanos sería arbitrario, por ser uno mismo el juez y el legislador y, estando unido al segundo el poder sería tiránico, por cuanto gozaría el juez de la misma fuerza que un agresor. En un Estado en que un hombre o una corporación [por ejemplo, la actual casta política con sus diferentes franquicias intervencionistas] administrasen los tres poderes… todo se perdería enteramente.

Pues bien, es fácil identificar los anteriores males dentro de la partitocracia de España dado que, después de más de treinta años de democracia, tal y como afirma el profesor Pedro Schwartz, todavía seguimos buscando a Montesquieu. La clase dirigente española ha logrado degenerar la estructura institucional, con un crecimiento exponencial del tamaño del Estado y su legislación en la última mitad del siglo XX y a comienzos del XXI. Si lo anterior ya es grave, la falta de independencia de los órganos de gobierno de los jueces y de sus altos tribunales hace imposible la existencia de un Estado de Derecho digno de llamarse así.

Por ello, resulta evidente preguntase qué posibilidades existen de limitar la coacción de los políticos si vivimos sin separación de poderes, sin independencia judicial, con escasos medios de comunicación independientes y, en general, con pleitesía de las instituciones ante los poderes ejecutivos de un Gobierno central y de 17 mini-autocracias autonómicas, en permanente lucha intervencionista por más financiación y mayores competencias.

La legislación conjunta de múltiples parlamentos, controlados por sus respectivos gobiernos regionales, llena el mercado de regulaciones, funcionarios, burocracia y barreras al comercio. Adicionalmente, la impunidad judicial de las autonomías permite la imposición de leyes liberticidas, sin que los ciudadanos queden protegidos por la tutela de jueces ordinarios o por la acción decidida y contundente de los tribunales superiores de justicia.

Separar el poder y ralentizar la actual inflación legislativa son reformas esenciales para limitar la acción de los políticos y así lograr defender los derechos individuales por encima de los actos administrativos del poder ejecutivo y más allá del alcance de las leyes del poder legislativo. Y es que sólo una democracia duradera y correctamente evolucionada, garantiza de modo eficiente las propiedades, los contratos y las libertades ciudadanas, con una estructura institucional que permita un buen control ciudadano sobre las decisiones más trascendentales, la limitación del tamaño del Estado y la dispersión pluralista del poder.

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