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Etiqueta: Pablo Hasel

Pablo Hasel, delitos y odios

Pablo Hasel va a ir a la cárcel. Él es orgulloso poseedor de un expediente de comportamientos que vienen recogidos en el Código Penal, y que él tiene por méritos de guerra. Es la guerra de un hombre solo, la de quien va por la calle, hablándole al aire, soltando improperios a las sombras ante la mirada extrañada de los transeúntes. Una guerra sin otro contendiente; una batalla contra nadie, y contra todos. 

El soldado Hasel hace lo que puede. En enero de 2020 fue condenado por agredir a un periodista, provocarle lesiones y amenazarle. En junio del mismo año, 2020, Hasel fue condenado a dos años y medio de cárcel por agredir a un hombre que era testigo en un juicio, y cuyo testimonio sería desfavorable para un amigo suyo. Agredir a un periodista por hacer su trabajo no le da títulos para encarnar la defensa de la libertad de expresión. Y atacar a un testigo para mediar con violencia en el desarrollo de un juicio no le convierte en un adalid de la justicia. Estos delitos debieran ser suficientes para enviar a nuestro trovador a la trena. No tengo curiosidad por saber cómo libra su guerra imaginaria en las galerías de la prisión. 

Pero no son sus únicos delitos, mirados desde el Código Penal y contrastados en varios juicios contradictorios. En 2015 fue condenado a una pena de dos años por enaltecimiento del terrorismo, y otras manifestaciones suyas han motivado una condena en la Audiencia Nacional (2018) por el mismo delito y por injurias a la Corona y a las Fuerzas de Seguridad del Estado, que fue luego rebajada por el Tribunal Supremo. 

Hasta donde le concede su ingenio, Pablo Hasel justifica el terrorismo de ETA, como si fuera un votante nacionalista. Algunas de las afirmaciones que han motivado la sentencia no parecen precisamente extremistas. Si acaso denotan una cierta parquedad: “La familia real son unos parásitos”, además de lo mal escrita que está, se queda corta. Si vivir del dinero público te convierte en un parásito, ¿por qué quedarse en la corta Familia Real? “La Guardia Civil, como hasta el tribunal europeo ha dicho, ha torturado” es una afirmación de hecho que, como mucho, podría ser falsa. Y, además, no lo es.

De otro costal con algunas rimas del vate Hasel, como esta: “¡Merece que explote / el coche de Patxi López!”. O “Es un error no escuchar lo que canto, / como Terra Lliure dejando vivo a Losantos”. Esto último es un lamento por la oportunidad perdida de haber matado a alguien, pero lo primero es un plan de acción terrorista sin copyright. Hasel está llamando al atentado personal contra una persona, como si fuera Pablo Iglesias (Posse).

Y nada de ello merece la cárcel. No lo digo porque él llame arte a sus soliloquios de ritmos atávicos y rimas esforzadas y escalenas. Otros llaman humor a mostrar un arma disparando contra un periodista, y nada de ello afecta a su carácter legítimo. Para el pensamiento mágico, colgar un cartel, como el de “humor”, lo justifica todo, y lo mismo pasa con “arte”. Pero si una expresión es legítima o no lo es no depende de que le apliquemos un cartel como si fuera un ensalmo; algo, además, totalmente arbitrario.

La política es un ámbito violento. Sin coacción, no hay política. Por eso es lógico que ciertas ideologías se expresen con planes de dominación y exterminio, como los socialismos y los nacionalismos. Uno de los problemas que tiene criminalizar la expresión de ideas políticas es que no hay una conversión inmediata en actos delictivos. Lo mismo pasa con la expresión de planes terroristas contra objetivos concretos, como la rima de Hasel sobre Patxi López; su efecto no es inmediato. O, visto de otro modo, quien quiera llevarlo a cabo siempre tiene la opción de retractarse, por lo que la responsabilidad de su acto es enteramente suya. 

Si esto es cierto con las llamadas a la acción, no digamos con las manifestaciones de odio. Expresar opiniones negativas o degradantes sobre un grupo de personas no supone incitar a nadie a actuar contra ellas. Es posible odiar en paz. 

El crimen es el uso o la amenaza del uso de la violencia para torcer las acciones concretas de una persona. Y no hay ninguna expresión que conduzca automáticamente, y por sí sola, a la comisión de un crimen. Las expresiones no traspasan el ámbito moral para entrar en el delictivo. Y, por tanto, la respuesta a las mismas debe ser también dentro del ámbito moral.

La libertad de expresión de Pablo Hasel

La Audiencia Nacional ha ordenado el ingreso en prisión del rapero catalán Pablo Hasel. Este verano, era el Tribunal Supremo el que ratificaba la condena que años antes había recibido Hasel de la Audiencia Nacional: nueve meses y un día de prisión.

Esta condena se producía como respuesta a diferentes delitos. A saber: enaltecimiento del terrorismo e injurias a la monarquía y a las fuerzas de seguridad a través de mensajes “atentatorios” en redes sociales y en una de sus canciones.

Esta condena, que se une a las de La Insurgencia o Valtònyc, entre otras, abre una vez más el eterno debate sobre los límites a la libertad de expresión.

De hecho, el grupo parlamentario de Podemos ya anunció que volvería a presentar la proposición de ley que presentó en 2018 y en marzo de 2020, y que retiró en septiembre de ese mismo año, sobre la supresión y modificación de algunos delitos del Código Penal de 1995 que considera que atentan contra la libertad de expresión.

Por poner algunos ejemplos, nuestro Código Penal condena en la actualidad los delitos de odio (artículo 510), el enaltecimiento del terrorismo (artículo 578) o las injurias a la Corona (artículos 490.3 y 491).

Revisando la proposición, resulta paradójico que mientras la propuesta inicial de la formación morada incluía la derogación de los artículos 490.3, 491, 504, 525, 543 y 578 del Código Penal (y parece que esta sigue siendo su intención en la nueva proposición), no sucedía lo mismo con el artículo 510. Pese a que proponía una rebaja de la pena de los llamados delitos de odioasí como una aclaración de las actitudes constitutivas de delito, esa propuesta original no contemplaba su eliminación.

Además, y aunque no se incluía en la proposición original de Podemos, el Gobierno ha avanzado su intención de incluir en esta reforma un delito de apología y exaltación del franquismo. Lo cual, de nuevo, resulta contradictorio.

Las personas que defendemos la libertad de expresión como libertad individual básica ligada a la libertad de pensamiento entendemos que esta nos debe servir de amparo a todos los individuos para verbalizar cualquier opinión o posición en los términos que creamos convenientes, siempre que no suponga una amenaza directa contra la integridad de otras personas.

Esto es: es la violencia o la amenaza del uso de esta, y no el uso de la palabra per se, lo que debe ser perseguido.

Ese derecho a ofender las sensibilidades de los demás, ya mencionado por John Stuart Mill en su archiconocido ensayo Sobre la libertad, parece que es puesto sistemáticamente en duda. No sólo por los conservadores que consideran que las instituciones del Estado no deben estar sometidas a la crítica o a la ofensa, sino también por los progresistas que consideran que ciertos individuos tampoco deben estarlo.

El derecho a ofender no debería hacer distinciones con la Corona, las minorías étnicas o los represaliados durante el franquismo.

Tristemente, esta es una libertad en la que el cantante condenado tampoco cree. Así lo dejaba patente en una entrevista en el programa FAQS de TV3 hace unos días. Respondiendo a una pregunta de uno de los contertulios que asistía al programa en representación de la cadena SER, el rapero afirmaba:

Yo no defiendo la libertad de expresión para el fascismo. Es decir, yo lucho por un modelo de Estado en el que el fascismo sea totalmente ilegalizado. En este Estado se permite la libertad de expresión para el fascismo, para agredir a mujeres, a homosexuales, a inmigrantes, etcétera, y a quienes luchamos contra esto no se nos permite. Es decir, creo que no se pueden poner en el mismo plano un discurso y el otro. Nosotros estamos luchando por derechos y libertades para estos colectivos, y los otros están precisamente queriendo masacrarlos.

Respuestas a Hasel se pueden dar varias. La primera de ellas, y la más fácil, es que los derechos y las libertades individuales se presumen universales. Esto es, no varían en función de la ideología ni de ningún otro atributo individual de las personas que los ejercen. Él debe tener el mismo derecho a decir barbaridades que una persona de extrema derecha.

Esto, que también se conoce como principio de reciprocidad, debe ser básico en cualquier democracia que no pretenda imponer a sus ciudadanos una forma de pensar concreta

La segunda, y quizás no tan aparente, es que no sólo hay que tener cuidado con criticar esa universalidad, sino con dar pie a que se pongan obstáculos que puedan dificultarla (a través de legislación específica que niegue derechos en funciones de características individuales, por ejemplo). Porque, cuando gobiernen los contrarios, podemos acabar siendo víctimas de esa parcialización.

El desacuerdo entre personas es inevitable. Por eso el liberalismo no se propone ni acabar con él, ni minimizarlo, sino disminuir la necesidad del mismo.

Si lo que queremos es construir una sociedad en la que personas diferentes convivan de forma pacífica, no podemos defender ningún tipo de agravio comparativo.