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La sociedad feliz de Zapatero

En el primer discurso de precampaña electoral del Partido Socialista, el presidente Rodríguez Zapatero se autoproclamó el mesías de la paz y la concordia de los españoles. Pidió una fuerte mayoría para acabar con la crispación. No entiende muy bien el líder socialista en qué consiste la democracia. Zapatero no concibe que haya personas que tengan una idea de la sociedad muy diferente a la suya.

No es propio de personas demócratas creer que por el simple hecho de lograr más votos en unas elecciones, el Gobierno pueda marginar a una parte de la sociedad. ¿Qué es lo que piensa hacer el presidente con su amplia mayoría, eliminar a la competencia con leyes, censura o encarcelamientos? De hecho esa ha sido una de las grandes preocupaciones de este Gobierno: controlar los elementos de propaganda privados, ya sean de internet o televisivos, así como controlar las conversaciones privadas. A propósito, en su discurso, Zapatero también dijo que en su mandato gozábamos de más libertad, otro concepto que, como el de democracia, no entiende.

Cualquiera que crea que todo el mundo puede llegar a pensar igual es un iluso o bien un tirano. El Gobierno no tiene la capacidad de hacer feliz a la gente mediante la imposición de las ideas, ni esa es tampoco su función. Ya lo intentaron los dirigentes de la URSS y de los fascismos europeos. En el discurso de Zapatero se esconde una doble moral peligrosa. Para él sólo se puede llegar de una forma a una sociedad feliz y unida: con más censura, control y prohibicionismo.

Zapatero es un cagueta

Y es una desilusión porque cuando le veíamos encabezar aquellas manifestaciones violentas contra el PP a cuenta de la segunda parte de la Guerra de Irak, pensábamos que al tipo le iba la bronca callejera. Pues parece que no. Este es como los borrokillas a la violeta, que sólo sacan pecho cuando son mayoría y llevan las de ganar.

Su pánico cerval a que se repita una situación que ya viene siendo habitual cada vez que aparece en público, le lleva a insultar esta vez a los miembros de la Guardia Civil, cuyo respeto a la autoridad es proverbial. En mi familia política hay cuatro guardias civiles, tres de los cuales han servido en el País Vasco. Nunca les he escuchado un comentario soez o una frase recia sobre Z, y eso que ninguno está de acuerdo con su gestión en materia terrorista. Como presidente del Gobierno legítimamente elegido cuenta con la lealtad del cuerpo que más ha sufrido el zarpazo terrorista, aunque no lo merezca ni sea consciente de ello.

Los que no merecen, en cambio, que se les prohíba despedirse de un compañero caído como se merece son ellos, los guardias civiles, tratados por La Moncloa en el funeral por Fernando Trapero como si fueran una banda de alborotadores, es decir, como aquellos que se manifestaban junto a Z y apedreaban las sedes del PP cuando estaba en la oposición.

El problema de Z no es que la gente descontenta con su gestión exteriorice su cabreo en cuanto se les pone a tiro, sino que los que le votan no tienen el menor interés en salir a la calle a decirle lo guapo y lo listo que es para contrarrestar a quienes le abroncan. Z no tiene quien le defienda, cosa bien triste para un personaje convencido de haber venido al mundo para cambiarlo de raíz a base de talante.

A Felipe González no le pasó nada parecido ni en los peores tiempos de Filesa y el GAL. Z debería preguntarse por qué. ¿Tal vez porque a pesar de todo tenía una cierta noción del respeto que un presidente debe a la constitución, al contrario que su sucesor en el PSOE? Mas no desesperemos. En cuanto Pepiño le pegue un par de neuronazos a este asunto seguro que da con la clave.

El penúltimo atropello

El BOE del 1 de diciembre publicaba la Ley Orgánica 15/2007, de 30 de noviembre, de reforma del Código Penal de 1995 en materia de seguridad vial. Es una muestra más de la inflación legislativa que los distintos gobiernos de turno han promovido para hacer creer a sus infelices destinatarios que pueden y hacen algo para atajar los siniestros de circulación. Aunque la reforma legislativa pretende justificarse en el número de muertos en las carreteras españolas, las estadísticas oficiales reflejan unos descensos espectaculares de esa cifra, que pasó de los 5.800 fallecidos en 1991 a los 3.200 en 2005, precisamente durante un periodo en el que el parque de vehículos casi se duplicó en España.

Una primera nota llamativa de la Ley reside en su apresurada entrada en vigor al día siguiente de su publicación. Ya sabe, los legisladores y gobernantes actuales entienden que usted debe desayunar todos los días leyendo el BOE, ya que lo que hoy no es delito puede serlo mañana. Y viceversa. Asimismo, introduce normas que tipifican como delito la superación objetiva de determinados límites de velocidad, sin otras consideraciones que valgan. Por lo demás, otros aspectos trascendentes del texto publicado han pasado desapercibidos a los medios de comunicación dominantes, siempre tan solícitos a propagar la ideología intervencionista que, típicamente, emiten los directores de tráfico y sus superiores jerárquicos.

Me refiero, en concreto, a las disposiciones transitorias de esa Ley. Siguiendo la estela de otras reformas del Código Penal, obligarán a la revisión de las sentencias firmes dictadas por los juzgados de lo penal –órganos judiciales con sede en las capitales de provincia y grandes ciudades que juzgan la mayoría de los delitos relacionados con la circulación de vehículos– para comprobar si las penas impuestas en aplicación de las normas anteriores pudiera ser más perjudiciales para los condenados. En ese caso se les aplicarían las penas más favorables. En general las nuevas normas amplían las conductas que pasan a considerarse delictivas y agravan las penas, pero ello no es óbice para la asignación de esa redundante tarea.

Añadiré que la legislación procesal española (Art. 14.1.3 LECr) atribuye a estos juzgados de lo penal la competencia para juzgar otros delitos cuya pena no supere los cinco años de privación de libertad o de multa, cualquiera que sea su cuantía. Por otro lado, desde hace más de diez años la función de ejecutar esas sentencias corresponde a unos juzgados especializados, denominados de "ejecutorias".

Pues bien, ese modo de legislar arbitrario va a suponer no solo la criminalización de conductas que hasta ahora se sancionaban como infracciones administrativas, sino que va a afectar a una ya saturada justicia penal. Como correlato necesario, los juzgados de instrucción y de lo penal recibirán una carga adicional de asuntos y se encomendará a una burocracia judicial encargada de la ejecución de las penas por delitos menos graves una tarea absurda de revisión de sentencias que no exige el principio de legalidad penal, recogido en el artículo 25 de la Constitución.

Si observamos los datos del último Informe del T.S.J de Madrid sobre la situación de los juzgados y tribunales de esta región, a 31 de diciembre de 2006, los cuatro juzgados de ejecutorias penales de la capital dieron cuenta de la entrada de 13.803 procedimientos de ejecución, de la terminación de 15.857 y de encontrarse en tramitación 27.427. El tiempo medio de respuesta de esos juzgados, medido a través del número de asuntos resueltos en un año y el número de asuntos pendientes al final de esa anualidad, fue de 19´03 meses.

Adviértase que en el ámbito de la ejecución de las sentencias penales se encuentran, aparte de la propia ejecución de la pena impuesta por una sentencia firme, funciones tan importantes como la realización de bienes y derechos del condenado para el resarcimiento de las víctimas. Así ocurre cuando se producen lesiones y daños con ocasión de la conducción de vehículos, por ejemplo, aunque con frecuencia las aseguradoras anticipen esas indemnizaciones. Las estadísticas judiciales anteriores ilustran sobre la situación que sufren muchos perjudicados desde que obtienen una sentencia firme (que puede haber tardado más de dos años desde que se produjo la agresión a su persona o a sus bienes) hasta que se termina su asunto. En muchos casos, sin que la indemnización que esperan que el Estado ejecute sobre su agresor, amparado en el uso de su monopolio de la fuerza, llegue a ser efectiva.

En conclusión, en un ámbito ya muy intervenido, como es la reglamentación de las infracciones de tráfico, se ha dado un paso más con la penalización de conductas supuestamente peligrosas, aunque no perjudiquen a nadie. Se trata, nos dicen, de lograr la reducción de muertes por accidentes de circulación. Tal reforma legislativa comporta necesariamente mecanismos perversos como los examinados, que congestionarán aún más la Administración de Justicia penal. La consecuencia de todo esto es que dentro de poco habrá otro pretexto para dar otra vuelta de tuerca…. a no ser que la superchería de los legisladores sea descubierta por una mayoría suficiente de individuos, a los que este comentario quiere contribuir a despertar.

Responsabilidad individual para reducir el paro

¿Cómo puede ser que después de tantos años de crecimiento y bonanza económica no hayamos alcanzado ni por asomo cotas de pleno empleo (lo que se considera un 5% de paro)? ¿Cómo se entiende que, según el Banco de España, más de la mitad de los apuntados al paro el año pasado no buscasen trabajo?

Todo ser humano responde a incentivos. Durante todos estos años el Gobierno ha incentivado la ociosidad, la baja producción y la irresponsabilidad laboral. Si el Gobierno se dedica a robar nuestra producción mediante impuestos (el 40% de nuestro sueldo acaba en el bolsillo del Estado), no sólo nos empobrece, sino que crea importantes residuos insalvables.

En el mundo de la seguridad ocurre algo similar. La manipulación de los incentivos puede hacer cambiar radicalmente una situación para dar los resultados totalmente opuestos a los deseados. Si por las excusas progres de siempre, los genios del Gobierno se empeñan en eximir al criminal de su responsabilidad, sólo conseguiremos incentivar el crimen. En este caso concreto, leemos periódicamente en la prensa que tal delincuente ha vuelto a la calle el mismo día de ser detenido aunque sobre él pesaban 10, 50 o más de 200 detenciones. Algo falla en la justicia cuando le dice al ladrón que no sea responsable de sus actos porque no le ocurrirá nada.

En el mercado laboral, si los burócratas creen que los trabajadores de este país son idiotas e incapaces de buscar su satisfacción material y, en consecuencia, se dedican a meter sus manos en la economía para regularlo todo y defender al trabajador, lo único que conseguiremos, contrariamente a lo que pueda parecer, es que el más perjudicado sea el propio trabajador. Especialmente, el eficiente y el dedicado. El Estado del Bienestar, curiosamente, penaliza al hombre trabajador y responsable frente al hedonista e irresponsable.

El error es creer que la ley es un incentivo por sí misma. La criminalización por parte de los sindicatos y Gobierno a las horas extras ha conseguido que España sea uno de los países de todo el mundo donde los trabajadores dedican más horas a su trabajo. La reciente Ley Caldera para crear más empleos estables nos ha llevado a que este último mes casi el 90% de los contratos sean temporales. El salario mínimo no significa que los jóvenes vayan a cobrar más, sino que menos serán contratados. El subsidio de desempleo no es una ayuda para encontrar un nuevo trabajo, sino un sueldo por no trabajar que compite con el de las empresas. Las subvenciones a las compañías, sectores o particulares no estimulan el crecimiento económico, sino el fraude y la baja calidad. Mire el cine español. Muchas películas no se llegan ni a estrenar. Las cargas impositivas a las empresas y trabajadores no nos garantizan una pensión ni más seguridad laboral, sino más rigidez en el mercado y un abanico más reducido de opciones a la hora de cambiar de empleo.

Según datos del Eurostat, casi el 40% de españoles cree conveniente cambiar de trabajo de forma recurrente. La rigidez del mercado laboral creada por el Estado del Bienestar nos lo impide. Según el Barómetro europeo 2007 sobre clima laboral de "Bienestar y motivación en el trabajo", casi el 50% de los trabajadores españoles está insatisfecho con sus condiciones laborales. ¿La ley, los sindicatos o el ministro Caldera lo arreglarán? ¿Lo han arreglado en estos últimos 30 años? Eso no se lo cree nadie. Necesitamos que las empresas se nos disputen, que nos podamos mover con facilidad de compañía a compañía o que el Estado elimine todos esos inútiles trámites e impuestos para crear nuestra propia empresa. En un mercado donde todo lo regula el burócrata y el igualitarismo, la competencia laboral desaparece y todos los trabajadores somos iguales ante la mirada del empresario. En definitiva, somos empleados cautivos.

Todas estas intervenciones del Gobierno que supuestamente favorecen al trabajador tienen el mismo efecto que la justicia cuando libera al criminal de sus actos. En ambos casos restan responsabilidad al individuo modificando sus incentivos naturales por otros artificiales y fuera de la realidad. La sobreprotección en el caso de la seguridad conduce a más delincuencia y en el caso del mercado laboral a más fraude –entre el 22% y 25% de la economía española está sumergida–, baja producción y menor competencia laboral.

Para tener un mercado del trabajo sano sólo es necesario que cada uno, empresas y trabajadores, sean responsables y consecuentes con lo que hacen, siendo ellos quienes obtengan el total de su producción sin tener que pagar tributos a un socio pasivo como es el Estado ya sea en forma de impuestos, licencias, permisos o cualquier otra forma de extorsión.

Elogio del Common Law

El origen del Common Law inglés se puede establecer en tiempos de Enrique II (siglo XII), al implantarse la práctica de enviar jueces de tribunales reales a oír y resolver las diversas disputas que se producían a lo largo y ancho del reino. Previamente, estos jueces se empapaban bien de las costumbres locales con el fin de que, analizadas las evidencias presentadas en juicio, sus veredictos fuesen lo más acordes posible al sentido común y a los usos de las poblaciones en donde las sentencias iban a ser aplicadas.

Sucedió luego un hecho interesante: estos mismos jueces regresaban a Londres donde comentaban con sus otros colegas itinerantes las decisiones que habían tomado. Se descartaron los usos o costumbres más arbitrarios o ineficaces pero, a cambio, acabaron por recopilarse aquellas sentencias que reflejaban las más idóneas decisiones de sentido común y las mejores reglas halladas en las costumbres locales mientras desempeñaban su paciente y continua labor judicial (inicialmente itinerante) y que bien podían servir de guía para futuros casos similares que se presentasen en otros lugares del reino (con ello tomaba forma la regla esencial del precedente o stare decisis del Common Law).

Podría decirse que, sin un diseño previo y de manera casi imperceptible, surgió un proceso de incorporación progresiva de las mejores costumbres locales descubiertas por los jueces a lo largo de los años al acervo jurídico nacional. De esta forma, un derecho común comenzaba gradualmente a establecerse y evolucionar entre los anglosajones.

No obstante, los tribunales que aplicaban el Common Law tuvieron inicialmente que competir duramente con otro tipo de tribunales locales (county courts, hundred courts), tribunales de derecho feudal (manorial o seignorial courts) o de derecho canónico (ecclesiastical courts) que no fueron privados de sus competencias para conocer los casos. Esto hizo surgir una saludable rivalidad jurídica y un sentido pragmático de la justicia. Además, a lo largo de la historia jurídica inglesa, la monarquía fue creando nuevas jurisdicciones paralelas al Common Law a medida que los courts of Law limitaban inoportunamente su poder real (se intentó suplantarlos, sin éxito, por tribunales de prerrogativa real) o bien cuando no ofrecían soluciones a nuevos casos planteados (razón por la que se crearon exitosamente las courts of Equity).

Esta permanente rivalidad entre jurisdicciones hizo del Common Law un derecho apegado a la realidad, impregnado de costumbre inmemorial y de sentido común, evolutivo y gradual, dúctil y a la vez certero, respetuoso con los derechos individuales y limitador de las injerencias de terceros, incluidas las del poder político. Sin ningún género de dudas, el Common Law es un derecho que respeta mejor los principios liberales frente a la legislación centralizada o statutory Laws, esto es, códigos (statutes), leyes(acts) y sus desarrollos ejecutivos mediante reglamentos (regulations) o resoluciones administrativas (decisions).

La doctrina filoestatista del positivismo jurídico (hoy dominante) nos ha hecho aceptar como dogma que todas las leyes del derecho son fruto de una voluntad humana deliberada y ha pretendido negar el valor inmenso que supone la tradición del Common Law para la defensa de las libertades individuales. El derecho es anterior a la legislación. Las normas que gobiernan la acción humana existen con independencia de una voluntad política.

La idea de que no es esencial establecer límites al poder legislativo (representativo o no) es origen de muchos de los males que padecen las sociedades humanas. Es un craso error pensar que la actividad legislativa sólo puede traer perjuicios si la ejercen sujetos perversos o con aviesas intenciones. Por el contrario, incluso una legislación impuesta con la mejor de las intenciones imaginables puede acarrear consecuencias muy negativas, no previstas inicialmente, para el conjunto de la sociedad.

Pues bien, fue en Inglaterra, y debido a la existencia previa del Common Law, donde precisamente se edificó por vez primera el moderno concepto de la rule of law (Gobierno de la ley, no de los hombres, e igualdad de todos frente a la ley) sobre las antiguas libertades medievales y sin necesidad de contar con un cuerpo legislativo extenso y omnicomprensivo.

Este derecho común (Common Law) fue concebido no como fruto de mente diseñadora alguna, sino justamente como expresión de reglas de conducta ya existentes entre los ingleses e instrumento de defensa de los derechos y libertad individuales. Esta tradición del Common Law fue la que defendió Edward Coke frente a las pretensiones de Jacobo I y su teórico Francis Bacon y la que, luego, Matthew Hale apoyó a capa y espada en célebre polémica contra Hobbes. No es una sorpresa que Jeremy Bentham la criticara también.

La libertad de los ingleses, que tanto admiraron en la Europa continental de la Ilustración, no fue fruto de la separación de poderes entre el poder ejecutivo y legislativo como erróneamente se creyó (i. e. Montesquieu) sino más bien de un derecho que se expresaba por boca de los jueces y tribunales (de las courts of Law y las courts of Equity) sin venir dictado por un legislador. La separación de poderes, por tanto, era resultado no de que el Legislativo hiciera la ley, sino precisamente porque no la hacía.

El Common Law inglés es una valiosísima demostración histórica (no teórica) de que el derecho no es producto de una voluntad concreta dirigida a crearlo intencionalmente sino que es, tal y como nos recordó Edmund Burke, reflejo de una sabiduría sin reflexión, aunque por encima de ella. En aquellos lugares donde ha germinado el Common Law, se ha favorecido el respeto de los principios de la rule of law, ha hecho posible la existencia de un régimen político nomocrático y, en consecuencia, ha fructificado un vivo aprecio por la libertad junto a un acusado derecho de resistencia frente a innecesarias interferencias del poder.

A la postre, el objetivo final de una visión liberal del derecho es que los individuos que interactúan entre sí, comercian y se relacionan voluntariamente dejen de ser, en la medida de lo posible, meros y pasivos rule-takers de un productor político de legislación en régimen de monopolio centralizado para pasar a ser rule-makers de un sistema legal descentralizado (con la asistencia de jueces o árbitros dirimiendo los litigios planteados por los particulares) y alejado del poder ejecutivo, que permita a dichos individuos ser dueños de su propio destino (en gran parte desconocido).

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Libertad y asco

Algunos liberales radicales (coherentes y con raíces, fundamentos) sabemos algo de antropología. Sabemos que todos los grupos sociales, pequeños y grandes, primitivos y modernos, tienen algunas normas contrarias al derecho de propiedad y a la libertad de comercio: ciertos bienes o servicios tienen prohibido su intercambio, y esas limitaciones son parte esencial de la cultura de la sociedad; si esas normas cambiaran, la sociedad sería diferente.

Es típico de los conservadores insistir en que esas normas no deben cambiar, apelando a que cumplen alguna función esencial, la cual frecuentemente no saben especificar (aparte de preservar la naturaleza de dicha sociedad), tal vez porque es irracional, quizás porque no existe o porque es inconfesable (sirve para mantener algún privilegio que no conviene reconocer). Que las reglas existan y lo hayan hecho por mucho tiempo no las hace automáticamente legítimas ni acertadas: la descripción histórica no es lo mismo que la justificación ética.

Como liberales radicales no nos consideramos ungidos por nadie ni hemos recibido ninguna revelación que nos permita conocer sólo a nosotros la ética de la libertad: es simplemente el estudio (accesible a cualquiera con la formación intelectual suficiente) de normas con determinadas características formales (universalidad y simetría) y pragmáticas (funcionalidad, sirven para regular la convivencia y permitir la cooperación competitiva minimizando los conflictos). Estas normas éticas son el derecho de propiedad (o principio de no agresión) y la libertad de contratación (los contratos a su vez pueden generar nuevas normas que ya no serán universales ni simétricas pero que las partes intentarán que resulten adecuadas a sus intereses).

Una sociedad no es simplemente un mercado: el mercado es un subconjunto propio de una sociedad, mayor o menor, que no lo abarca todo. Pero no es lo mismo que las personas no intercambien algo porque no lo desean a que no lo hagan porque las leyes (formalizadas o no) no se lo permiten de forma coactiva. Un fenómeno psicológico esencial en la generación de las preferencias humanas es el asco o la repugnancia, una emoción muy básica que se siente sin necesidad de razonar o reflexionar. Es un mecanismo genético innato de rechazo con contenidos parcialmente instintivos (como ciertos olores y sabores) y parcialmente aprendidos (culturales, es posible aprender a sentir asco por ciertas cosas). El asco existe porque es adaptativo: suele sentirse repugnancia por sustancias nocivas para el organismo. Pero las sociedades modernas son muy diferentes del entorno evolutivo de los ancestros humanos: muchos avances tecnológicos permiten acciones antes inimaginables, y en algunos ámbitos es posible que el asco sea un obstáculo contrario al progreso individual y social.

Los mercados de órganos pueden parecer repugnantes a algunas personas. Sin embargo todas las partes del cuerpo humano pueden ser legítimamente objeto de intercambio voluntario: tanto aquellas que son más accesorias (el cabello, pequeñas cantidades de sangre) como las más esenciales. Uno puede donar o vender un órgano redundante, como un riñón, o incluso un corazón (y conseguir otro o recurrir a un corazón artificial); también es posible dar la propia vida para que los órganos sean aprovechados por otra persona. La integridad física suele ser valiosa, pero no es el único valor ni necesariamente el más alto. No se tienen más o menos derechos por estar más sano o físicamente más completo.

Cualquiera puede sentir asco respecto al intercambio de cualquier parte del cuerpo. Aquel que considere que sus órganos son partes esenciales de su cuerpo y de su dignidad no debería tener ningún problema con el intercambio de órganos entre otras personas: a él no se le obliga a nada. Pero que él tenga un problema moral no le legitima para impedírselo a otros por la fuerza. Puede contratar voluntariamente con otros para comprometerse a no realizar ciertas prácticas, o incluso boicotear pacíficamente a quienes las realicen, pero eso no es lo mismo que una prohibición estatal.

La libertad de una persona tiene límites: la libertad de los demás. Lo que no limita en absoluto la libertad de forma legítima es la pretensión de una sociedad de preservar su esencia, de no cambiar: por eso el liberalismo es tan diferente del colectivismo. La moralidad surge evolutivamente cuando no había mecanismos legales institucionales y permite resolver problemas de coordinación y cooperación más allá de lo estrictamente legal. Los sentimientos morales los tienen los individuos pero suelen ser compartidos en mayor o menor medida por los miembros de un grupo social (sobre todo si este es pequeño, homogéneo y cerrado). Uno puede preferir que los demás implementen tu propia moral, pero nadie tiene derecho a exigirlo. Lo que caracteriza a una sociedad libre es que la moral no se legisla ni se impone, y si se intenta degenera y decae: por eso resulta lamentable que algunos pretendan que la calidad moral de una sociedad se determine por sus prohibiciones legales.

Adiós, DRM, adiós

EMI y Universal comenzaron a vender su música en MP3 primero en iTunes y luego en Amazon. Sony BMG y Warner podrían estar considerando hacerlo también para así poder participar en una promoción conjunta que estarían preparando Pepsi y Amazon MP3, que seguramente consistiría –como sucediera con otra anterior en iTunes– en que los consumidores del refresco tuvieran que recolectar varias etiquetas para tener el derecho a descargarse gratis alguna canción de la tienda online de música. Pero claro, en esa tienda las melodías están en MP3, no en un sistema protegido con DRM que impida a los compradores hacer con esa música que adquieren lo que deseen.

A esto se añadiría a la presión de Walmart, que les ha comunicado a las discográficas que piensa retirar en breve de su tienda online las descargas en formato protegido WMA, dejándolas sólo en MP3. El caso es que este gigante de la distribución vende el 22% de los CDs físicos en Estados Unidos, de modo que tiene forma de hacerles doblar la cerviz a las discográficas. Y después de convertirse por derecho propio en la empresa que más ha hecho por ofrecer más productos y a mejor precio a los consumidores norteamericanos, no cabe duda que tiene el bienestar de éstos en mente mucho más que el de las discográficas.

Universal estaría evaluando su apertura al MP3 y podría decidir en breve tomar como definitivo el paso que dio ofreciendo su catálogo en ese formato en iTunes y Amazon MP3. Sony BMG, al parecer, está considerando hacer una prueba con las descargas de MP3 y el director ejecutivo de Warner Music Group, Edgar Bronfman, ha llegado a decir que "al mantenernos tal y como estábamos o sin apenas cambios, entramos casi sin darnos cuenta en una batalla con los consumidores al negarles lo que querían y que podían encontrar de otros modos, lo que provocó que finalmente los consumidores fueran los ganadores".

Pero ha sido EMI quien más se ha destacado en desmarcarse del modelo de negocio y las estrategias que han mantenido las cuatro grandes discográficas desde la aparición de las descargas por internet. La última, su decisión de dejar de dar dinero a asociaciones antipiratería como RIAA o IFPI. Y ese cambio ha comenzado con su adquisición por la compañía de capital riesgo Terra Firma, lo que indica que ha hecho falta que entren ideas de fuera del negocio para que las empresas dejen de obcecarse. O lo que es lo mismo, la cerrazón de unos ejecutivos que querían mantener el estatus quo a toda costa, como dice Bronfman, ha provocado que vendan menos y tengan mucho menos futuro de lo que podrían haber tenido de ser más listos. Eso ha hecho que parezcan una inversión rentable a inversores que saben que la manera de ganar dinero es dar al consumidor lo que éste quiere, y que piensan que haciéndolo pueden resucitar a una empresa fracasada y en números rojos. Una ventaja más del capitalismo sobre la política.

Los orígenes de la crisis

Después del 11 de Septiembre, la Reserva Federal de EEUU comenzó a inflar la oferta crediticia para tratar de impedir una crisis económica. Los bajos tipos de interés, que llegaron a situarse en el 1% durante 2003, favorecieron que los bancos comerciales y otros agentes financieros tuvieran tanto numerario como para prestar incluso a individuos de escasa reputación y solvencia (subprime).

El proceso por el que se prestaba este dinero violaba los principios tradicionales de la gestión bancaria. Los bancos invertían en activos a largo plazo (créditos hipotecarios) los fondos que recibían en forma de deuda a corto (depósitos a la vista), con la esperanza de atender estas obligaciones a corto plazo reendeudándose en los mercados monetarios interbancarios.

La consecuencia fue una expansión brutal del crédito que, al filtrarse al mercado inmobiliario, generó un boom que se realimentaba: el crédito elevaba la demanda y los precios de la vivienda, estos precios más elevados permitían unas hipotecas más altas y una perspectiva de rentabilidad mayor, lo que a su vez se traducía en una mayor afluencia de crédito a este sector y, de nuevo, en precios más elevados. Durante esta orgía crediticia no se respetaron ni los procedimientos ni los protocolos de concesión de crédito: había tanta liquidez que se estaba dispuesto a comprar casi cualquier activo, por muy especulativo que fuera.

Sin embargo, con las subidas de tipos a partir de 2004 para tratar de detener la inflación y las nuevas burbujas de precios en la bolsa y la vivienda, numerosos prestatarios empezaron a experimentar dificultades para afrontar el repago de sus préstamos. A principios de 2007 esta situación se volvió crítica y comenzaron a encadenarse una serie de impagos masivos (defaults) en los préstamos subprime.

Estos defaults hundieron el valor de todos los créditos hipotecarios correspondientes, que se encontraban en el activo de los bancos o bien en el de otros instrumentos financieros estructurados (por ejemplo, las populares "obligaciones colateralizadas por deuda"). Dado que los bancos tenían que atender sus deudas a corto (entre ellas los depósitos, pero también la renovación del papel comercial) y que una parte sustancial de sus ingresos (pago de las cuotas hipotecarias) había desaparecido, se generó una crisis de liquidez. Además, tampoco podían liquidar sus activos subprime para captar fondos, ya que, como hemos visto, su valor se había hundido.

Fue en estos momentos cuando el Libor, el Euribor y en general todos los tipos de interés de los mercados monetarios se dispararon: los bancos afectados por la subprime necesitaban liquidez adicional (incremento de la demanda de fondos), y el resto no estaba dispuesto a proporcionársela, ante el temor de que no fueran capaces de devolverla (restricción de la oferta de fondos).

Se abría de este modo el temor a un pánico bancario, es decir, a que los depositantes acudieran en masa a retirar su dinero de los bancos y éstos no pudieran devolvérselo. En buena medida fue lo que sucedió con el británico Northern Rock, pese a toda la ayuda pública que recibió.

Los Bancos Centrales, en este punto, creyeron conveniente proceder con inyecciones masivas de liquidez para contener los tipos, y en buena medida lo han conseguido. Sin embargo, se trata de una medida abocada al fracaso: desde que comenzaron con esta masiva monetización de la deuda de mala calidad, el precio de casi todas las materias primas se ha elevado alrededor de un 20%.

El motivo es evidente. En la medida en que el dólar y el euro siguen perdiendo valor, los inversores huyen hacia valores "seguros". La vivienda ya no puede actuar como refugio, y la bolsa está demasiado sometida a una coyuntura incierta. El único recurso son las materias primas, como el oro, el petróleo, la plata o, en menor medida, los cereales.

Esta elevación de los precios de las materias primas, que ya se está percibiendo incluso en la economía doméstica (véanse las frenéticas subidas del IPC de los últimos meses), da lugar a nuevos riesgos. Por un lado, la renta disponible de las familias disminuye, con lo que su capacidad de repago de las hipotecas (incluso de las que no son subprime) también cae. Por otro, los costes de las empresas con productos más prescindibles aumentan sin que aquéllas puedan repercutirlo en los precios; es decir, que sus márgenes de beneficios se estrechan.

Muchas de estas empresas habían acometido importantes inversiones durante los últimos tiempos (una de las más populares fue la recompra apalancada de acciones) con cargo al endeudamiento, tanto bancario como vía emisión de bonos. El default en este mercado situaría a los bancos y a otros inversores en una situación aún más grave que la del pasado mes de agosto.

Pero ni la Fed ni el BCE pueden dar marcha atrás en sus inyecciones de liquidez sin que los tipos en el mercado monetario vuelvan a dispararse: los bancos siguen desconfiando unos de otros, ya que todos coinciden en que las pérdidas por las subprime aún no están plenamente reconocidas ni provisionadas.

A menos que todos los implicados estén dispuestos a asumir como propias las pérdidas de sus excesos y los Bancos Centrales detengan su política inflacionista de expansión del crédito, el dinero fiduciario e inconvertible va camino del repudio total. El dólar no podrá resistir un envilecimiento mayor: los países del Golfo Pérsico y China ya se están planteando disminuir sus reservas de dólares, ante su rampante pérdida de poder adquisitivo. Si ello sucediera, la inflación y los tipos de interés en EEUU se dispararían.

España no está exenta de todos estos peligros. En la medida en que los precios de las materias primas y los tipos de interés repunten, podemos comenzar a ver incrementos preocupantes en la morosidad de las hipotecas y de las empresas (en un año, los impagos de empresas se han incrementado un 11,4%, y Euler Hermes espera un incremento del 50% para 2008), lo que reproduciría la crisis vivida en julio y agosto en EEUU, con la diferencia de que en nuestro país no tenemos los activos diferenciados entre primes y subprimes.

Los problemas inherentes al dinero fiduciario de curso forzoso no tienen remedio. Si queremos evitar crisis como la que se avecina, la única solución pasa por un giro de 180 grados en el sistema monetario internacional: en lugar de estar basado en las emisiones monopolísticas de los Bancos Centrales, ha de dar cabida a la competencia entre divisas privadas, emitidas por los bancos comerciales.

De este modo regresaríamos, muy probablemente y de manera espontánea, a un patrón oro internacional, que pondría coto a las expansiones crediticias insostenibles y a las malas inversiones generalizadas. Pero para ello la profesión económica debe reconocer su responsabilidad intelectual por haber dado apoyo a casi un siglo de doctrinas nefastas y anticientíficas, ya sea por pura ignorancia o por pura alianza con el establishment político, y regresar a principios monetarios liberales. En caso contrario, los políticos, al estilo de los monarcas absolutistas, seguirán reteniendo el poder de envilecer la moneda con el respaldo de teorías económicas caducas.

Política y bien común según Educación para la Ciudadanía

Una de las cosas que más molestan al Gobierno y a José Antonio Marina es que los críticos con Educación para la Ciudadanía digamos que la nueva asignatura adoctrina. El filósofo llama ignorantes a todos los que recelan de EpC, y la vicepresidenta del Gobierno se pregunta sorprendida qué habrá de malo en que los niños sepan qué es la democracia y alerta contra los oscuros designios de la Iglesia.

Tal vez algunos ejemplos sacados de los libros de texto de la asignatura sirvan para clarificar el asunto. Comencemos con Educación para la Ciudadanía ESO de Santillana, una obra colectiva dirigida por Estrella Molina Gete. En su página 78, la primera de la unidad La política y el bien común, las autoras ilustran el asunto con tres fotos: una manifestación de UGT, una declaración de Hacienda y un cartel en el que se lee "Cerrado por huelga general". Tras una somera descripción del sistema político español (sólo dos páginas de las 147 del libro), comienza la sección La participación en la vida política, donde las elecciones se solventan en un párrafo de 6 líneas (el resto de las dos páginas pertenece a los sindicatos y a los grupos de presión). Las fotografías tampoco tienen desperdicio: carteles de propaganda electoral en Irán contemplados por una niña velada, manifestación del partido troskista británico Socialist Worker’s Party,manifestación del 1 de mayo en París y sesión del Foro Económico Mundial. El resto de la unidad está dedicada a los impuestos, el derecho a la huelga (por si todo lo anterior no hubiera sido suficiente, dos páginas más), los derechos humanos (media página) y Amnistía Internacional (una página). Un concepto de democracia bastante extraño, a caballo quizá entre el nacionalsindicalismo falangista y la II Internacional.

La editorial Algaida también tiene un libro de texto de EpC sólo para Andalucía, titulado Educación para la ciudadanía y los derechos humanos y coordinado por David Sánchez Rubio. La unidad 3, Comportamientos democráticos y ciudadanía, abre con la historia de la familia Gutiérrez, en la que las decisiones se toman por medio de una "asamblea familiar" en la que el voto del hijo de 12 años vale lo mismo que el de su madre. "La familia Gutiérrez era un ejemplo para los vecinos; por ello era muy respetada y admirada entre el vecindario. Verlos tan felices y responsables provocaba una adicional motivación en las personas…". La unidad continúa con una exposición de las raíces históricas de los sistemas democráticos, desde Grecia hasta "las democracias liberales y las reivindicaciones de la burguesía". A continuación, los autores abordan la representación y la participación, haciendo hincapié en la responsabilidad de los representantes políticos, y hablan de los votos y las manifestaciones, los movimientos sociales, los sindicatos y por último los partidos políticos. La unidad concluye con los problemas de la democracia: tiranía de la mayoría y "la capacidad que tienen los medios de comunicación para manipular y dirigir la opinión de las personas", un problema que "mucho tiene que ver la excesiva cultura consumista que se nos inculca. En vez de ser ciudadanos comprometidos por los problemas comunes, nos convertimos en personas preocupadas y obsesionadas por gastar y poseer más y más productos de consumo" (pura escuela de Frankfurt). Por último, "hay lugares donde la democracia es más difícil que llegue, como en el mundo económico o en el mundo de los negocios. Frente a ellos, hay quienes apuestan por entender la democracia (…) como un modo de vida y un proceso inacabado que hay que extenderlo por todos los sitios donde se desarrollan las relaciones humanas". Eso de que los precios se decidan por votación a mano alzada me parece un método un tanto extraño para alcanzar esa felicidad, ejemplaridad y responsabilidad logradas por los miembros de la familia Gutiérrez.

El tercer texto es de Anaya y se titula Educación para la ciudadanía. Está editado por Pablo Navarro y Capitolina Díaz. En la unidad Por qué es preferible la convivencia en democracia los autores afirman que el poder político es supremo y que "decide, de manera obligatoria para todos, lo que debe hacerse y lo que no". Su necesidad viene impuesta por su capacidad para "arbitrar los conflictos" e "imponer acuerdos" de forma no violenta. Lo que no aparece es una definición o explicación del concepto de poder. Estas páginas aparecen ilustradas con fotos de Bokassa, Hitler y Stalin como ejemplos de "imponer un poder político absoluto". Más adelante se describe la actitud democrática como una mentalidad caracterizada por la renuncia al uso de la violencia, la tolerancia y la disposición a negociar acuerdos. En cuanto a sus reglas, se opta por el enfoque pluralista que los defensores de la "democracia representativa" tildan de minimalista: gobierno de la mayoría, respeto a las minorías, respeto a la ley, representación, elecciones libres, etc. Este libro dedica mucho más espacio que los anteriores al sistema político español e incluso se habla de la nación española con citas textuales extraídas de la Constitución. Se hace hincapié en el Estado como "red de seguridad", aunque también se menciona su papel como "agente redistribuidor" que "hace posible el bienestar de todos y la justicia social". Entre los retos de la democracia, la diversidad ("todas las culturas tienen derecho a expresarse libre y pacíficamente (…) tienen la obligación de aceptar los valores democráticos…"), el desarrollo tecnológico y sus riesgos (la tecnología "nos ha hecho, en definitiva, más libres", aunque puede volverse peligrosa si se usa mal) y la amenaza del cambio climático (se extracta un artículo publicado en el diario El País dedicado al Panel Intergubernamental para el Cambio Climático). Por lo que respecta a "las causas de la riqueza o la pobreza relativa de los países", los autores señalan el aislamiento de ciertos países, la explotación irresponsable de las materias primas y la carencia de infraestructuras y preguntan al alumno: "¿Existe alguna relación entre progreso económico y democracia?". En general, este texto es más moderado y realista y menos buenista que los anteriores, huye de la simplicidad, proporciona más información y hace hincapié en la existencia de explicaciones alternativas y a menudo rivales para el mismo fenómeno.

En resumen, si usted desea que su hijo se eduque como un buen bolchevique, deberá pedir que el colegio adquiera el producto de Santillana. Si anda a caballo entre el corporativismo, y el neomarxismo y no le importa que sus retoños gestionen su nómina, su texto favorito será el de Algaida. Y si piensa que al fin y al cabo la democracia representativa es el peor de los sistemas si excluimos todos los demás, y además confía en el profesor, optará por el manual de Anaya como mal menor. Todavía no he leído el libro de Marina publicado por SM, que dejo para el próximo comentario por razones de espacio, pues éste comienza a exceder los límites de la buena educación. De todas formas, nada me gustaría más que conocer la opinión del profesor sobre algunos textos de la competencia. ¿Se atreverá a decir que no adoctrinan, o que son unos grandes demócratas? Lo dudo.

Cuando la desigualdad es progreso

Para expresarlos de modo sencillo, el informe divide las personas estudiadas en cinco grupos iguales en número (quintiles), ordenadas de menor a mayor renta. Bien, pues según ha observado el estudio, el 58 por ciento del quienes estaban en 1996 en el primer grupo, el de ingresos más bajos, habían pasado en 2005 a otro de mayores rentas. De media aumentaron la renta que generaban en un 90,3 por ciento. Sólo el 1 por ciento con mayores rentas ha caído en este tiempo.

Este resultado es compatible con el de otros informes, como uno que siguió la evolución de las rentas de un grupo de personas entre 1975 y 1991. Según éste, sólo uno de cada veinte personas que estaban en el quintil más bajo en 1975 seguían allí 16 años después. Cuatro de cada cinco habían dado el salto a los grupos intermedio, cuarto y quinto.

Estos datos dan que pensar. Resulta que las estadísticas que miden la desigualdad de rentas también miden la desigualdad de edades. Es decir, que en los ingresos más bajos están los más jóvenes y que la edad media va subiendo con la renta (o viceversa), hasta llegar al quintil con mayores ingresos, en la culminación de la carrera profesional, justo antes de jubilarte y disfrutar de la jubilación más todo el capital que haya logrado acumular en una vida de trabajo y ahorro.

La correspondencia entre ingresos y edad no es exacta, claro, pero sí alta. Nada que no podamos apreciar simplemente mirando en nuestro derredor. Pero no lo solemos tener en cuenta cuando vemos estadísticas de desigualdad de rentas. Resulta que lo que miden es cuánto puede progresar una persona en aquella sociedad. Quizá por ello son siempre mayores las desigualdades en Estados Unidos.