A la postre, si es verdad que, como ha manifestado Pedro Duque en rueda de prensa, la sociedad le “autoalquiló” la vivienda durante los últimos años, ese autoalquiler debería figurar como un ingreso de la empresa y, en consecuencia, debería haberse liquidado el correspondiente impuesto sobre sociedades. Pero, en apariencia, la sociedad patrimonial no ha declarado ningún ingreso por el uso que presuntamente ha venido realizando Pedro Duque de sus inmuebles. Cabría ciertamente la alternativa de que la sociedad le hubiese cedido al ministro el uso gratuito de tales viviendas, pero en ese caso no estaríamos ante un autoalquiler (como ha manifestado Duque) y, además, el propio ministro tendría que haber declarado tales cesiones como un ingreso en especie dentro de su IRPF.
Con todo, imaginemos que —por algún motivo todavía ignoto— la evasión fiscal queda descartada: aun en ese caso, podríamos perfectamente hallarnos ante un doble caso de elusión fiscal, también condenada por el presidente Sánchez.
Primero, si la sociedad no ha declarado ingresos por autoalquiler durante los últimos años debido a que el ministro no ha usado el inmueble durante ese periodo, estaremos ante una elusión del pago de IRPF adeudado sobre la imputación de renta por segundas residencias. En efecto, poseer una segunda vivienda vacía como persona física obliga al particular a declarar una imputación de renta inmobiliaria por importe del 1,1% de su valor catastral (o del 2% si ese valor catastral no se ha revisado desde 1994): ese ingreso imputado tendría que haber tributado al tipo marginal del IRPF de no haberse interpuesto la sociedad patrimonial en su tenencia.
Segundo, sabemos que los dos inmuebles de la sociedad patrimonial han sido alquilados a terceros durante algunos años. Tales ingresos, al haberse generado dentro de Copenhague Gestores de Inmuebles, tributaron al tipo de sociedades (25%): un gravamen probablemente más reducido que el tipo marginal del IRPF de Pedro Duque (de hasta el 45%, a día de hoy) al que esas rentas tendrían que haber tributado en caso de que el titular del arrendamiento fuera una persona física. Tal sería otro probable caso de elusión fiscal mediante la sociedad patrimonial.
En suma, dejando de lado el espinoso asunto de la evasión fiscal, hay poderosos indicios de que la sociedad patrimonial de Pedro Duque puede haberse usado para eludir el pago de impuestos. Llegados a este punto, claro, uno debería replicar con un rotundo “’¿y qué?”. Minimizar el pago de impuestos no solo resulta perfectamente legítimo sino económicamente razonable y moralmente honroso: matar de hambre a la bestia es una forma de contener el irrefrenable crecimiento del Leviatán público.
Sucede que el PSOE, junto con Podemos y otros partidos adláteres, ha estado años envenenando a la sociedad española contra todos aquellos que trataban de reducir su insoportable factura fiscal con el Estado. Y ahora, como ya le sucediera a Màxim Huerta, la jauría del populismo tributario que ellos mismos alimentaron les termina devorando. Como ya dije al respecto: quien a hierro mata, a hierro muere. Eso sí, seguirá asombrándome que personas absolutamente exitosas en sus campos profesionales decidan dar el salto a ese lodazal cainita que es la arena política. ¿Tan grande es su desconocimiento de la guerra sucia sin escrúpulos que acaece en ese agreste entorno? ¿O es que su ambición de poder es incluso mayor que su imprudente temeridad?