Y la cuestión, para cualquiera que valore mínimamente la libertad de cada persona a desarrollar su propio proyecto de vida sin someterse a la coacción de terceros, debería ser cómo resolver este conflicto de visiones —de legitimidades— minimizando el uso de la violencia. Porque, repito, en este caso la violencia no nos acerca a un restablecimiento de un ideal compartido de justicia, sino al choque de visiones irreductibles sobre la legitimidad.
Una primera posibilidad sería la de consolidar y enconar ese conflicto de visiones: que unos —los que posean la fuerza— impongan su legitimidad y que los otros la acaten —so amenaza de violencia— aun cuando no la compartan y la repudien radicalmente. Semejante estrategia puede funcionar cuando lo que se conculca es la visión de justicia de grupos muy minoritarios (por ejemplo, muchos libertarios no reconocen la legitimidad del sistema tributario o de gran parte de las liberticidas leyes estatales pero, aun así, no les queda otro remedio que acatarlo dado que son cuantitativamente irrelevantes). Sin embargo, cuando estamos hablando de varios millones de personas —además, densamente agrupadas en una determinada área geográfica—, tal estrategia tiene altas probabilidades de naufragar: es decir, de alimentar crecientemente el descontento, el conflicto y la violencia. No habrá convivencia, sino sometimiento contestado e inestable.
El segundo camino es buscar algún tipo de compromiso: reconocer mutuamente la existencia de diferencias irreductibles y tratar de alcanzar un acuerdo integrado por las partes más razonables (y compartidas) entre ambas visiones. Un acuerdo donde ambos pierdan o, en contrapartida, ambos ganen respecto a sus aspiraciones máximas. ¿Qué hay de razonable dentro de la visión que reivindica la legitimidad del ordenamiento jurídico vigente y que denuncia la ilegalidad del referéndum?
Primero, que toda secesión tiene ciertos efectos sobre el resto de españoles y que, por tanto, todo proceso de independencia debería someterse a algunas condiciones que minimizaran los perjuicios sobre los españoles; segundo, que en una eventual secesión de Cataluña, no solo importan los derechos de quienes se quieren separar, sino también los de quienes no se quieren separar, debiendo en consecuencia proteger tales derechos; tercero, que el referéndum del 1 de octubre no cumplió las más mínimas garantías democráticas ni siquiera en los propios términos de sus convocantes, y cuarto, que la legalidad española no autoriza a día de hoy la separación política y que existe un cierto valor (previsibilidad jurídica) en no romper radicalmente con la legalidad establecida. Por consiguiente, y atendiendo a estas proclamas razonables de un lado, debería renunciarse a una declaración unilateral de independencia siempre que se ofrezcan alternativas para encauzar la situación.
¿Qué hay de razonable dentro de la visión que rechaza la legitimidad del ordenamiento jurídico vigente y defiende la legitimidad de la declaración de independencia? Primero, que el derecho de separación y reasociación política es un principio que idealmente debería ser respetado; segundo, que las mayorías, por muy numerosas que sean y por mucho que cuenten con el aval de la fuerza estatal, no deberían conculcar los derechos de las minorías, y tercero, que todo uso de la violencia por parte del Estado ha de ser en todo caso proporcionado a la gravedad del daño realmente causado y a los objetivos buscados. Por consiguiente, el Estado español debería renunciar a bloquear indefinidamente el ejercicio del derecho de separación política de aquellos catalanes que deseen secesionarse. Y, sobre todo, abstenerse de una escalada del uso de la violencia.
¿Qué elementos podrían llegar a tener en común ambas posturas? La necesidad de reformar el ordenamiento jurídico vigente para permitir, dentro del actual Estado de derecho reformado, una secesión política que, por un lado, salvaguarde los intereses legítimos de los españoles (por ejemplo, el reparto equitativo de activos y pasivos estatales, o la coordinación de ciertos servicios estratégicos como una defensa común) así como los derechos de los catalanes no secesionistas (permitiendo la permanencia de ciudades o mancomunidades mayoritariamente no independentistas al Estado español o instituyendo derechos extraterritoriales tutelados por tribunales extranjeros) y, por otro, dé cabida a unas aspiraciones de autoorganización política que, con las anteriores salvaguardas, no perjudican a nadie salvo a aquellos que rechacen visceralmente la autoorganización política ajena.
Después del 1 de octubre es el momento de hablar: de seducir, no de amenazar. Por desgracia, ambos frentes han escorado tanto sus posturas (es decir, han negado tan de raíz la posibilidad de reconocer cualquier atisbo de legitimidad y razonabilidad en la postura opuesta) que el diálogo para buscar soluciones compartidas se antoja misión imposible. Es más, cualquier propuesta que aspire a ser conciliadora —como la presente— muy probablemente sea tildada de equidistante y traicionera por ambas visiones ya totalmente escoradas en reafirmar su propia legitimidad incuestionable y en negar cualquier legitimidad a la de enfrente. Y, por desgracia, sin un consenso de mínimos sobre los términos en los que debe fundamentarse una nueva convivencia, solo quedará la imposición unilateral de unos sobre otros. Un absoluto fracaso de nuestro marco institucional, incapaz de encauzar y solventar pacíficamente las controversias entre sus ciudadanos.