Ir al contenido principal

¿Se puede salir de la crisis sin crédito?

Los problemas de los sistemas financieros de cada país son vistos por la clase política y mediática y, consecuentemente, por muchos ciudadanos, como uno de los principales obstáculos para salir de la crisis que estamos viviendo. Se suceden las reformas del sector bancario en nuestro país; son constantes las referencias a la fluidez del interbancario como signo de evolución de la crisis; y hay una queja generalizada entre las empresas sobre la falta de crédito para su actividad. Parece que no se puede salir de la crisis sin que vuelva a fluir el crédito.

Con tal disculpa, y con la consonante necesidad de restablecer la solvencia de cajas y bancos, los políticos han concedido y siguen concediendo ingentes fondos públicos a las entidades financieras: no hay dinero para nadie, excepto para los bancos, para los que en cambio no parece haber límite.

Y, claro, bancos y analistas financieros nos siguen bombardeando con los peligros de que no funcione el sistema crediticio ("el aparato circulatorio de la economía"), nos convencen a todos y sobre todo a los gobiernos, y consiguen nuevas remesas de millones de euros para sus arcas, mientras a los demás se nos suben los impuestos, se nos reducen las pensiones y se nos empieza a re-cobrar por servicios públicos que supuestamente se pagan con los impuestos antes dichos.

Pero, ¿es realmente necesario el sacrificio? ¿Hasta qué punto es verdad que el crédito es imprescindible para la economía y, por tanto, para salir de la crisis?

La creación de empresas precisa de una inversión que permita al emprendedor acopiar aquellos recursos necesarios para llevar a cabo su idea. Tal inversión o acopio solo se puede hacer a partir de recursos previamente ahorrados, por lo que es evidente que sin ahorro no puede haber inversión.

Ahora bien, el ahorro puede haber sido realizado por una persona diferente del emprendedor. Y éste lo que hace es pedir prestado dicho ahorro a su dueño a cambio de algún tipo de contraprestación. Por ejemplo, participar en gestión y beneficios si el ahorrador entra como accionista; o devolución de principal más intereses si el ahorrador entre como prestamista.

Así pues, se crea un mercado al que los emprendedores acuden con sus proyectos y los ahorradores con sus ahorros, que podríamos llamar mercado crediticio. Y aparecen agentes que se especializan en canalizar los ahorros a los proyectos a cambio de una retribución como intermediario: los agentes financieros, los bancos. En la medida en que este mercado sea eficiente en su funcionamiento, se canalizará mejor el ahorro hacia los proyectos empresariales a menor coste para todos los involucrados.

No perdamos de vista, sin embargo, una cosa: el mercado de crédito es un gran facilitador para los posibles emprendedores. Pero NO es imprescindible para la creación de empresas. Para esto, lo que se necesita es ahorro, propio o ajeno, pero solo ahorro.

Una empresa necesita tanto el crédito como la energía, las telecomunicaciones o medios de transporte. ¿Puede haber empresas sin luz o sin teléfono? Difícil de imaginar, ¿verdad? Pues lo mismo ocurre con el crédito. Nada es imprescindible, pero todo facilita enormemente la tarea. De hecho, cualquier industria viable en el libre mercado lo es porque "facilita enormemente la tarea" de otros individuos, sea como consumidores o emprendedores.

Por tanto, no debería singularizarse la industria del crédito como imprescindible para la salida de la crisis. El mismo razonamiento que se aplica para que los gobiernos den dinero a los bancos se podría aplicar a la industria alimenticia, energética, de transporte o textil: ¿cuánto tiempo duraría el emprendedor en su trabajo si no tuviera ropa que le abrigara y protegiera?

Si esto es así, ¿por qué las empresas contribuyen al coro de quejas de ausencia de crédito? La razón puede tener que ver con el mutuo condicionamiento que se produce por las condiciones de los distintos sectores productivos. Me explico: si la energía o las telecomunicaciones fueran gratuitas, surgirían muchas empresas cuya viabilidad se sostendría en dicha gratuidad. Estas empresas adaptarían su estructura productiva, como muchas otras, a esas condiciones. En el momento en que la energía o telecomunicaciones subieran de precio, todas las empresas deberían adaptarse a la nueva situación para ser viables, pero aquellas que han construido su viabilidad sobre esa gratuidad, posiblemente se verían abocadas a la desaparición.

Algo parecido ha ocurrido con el crédito: gracias a la intervención de los gobiernos (mediante los bancos centrales y la fijación del tipo de interés de referencia), el crédito ha sido abundante y muy barato. Por ello, muchas empresas han adaptado su estructura productiva a estas condiciones. En el momento en que empieza a haber restricciones de crédito (producidas porque el gobierno no deja ajustar el precio), todas estas empresas han de adaptar su estructura o morir, con más riesgo en aquellas que más dependencia tengan. La gravedad de la situación estriba en que prácticamente cualquier actividad económica puede adaptarse a depender del crédito barato (todas las empresas trabajan con dinero), mientras que la dependencia de la energía o de telecomunicaciones es distinta de unos actividades a otras.

No es de extrañar, pues, que muchas empresas clamen por la reapertura de los mercados de crédito, y unan su voz al coro de plañideras del sector financiero. Les hacen así un enorme favor a bancos y cajas, que rara vez se ve devuelto, como lo prueba el que dichas empresas sigan quejándose de ausencia de crédito pese a todas las ayudas dadas a los agentes financieros.

En resumen: por supuesto que es necesario que el crédito fluya libremente para poder salir de la crisis; es tan necesario como que funcione cualquier otro sector económico con demanda real en el mercado. Pero no es imprescindible: lo imprescindible es que haya ahorro, no que haya crédito. Mientras haya lo primero, ya se encargarán los emprendedores de buscar y proporcionar lo segundo, aunque sea sin el actual sistema financiero.

En defensa de otros ayuntamientos

Como modo urgente de paliar el calamitoso estado de las cuentas públicas, ha surgido la idea de forzar la fusión de miles de pequeños ayuntamientos que existen en España para, se dice, ahorrar gastos innecesarios y reducir los déficits y el endeudamiento público. Sin duda, con la vista puesta en el anuncio del gobierno griego de eliminar dos tercios de esas administraciones locales para ahorrar gastos, pero con precedentes en la reorganización ensayada en otros países europeos, los defensores de esa reforma administrativa esgrimen unos argumentos dignos de consideración: Debido a su minúsculo tamaño, estos gobiernos locales son muy poco eficientes a la hora de gestionar servicios. Si los ayuntamientos, sigue la argumentación, tuvieran un tamaño que les permitiera alcanzar economías de escala y optimizar su gasto, sería posible, además, eliminar otras administraciones locales superpuestas que contribuyen al descomunal volumen del aparato burocrático español, esto es, las diputaciones provinciales y los cabildos y consejos insulares.

Sin embargo, aun reconociendo que la propuesta más definida asume que el proyecto consistiría en promocionar la agrupación de ayuntamientos, adaptándose a sus circunstancias concretas, más que en imponer esa medida desde el gobierno central o autonómico respectivo, entiendo que ese planteamiento invierte las prioridades que deben fijarse para simplificar y reducir al máximo la estructura administrativa del Estado e, incluso, soslaya la cuestión de que la centralización y la concentración de funciones no garantiza por sí misma la reducción del gasto. Antes al contrario, el ahorro inicial derivado de la supresión de cargos electos y funcionarios municipales equivalentes quedaría muy menguado si se mantienen las actuales premisas legales y políticas que incentivan el gasto irresponsable de los gobiernos locales. La supuesta solución residiría en dar vueltas al mismo modelo sin atajar los problemas de fondo.

Si desengranamos las disposiciones de la Ley de bases del régimen local en España, cuyo cuerpo principal, refundiendo y actualizando la legislación franquista, se aprobó durante los mandatos de González Márquez, comprobaremos hasta qué punto los socialistas marcaron su impronta en el régimen local español, de acuerdo a los símbolos utopistas dibujados en los carteles de estilo infantil del genial José Ramón Sánchez para la campaña electoral de las elecciones municipales de 1979.

En el artículo 25 nos encontramos con una declaración de partida ciertamente chocante: "El Municipio, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover toda clase de actividades y prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal". Sin ser conscientes del exceso cometido con ese desiderátum colectivista, los legisladores españoles atribuyen a los ayuntamientos la provisión obligatoria y gradual de determinados servicios (pero no excluyente de otros) en función de su número de habitantes. En principio (Art. 26.1) todos los ayuntamientos deben prestar los servicios de alumbrado público, cementerio, recogida de residuos, limpieza viaria, abastecimiento domiciliario de agua potable, alcantarillado, acceso a los núcleos de población, pavimentación de las vías públicas y control de alimentos y bebidas. Subiendo en esa escala, en los pueblos con más de 5.000 habitantes debe añadirse al menos un parque público, una biblioteca pública, un mercado y el tratamiento de residuos. En el siguiente peldaño (municipios con población superior a 20.000 habitantes), los ayuntamientos deben asumir la protección civil, la prestación de servicios sociales, la prevención y extinción de incendios y las instalaciones deportivas de uso público. Por último, en las localidades con una población superior a 50.000 habitantes, la lista de servicios se amplía al transporte colectivo urbano de viajeros y a la protección del medio ambiente.

A poco que el lector haya viajado por España, no se le habrá escapado (incluso antes del definitivo impulso dado al despilfarro por el anterior inquilino de La Moncloa) que todo pueblo que aspire a tener cierta reputación cuenta con un parque, un centro cultural y un polideportivo con piscina públicos. No ha sido ajeno a esta proliferación de obras y servicios públicos, imposibles de mantener por los impuestos ordinarios de los pequeños municipios, el papel de las manirrotas comunidades autónomas y las expectativas que abre la legislación urbanística de confiscar a los promotores los terrenos necesarios e, incluso, obligarles a pagar los costes de ejecución inicial de los proyectos. Toda esta dinámica parecía parte del sueño español, a pesar de que la "sabiduría" del legislador impuso esos servicios solo a los Ayuntamientos de más de 20.000 habitantes. Curiosamente, el tamaño que los redactores de la propuesta de UPyD consideran óptimo para la gestión de un municipio.

Pero cabe defender otro régimen local en España. Un modelo que abra los ayuntamientos a la competencia y les haga responsables de sus decisiones, permitiéndoles prestar solo aquellos servicios que puedan financiar con los ingresos obtenidos por sus tributos reales de ejercicios pasados, sin incluir los impuestos y tasas procedentes de la gestión urbanística. La enajenación de parte de su patrimonio debería destinarse a saldar sus deudas. Esta opción no impediría que gran parte de los servicios se presten por empresas privadas que se encargarían de cobrar a sus clientes, bien como concesionarias o bien como competidoras. Estas reglas, respetuosas de su autonomía y de la elección de sus vecinos, paliarían los déficits y el endeudamiento que han alcanzado límites insoportables después del pinchazo de la burbuja inmobiliaria. En el caso de que los políticos locales impulsaran planes de incremento de gasto se verían obligados a trasladar inmediatamente el coste a los vecinos a través de los impuestos.

Una cuestión diferente sería que, además, fruto de la decisión de sus habitantes de emigrar a otros municipios donde existan mejores condiciones para trabajar o invertir, la despoblación de muchos municipios conduzca a la agrupación voluntaria de ayuntamientos o, incluso, a abrir la posibilidad de constituir mancomunidades que compartan los sueldos de los funcionarios públicos asignados a más de un ayuntamiento, sin que cada uno ellos pierda su personalidad jurídica. En este caso, obviamente, debería reformarse la rígida legislación de los funcionarios y empleados públicos para permitir la amortización de aquellos puestos que no tengan garantizada su existencia en el presupuesto y la movilidad administrativa.

O Iberia Express o la nada

Tarde y con sobresalto llega la filial de bajo coste de Iberia. Tarde porque Iberia Express, que es como han dado en llamarla, tendría que haber nacido hace cuatro años, cuando empezó la crisis. Y con sobresalto porque, a pesar de lo evidente, los pilotos la han terminado armando contra toda lógica tratando de mantener sus privilegios a cualquier precio. Lo cierto es que, se pongan como se pongan los pilotos, a la que fue aerolínea de bandera española no le quedan muchas más opciones si quiere sobrevivir: o se adapta al mercado o el mercado la entierra después de una historia larguísima de más 80 años.

El de las líneas aéreas es uno de los negocios más difíciles que existen. Dada su naturaleza, es complicado de planificar. Requiere, además, un capital muy costoso como las aeronaves o las instalaciones aeroportuarias que implican, especialmente las primeras, un mantenimiento que encarece aún más la factura. Luego viene el capítulo de personal, que ha de ser numeroso y cualificado. Por último, los aviones no se mueven sin queroseno, y el queroseno está por las nubes desde hace años.

Todos estos inconvenientes se compensaban en tiempos con monopolios aéreos que garantizaban la rentabilidad, y sino lo hacían, como las principales líneas aéreas eran estatales, el Gobierno de turno se limitaba a enchufarlas al presupuesto. Todo era muy bonito pero, claro, volaban cuatro. La apertura de los cielos europeos y la irrupción de las compañías de bajo coste en los años noventa fue la que terminó de poner el mercado patas arriba.

La cuestión era simple, puramente evolutiva: o los jugadores se amoldaban a las nuevas normas impuestas por el mercado –es decir, por nosotros los consumidores– o desaparecían del mapa. Resumiendo, Iberia Express llega porque así lo hemos pedido, no por un capricho de los directivos de la empresa que, por lo demás, vivirían tan ricamente si Iberia fuese un mostrenco estatal, ineficiente y malo como lo fue en los años de su servidumbre pública.

Iberia, cuya red intercontinental da bastante dinero, corría el riesgo de quebrar arrastrada por el desastre en la red de vuelos nacionales y europeos, que es precisamente el campo donde las low cost hacen su agosto a costa de hacer verdaderas virguerías en la gestión y de, por qué no decirlo, de sacar buenos dineros a los Gobiernos autonómicos que quieren su Barajitas privado con sus avioncitos subvencionaditos. Los que mandan en Iberia dicen que no van a tirar de los segundo y que van a ser unos artistas de la eficiencia. Si lo consiguen será motivo de alegría para los accionistas, para los clientes y, naturalmente, para los trabajadores.

¿Se debería acabar con la ayuda al desarrollo?

El sistema de cooperación internacional al desarrollo está en plena refundación. Así piensan diversos expertos en una publicación del Real Instituto Elcano. Identifican una crisis tanto de legitimidad como de identidad del sistema.

La llamada Ayuda Oficial al Desarrollo es criticada de forma creciente por una variedad de analistas. Desde la izquierda neomarxista (permítanme la licencia del "neo") más anticapitalista a las ya conocidas críticas desde los liberales, pasando por economistas académicos.

Los puntos de las críticas son obviamente distintos, pero todos ellos merecen consideración. Los unos enfatizan el papel de la ayuda como instrumento ideológico de Occidente y de grandes corporaciones; los otros, que es un arma del intervencionismo gubernamental; y los de más allá ponen su acento en la falta de evidencia empírica sobre la bondad de la ayuda en generar efectos positivos de desarrollo.

Por el otro lado están, lógicamente, los defensores de la ayuda externa. Jeffrey Sachs es su cabeza más visible, y quizás menos matizada y más utópica. Pero se estaría errando si se pensara que, criticando a Sachs, se critica a todos aquellos que piensan que los países desarrollados tienen un importante papel que jugar en ayudar a las sociedades y regiones más pobres.

¿Qué debería hacerse con el sistema internacional de cooperación al desarrollo? El debate está abierto y, en realidad, salvando extremos, algunas de las posturas no son tan contrapuestas como parece. El mismo Bill Easterly, visto generalmente como un enfant terrible del enfoque de la ayuda externa, reconoce que ésta cuenta en su haber con casos de éxito. Las dos siguientes citas provienen de su The White Man’s Burden: Why the West’s Efforts to Aid the Rest Have Done So Much Ill and So Little Good: "Algunas historias de éxito muestran que las agencias de ayuda pueden hacer progresos. Ha habido programas exitosos alimentando a los hambrientos, lo que significa que niños han podido conseguir comida en Voluntad de Dios, Ecuador. El éxito en expandir el acceso al agua limpia ayudó a los pobladores de una comunidad de Kwalala, Malawi".

Y, acto seguido, afirma que "Las agencias de ayuda podrían hacer mucho más sobre estos problemas si no estuvieran desviando sus energías hacia Planes utópicos y fueran hechos responsables por las tareas tales como proporcionar comida, carreteras, agua, servicios sanitarios, y medicinas para los pobres".

Según se desprende de Easterly, hay un importante margen para mejorar los resultados e impactos de la cooperación al desarrollo. Desde mi punto de vista, se requiere un enfoque mucho más modesto, con programas centrados en problemas concretos, en los que exista rendición de cuentas (accountability). Los protagonistas de estos programas deben dejar de ser planners, para ser searchers con incentivos claros y un conocimiento de las circunstancias locales relevante.

La ayuda externa no es en absoluto una pieza clave para que los países crezcan y se desarrollen de forma armoniosa y sostenida. Incluso puede ser contraproducente. Pero, al mismo tiempo, puede ser un elemento que ayude a suavizar problemas acuciantes puntuales.

Televisiones y campañas electorales, la libertad eliminada

Dentro de unos días se celebran elecciones en dos comunidades autónomas españolas: Andalucía y Asturias. Es, por tanto, un buen momento para centrar la mirada en la legislación electoral española en alguno de sus aspectos. Uno, y no menor, es el relativo a la normativa sobre medios de comunicación existente para la campaña electoral. Esta es sumamente restrictiva, en parte, pero no sólo, gracias a una deficiente protección constitucional de la libertad de expresión.

La normativa electoral contempla una serie de limitaciones para los medios de comunicación en general, como la prohibición de informar sobre encuestas electorales durante los últimos días de la campaña. Pero, además, en el caso de las televisiones privadas es todavía más intrusiva en su actividad. Desde enero de 2011 les impone un régimen de funcionamiento similar al previamente existente ya para las televisiones públicas (cuyo papel o, incluso, la justificación o no de su existencia no vamos a tratar en el presente artículo). Tan sólo se exime a las privadas de la obligatoriedad de emitir propaganda electoral gratuita. Como contraparte, y atacando de forma directa a la libre empresa y cerrando una fuente legítima de ingresos, se les prohíbe emitir anuncios políticos pagados.

Entre las modificaciones que introdujo la Ley Orgánica 2/2011, de 28 de enero, en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, figura la inclusión de un "punto 2" en el artículo 66 que obliga a las televisiones privadas a respetar "los principios de proporcionalidad y neutralidad informativa en los debates y entrevistas electorales así como en la información relativa a la campaña electoral de acuerdo a las Instrucciones que, a tal efecto, elabore la Junta Electoral competente".

La Junta Electoral Central interpretó la norma en una instrucción del 24 de marzo de 2011 que viene a reforzar el ataque a la libertad de expresión y a la libre empresa.

En su punto Séptimo, la instrucción impone a los canales privados la obligación, en periodo electoral, de "garantizar el respeto a los principios de pluralismo e igualdad", además de "los principios de proporcionalidad y neutralidad informativa en los debates y entrevistas electorales, así como en la información relativa a la campaña electoral que decidan realizar". Evidentemente, la apelación a los principios de pluralismo, igualdad o neutralidad, que no son desarrollados más a fondo, es coartar en gran medida la libertad de las televisiones de tener una línea editorial de apoyo a un partido político frente a otro.

Sí se desarrolla más a fondo, en el apartado octavo, punto 1, qué quiere decir el principio de neutralidad:

Entendiendo este en el sentido de que su tratamiento deberá atender preferentemente a los resultados obtenidos por cada formación política en las últimas elecciones equivalentes, sin que dicho criterio impida proporcionar otra información sobre aquellas candidaturas que no se presentaron o no obtuvieron representación en las últimas elecciones. En cualquier caso, estas últimas candidaturas no podrán recibir una cobertura informativa mayor que las formaciones políticas que obtuvieron representación en las últimas elecciones.

La "neutralidad", tal como la entienden los partidos que aprobaron la reforma de la ley electoral (PSOE, CiU, PNV y PP, si bien este último después dijo que fue un error apoyar estos cambios y anunció que no iba a reclamar su aplicación) y la Junta Electoral Central, no sólo es un ataque a la libertad de las televisiones privadas, a las que se les imponen cuotas de emisión por partidos. También supone un importante obstáculo a los pequeños partidos no presentes en las instituciones. Si una cadena quiere informar sobre uno de ellos, está obligada a dedicar espacios de tiempo mucho más largos a hablar de los grandes partidos, de forma que se diluye el mensaje de los pequeños.

La legislación electoral española, con la excusa de la neutralidad y la pluralidad, ataca la libertad y el pluralismo político e informativo. Una sociedad de ciudadanos libres no puede permitirse el lujo de que sean los políticos quienes decidan cómo se informa sobre determinados acontecimientos, con independencia de que se trate de un partido de fútbol, un desfile de moda o una campaña electoral.

140.083 millones de razones

…lo que equivale al 13,1 por ciento de toda la riqueza que produce el país entero a lo largo de un año. El dato tiene su importancia tratándose de unos organismos creados de forma artificial no para dar respuesta a las necesidades ciudadanas, sino para usurpar competencias ajenas y formar un paisaje político en el que las aspiraciones nacionalistas tuvieran cabida constitucional.

¿Para qué sirve una comunidad autónoma? Evidentemente, para nada; para nada bueno, me refiero. Sólo para depredar la riqueza de los ciudadanos y exacerbar las contiendas con el resto de autonomías y el gobierno central, al objeto de que la nutridísima clase política periférica pueda justificar su provincianismo cateto de boina, chapela, barretina y mariscada.

El eje vertebrador de la política autonómica es el victimismo hacia un agravio ancestral, unas veces cometido por el Estado y otras por las provincias limítrofes, cuya solución histórica exige un esfuerzo económico cada vez mayor de los contribuyentes, los mismos a los que jamás se ha pedido opinión por esas supuestas traiciones de las que son objeto por parte de sus compatriotas.

Con las transferencias en educación y sanidad, decisión de Aznar por supuesto sin consultar a los usuarios, la ruina del sistema era sólo cuestión de tiempo. Ese momento ha llegado y la solución que se nos propone es pagar todavía más por unos servicios de los que somos rehenes todos los ciudadanos, porque la clase política se cuida mucho de no permitirnos elegir acerca de la forma de educar a nuestros hijos, cuidar nuestra salud o garantizarnos el retiro.

El mal llamado "copago" -porque no se va a pagar a medias con otro y además se trata técnicamente de una nueva tasa autonómica -, es la última afrenta de una casta política que ha hundido el sistema sanitario y aún así se niega a renunciar a sus prebendas devolviendo la competencia al gobierno para su gestión de forma centralizada. Falta dinero para financiar la sanidad pública, pero en lugar de ahorrar 20.000 millones de euros agrupando compras, costes y suministros, los políticos han decidido mejor dejar todo como está y sacar esos millones adicionales del triste bolsillo de los contribuyentes.

Siempre ha habido razones más que suficientes para execrar el sistema autonómico. En el mismo momento de su creación, pero especialmente ahora que nos ha llevado a la ruina al país entero. Desde 2008, año en que comenzaron a hacerse patentes los efectos de la crisis, las comunidades autónomas han duplicado el volumen de su deuda pasando de 72.000 a 140.000 millones, un baldón infame que esmalta esta construcción sociopolítica tan española, cuya principal utilidad ha sido el servir de colocación para doce mil desocupados con carné de partido.

Ciento cuarenta mil millones de euros, veintitrés billones de pesetas, es el montante del pufo autonómico. ¿Le parecen a la ministra Mato pocas razones para oponerse al copago?

Constitución 1812. El bicentenario de una concepción liberal del Estado.

Hace doscientos años que se promulgó la Constitución de 1812 (1)(2)(3) en un contexto histórico en el que la concepción de España, como un Estado democrático y de Derecho, estaba sitiada por los tropas napoleónicas, los intereses creados en torno al absolutismo y los felones afrancesados.

Hoy en día, los territorios que integran España siguen padeciendo los intentos de desvertebración de los dirigentes separatistas y la carencia de sentido de Estado de una mayoría de políticos, que piensan antes en el cálculo electoral y cortoplacista que en dotar las condiciones jurídicas de máxima protección de los derechos civiles de los españoles para que puedan interactuar en libertad.

Concepción liberal del Estado

Pero ¿qué significado tiene la concepción liberal del Estado español que estableció la Constitución de 1812? Atendiendo a lo expresado por la burguesía del siglo XIX, significa disfrutar de un régimen político en el cual los ciudadanos tengan derechos civiles por encima de cualquier casta dirigente y elijan democráticamente a sus representantes.

Sin embargo, también significa aplicar un Estado de Derecho que permita que esos ciudadanos sean iguales ante la ley, sin coacciones ni discriminaciones en función del territorio de residencia y, por tanto, sin barreras comerciales ni lingüísticas impuestas por políticos liberticidas. En definitiva, significa la protección de los derechos civiles, la interacción en un mercado libre y la defensa inteligente de los intereses de todos los españoles en el ámbito internacional.

Soberanía en la Constitución de 1812

Permítanme que en el bicentenario de La Pepa desgrane los artículos que considero esenciales para el arraigo de una concepción liberal del Estado. Aunque, en primer lugar, hay que precisar que la Constitución de 1812 no destaca precisamente por ser concisa, dado que cuenta con 384 artículos. Así, por ejemplo, el Título III abarca desde el artículo 27 al 167 para realizar una descripción pormenorizada del nombramiento de Diputados de Cortes mediante juntas electorales de parroquia, de partido y de provincia. Adicionalmente, el Título IV dedica desde el artículo 168 al 241 a la figura del Rey. Sin duda, con la intención de corregir el absolutismo del régimen político y con la situación de guerra, se forjó una redacción exhaustiva y más que discutible desde un punto de vista jurídico.

Sin embargo, se trata de una base jurídica revolucionaria e innovadora en muchos aspectos en el contexto de su época, porque se rompe con la concepción absolutista imperante en la Europa napoleónica y establece el origen de la soberanía en los ciudadanos de la península ibérica y de los territorios de ultramar:

Artículo 1º. La Nación española es la reunión de todos los españoles de ambos hemisferios.

Artículo 2º. La Nación española es libre e independiente, y no es ni puede ser patrimonio de ninguna familia ni persona.

Artículo 3º. La soberanía reside esencialmente en la Nación, y por lo mismo pertenece a ésta exclusivamente el derecho de establecer leyes fundamentales.

Propiedad privada y derechos civiles

Por su importancia para el arraigo de los principios del crecimiento económico, los avances legislativos más destacados de la Constitución de 1812 son el intento de limitar el poder omnímodo del Rey y los privilegios de nobleza y clero, junto con la protección expresa de la propiedad privada:

Artículo 4º. La Nación está obligada a conservar y proteger por las leyes sabias y justas la libertad civil, la propiedad y los demás derechos legítimos de todos los individuos que la componen.

Limitación del poder del Estado

 

Resulta interesante, aunque ingenuo, el intento de limitación del poder del Rey (o mutatis mutandis el Estado moderno) cuando se legisló el artículo 172 del siguiente modo:

Artículo 172. Las restricciones de la autoridad del Rey son las siguientes:

Primera. No puede el Rey impedir, bajo ningún pretexto, la celebración de las Cortes en las épocas y casos señalados por la Constitución, ni suspenderlas ni disolverlas, ni en manera alguna embarazar sus sesiones y deliberaciones. Los que le aconsejasen o auxiliasen en cualquier tentativa para estos actos, son declarados traidores y serán perseguidos como tales.

Octava. No puede el Rey imponer por sí, directa o indirectamente, contribuciones, ni hacer pedidos bajo cualquier nombre o para cualquier objeto que sea, sino que siempre los han de decretar las Cortes.

Novena. No puede el Rey conceder privilegio exclusivo a persona ni corporación alguna.

Décima. No puede el Rey tomar la propiedad de ningún particular ni corporación, ni turbarle en la posesión, uso y aprovechamiento de ella…

Undécima. No puede el Rey privar a ningún individuo de su libertad, ni imponerle por sí pena alguna…

Mercado único

Los liberales españoles del siglo XIX asumieron parcialmente la necesidad de abolir las barreras jurídicas y comerciales y, también, consideraban criterios de unicidad de mercado cuando legislaron:

Artículo 258. El Código civil y criminal y el de comercio serán unos mismos para toda la Monarquía, sin perjuicio de las variaciones por las particularidades circunstanciales podrán hacer las Cortes.

Artículo 354. No habrá aduanas sino en los puertos de mar y en las fronteras; bien que esta disposición no tendrá efecto hasta que las Cortes lo determinaran.

División de poderes e independencia judicial

Sin embargo, fue una lástima que aquellos liberales españoles no redactasen el texto con base en la Constitución de los Estados Unidos de América de 1787, todavía vigente hoy en día y que sigue destacando por su brevedad y abstracción, que es lo que hace aplicables sus preceptos en todo momento y todo lugar bajo su jurisdicción.

Y, en lo tocante a la separación de poderes y a la independencia judicial, nuevamente, la Constitución de 1812 es excesivamente prolija en el número de artículos, a pesar de lo cual no logra establecer un modelo liberal de dispersión pluralista del poder.

Fracaso constituyente

La ingenuidad y la confianza en la bonhomía del rey felón Fernando VII en la monarquía y en la intervención de la iglesia católica fueron el origen del fracaso de la Constitución. Un cambio de régimen político puede requerir nueva legislación que formalice una democracia liberal pero, especialmente, necesita que los nuevos dirigentes interioricen y hagan efectivos los preceptos instaurados por la base constituyente más allá de las declaraciones formales y bien intencionadas.

De ahí que la Constitución de 1812 estuviese vigente tan sólo desde el 19 de marzo de 1812 hasta el 4 de mayo de 1814 con el regreso a España de Fernando VII que, nuevamente, impuso el absolutismo. Posteriormente, estuvo vigente La Pepa durante el trienio liberal (1820-1822) después del levantamiento del teniente coronel Rafael de Riego y, también, lo estuvo la constitución gaditana después del pronunciamiento de los sargentos de la guardia real en La Granja de San Ildefonso durante el bienio constituyente (1836-1837) y hasta la Constitución de 1937, que instauró definitivamente un precario parlamentarismo de España.

La evolución socio cultural de un país es un proceso lento y no lineal, que avanza y retrocede en función del arraigo de la ideología y del sentido de Estado de los dirigentes en cada época. Por ello, es una desgracia que los líderes políticos en España sólo en escasas ocasiones logran mantener una visión liberal del Estado con apego "real" por los derechos individuales y el libre mercado y, por tanto, no suelen estar a la altura que requieren las circunstancias históricas.

Doscientos años después tenemos un democracia parlamentaria, formalmente instaurada por la Constitución Española de 1978, que nos permite ejercer un sufragio universal indirecto, e insuficiente, eligiendo listas cerradas cada cuatro años pero que, sin embargo, deja a los españoles en manos de la desidia de los partidos políticos; porque seguimos sin división "real" de poderes, sin independencia judicial, sin igualdad "efectiva" ante la ley de todos los españoles independientemente de donde vivan, sin unicidad de mercado y, lo peor, sin que esa concepción liberal de la sociedad haya arraigado en la casta dirigente.

LEER MÁS

El virus francés

 Aunque tuvo escasa vigencia en España, llegamos a exportarla en la primera mitad del siglo XIX. Este lunes se cumplen 200 años de su proclamación, y a los liberales de hoy nos toca pagarle el homenaje correspondiente a aquéllos hombres que quisieron reconstruir la nación, aherrojada por los franceses, apelando a las libertades que pertenecen a la persona y que no se habían reconocido plenamente.

Pero yo creo que debiéramos reconocer que aquéllas cortes, y la Constitución que alumbraron, constituyeron un inmenso error. A aquéllos hombres, que todavía nombran nuestras calles y plazas, no se les puede negar su patriotismo, e incluso su heroísmo. Se negaron a entregarse al invasor y se propusieron aprovechar aquél peligroso trance para que la España que saliese de él fuera mejor que la que habían heredado. Pero su efecto sobre la política española a largo plazo ha sido muy negativo.

Introdujeron la soberanía nacional, una idea engañosa que en el nombre de la voluntad del pueblo le otorga al Estado el poder absoluto para decidir sobre nuestra vida. Soberanía nacional o soberanía del individuo. La segunda no llega más que hasta donde se asiente la primera. Coronada por el prestigio de la democracia, la soberanía nacional es prácticamente ilimitada. Hoy nos parece normal que el Estado decida por nosotros sobre asuntos que nos atañen en exclusiva, como lo que consumimos o la educación que le daremos a nuestros hijos.

Pero hay un cambio más sutil, pero quizás más brutal, que fue introducido por la Constitución de 1812, y es la idea de que un papel escrito por unas personalidades ilustres y en el que se expresan ideas reconocibles por muchos, puede cambiar todo el sistema político. Así, todo es mudable. Nada es fijo. Liberado del peso de la tradición, el sistema político puede encaminarse hacia la reconstrucción plena de la sociedad, sin que nada le detenga. De 1812 a 1931 sólo hay un paso.

Con La Pepa dimos varios pasos adelante, muy importantes, como el reconocimiento de varias libertades, como la de la imprenta o algunas otras de carácter económico. Pero al concederle al Estado la facultad de otorgarnos libertades, también le dimos la facultad de retirárnoslas. Había ya una Constitución española, acervo de usos e instituciones heredados de antiguo. Debía ser modificada, modernizada, reformada, para un mayor reconocimiento de los derechos de los españoles. Pero nos dejamos inocular el virus francés de la soberanía nacional y de la voluntad general, con el corolario de que nuestros derechos no tienen más consistencia que la plastilina en las manos de los políticos.

Mariano “Coolidge” Rajoy

En una ocasión, una mujer se dirigió al presidente de los Estados Unidos, Calvin Coolidge, y le dijo que se había apostado con su marido que ella sería capaz de arrancarle más de dos palabras. “Usted pierde”, fue lo que obtuvo por respuesta. Esta anécdota caracteriza al 30 presidente de aquel país. En primer lugar, muestra a las claras por qué le llamaban Cal “el silencioso”. En segundo lugar, muestra que su proverbial economía léxica no era por falta de ingenio.

Hay también otra anécdota que define al personaje. Ocurrió aquel 2 de agosto de 1923. Había muerto el presidente de los Estados Unidos, Warren Harding, y el telegrafista de Bridgewater, al conocer la noticia, se puso rumbo a Plymouth Notch, donde sabía que estaba el vicepresidente. Los Coolidge no tenían ni electricidad ni teléfono y Cal estaba pasando las vacaciones con su padre. Sonó la puerta y John C. Coolidge la abrió. Supo por la improvisada comitiva que su hijo ocuparía el lugar de Harding. Subió las escaleras y dijo: “Cal, eres el presidente de los Estados Unidos”. Bajaron los dos y a las 2:47 Calvin juró su cargo frente a su padre, justicia del lugar, los testigos que habían llegado con la noticia y con la biblia de su madre en la mano. Un cuarto de hora más tarde, volvía a estar en la cama.

Esta era la personalidad de Coolidge. Ahora bien, no parece demasiado alejada de la de Mariano Rajoy. Tiene ingenio, aunque lo maneja con cuentagotas. Es elocuente cuando habla, pero casi más cuando calla, y lo hace a menudo. Coolidge también, y lo hacía con dos claves. Una de ellas es que no hablaba de lo que no le concernía como presidente, con lo que demostraba su respeto por las instituciones. La otra se contiene en este consejo a su sucesor, Hervert Hoover: “si ves diez problemas en el camino, puedes estar seguro de que nueve acabarán en la cuneta antes de que te alcancen, así que sólo tendrás que lidiar con uno”. La autoridad debe intervenir sólo en última instancia; prefiere que la sociedad resuelva sus propios conflictos, y confía que, en la mayoría de los casos, será así. Decía a menudo, cuando alguien se le acercaba con la lista habitual de quejas y exigencias, “yo soy sólo el presidente”. En Mariano Rajoy no se adivina en sus silencios más que pura estrategia política, no una profunda reflexión sobre el funcionamiento de la sociedad y el papel de la política, como en el caso de Coolidge.

Hay otra diferencia entre los dos mandatarios. Coolidge heredó un impuesto sobre la renta con tasas máximas del 50 por ciento, y logró que el Congreso aprobase una reforma que lo rebajaba al 20 por ciento. “La colecta de cualquier impuesto que no sea absolutamente necesario es sólo una especie de latrocinio legalizado”, dijo en una ocasión Coolidge, para quien “Quiero que la gente de América pueda trabajar menos para el Gobierno y más para sí misma. Quiero que obtenga las recompensas derivadas de su propia industria. Este es el principal significado de la libertad”. Rajoy, desde luego, no puede verse reflejado en este aspecto de la política de Coolidge.

Pero sí en otro no poco importante. “A veces el mejor balance que uno puede presentar no es aprobar leyes, reglamentos y decretos, y no es así, en ocasiones el mejor balance puede ser derogar leyes y decretos y reglamentos”. Efectivamente, como el caso de la basura espacial, hay una basura legislativa que nunca se recoge, y cuya limpieza es esencial para la seguridad jurídica y para la calidad del Estado de Derecho. Coolidge compartía la misma idea, e incluso llegó a decir que “es más importante matar las malas leyes que aprobar las buenas”. Un buen criterio para juzgar a un político.

¿Qué es el efecto expulsión?

En cierto modo, pues, podríamos decir que la elevación del precio derivada de la competencia por acaparar un bien o servicio expulsa a una parte de sus potenciales compradores: justamente aquellos que no lo valoran lo suficiente como para pagar más que sus consumidores rivales.

Tres cuartos de lo mismo podría decirse con respecto a los mercados financieros: si algún agente económico quiere endeudarse mucho, el precio del crédito (los tipos de interés) aumentará y parte de los otros demandantes de crédito se quedarán sin él. Habitualmente, el mayor deudor de nuestras sociedades es el Estado, de modo que bien puede decirse que cuando éste emite amplias cantidades de deuda está expulsando a otros demandantes de crédito del sector privado. Esto es lo que en jerga económica se conoce como "efecto expulsión" (o, en inglés, efectocrowding-out) y constituye una de las críticas más potentes contra la persistente acumulación de déficits públicos: si el Estado se endeuda mucho, acapara parte del crédito que habría acudido al sector privado, pero haciendo un uso mucho más ineficiente del mismo.

En principio, la lógica del efecto crowding-out parece implacable: lo que el Estado gaste de más, el sector privado lo gastará de menos. Sin embargo, la verosimilitud del efecto expulsión ha sido sometida a dos críticas que aparentemente minoran gran parte de su relevancia práctica: por un lado, ¿qué sucedería si el crédito fuera infinito?; por otro, ¿qué sucedería si el Estado demanda crédito cuando el sector privado no lo hace en absoluto?

Empecemos por la primera de las dos hipótesis: ¿qué sucedería si el crédito se volviera infinito porque, por ejemplo, el banco central de un país prestara ilimitadamente a gobiernos, familias y empresas? Dado que nadie pide un crédito para mantener el dinero aparcado en la cuenta corriente, sino para adelantar su consumo o para acometer inversiones (es decir, la gente se endeuda para gastar el dinero en adquirir bienes de consumo, bienes de equipo, materias primas o trabajadores) y dado que los recursos no son infinitos, un crédito infinito sólo presionaría al alza los precios de todos los recursos, de modo que el efecto expulsión sobre una parte de los compradores a crédito seguiría operando: no vía tipos de interés pero sí vía precios. Por ello, por cierto, todo el crédito debería estar respaldado por ahorro: el poder adquisitivo que se transfiere vía crédito debe ir de la mano del poder adquisitivo al que se renuncia vía ahorro: en caso contrario, inflación.

Estando claro, pues, que un crédito infinito no nos conduce a unas disponibilidades infinitas de recursos y que, por tanto, el efecto crowding-out sigue vigente, ¿qué sucede cuando la oferta de crédito no aumenta y, sin embargo, la demanda del mismo por parte del sector privado sí se hunde? ¿Acaso el Estado no podría endeudarse sin desplazar con ello a la inversión privada?

En apariencia así es: en algunos casos, los tipos de interés pueden llegar a descender aun cuando la demanda estatal de crédito se dispara –como sucedió en casi todo el mundo durante 2009, por ejemplo–; pero cuando analizamos los hechos con algo más de detenimiento descubrimos que no, que el efecto expulsión sigue vigente también en esas circunstancias.

Primero, el sector privado puede no acceder al crédito porque él mismo sea renuente a endeudarse: durante las crisis, es habitual que los agentes económicos no encuentren oportunidades de inversión y, por tanto, rechacen endeudarse más. Sin embargo, el que los tipos de interés no aumenten cuando el Estado comience a endeudarse no significa que no existan potenciales demandantes de crédito dentro del sector privado que no estén siendo desplazados. Al cabo, si la administración no emitiera grandes cantidades de deuda, los tipos, lejos de mantenerse estables o de caer ligeramente, se reducirían de manera mucho más intensa, de modo que un mayor número de proyectos empresariales pasarían a ser rentables merced al menor coste de financiación. Dicho de otra manera, si los empresarios no conocen inversiones que proporcionen una rentabilidad superior al 4% anual, no demandarán crédito si los tipos de interés se ubican en el 5%, pero sí pasarán a hacerlo en caso de que caigan al 3% o al 2%.

Segundo, en caso de que el sector privado no acceda al crédito porque los bancos se encuentren demasiado descapitalizados como para arriesgarse a prestar a deudores moderadamente solventes (como las familias y empresas renqueantes), un aumento de la deuda pública deteriorará todavía más la solvencia del Estado y, a su vez, del sector bancario. En la medida en que la deuda pública suele ser una de las mayores inversiones de la banca, una degradación de su calidad erosionará la solvencia de las entidades financieras y, por tanto, su predisposición y capacidad para asumir mayores riesgos prestando al sector privado.

Y por último, supone un error pensar que toda la inversión que se acomete dentro de un país se financia a través del crédito. Una parte muy importante de la misma es, por el contrario, sufragada vía ahorro interno de cada empresa: o dicho de otro modo, aunque asumiéramos que, bajo ciertas circunstancias, el mayor endeudamiento público no afecta a las posibilidades de endeudamiento del sector privado (ya sea porque no demanda o no se le oferta crédito), podría suceder que los déficits públicos sí tuvieran una marcada influencia negativa sobre la inversión basada en el ahorro interno. ¿La tiene? Pues sí y por dos razones.

Por un lado, un aumento significativo de la deuda pública incrementa la probabilidad de que los impuestos aumenten en el futuro (o, al menos, de que no disminuyan). Dado que la predisposición a invertir en un proyecto empresarial depende de la rentabilidad después de impuestos que éste proporciona a lo largo de toda su vida útil, más pasivos estatales dan lugar a mayores reticencias a ahorrar y a inmovilizar el ahorro. En otras palabras, no es lo mismo plantearse invertir en una comunidad con una deuda pública equivalente al 120% de su PIB que en una con un 10%: en la primera los impuestos tenderán a subir o a mantenerse elevados mientras que en la segunda tenderán a bajar o a mantenerse reducidos.

Por otro, la deuda pública efectúa una competencia desleal y fraudulenta sobre el resto de usos alternativos del ahorro privado. Algunos ahorradores preferirán invertir en deuda pública antes que ejecutar planes de negocio menos rentables o más arriesgados. Por ejemplo, un empresario puede preferir invertir sus ahorros en deuda pública libre de riesgo al 5% antes que ampliar su negocio asumiendo importantes riesgos a cambio de una rentabilidad del 8%. Otros agentes, por su lado, optarán por invertir su capital en deuda pública antes que sanear su situación patrimonial: verbigracia, puede resultarles más rentable adquirir deuda pública al 5% que amortizar parte de sus enormes deudas por las que abonan unos intereses del 4%.

¿Es esto positivo desde un punto de vista económico? En absoluto. Recordemos que la deuda pública es sólo un instrumento para realizar transferencias cruzadas de renta: no genera riqueza, sino que se la rapiña a quienes sí la generan. En la medida en que los tipos de interés que abona la deuda pública contribuyen a posponer ora inversiones que sí generan riqueza ora el saneamiento de deudas que lastran la solvencia y la credibilidad de una economía, el saldo neto de la operación es claramente negativo: no sólo arrebata la riqueza a quienes la generan, sino que se incentiva el que otros no lleguen a generarla.

En definitiva, la emisión de deuda pública termina expulsando la inversión privada a lo largo de todas las fases del ciclo económico. No deberíamos caer en la trampa de pensar que los bajos tipos de interés constituyen una barra libre para el endeudamiento gubernamental: en especial porque, casi siempre, una de las mejores inversiones que podrá acometer un país será, precisamente, dejar de endeudarse.