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Segregación racial de izquierdas

No es casualidad que esa feliz comparación se haya pensado en Cataluña, donde hasta los partidos de derechas o conservadores presumen de repetir con más insistencia y eficacia que los demás todos los mantras de la izquierda.

Pues ha sido allí, en Cataluña, en la región más secuestrada por la ideología de izquierdas, de la que ha sido expulsado nada menos de Boadella por la intolerable pretensión de ser libre, donde ha reaparecido una de las vetas más siniestras de la izquierda: la segregación en la escuela. El consejero de Educación de Cataluña, Ernest Maragall, va a poner en marcha unas escuelas específicas para inmigrantes, y el Gobierno de Zapatero lo apoya. Como titula El País: "Corbacho apoya que la Generalitat segregue inmigrantes fuera de la escuela". Y esto lo ha hecho el ministro de trabajo socialista en un acto del PSC, es decir, en casa y ante el resto de socialistas catalanes.

Qué idea más de izquierdas y más nacionalista esta de considerar a las personas como partes de una clase o de un grupo de personas. Ven un auténtico peligro en concebir a cada uno de nosotros como individuo responsable. Ya decía John Dewey, el padre de la educación progresista, que "la gente independiente y que actúa por sí misma es un anacronismo para la sociedad colectivista del futuro". El futuro ya ha llegado, y tiene en un rincón de España su refugio.
 

Ni Maragall ni Corbacho son originales en su izquierdismo segregacionista. En Estados Unidos la educación fue privada desde antes de que naciese como país, y para cuando el sistema fue secuestrado por el Estado, las escuelas privadas ya habían escolarizado a la práctica totalidad de los niños. La escuela pública, entonces una excepción, tenía sus ayatolás, como Francis Bellamy, ardiente defensor de la segregación racial en los colegios y uno de los muchos progresistas racistas de Estados Unidos, una tradición que no se ha extinguido allí y de la que, por lo que se ve, tampoco aquí somos ajenos.

Estado de bienestar y desarrollo económico

Es típico de los malos pensadores presentar verdades incompletas y discursos en los cuales lo que falta es muy relevante. Es menos común que ellos mismos se pongan en evidencia afirmando que dos fenómenos se refuerzan mutuamente y explicando además cómo uno fomenta al otro, pero olvidando aclarar cómo el segundo contribuye al primero. Aquí Sotelo reconoce que el estatismo antisocial (mal denominado "Estado de bienestar") depende del crecimiento económico que se produce al eliminar barreras políticas al comercio: la generación de riqueza por un mercado libre posibilita su confiscación y posterior redistribución. Pero no habla de cómo el asistencialismo estatal potencia el crecimiento económico: quizás porque no lo hace.

El Estado de bienestar es la institucionalización del parasitismo y la dependencia del Estado camufladas de solidaridad y progreso social. Un parásito intenta engañar a su huésped para no ser detectado y eliminado, y a veces consigue incluso hacerle creer que resulta beneficioso para su supervivencia. Los pseudointelectuales cortesanos y algunos economistas mediocres ven ciertas correlaciones estadísticas entre crecimiento económico y tamaño del asistencialismo estatal e infieren que el gasto público en educación, sanidad, desempleo y pensiones fomenta el desarrollo. No entienden que el intervencionismo estatal, por muy bien intencionado que sea, es un obstáculo y no una ayuda: ese dinero habría sido empleado de forma mucho más eficaz y eficiente por sus legítimos propietarios, los ciudadanos, que seguramente reclamarían esos servicios a empresas competitivas. Si las naciones más pobres no "disfrutan" del Estado de bienestar es porque no pueden permitírselo, no porque ignoren que es indispensable para salir del subdesarrollo.

Ignacio Sotelo lamenta que "la integración económica europea ha ido creando un marco supraestatal de carácter neoliberal que pone límites muy precisos al Estado social" y que "la UE ha rehusado implantar una política social comunitaria". Asimismo, se duele de que "la ampliación al Este ha reforzado aún más la debilidad social de la Unión, al adherirse unos países que han desmontado prácticamente por completo las instituciones sociales provinientes del Estado colectivista". Los socialistas pervierten por completo el concepto de lo social, que en vez de ser el resultado de relaciones espontáneas y voluntarias entre individuos libres se convierte en burocratización estatista impuesta mediante la coacción legal de la política.

Se escandaliza de que en relación con la nueva semana laboral europea se apele "a la libertad del trabajador para permitir que cada cual pacte lo que quiera" porque "lo verdaderamente grave es que con ello se quiebra uno de los logros históricos del movimiento sindical: la negociación colectiva". Luego se extrañan de ser tachados de liberticidas y colectivistas.

Mamá, ¡quiero ser político!

En la actualidad, desempeñar la actividad política, más allá de ocupar un alto cargo de responsabilidad, se ha convertido en un auténtico chollo. No sólo por la percepción de elevados ingresos, sino por el hecho de contar con una serie de privilegios ajenos a cualquier otra profesión que se desempeñe en el ámbito privado.

Con sospechosa frecuencia, políticos de toda índole y condición se defienden argumentando que el desarrollo de la actividad pública ha de ser entendida como un sacrificio puesto que, en general, el desarrollo de una carrera profesional en el ámbito de la empresa privada les reportaría, incluso, mayores ingresos económicos. ¿En serio? De ser realmente así, ¿no resultaría del todo absurdo optar por una profesión menos ventajosa en caso de poder elegir libremente entre ambas ocupaciones, una pública y otra privada?

Más allá del poder y de la influencia que implica ostentar un cargo de esta índole, ya sea como mero diputado raso, ministro, alcalde o director general, la profesión política reporta cuantiosas ventajas. Así, por ejemplo, los miembros del parlamento nacional cobran de media algo más de 3.100 euros al mes. Sin embargo, dicho montante se ve incrementado de modo sustancial en función de los cargos complementarios que la mayoría de ellos desarrollan como miembros de las diversas comisiones y mesas parlamentarias.

Así, por ejemplo el presidente de la Cámara dispone de un complemento mensual de 3.605 euros, más una cuantía, también mensual, nada desdeñable, de 3.915 euros para gastos de representación, y otros 3.210 en concepto de gastos de libre disposición (es decir, para lo que guste). Hagan ustedes las cuentas.

Por su parte, los vicepresidentes, secretarios, portavoces y portavoces adjuntos de Mesa parlamentaria perciben, a su vez, de una a tres pagas extra que oscilan entre los 700 y 1.400 euros mensuales. Mientras, los presidentes de Comisión disponen de casi 1.600 euros al mes para "gastos de representación". Una cifra algo inferior en caso de ocupar simplemente el cargo de secretario o portavoz de esa misma Comisión parlamentaria.

Pero, no se engañen, que la cosa no queda ahí. Según el reglamento de la Cámara, además de las percepciones individuales correspondientes a la asignación constitucional, los diputados tienen derecho a "las ayudas, franquicias e indemnizaciones por gastos que sean indispensables para el cumplimiento de su función". Así, todos los diputados de circunscripciones distintas a Madrid cobran 1.823 euros al mes para afrontar los "gastos de alojamiento y manutención en la capital que origine la actividad de la Cámara". En el caso de los diputados por Madrid, esta cantidad se reduce a 870 euros extra al mes.

A ello hay que añadir, por supuesto, todos los gastos de transporte de sus señorías, cuya tributación está además exenta, siempre y cuando no cuenten con un chófer oficial. Algo que, por cierto, ocurre en la mayoría de los casos. "A partir del 1 de enero de 2006, la cuantía de las dietas devengadas por los desplazamientos que los Diputados realizan en misión oficial se cifran en 150 euros por día en el supuesto de desplazamientos al extranjero, y 120 euros diarios en el de viajes dentro del territorio nacional". Es decir, y hablando en plata, no sólo los contribuyentes sufragamos la vuelta a casa de sus señorías, fin de semana sí y fin de semana también, sino que tan sólo es necesario argumentar la celebración de algún acto institucional o político en su ciudad de origen para que, encima, perciban 120 euros extra al día.

Ordenador portátil, teléfono móvil, despacho propio en el Congreso y asistente personal son algunos de los privilegios añadidos que poseen los políticos españoles por el mero hecho de ser un "diputado raso", tal y como lo denominan. No está nada mal si se tiene en cuenta que su horario laboral se extiende, en la mayoría de los casos, únicamente hasta el jueves por la mañana. Aunque, en realidad, muchos de los residentes fuera de Madrid (la mayoría) ya abandonan el hemiciclo el miércoles por la tarde, tras la sesión de control al Gobierno.

Y eso en cuanto a las retribuciones visibles y, hasta cierto punto, transparentes. El tema de los alcaldes y concejales de los ayuntamientos españoles es cosa aparte y de sobra conocida por todos. Sirva como ejemplo que ciertos directores generales de algunos municipios medianos (de más de 100.000 habitantes) de la geografía nacional cobran más de 60.000 euros al año.

En el caso de los eurodiputados, el salario medio mensual asciende a cerca de 9.000 euros, dietas y complementos aparte. Es decir, los políticos perciben ingresos económicos que en nada tienen que envidiar a las retribuciones medias de los altos ejecutivos de la mayoría de empresas privadas. Aunque éstos carecen, sin duda, de la influencia y poder que ostentan sus señorías. No obstante, son los encargados de articular las leyes y decidir lo que está o no permitido en el ámbito privado. Qué mayor poder que ése, ¿no creen?

Por último, tan sólo recordar que la mayoría de los cargos políticos no han desarrollado prácticamente actividad alguna en la empresa privada. Muchos de ellos son funcionarios o han ido ascendiendo poco a poco en el escalafón jerárquico del partido hasta ocupar su ansiado sillón en el Congreso, organismo oficial o ayuntamiento de turno. Es decir, más allá de su carrera pública, dudo mucho de que cualquiera de ellos, con su formación académica, lograran un cargo de similares características a nivel retributivo en el mundo de la empresa privada. Así que, por favor, déjense ya de milongas.

Cuatro siglos de propiedad intelectual

La legislación sobre esta cuestión en sus términos modernos tiene su origen en la Francia de mediados del siglo XIX, si bien existen antecedentes. Así, el copyright se comienza a reconocer en Inglaterra a mediados del siglo XVII y los primeros monopolios de explotación sobre una obra intelectual son todavía más antiguos. El primero lo concede el Gobierno de Venecia a Pietro di Ravena sobre su obra Fénix en 1491. Esta fórmula se extiende a otros países en las primeras décadas del siglo XVI. Siempre se trataba, por tanto, de un privilegio que concedía el monarca a alguien de su agrado para ayudarle a incrementar su patrimonio personal.

Enseguida, y a pesar de que estas patente diferían profundamente de las leyes modernas, comienza la oposición a la llamada propiedad intelectual. Y aparece precisamente en tierras españolas, de la mano de un grupo de hombres cuya aportación al pensamiento de la humanidad es fundamental y su influencia perdura todavía en terrenos como la economía o el derecho: la Escuela de Salamanca. Sus miembros, que defendían los derechos morales de los autores, se oponían a la propiedad intelectual con el argumento de que los privilegios reales no eran equiparables a una forma de propiedad, puesto que no eran posibles sin la intervención del monarca (ahora el Estado), ni existía lo que ahora llamaríamos escasez de los bienes.

Efectivamente, el concepto de propiedad se fundamenta en que es un bien escaso. Por escasez no queremos decir que haya pocos ejemplares de ese bien. Hacemos referencia a que si una persona lo usa o consume, no puede usarlo o consumirlo otro. Si una persona se come una manzana, otra no puede comerme esa misma manzana. Así, el bien manzana es escaso y existe la propiedad. Con las canciones o el texto de un libro no pasa lo mismo. Si cualquiera canta una canción otro también puedo hacerlo, y si el primero copia el texto de un libro en un cuaderno, el segundo también puede hacerlo. De esta manera, no existe escasez ni, por tanto propiedad privada.

Donde sí existe la propiedad es en el soporte en el que está grabada esa canción o impreso ese texto. Al limitar su uso, al no permitir que se copien o que se distribuya su contenido, la legislación ataca la propiedad que cualquiera tiene sobre esos bienes físicos que ha adquirido. Y no sólo la de esos, también la de los DVD vírgenes, ordenadores, folios en blanco y muchos otros soportes o aparatos que permiten copiar o reproducir contenidos. Si tanto aman los gobernantes a los artistas, que les financien con su dinero. Como hace cuatro siglos y medio, la propiedad intelectual es una farsa con independencia de si la tecnología es una imprenta o un servidor web.

Y ZP la miró

Y es que ZP te mira a los ojos y se te cae la ropa interior a pulso y sin que puedas hacer nada por evitarlo. La protagonista no ha aclarado si también tuvo un orgasmo, como le ocurre a su amig@ Zerolo, pero la cara de gustirrinín con que relató la anécdota habla por sí misma.

La decisión de situar a Pajín al frente del cotarro socialista promete darnos muchas tardes de gloria. A Pepiño le han dado una patada hacia arriba, pero su legado está suficientemente preservado con esta ilustre desocupada. Una señorita que jamás ha hecho nada en la vida aparte de medrar en el PSOE desde que cambió los dientes de leche. Por cierto, igual que su jefe, quien tampoco ha dado un palo al agua desde que nació, y va ya para cincuenta tacos.

No resulta extraño el sectarismo radical de los líderes socialistas. Al contrario, es lo normal cuando uno no ha experimentado jamás la sensación que el diccionario define con el verbo "trabajar" ni ha vivido los problemas que cualquier español tiene que superar para labrarse un futuro. Leyre, como el resto de la chupipandi, tiene las habichuelas más que garantizadas desde que tenía quince años. A costa de los demás, claro, que es la forma más progresista de prosperar en este valle de lágrimas.

Garantizar la educación libre, el uso y la enseñanza del castellano

Cuando las políticas intervencionistas del Estado se convierten en el credo de una nueva religión a la cual rendir una fe ciega, se incrementan de modo exponencial los ataques a los derechos fundamentales de los ciudadanos a la vida, a la libertad, a la propiedad y a la igualdad ante la ley.

Cuando se impone la ingeniería social y se intentan establecer nuevos valores morales, los dirigentes liberticidas guían a los países hacia su particular utopía y, de modo lento pero constante, se perjudica la convivencia pacífica en el medio y largo plazo.

Después de tres décadas de democracia, las fisuras normativas de la Constitución Española de 1978 han permitido que se impongan las políticas independentistas, de diferenciación sentimental y de adoctrinamiento segregacionista en Cataluña, País Vasco, Galicia y algunas otras regiones.

El Manifiesto por la Lengua Común denuncia la instrumentalización del idioma y de la educación para conseguir determinados fines políticos y, solicita las reformas legislativas que sean precisas para devolver a los ciudadanos sus derechos. Sin ánimo de ser exhaustivo, permítanme analizar brevemente algunos de los artículos de la Constitución que deben valorarse a la hora de garantizar la educación libre en castellano.

Para empezar, podemos observar como el artículo 14 que, en teoría, garantiza que "los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación por razón de (…) opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social", está siendo vulnerado sin que ningún Gobierno se atreva a aplicar el artículo 155.

Diversas comunidades autónomas están imponiendo la lengua regional propia (también española) con legislaciones, actos y sanciones administrativas que dificultan o imposibilitan el empleo del castellano, como lengua común oficial de España: en la educación, en el uso institucional u oficial y, en el acceso a la función pública en igualdad de condiciones.

Debido a las vergonzosas sentencias del nada independiente Tribunal Constitucional, el que quizás sea el único artículo bien redactado de la Constitución, el artículo 3, ha dejado de ser válido en muchas comunidades autónomas que penalizan el uso del idioma español, llegando incluso a imponer reglas a empresas para etiquetaje, rotulación, facturación o contabilidad, aunque se traten de negocios privados, en su particular paranoia independentista de regulación sobre la vida de los demás.

Para garantizar su uso y aprendizaje, es necesario reformar el artículo 148 y el artículo 149 para restituir las competencias en educación y en el uso y enseñanza del castellano dentro del ámbito del estado central.

Junto con lo anterior, una vez bien definidas las competencias en ésta y otras áreas, puede eliminarse el apartado 2 del artículo 150. Así se cerrará una de las principales deficiencias constitucionales por la cual se han ido centrifugando competencias hacia las autonomías hasta duplicar el tamaño del Estado, se ha incrementado la opresión de los derechos individuales y se ha disparado la corrupción local.

Para garantizar el modelo de educación, pública o privada, que elijan los padres para sus hijos, aparentemente la redacción del artículo 27 es adecuada, pero precisa ciertos retoques para garantizar la enseñanza en español y para limitar que el Estado sólo pueda definir el nivel de conocimientos básicos para las diversas titulaciones: sin imposiciones morales ni religiosas, sin discriminación, y sin adoctrinamiento.

En cualquier caso, es imprescindible abordar una redefinición del artículo 53 para garantizar una tutela directa "efectiva" por los jueces sobre el derecho a la educación y el uso del castellano, junto con el derecho de propiedad y la libertad de empresa, entre otros.

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Ciudadanos como marionetas

Para MAFO y amigos, cuando la inflación tiene un buen comportamiento, entonces es un logro de los banqueros centrales, pero cuando se dispara buscan el primer chivo expiatorio y le cuelgan el muerto. Todo socialista sabe que las empresas son malas, por lo tanto, ¿quién va a dudar de que las empresas privadas son las responsables del continuo aumento de la inflación?

Los bancos centrales, mediante su política monetaria expansiva de dinero fácil o barato nos han conducido a la situación actual. Durante años se han dedicado a emitir dinero en todas sus formas (efectivo, depósitos…) diciendo que tal acción, además de empujar la economía, servía también para la estabilidad de precios. Han creando más oferta monetaria de la que la demanda puede absorber. En consecuencia, el único resorte para nivelar tan fuertes tensiones sólo puede ser el aumento de precios, es decir, inflación crediticia que a larga dispara al alza la estructura relativa de precios.

Antes, cuando alguien se dedicaba a fabricar más dinero del que tenía respaldado en metal se le llamaba falsificador, envilecedor de la moneda. Hoy día las cosas son algo diferentes, pero las consecuencias son las mismas. Si el banco central se pasa en la creación de dinero, el nivel de producción no podrá absorberlo y esto generará subidas de precios. Los mayores falsificadores de dinero y principales causantes de la escalada del crudo y de las materias primas y del deterioro de las mal llamadas economías productiva y financiera son los bancos centrales. Ellos poseen el monopolio de la emisión del dinero y son los garantes únicos de la estabilidad de precios. Por tanto, no tiene sentido criminalizar a otro por haber realizado mal su trabajo. Echar las culpas a las empresas (BdE) o a los asalariados (Banco Central Europeo) tiene tanto sentido como si la policía excusase el aumento de la criminalidad aludiendo a series de televisión como CSI. A propósito, los policías ingleses ya usaron tan lamentable estrategia para justificar su incompetencia. ¿Qué será lo siguiente? ¿Quizá culpar a los blogs de criminalística, a los libros, a programas como Caso Abierto y a las conferencias sobre la resolución de crímenes?

¿Es que nadie se ha cuestionado las pésimas políticas monetarias de los bancos centrales y la existencia de estos monstruos burocráticos? Sin ir más lejos, el pasado jueves Jean-Claude Trichet, presidente del Banco Central Europeo, dijo que había un potente aumento crediticio y que por eso subía los tipos. ¿Y a quién sorprende algo así cuando ha sido precisamente él quien no ha parado de hacer inyecciones de liquidez y ha permitido que la M3 sigua subiendo a ritmo de dos dígitos? El Banco Central Europeo tendría que haber atajado esta situación hace años. Ahora, aplica una tímida política monetaria restrictiva a medio plazo, mientras que en el corto plazo (resulta difícil llamar cortoplacista a algo que se lleva haciendo desde hace más de un año) se está mostrando totalmente expansivo. ¿No son más bien estos experimentos contradictorios los que desestabilizan el mercado?

Esta irresponsabilidad e hipocresía nos lleva a lo más indignante. ¿Se ha dado cuenta de que estos funcionarios del banco central siempre aplican el viejo lema de "todo para el pueblo pero sin el pueblo"? Exigen a empresas que congelen salarios, deciden cuándo hemos de ahorrar y gastar manipulando el dinero según sus estadísticas e intervienen arbitrariamente para socorrer a algunas empresas a costa del resto de la sociedad. Sin embargo, los resultados están a la vista. ¿Nadie nos pregunta a nosotros? Los políticos y prensa se recrean diciéndonos que vivimos en el periodo de mayor libertad de la historia, pero ¿qué clase de libertad es esta que va encarrilada en los deseos de una minoría política que condiciona nuestras vidas creando crisis periódicas de las que, además, nos culpan a empresarios, trabajadores y consumidores? El despotismo no funcionó en el pasado ni funcionará ahora. Somos algo más que marionetas del Poder.

La Lex Mercatoria ha renacido con la globalización

La antigua Lex Mercatoria precedió la llegada de los Estados modernos. Fue creada por los mercaderes durante el espectacular despegue comercial de las ciudades europeas entre los siglos XI y XIII. Su función había consistido en derogar los estrechos cauces del derecho civil romano de entonces para dar soluciones satisfactorias de forma privada a las nuevas relaciones mercantiles internacionales que se empezaban a dar por aquellos años.

Hoy día, las obsoletas normas fragmentadas de los derechos mercantiles codificados no cubren las necesidades de las complejas situaciones del derecho comercial transnacional. El creciente desencanto de las sociedades mercantiles por los ordenamientos jurídicos nacionales ha favorecido el renacimiento de una nueva Lex Mercatoria. Su función ahora consiste en superar dicha discontinuidad jurídica y disolver los particularismos de los distintos sistemas jurídicos con motivo de la presente actividad comercial mundial.

Esta Lex Mercatoria de la globalización es un orden legal autónomo basado principalmente en los usos y costumbres mercantiles que cuenta con jurisdicción propia (antes consular, hoy arbitral). Es administrada no por jueces nacionales sino por los propios comerciantes que hacen de árbitros o mediadores. Sus procedimientos de resolución de conflictos, a diferencia del formalismo del derecho convencional, son informales, flexibles y rápidos, lo que conviene siempre a la societas mercatorum.

No tiene órganos propios de coerción. Es un derecho no autoritario y anacional (sin Estado) fruto de las necesidades mercantiles transfronterizas (globalizadas) y creado por la clase empresarial/comercial sin la mediación de ningún poder legislativo estatal.

El uso permanente en el comercio mundial de los Incoterms, los créditos documentarios, los diversos acuerdos marcos (master agreements) internacionales y el creciente sometimiento voluntario a arbitrajes o mediadores internacionales en caso de discrepancias son manifestaciones evidentes de estos nuevos usos comerciales al margen del Estado.

Desde el famoso caso Norsolor (1983-5), la Lex Mercatoria se está expandiendo de manera acelerada. La jurisprudencia arbitral internacional está consolidándose con la incesante labor de cortes arbitrales privadas de prestigio entre los comerciantes (ICC, LCIA, AAA, ICCA…). También existen ya desde mediados de los noventa diversas compilaciones o sistematizaciones oficiales de sus reglas y principios (CENTRAL, UNIDROIT, PECL…).

Desde la Segunda Guerra Mundial, por su parte, los Estados han ido ratificando numerosos tratados o convenciones internacionales y han creado organismos interestatales de gobierno mundial de la economía tales como el Banco Mundial, el FMI, la OCDE, la OMC (antes GATT) o la propia Unión Europea. Pese a su gigantesca burocracia, han llegado a magros resultados sectoriales y de escaso éxito a la hora de favorecer el comercio internacional (más bien todo lo contrario).

Pero, no nos confundamos, la nueva Lex Mercatoria no es un derecho cuya fuente sea el derecho internacional público refrendado por los Estados, ni tampoco el derecho privado internacional que remite sistemáticamente a los ordenamientos nacionales según los elementos del contrato o las situaciones que puedan apelar el principio de territorialidad. Las verdaderas fuentes de la Lex Mercatoria son, en esencia, las prácticas y costumbres de los propios comerciantes que se despliegan espontáneamente en su diaria actividad.

Las legislaciones nacionales se están volviendo irrelevantes en lo que se refiere a muchos contratos comerciales transnacionales. La business community no está para perder el tiempo. Si hubiera de esperar los resultados efectivos de los Estados o de sus entes interestatales antes de actuar, sería hoy el mundo humano más pobre de lo que ya es.

Mientras persista una visión meramente espacial y soberanista de la realidad jurídica (es decir, la visión iuspositivista hoy predominante del Derecho), se tendrá una percepción inadecuada de la realidad jurídica de la presente globalización. Esta visión estrecha del Derecho no podrá analizar la producción normativa descentralizada; tan sólo será capaz de reconocer un mapa jurídico incompleto del mundo hecho a base de mosaicos normativos estancos producidos por legisladores nacionales.

La globalización ha cambiado definitivamente muchas cosas, entre otras, la manera de concebir el Derecho.

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Jóvenes y redes sociales

Está claro que no se puede generalizar, pero redes sociales como MySpace, Facebook, Tuenti o Fotolog han llegado para quedarse entre nosotros. Debemos acostumbrarnos a su presencia. Así, las marcas y la empresas que invierten en marketing en Internet están empezando a cambiar la percepción que tenían de las redes sociales. Lo que antes se consideraba una moda es ahora evaluado como una tendencia con un recorrido a medio y largo plazo.

Que las marcas y empresas estén interesadas no quiere decir que tengan claro qué se puede hacer en una red social, o qué presencia deben tener. Diversos profesionales que trabajamos en Internet tampoco lo teníamos nada claro hace algunos meses, de modo que decidimos que lo mejor que podíamos hacer era investigar. Aunque las redes sociales son utilizadas por personas de diversas edades, optamos por elegir a los jóvenes como segmento de análisis para averiguar qué relación mantienen con las redes sociales y con el resto de elementos que componen su navegación en Internet.

Primero nos decidimos por un focus group en un evento de marketing en buscadores y redes sociales. Allí, Alfonso de la Nuez de Xperience Consulting , Tomy Lorsch de Findasense y el que escribe actuamos como moderadores enfrentando a 5 jóvenes de 15 a 19 años de edad a las preguntas interesadas de un público compuesto por profesionales de marketing en Internet. Las respuestas fueron interesantísimas: ninguno conoce otro buscador que no fuera Google; no tienen gran seguridad para diferenciar qué es publicidad en Google; las principales redes que utilizaban eran Hi5, Tuenti y MySpace; están preocupados por la privacidad; tienen muchos amigos que no han visto nunca cara a cara; algunos aceptarían tener a una marca comercial como amigo, aunque la mayoría dijo que no; lo que no aceptarían nunca en su red de amigos es a un familiar.

Las conclusiones nos abrieron los ojos y creímos que el test había sido bueno, aunque no lo suficientemente representativo. Por eso hemos realizado junto con Xperience un estudio mucho más profundo centrado en conocer mejor las preferencias y hábitos de lo jóvenes en Internet. Las conclusiones generales son las siguientes: las redes sociales online más populares entre los jóvenes son Fotolog, MySpace y Tuenti; sólo el 14% de los encuestados demostró interés por publicar vídeos, mientras que el 82% publica frecuentemente sus fotos; el 57% de los usuarios jóvenes utiliza o lee blogs, un 60% hace compras online, siendo los viajes, las entradas y la ropa los productos más comprados. Además, el 81% ha buscado alguna vez información de ocio en los últimos 3 meses, y el 58% información sobre viajes.

En cuanto a buscadores, el estudio ha confirmado los datos extraídos del focus group: Google es utilizado por el 96% de los encuestados. Tan importante como esto es el desconocimiento total de otros buscadores. Yahoo!, MSN Live o Ask son desconocidos para los jóvenes en España, algo que nos diferencia del resto del mundo. Si bien Google es líder en la mayoría de los países, sin embargo tiene una competencia mayor, un hecho de gran importancia para los usuarios.

En el terreno de las redes sociales, los jóvenes encuestados se quejan entre otras cosas: de la dificultad para ocultar y preservar ciertos datos realmente privados (mail, teléfono, etc) o de la falta de privacidad, ya que no siempre se puede delimitar el acceso a los contactos. Por el contrario lo que más les gusta es: la posibilidad de agrupar en una sola agenda a todos los amigos de los distintos "círculos de amistad" (facultad, colegio, trabajo, etc.) o poder estar informado de eventos y fiestas, ver fotos de amigos y compartir las propias.

Espero que a este estudio, uno de los primeros sobre jóvenes y redes sociales que se hace en nuestro país, le sigan otros en los próximos meses. Es la única forma de acercarse a estas redes y a sus usuarios. Si deseas recibir una copia del estudio, sólo tienes que contactar conmigo.

¿Protege la garantía a los consumidores?

Existe una norma por la cual se establece una garantía mínima para los bienes de consumo duradero. Un primer y apresurado análisis de los efectos para los consumidores de esta obligación para los fabricantes sería posiblemente positivo: como el fabricante se tendrá que hacer cargo de los posibles defectos del producto, tratará de no engañar al cliente.

Sin embargo, cualquier fabricante o vendedor que quiera sobrevivir en el mercado, está interesado en "no engañar" al cliente. Si su producto se muestra consistentemente como defectuoso, y no es capaz de proporcionar un servicio postventa razonable, aquellos fabricantes que sí lo ofrecen le desplazarán y obligarán a salir del mercado.

Por tanto, el incentivo normativo de la garantía no tiene efecto alguno apreciable sobre los competidores, al menos en un sentido beneficioso para el cliente. De hecho, en ausencia de la norma, es muy posible que muchos productores ofrecieran la garantía junto al producto, de la misma forma que, en la actualidad, hay fabricantes que ofrecen espontáneamente mayores plazos que los normativamente estipulados. El periodo de garantía se constituye así en un parámetro de diferenciación del producto.

Pero, desde otro punto de vista, la normativa que obliga a dar una garantía al producto no deja de constituir un empaquetamiento de servicios, que obliga a adquirir al consumidor un producto que desea (la TV o el coche) junto a otro que tal vez no (el servicio postventa de garantía).

Resulta evidente que ambos bienes tienen por separado un precio, y que el precio del producto sin la garantía normativa sería inferior al que tiene con garantía. Sería el consumidor quien decidiera si comprar más barato un producto sin garantía o más caro el que la incorpora. El prestigio y la fiabilidad del fabricante podrían ser suficientes para que determinados clientes prescindieran de la garantía. En general, se incrementaría la oferta para el cliente, al menos en gama de precios.

Con la normativa lo que ocurre es que se obliga a pagar más al cliente por algo que tal vez no quiera, lo que supone más ingresos para los fabricantes. Además, se excluye del mercado a los servicios técnicos independientes durante el periodo de la garantía normativa, cuya adquisición forzosa impedirá en la práctica que uses servicios de otros distribuidores. Finalmente, impide la competencia entre marcas en el servicio postventa.

Como se observa, la garantía, más que proteger al consumidor, parece beneficiar a los suministradores: les otorga más ingresos y disminuye la rivalidad entre ellos, y de terceros. Todo eso, por vía legal. Es fácil imaginar quiénes habrán estado detrás de estas exigencias al Gobierno… ¿o no?

La garantía viene a suponer un empaquetamiento forzoso de productos. Recordemos que una de las conductas por las que la CE sancionó a Microsoft en 2004 fue, precisamente, el empaquetamiento forzoso de Media Player con Windows. Los empaquetamientos forzosos de productos (que son constantes en todos los mercados) no tienen por qué ser malos para el consumidor, y en un mercado libre nunca lo serían.

Pero es precisamente esa la condición que no se cumple con las garantías de productos duraderos en España, y lo que despierta la duda sobre los beneficios de la medida para los consumidores.