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Etiqueta: Historia de España

Historia de Aragón (IX): La Real Audiencia y el Justicia de Aragón

Continuando con las instituciones de Aragón, abordaremos la Real Audiencia y el Justicia de Aragón. Comenzando con la primera, la Real Audiencia, era un órgano supremo universal de justicia en nombre del rey. La presidencia política la tenía el monarca y sucesivamente su hijo y el virrey, se va a servir de cuatro consejeros letrados para legislar tanto los asuntos criminales como civiles. En 1528 se acordó que los letrados debían de ser aragoneses, mayores de treinta años y con seis años de ejercicio en el territorio aragonés. Este mismo año, Carlos V convierte la institución en un órgano colegiado al disponer que el vicecanciller no pueda dictar sentencia sin el Consejo, formado por cuatro consejeros nombrados por el rey.

Sistemas de justicia en competencia

En 1565 se erigió una sala de lo criminal con cinco consejeros, presidida por el más antiguo. Las resoluciones eran por mayoría de votos y el voto del relator era decisivo, en sentencias de pena de muerte o mutilación se podía apelar a la sala de lo civil. La financiación de la Real Audiencia era a través de las generalidades (impuestos). Pudo haberse iniciado bajo el reinado de Pedro IV (1319-1387). Esto supuso una clara competencia con el Justicia de Aragón, institución independiente de la monarquía y que hasta el momento era la única de impartir justicia. Por lo tanto, nos encontramos con varios sistemas de justicia en competencia, y ya en el siglo XV, se incorporará la Inquisición.

La institución se transformará con los Decretos de Nueva Planta. En 1707 se adecuará a las chancillerías castellanas de Valladolid y Granada. En 1711 se dicta un decreto en que la Real Audiencia la presida el capital general. Hay una sala de lo criminal que la configuran cinco alcaldes del crimen, y una sala de lo civil configurada por cuatro oidores. En la sala de lo criminal se aplican las leyes de castilla, y en la de lo civil se aplican normas municipales aragonesas, en la abolición de los fueros se respetó el derecho civil aragonés. Ya en el siglo XIX estas audiencias se sustituirán por las audiencias territoriales.

El Justicia de Aragón

Pasemos ahora a la segunda de las instituciones. El Justicia de Aragón proviene de un juez de corte del siglo XIII encargado de las cargas solicitadas por el Rey. Más adelante, en 1266, pasará a ser el juez de primera instancia de todos los habitantes de Aragón; un juez superior a los locales, de apelación. En 1348, y a raíz del Privilegio General, la institución del justiciazgo verá su actuación regulada. Fue la institución más representativa y característica del reino de Aragón. Representaba las libertades en la primacía de la ley y que obligaba al monarca como cualquier de sus vasallos. Será el guardián permanente de los fueros, defensor del reino frente al comportamiento del monarca. Los aragoneses podrían recurrir al Justicia contra el rey, sus ministros, y cualquier vecino, exigiendo una sentencia justa y acorde a los fueros, usos y costumbres.

En 1467, la institución del justiciazgo será controlada por los judicantes. El Justicia era un caballero, culto y formado habitualmente, aunque evidentemente esta tarea no la podía llevar a cabo una sola persona, por lo que los lugartenientes serían los que de verdad tomaran las decisiones dentro de la corte. Los lugartenientes varían entre dos y cinco, y a partir de 1528 se exigirán cinco. Se elegían mediante la fabeación entre una lista de 16 miembros. Estos letrados eran juristas en derecho civil y eclesiástico. El cargo de Justicia fue vitalicio hasta 1592.

Decretos de Nueva Planta

Las funciones de este tribunal eran varias: se juraban ante él las costumbres y fueros del Reino de Aragón, también era juez de contrafuero, un juez de agravios, y protector de los derechos individuales a través de la firma de derecho y por medio del derecho de manifestación. Mediante el derecho de manifestación, el Justicia protegía a las personas y vigilaba esos procesos para que se juzgara dentro de la ley aragonesa. Es para delitos más graves que suponen la cárcel, el Justicia los acogía en las cárceles de los manifestados y los protegía para que no hubiese percances.

A lo largo del S. XVI, la lucha por mantener el derecho a la manifestación de los aragoneses fue constante. Los reyes y las autoridades inquisitoriales se negaban a cumplir este derecho que tenían los aragoneses. Tras los acontecimientos de 1591 que llevaron a la muerte del Justicia Juan de Lanuza, el cargo de Justicia dejó de ser vitalicio. Desde este momento, la inquisición va a estar bajo el control de la monarquía. La figura del Justicia de Aragón permaneció, como la Real Audiencia, hasta los Decretos de Nueva Planta de 1707.

Serie ‘Historia de Aragón’

Historia de Aragón (III): el pasado musulmán y la Marca Hispánica

En el año 711 unas gentes provenientes de Arabia cruzan el estrecho de Gibraltar y conquistan la península ibérica. En ese momento aún no existía un territorio que se denominara Aragón. Cuando comenzó la expansión del islam, nadie pensaba que aquel profeta que predicaba en la Meca iba a construir el germen de un imperio mundial. Desde la expansión del mundo árabe, que acaba hacia el 760, los únicos territorios que han perdido hasta hoy han sido la península ibérica y el norte de la isla de Sicilia. Tras la batalla de Guadalete, los visigodos son derrotados y el islam ocupa gran parte del territorio peninsular.

Poco después de esta expansión, al otro lado de los Pirineos comienza a reconstruirse en Francia la dinastía de los carolingios, que habían sustituido a los merovingios. Esta nueva dinastía comenzará con Carlos Martel, abuelo de Carlo Magno, rey de los francos en la segunda mitad del siglo VIII. Este reino se estructuraba en torno a una zona central, lo que correspondería con la actual Francia, dividida en distintos condados. El imperio estaba rodeado de enemigos, los sajones al norte, los pueblos bárbaros en oriente y los musulmanes en el sur.

La Marca Hispánica

Carlo Magno planteó varias fronteras entre estos territorios conflictivos. Se les denominó marcas. En cada marca había un marqués con funciones administrativas, además de militares contra enemigos exteriores. En la península ibérica creó la Marca Hispánica. El territorio llegaría hasta los Pirineos. En el curso del Ebro se establecería el límite sur de la Marca Hispánica. El territorio entre el Ebro y el Pirineo estaría administrado por el marqués. Esta marca correspondería con la actual Navarra, mitad de Aragón y casi toda Cataluña. Había varias ciudades relevantes como Tarazona, Huesca o Pamplona, pero sin duda la más importante era Zaragoza.

Carlo Magno necesitaba Zaragoza para defender su imperio. Los zaragozanos de la época estaban controlados por los musulmanes. En el 777 buena parte de la península estaba gobernada desde Córdoba, donde los musulmanes habían instalado su capital. En ese mismo año, la población de Zaragoza se negó a pagar los impuestos a Córdoba. La aristocracia zaragozana se veía amenazada por el norte y por el sur. Los zaragozanos enviaron una embajada a Aquisgrán. La Zaragoza musulmana se entregaría a Carlo Magno a cambio de que la reconociera y defendiera ante Abderramán I. Estamos ante uno de los ejemplos de lo que denominé en un artículo anterior como los movimientos antifiscales como motor de la historia.

El Cantar del Roldán

Carlo Magno aceptó la oferta de los zaragozanos y al año siguiente envío un ejército para asediar Zaragoza. Tras la negativa de los musulmanes a entregar la ciudad y las noticias de incursiones de los sajones en el norte de Francia, Carlo Magno se tuvo que retirar. En esta retirada es cuando se escribió el gran poema épico de Europa, el Cantar de Roldán.

Hacia finales del S.VIII el valle del Ebro está completamente dominado por los musulmanes, estableciéndose la frontera en los Pirineos. Empiezan a surgir aristócratas locales que comienzan a resignificar el cristianismo como oposición al islam. Por lo tanto, la situación que tenemos hasta hora en la península ibérica es la de varios territorios cristianos que comienzan a distanciarse del islam, como son el Reino de Pamplona, el Reino de Asturias, y en la zona oriental de los Pirineos varios condados bajo el dominio franco, como el condado de Hecho o el condado de Gerona.

En el próximo artículo veremos como uno de estos condados pirenaicos será el germen de lo que posteriormente se denominará Reino de Aragón.

Serie ‘Historia de Aragón’

(I) Los pilares del Reino de Aragón

(II) Los orígenes del Reino de Aragón