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Etiqueta: Antal Fekete

Los ciclos de Kondratieff, la conexión de Jackson y la explicación de Fekete

Nikolai Kondratieff era un economista soviético que desarrolla la teoría de los ciclos largos: periodos de expansión, estancamiento y recesión que duraban alrededor de sesenta años. Kondratieff nace en Kostroma pero se muda a San Petesburgo a estudiar con Mikhail Tugan-Baranovsky. En 1919 se muda a Moscú y en 1920 funda el Instituto de la Conjetura. En 1922 Kondratieff escribe por primera vez sobre su teoría y en 1925 esta gana fama después de ser publicada como artículo y, posteriormente, como libro en 1928. Su obra se dio a conocer a un mayor público en 1926 con su traducción al alemán y en 1935 con la publicación de un artículo exponiendo su teoría en inglés. 

En este artículo en inglés, Kondratieff presenta cuatro olas. En la primera, la expansión dura desde finales de los años 1780s o principios de los 1790s, hasta los 1810s, con una depresión que duraba desde los 1810s hasta los 1840s. El segundo ciclo duraba de los 1840s hasta los 1890s, terminando la expansión—y, por tanto, empezando la recesión—alrededor de los 1870s. Por último, el crecimiento del tercer ciclo dura hasta 1914-1920 y la recesión desde ahí hasta los tiempos en los que escribe Kondratieff.

Los ciclos largos son periodos de acumulación de capital—Kondratieff enfatiza el capital tangible, al observar la riqueza material, pero también es importante recalcar el capital intangible que se forma durante estos periodos—a medida que las fuerzas productivas avanzan hacia un nuevo nivel de desarrollo, más elevado. Pero en un momento determinado comienza un declive de la actividad económica, para volver a crecer más tarde desde un nuevo punto más elevado que el punto de partida original. Con esto, Kondratieff defendía que el capitalismo, lejos de estar abocado al fracaso, seguía un patrón de crecimiento económico sostenible.

Nicolai Kondratieff

León Trotsky criticó el trabajo de Kondratieff, pues este suponía interpretar el capitalismo como un sistema cíclico que se corregía periódicamente. Trotsky, por el contrario, defendía que el capitalismo no experimentaba “ondas” de crecimiento y crisis como algo inherente, sino que se dirigía inexorablemente hacia una crisis final y definitiva que lo desmoronaría por completo. Según Trotsky y otros críticos marxistas, la visión de Kondratieff parecía atribuir al capitalismo una estabilidad que ellos consideraban inexistente; su teoría sugería que las crisis no ponían en cuestión la supervivencia del sistema, sino que formaban parte de un mecanismo de renovación interna. Para Trotsky, esto era un enfoque ilusorio, pues interpretaba las aparentes fluctuaciones cíclicas como simples respuestas temporales del capitalismo ante las turbulencias externas de la superestructura, y no como elementos endógenos al sistema.

La polémica entre Kondratieff y Trotsky fue el inicio del declive para Kondratieff. Hasta entonces, su carrera había prosperado considerablemente; aunque no era bolchevique, sus conocimientos técnicos y su habilidad en el análisis cuantitativo lo habían llevado a colaborar en el diseño de un plan quinquenal para el sector agrícola ruso en 1923. Durante los años iniciales de la planificación soviética, cooperó con Bujarin y otros líderes en el desarrollo de la Nueva Política Económica (NEP), a la que apoyaba plenamente.

Gilbert E. Jackson

Sin embargo, la crítica de Trotsky y su aparente “defensa” de la estabilidad capitalista hicieron que Kondratieff fuera visto con recelo, etiquetado como simpatizante de ideas revisionistas. Tras el abandono de la NEP, su suerte se selló: en 1928 fue destituido de su puesto en el Instituto de Moscú, y en 1930, bajo órdenes de Stalin, fue arrestado y condenado a ocho años en un campo de trabajo. Aunque por mucho tiempo se creyó que había fallecido en 1931, Kondratieff murió en ejecutado por un pelotón de fusilamiento en 1938.

Para llegar a esta conclusión que le costaría la vida, Kondratieff utilizaba una serie de más de una veintena de indicadores, entre los que destacan—por la importancia que les daba el mismo economista—el nivel general de precios y el tipo de interés (de los bonos de deuda pública). 

Como señala Antal Fekete, en el estudio de estos dos indicadores destaca Gilbert E. Jackson. Encontró una conexión entre los dos y la existencia de ciertos ciclos largos. Llamó a esta interdependencia entre precio y tipos de interés “la conexión”. A veces los precios suben y los tipos de interés aumentan posteriormente o bajan los precios y luego caen los tipos y a veces los tipos de interés suben y los precios también lo hacen o los tipos bajas y le siguen los precios.

Antal Fekete

Frank A. Pearson y George Frederick Warren lo intentan explicar diciendo que la subida o bajada del precio era la causa y que unos tipos de interés altos o bajos la causa, pues los acreedores notarían la subida en el nivel general de precios y pedirían compensación de los deudores por la pérdida de poder adquisitivo en forma de un mayor tipo de interés y que cuando los precios bajasen, el poder adquisitivo de la moneda aumentaría y la competencia entre acreedores les obligaría a bajar los tipos. El problema con esta explicación, como dice Jackson, es que no da una explicación a “la conexión”, la cual se da por ambas vías: a veces el precio sube y el tipo de interés le sigue, pero a veces es el tipo de interés el que sube y el precio el que le sigue.

Fekete nos da una explicación: 

“Los ahorradores frustrados venden sus bonos y colocan los beneficios en commodities. Así, un nivel de precios al alza puede caracterizarse por enormes flujos de dinero especulativo del mercado de bonos al mercado de commodities. A medida que se venden los bonos, sus precios caen, es decir, el tipo de interés sube junto con el nivel de precios. Pero tan pronto como los precios empiezan a caer en serio, el flujo de dinero se invierte y se desplaza del mercado de commodities al mercado de bonos, y cuando se compran bonos, sus precios suben, es decir, los tipos de interés bajan, emulando de nuevo el movimiento de los precios.”

La conexión a largo plazo entre los precios y los tipos de interés

Es decir, los periodos inflacionarios (de alza de precios) están acompañados por un aumento en las tasas de interés, lo cual se asocia con una salida de dinero del mercado de bonos hacia el de materias primas. En la fase deflacionaria, la relación se invierte: el dinero fluye de nuevo hacia el mercado de bonos, lo que lleva a una disminución en los precios y en las tasas de interés.

Otra manera de describirlo es diciendo que las variables V y P en la ecuación cuantitativa del dinero (MV=PQ) están conectadas. V es la velocidad, la cantidad de veces que una unidad monetaria cambia de titularidad en una unidad de tiempo. La inversa de V (1/V) es la demanda monetaria. La demanda monetaria es lo que dictará el tipo de interés. A mayor voluntad de atesorar dinero, menor será el tipo de interés. Es decir, a mayor 1/V, menor i. Por lo que, a menor V, menor i o a mayor V, mayor i.

Como hemos visto con “la conexión de Jackson”, P e i están conectados por el movimiento entre mercado de deuda pública y de commodities, por lo que V está conectado con P. A veces es el cambio de precio el que altera la demanda monetaria y a veces los cambios en la demanda monetaria alteran el nivel general de precios. Esta conexión no tiene por qué existir necesariamente en todo tipo de economías, solo en economías monetarias con mercados de bonos y de materias primas. 

El patrón oro

Para Fekete fue el abandono del patrón oro el detonante de los ciclos de Kondratieff, pues con el patrón oro, los ahorradores podían influir en la tasa de interés mediante la acumulación de oro, restringiendo el crédito y estabilizando la economía. Al retirarse el oro como regulador, los ahorradores recurren a los bonos, creando un flujo especulativo en estos mercados, que genera periodos deflacionarios e inflacionarios. Es decir, la eliminación del patrón oro desestabiliza la estructura de tasas de interés, lo que aumenta la volatilidad en los precios y las tasas, generando alternancias extremas de inflación y deflación, características de los ciclos de Kondratieff.

Esta teoría, aunque pudiera tener sentido, no serviría como explicación teórica de los ciclos largos, pues Kondratieff detectó el origen de estos desde 1780, cuando todavía operaba el patrón oro. Una posibilidad es que la explicación de Fekete sirva para explicar los ciclos largos desde el abandono en el patrón oro, los cuáles podrían haber aumentado la frecuencia y/o la intensidad desde entonces.

Ciclos de Kondratieff

La explicación para estas olas previas al abandono del patrón oro y a la necesidad de los agentes de refugiarse en el mercado de bonos para preservar su liquidez puede encontrarse en la explicación más común en la literatura para estos ciclos: en el lado real de la economía. Los ciclos largos de alto y bajo crecimiento podrían ser el resultado de innovaciones técnicas y periodos de evolución.

La primera ola vendría causada por la invención del motor de vapor y el crecimiento de la industria textil. La segunda podría haber sido desencadenada por el surgimiento de la industria siderúrgica, que acarreó el aumento del transporte y, con ello, el mayor movimiento de personas y mercancías. El tercer ciclo largo coincidiría con la Segunda Revolución Industrial, caracterizada por su mayor uso de la ciencia para mejorar los procesos tecnológicos, acelerando el ritmo del cambio tecnológico. Este sería el primer periodo en el que la complementariedad de los bienes de capital y las habilidades de los trabajadores generaría progreso tecnológico y económico. El cuarto y el quinto ciclo ya podrían haber sido causados por el abandono del patrón oro—y el venidero sexto—o haber sido desencadenados también por el lado real de la economía e intensificados por la falta de oro como estabilizador de los tipos de interés.

Ver también

Las cuentas corrientes no son depósito de custodia

Gracias a las propuestas de reforma financiera de Javier Milei para Argentina, se ha reactivado el debate sobre la reserva fraccionaria entre los liberales libertarios, primero con este video de Juan Ramón Rallo y posteriormente con la respuesta de Jesús Huerta de Soto y Philipp Bagus en esta casa. Quisiera hacer algunas reflexiones al respecto.

Los fondos monetarios son legítimos porque no garantizan lo invertido

Lo primero que quisiera destacar es un argumento de Philipp reconociendo que los fondos de inversión monetarios no son un depósito. Afirma que no se pueden considerar sustitutos monetarios perfectos porque no garantizan el nominal de lo aportado.

Bien, dicho lo anterior y sin entrar a debatir si según la definición de sustituto monetario perfecto es necesario que exista esa garantía o no, a la vista de este argumento creo que es crucial analizar si las cuentas corrientes actuales garantizan o no la devolución del nominal ingresado en cualquier momento que se solicite (a la vista). Veamos.

Las cuentas corrientes tampoco garantizan lo invertido

Una cuenta de valores, por ejemplo, donde el cliente de la entidad financiera deposita títulos fungibles de Telefónica o de Inditex, sí que garantiza la restitución de lo depositado a la vista si el depositante lo reclama. Si que son depósitos de guarda y custodia. Los títulos valores no son un pasivo de la entidad depositaria, están fuera de su balance, son propiedad del depositante. Si la entidad depositaria no los restituyera, y salvo que justificara negligencia o robo, estaríamos claramente ante una apropiación indebida. 

Es cierto que existe la posibilidad de que la entidad financiera pueda prestar esos títulos, pero para ello necesita el permiso expreso del depositante. Y además, el funcionamiento cotidiano de este tipo de préstamos implica que el prestatario de los títulos tiene que devolverlos de inmediato si la entidad financiera se los reclama, porque a su vez se los esté reclamando el propietario original. Incluso en este último caso podríamos seguir hablando de un contrato de depósito a la vista porque aunque el depositario los preste a un tercero, los títulos no pueden salir del circuito cerrado bursátil y por tanto pueden ser restituidos de inmediato al depositante sin ningún problema. 

No hay garantía de restitución

Como se puede apreciar, los contratos de depósito de guarda y custodia o de reserva cien por cien no son ajenos al funcionamiento de las entidades financieras actuales, y dependiendo del producto a depositar los ofrecen cuando el mercado los demanda sin ningún tipo de engaño ni fraude. Igual que hoy día también se ofrecen servicios de caja fuerte para depositar dinero en metálico, oro, o cualquier otro bien valioso.

Expuesto lo anterior, cuando pasamos a analizar el caso de los contratos de cuenta corriente nos damos cuenta de inmediato que el banco no garantiza el nominal de los euros ingresados! Insisto: No garantiza la restitución de lo depositado. Es decir, el argumento que utiliza Philipp para los fondos monetarios es igualmente aplicable a una cuenta corriente de cualquier banco actual. Por tanto, una cuenta corriente no es un contrato de depósito irregular. Recordemos el argumento de Philipp:

Los fondos del mercado monetario sólo garantizan la devolución de lo invertido a su precio de mercado, no a su valor nominal. Por tanto, no se pueden igualar los fondos monetarios con las operaciones que, en fraude de ley, ocultan un depósito a la vista con devolución en cualquier momento de su nominal (con pacto de recompra, etc.).

Philipp Bagus.

Fondo de Garantía

Un contrato de cuenta corriente no dice literalmente que sea un contrato de depósito irregular, ni tampoco puede interpretarse jurídicamente como tal. La prueba irrefutable es que todos estos contratos hacen referencia en su clausulado al Fondo de Garantía de Depósitos. Es decir, el contrato contempla la posibilidad de que el banco impague y el titular del contrato, que es un prestamista, tenga que recurrir a otra entidad distinta del banco, el fondo de garantía de depósitos, para recuperar total o parcialmente lo que el banco le debe. Y digo parcialmente porque si el saldo impagado supera los 100.000€, no existe ya ningún tipo de garantía externa. Del contrato de cuenta corriente se puede interpretar sin ningún género de duda que el banco no garantiza cualquier cantidad que supere los 100.000€.

Por supuesto, podemos denunciar que el Estado no debería intervenir a través del Fondo de Garantía, del banco central o mediante rescate directo. Pero ahí quién está garantizando es el Estado, que se subrogaría como acreedor del banco, pero el banco es un deudor que no garantiza nada. 

El contexto jurídico de cuenta corriente lo que sí garantiza, vía concurso de acreedores, es que tanto el fondo de garantía como el depositante puedan recuperar lo que se les debe a través de la venta de los activos del banco en el mercado. Igual que un fondo monetario, aunque este último de forma más ágil, pero en esencia es exactamente lo mismo.

Los bancos reconocen ser deudores, no custodios

Además, en sus cuentas públicas auditadas todos los bancos clasifican las cuentas corrientes como pasivos, no las colocan fuera de su balance. Reconociendo abiertamente y de forma transparente que son deudores, no custodios reales ni tampoco de facto pues en su activo la posición de tesorería es muy limitada y ni de lejos cubre todos sus pasivos corrientes, como pasa en cualquier empresa. No hay ningún engaño ni fraude de ley.

Una vez que el propio banco reconoce no sólo ante sus clientes en los contratos, sino también públicamente en su contabilidad que las cuentas corrientes son sus pasivos y que su tesorería no los cubre, podemos concluir que reconoce abiertamente que una cuenta corriente puede ser impagada.  Además, ya solo por definición todo pasivo es susceptible de ser impagado. La posibilidad de incumplimiento de una obligación o promesa es consustancial a su naturaleza, sea esta posibilidad más o menos probable.

No existe ningún pasivo “indudablemente seguro” en el sentido de nulo riesgo de crédito, eso es sencillamente irreal. Más aún en este caso donde los bancos ejercicio tras ejercicio dejan nítidamente claro y transparente en su contabilidad que su tesorería tan solo cubre una ínfima parte de su pasivo corriente. Y si no existen obligaciones o promesas indudablemente seguras, tampoco pueden ser indudablemente seguros los derechos (claims) que dichas promesas confieren al acreedor. 

Los medios fiduciarios son contratos; por tanto, bienes futuros

Un lingote de oro o un barril de petróleo son bienes presentes o activos reales. Si los posees tú directamente no te los pueden impagar, no tiene sentido ni planteárselo porque no son un contrato que te confiere un derecho sobre la cosa, son la cosa final. Los contratos que implican una obligación futura de otra persona, como pueda ser un préstamo a la vista, son bienes futuros o activos financieros. No posees la cosa final ni tampoco un título de propiedad. Lo que posees es un “papelito” que te confiere un derecho a recibir la cosa final, como puede ser una onza de oro o un billete de 100€.  Los bienes presentes no tienen riesgo de crédito o contraparte, los bienes futuros sí cuando son contratos.

Los bienes económicos son bienes económicos en el tiempo, no en el vacío. Y esto es autoevidente por su denominación en el caso de los bienes futuros, como por ejemplo contratos que generan obligaciones o promesas. Que la probabilidad de incumplimiento de una obligación se perciba muy baja o incluso nula en el presente, no implica que eso no pueda cambiar. Y el cambio puede ser de un día para otro. La certidumbre total sobre el futuro no existe.

Ludwig von Mises

De hecho, es el propio Ludwig von Mises quien prevé la posibilidad de que esa seguridad cambie radicalmente si todas las obligaciones emitidas por el banco se reclamasen a la vez. Cito:

Cualquier banco emisor de medios fiduciarios se verá obligado a suspender pagos si todo el mundo comienza a retirar depósitos o a presentar billetes para su conversión. Cualquier banco será impotente frente al pánico, y ningún sistema ni política podrá salvarlo. Ello se desprende de la naturaleza de los medios fiduciarios, naturaleza que impone a quienes los emiten la obligación de pagar una suma de dinero de la que no disponen.

Ludwig von Mises. Teoría del Dinero y del Crédito, Unión Editorial 1997. p. 295

Los medios fiduciarios

Mises apunta bien a la naturaleza de los medios fiduciarios, pero la ignora para determinar su carácter de bien presente o futuro, e incomprensiblemente usa como criterio que el medio fiduciario se utilice para lo mismo que el bien al que da derecho, de manera que acaba reputando los medios fiduciarios como inseguros (pueden impagarse) e indudablemente seguros (se usan para lo mismo que el dinero) al mismo tiempo!. Si Mises tiene que decidir si calificarlos como bien presente o futuro, al analizar su posible encaje como bien futuro, ¡atención bien fu-tu-ro!, es improcedente que ignore que pueda ser inseguro mañana por el hecho de que se repute como “indudablemente” seguro hoy. Más aún cuando él mismo, como digo, ya advierte esa probable inseguridad futura cuya causa identifica perfectamente en la naturaleza contractual de los medios fiduciarios.

Dicho todo lo anterior, en el hipotético caso de que los defensores del cien por cien concedieran que los contratos de cuenta corriente actuales son préstamos a la vista y que dicho contrato es legítimo y posible mientras no garantice nada, inmediatamente surge la pregunta de si semejante operativa es técnicamente viable en el medio y largo plazo, y si lo fuera qué consecuencias económicas y sociales puede tener. 

Reserva fraccionaria sin banco central en la banca offshore

La respuesta a la anterior pregunta hay que buscarla en los hechos, y los hechos nos demuestran que los dólares emitidos por la banca offshore al margen de la Reserva Federal, los bancos ubicados fuera de la jurisdicción de los Estados Unidos que emiten depósitos en dólares, los famosos eurodólares, funcionan desde hace más de 60 años con reserva fraccionaria.

Operan sin acceso a la Fed y no solo son entidades sólidas, sino que han demostrado ser más sólidas que los bancos comerciales que operan bajo la supervisión de la Reserva Federal. La prueba de fuego más contundente que podemos analizar fue la crisis de liquidez y financiera desatada en 2008, cuando cientos de bancos con acceso a la Fed quebraron, mientras que apenas ningún banco offshore tuvo problemas. En esta lista de las 90 entidades más relevantes que quebraron en esta crisis, se puede observar que quebró tan solo un banco offshore de tamaño relevante, el First Merchant Bank de Chipre.

¿Por qué fueron más sólidos los bancos offshore? Pues es muy sencillo de entender, es una cuestión de incentivos. A los bancos offshore privados más les vale tener activos de calidad y líquidos para ser capaces de responder siempre y en todo momento ante sus acreedores, para que sus servicios sigan siendo demandados por clientes de grandes patrimonios que quieren proteger su capital, y que saben muy bien lo que hacen.

El mercado libre si que demanda préstamos a la vista

La banca offshore demuestra que es falso que la reserva fraccionaria necesite de un Banco Central para ser viable. Muy al contrario, funciona mejor sin él. Al contrario de lo que afirma el profesor Huerta de Soto, los hechos no apuntan en absoluto a que en una sociedad anarcocapitalista el mercado fuera a elegir de manera natural bancos que practican la reserva 100%. La realidad de las jurisdicciones más libres como la banca offshore o el mundo crypto con los casos de Tether o DAI, nos muestran que esto no es así, que el mercado libre si demanda préstamos a la vista. La teoría de los defensores de la reserva cien por cien no explica la realidad, y una teoría que no explique la realidad no es una buena teoría. 

En definitiva, si los contratos de préstamo a la vista son legítimos y viables, la limitación del impacto de la creación de pasivos bancarios en el ciclo económico ya sería una cuestión de divulgación científica y concienciación. Pero sin entrar en el debate de si todo préstamo a la vista causa ciclo económico o no, que a los efectos de este artículo voy a asumir que si, no me parece que de ninguna manera esto sirva como justificación científica ni moral para cercenar la libertad de los individuos para acordar un contrato perfectamente legítimo como es el de préstamo a la vista.

Tomar gigantes por molinos

Mucho me temo que en este debate los defensores de la reserva cien por cien están tomando gigantes por molinos, en una preocupante desconexión con la realidad. Ningún banco actual funciona en fraude de ley porque las cuentas corrientes no son depósitos irregulares ni lo pretenden, y ningún cliente cree que los Euros o Dólares en su banco estén seguros, prueba clara de ello es que proceden inmediatamente a retirar la financiación a los bancos que reputan con problemas.  Para finalizar, y aportando una conclusión positiva al debate, parece claro que tanto los defensores del cien por cien como los defensores de la reserva fraccionaria estamos totalmente de acuerdo con Javier Milei en que hay que cerrar el Banco Central. ¡Viva la libertad, carajo!

Ver también
Debate sobre reserva fraccionaria y liberalismo

Respuesta de Jesús Huerta de Soto a Juan Ramón Rallo sobre la banca Simons. (Jesús Huerta de Soto).

Respuesta a Juan Ramón Rallo. (Philipp Bagus).

La crítica de Rallo a Mises: Paradigmas Monetarios Austriacos Enfrentados

En Una Crítica a la Teoría Monetaria de Mises, Juan Ramón Rallo desarrolla una visión alternativa sobre la teoría del valor del dinero y de los medios fiduciarios, así como su influencia en el ciclo económico. Desde Ludwig von Mises, ha proliferado dentro de los pensadores de la Escuela Austriaca una aproximación teórica hacia las ideas de la Escuela Monetaria del siglo XIX, que se opuso a la emisión de los medios fiduciarios, desde billetes de banco hasta depósitos a la vista.

En este sentido, Mises, Murray N. Rothbard, Jesús Huerta de Soto, Hans Hermann Hoppe y muchos otros adoptaron estas posturas desde el punto de vista metodológico de la Escuela Austriaca, argumentando en favor de un coeficiente de caja del cien por cien para depósitos a la vista y equivalentes. Más allá de los problemas que pueda generar este tipo de sistema bancario, es muy relevante entender que todas estas posturas quedan enraizadas en una teoría del valor del dinero y de los medios fiduciarios específica.

En su libro, Rallo trata de deconstruir la teoría monetaria de Mises premisa por premisa. Desde la teoría cuantitativa del dinero, hasta la teoría del ciclo económico. Y es que Rallo pertenece a esa otra vertiente de la Escuela Austriaca, heredera de la Escuela Bancaria del siglo XIX en el ámbito monetario. Aquí encontramos a economistas como George Selgin, Lawrence White, Antal Fekete y el propio Rallo, los cuales han enfatizado la importancia de un sistema donde la emisión de medios fiduciarios en un mercado competitivo sea flexible para evitar descoordinaciones económicas como la deflación o el descalce de plazos.

Sobre la definición científica del dinero

Cualquier teoría monetaria que se precie debe responder a la pregunta de qué es el dinero. Aunque esta pregunta pueda parecer sencilla a priori, esta definición ha de conseguir explicar todos los tipos de dinero, desde la moneda fiat hasta el dinero mercancía. La definición de Mises, la más extendida en la academia, es que el dinero es un “medio de cambio generalmente aceptado”. En su libro, Rallo critica esta definición por su baja precisión, dado que no tiene en cuenta el papel de los medios fiduciarios con respecto al activo real (en palabras de Perry Mehrling, la jerarquía natural del dinero) y nunca se llega a explicar en qué consiste la aceptación general del dinero o de medios de cambio secundarios.

Sin embargo, el problema del que adolece la definición de Rallo es el papel de patrones monetarios basados enteramente activos financieros, y no solo una combinación de activos reales con medios fiduciarios –esto sería el caso de la moneda fiat. Respecto a esta cuestión, Rallo argumenta que el dinero fiat sería un medio de cambio secundario y no dinero en sentido estricto. No obstante, todas las propiedades que Rallo atribuye al dinero –el activo real sobre el que se emiten los sustitutos monetarios– pueden ser cumplidas por la moneda fiat. A saber, la transferencia inter e intratemporal de liquidez.

El papel de la moneda fiat

No es que la definición de Rallo sea deficiente, pues es compatible con la jerarquía natural deldinero. Y no lo concibe como una estructura meramente horizontal y homogénea en las que los sustitutos monetarios actúan cual activo real –en términos de Mises, un sustituto monetario perfecto–, sin ninguna diferencia entre ambos.

Sin embargo, no solo un activo real puede ser dinero en sentido estricto, sino también patrones monetarios cuya base la constituyan activos financieros, como es el caso de la moneda fiat. En otras palabras, el dinero en sentido estricto sería todo activo real y financiero que se sitúa en la cúspide de esta jerarquía natural, a partir de la cual se emiten sustitutos monetarios y otros activos financieros. O, dicho de otra manera, sería aquel “medio de cambio que ya no necesite ser intercambiado ulteriormente por otros medios de cambio indirectos para terminar adquiriendo los bienes finales deseados” (Rallo, 2019), sea este oro, Bitcoin o moneda fiat no redimible en otro activo real.

Sobre el ahorro real y los medios fiduciarios en el ciclo económico

Una de las tesis centrales de la teoría monetaria de Rallo es que la emisión de medios fiduciarios no es ni condición necesaria ni suficiente para generar el ciclo económico tal y como es entendido por la Escuela Austriaca, siempre y cuando se preserve la liquidez de estos activos financieros. De cualquier otra manera, se produciría una descoordinación debido al decrecimiento de la calidad de los activos financieros –que puede suceder por vulnerar la Regla de Oro de Mises, con el sistema bancario incurriendo en un descalce de plazos.

Esto es porque podrían emitirse sustitutos monetarios que no respondan a una mayor demanda de dinero en sentido estricto, bien sea por motivo de transacción, especulación o precaución. Por otro lado, teóricos como Huerta de Soto (2020) y Bagus (2023) defienden que ninguna emisión de medios fiduciarios puede llegar a canalizar ahorro real, porque, para para ellos, el ahorro únicamente puede producirse renunciando a “bienes presentes”, en la terminología de Mises.

Ahorro real…

Por ello, toda expansión crediticia de medios fiduciarios generaría un alargamiento artificial de la estructura productiva, conduciendo a la realización de proyectos empresariales insostenibles en el tiempo, que en última instancia acabarían siendo liquidados una vez se manifiestan las distorsiones reales causadas por esta expansión de los medios fiduciarios.

Sin embargo, la cuestión reside en si toda emisión de medios fiduciarios no respaldada por activos reales conduce necesariamente al ciclo económico porque, en ese caso, tendríamos que asumir que los medios fiduciarios no pueden constituir ahorro real, lo cual no es cierto. Toda emisión de medios fiduciarios supone renunciar a bienes presentes en algún momento del tiempo –no necesariamente en t=0–, por lo cual no podemos afirmar que los medios fiduciarios no pueden ser ahorro real.

y medios fiduciarios

A partir de aquí, la teoría de la liquidez y su teoría cualitativa sobre las consecuencias de la emisión de los medios fiduciarios en las economías modernas es más compresible, pues no existe ninguna razón para aducir que los medios fiduciarios no son ahorro real. En el fondo, que los medios fiduciarios sean ahorro real o no se reduce a si la emisión de estos responde a una demanda exógena a los propios emisores. En caso contrario, si la demanda de sustitutos monetarios estuviera determinada por el propio sistema bancario, entonces no habría razón para defender la banca libre con reserva fraccionaria, pues en ese caso la emisión de medios fiduciarios únicamente generaría distorsiones macroeconómicas como las descritas por Hayek, Huerta de Soto y, en general, la teoría austriaca del capital y del ciclo.

Dicho de otra forma, si todo medio fiduciario que se introdujera al sistema bancario fuera empleado cual sustituto monetario perfecto, entonces el tipo de interés se vería reducido provisionalmente hasta que se manifestara que los sustitutos monetarios generados ex novo no respondían a un incremento de la demanda monetaria. En ese caso, no cabría afirmar que la demanda de dinero en sentido extenso no existiera ontológicamente, sino que el sistema bancario sería incapaz de responder dinámicamente ante las variaciones de esta.

Teoría del ciclo

Por esta razón, no es correcto afirmar que la banca con reserva fraccionaria pueda generar medios fiduciarios con nueva demanda monetaria, sino que, hasta que se manifiesta que tales medios fiduciarios han perdido cualitativamente su valor –para ello, sería necesario un entorno de banca libre sin leyes de curso forzoso sobre estos–, los agentes económicos lo continúan empleando como un sustituto monetario perfecto. El mismo Huerta de Soto (2014) admite que un sistema bancario libre con reserva fraccionaria frenaría esta expansión crediticia no respaldada por su demanda cuando dice que “if there exist many free Banks that are not supported by a central bank, credit expansión will stop much earlier than in an environment in which the central bank orchestrated and drove it”.

Con todo, existe la posibilidad de que los bancos lleven a cabo un proceso de expansión crediticia paralelamente, maximizando la cantidad de medios fiduciarios emitidos en el sistema económico. En esta coyuntura, lo más probable es que si el precio de los bienes de consumo sube en términos de los medios fiduciarios –es decir, que el poder adquisitivo de estos se reduce–, todos estos acabarán cotizando con descuento, ya que la demanda pasará a canalizarse a los activos reales en los que los activos financieros son convertibles –suponiendo, de nuevo, que la calidad de los medios fiduciarios de todo el sistema bancario se ha deteriorado.

Jesús Huerta de Soto

Si, por el contrario, los agentes económicos emplean los nuevos medios fiduciarios para demandar bienes de orden superior –a saber, aquellos más alejados del consumo final–, entonces es cierto que se engendraría el inicio de un ciclo económico, pero siempre y cuando estos activos financieros hayan perdido parte de su liquidez –esto es, la teoría del ciclo económico que he expuesto previamente. En suma, siempre y cuando se preserve la coordinación inter e intratemporal de los agentes económicos, entonces la expansión crediticia daría lugar a una producción sostenible basada en el ahorro real.

En A Critical Note of Fractional-Reserve Banking, Huerta de Soto (2014) critica que el enfoque del equilibrio monetario es estrictamente macroeconómico, basado en un análisis que, lejos de ser austriaco, se aproxima al monetarista y keynesiano. Sin embargo, aunque ha habido autores monetarios que han adoptado este método para abordar la defensa de un sistema monetario elástico basado en activos reales y financieros, podemos expresar la demanda de dinero en sentido estricto en términos de utilidad marginal y de eficiencia dinámica (Ibidem), compatible con el método de la Escuela Austriaca.  

El equilibrio monetario desde el punto de vista de la eficiencia dinámica

Tal y como señala Huerta de Soto (2010), la eficiencia en un sistema se alcanza cuando, dentro de un marco institucional que respete los principios generales del derecho, no existan obstáculos al ejercicio de la función empresarial. De esta manera, esta podría exhibir su pleno potencial creativo para resolver los desajustes existentes entre los agentes económicos, alcanzando mayores cotas de desarrollo social. En un sistema monetario elástico funcionaría de forma análoga: los bancos, en plena competencia entre ellos, tratarían de emitir la cantidad óptima de medios fiduciarios para que su valor no decrezca, manteniendo el equilibrio monetario, en el cual la utilidad marginal de la unidad monetaria se mantiene constante y, por ende, su poder adquisitivo.

Este equilibrio monetario, que no debe asociarse al enfoque neoclásico estático, es plenamente compatible con una concepción dinámica de los procesos de mercado. Bajo este enfoque, los emisores de medios fiduciarios –o, dicho de otra forma, los intermediarios financieros– tratarán de emitir la cantidad óptima para poder captar financiación sin que estos –ya sean billetes o depósitos a la vista– coticen a descuento en el mercado.

Es más, únicamente un entorno de banca libre sin leyes de curso forzoso ni regulación de cualquier tipo podrá ser eficiente en alcanzar el equilibrio monetario a lo largo del tiempo. No se trata de que exista una cantidad de dinero (en sentido amplio) óptima que deba ser hallada mágicamente por el sistema bancario, sino que solo la función empresarial de carácter eminentemente creativo en un entorno de competencia alcanzará lo que en cada momento será la cantidad de medios de pago necesaria para que los precios no se distorsionen por variaciones en el lado monetario.

Bibliografía

Bagus, P. (2023). Anti-Rallo: Una Crítica a la Teoría Monetaria de Juan Ramón Rallo.

Huerta de Soto, J:

Dinero, Crédito Bancario y Ciclos Económicos (1994 [2020]). Unión Editorial.

A Critical Note on Fractional Reserve Banking (2010 [2014]) en The Theory of Dynamic Efficiency. Routledge.

Mises, L. V. (1912 [2012]). La Teoría del Dinero y el Crédito. Unión Editorial.

Rallo, J.R. (2019). Una Crítica a la Teoría Monetaria de Mises. Unión Editorial.

Hayek, F.A. (1976). The Denationalisation of Money. Institute of Economic Affairs.

Un vacío legal en la banca de coeficiente de caja del 100%, letras reales y criptomonedas

‘The dead horses of economic theory have a habit of suddenly springing back to life again, which is why it is necessary to beat them even when they appear lifeless’’ George Selgin sobre la doctrina de las letras reales

Los argumentos que presentan los teóricos críticos con la banca de reserva fraccionaria contra esta son varios. Uno de los más prominentes es el del que crea dinero de la nada, lo cual por un lado es ilegítimo al ser títulos de propiedad que generan una doble disponibilidad sobre los mismos bienes y robarle a los usuarios de ese dinero parte de su poder adquisitivo, y pernicioso para la economía al causar inflación (Hoppe 1994; Hoppe, Hülsmann, and Block 1998; Huerta de Soto 1998; Hülsmann 2000; Bagus and Howden 2010).

En primer lugar, no hay ninguna doble disponibilidad. Cuando un oferente de liquidez le presta dinero al banco, este dinero se vuelve el activo del acreedor, el cliente, frente el pasivo del banco—el activo financiero en forma de, por ejemplo, cuenta corriente—. El banco, mientras es deudor, por un lado, presta ese dinero de nuevo ejerciendo su función de intermediario financiero a un demandante de liquidez. El demandante de liquidez adquiere un pasivo frente al banco, el banco un activo frente a este y un pasivo frente al acreedor original.

En segundo lugar, tampoco hay ningún robo del valor. No se da ninguna agresión. Ningún individuo traspasa la propiedad privada de otro como Rothbard (1982) indica que es necesario para que se de una agresión. Los individuos, tienen derecho a la integridad física de su propiedad, pero no al valor de esta como bien indican Hoppe y Block (2002):

‘‘Los autores sostienen que lo que puede ser legítimamente poseído en una sociedad libre son solo los derechos sobre la propiedad física, no sobre valor de esta. Por lo tanto, eres libre de socavar el valor de nuestra propiedad vendiéndonos a precio inferior, inventando un nuevo sustituto para nuestra propiedad, etc. Pero no puedes legítimamente agredir físicamente nuestra propiedad, incluso si su valor permanece constante a pesar de sus esfuerzos’’. [Traducción propia]

En tercer lugar, si el desequilibrio monetario les resultase una preocupación real, menos aún podrían defender la banca con coeficiente del 100%. Este sistema causaría deflaciones mucho más profundas que cualquier posible inflación que se viese bajo una banca con reserva fraccionaria porque en caso de progreso económico, poniéndonos en el mejor de los casos, el precio del dinero caería al mismo ritmo que aumentase la demanda de dinero—fenómeno que se da en las economías en crecimiento—(Selgin 2011). Esto se debe a la imposibilidad de crear, en principio, sustitutos financieros para aliviar esto. En un sistema de reserva fraccionaria este desequilibrio se podría evitar emitiendo activos financieros.

Hay una razón por la que he dicho en principio en el anterior párrafo y es que, según los mismos argumentos de los ciemporcientistas, hay un activo financiero que sí que pueden, e incluso deben, aceptar: las letras de cambio bajo una doctrina de letras reales (DLR). Esta doctrina establece que la emisión de bancos de activos financieros, letras de cambio o bills of exchange en inglés, respaldados por bienes reales, cercanos al fin de su producción, es segura, prudente y deseable. La DLR encuentra en Adam Smith su primer gran exponente, quien en su obra La Riqueza de las Naciones (1976) estimaba que las letras reales eran buenos activos financieros para que los bancos los compraran y atesoraran.

Las letras de cambio son instrumentos de pago de deuda. Estas las elabora el librador, que le da la orden al librado, si la acepta, de pagar al tomador. El tomador, el que posee la letra de cambio, puede ser el vendedor de bienes del librador, pero este último puede encontrarse demandando la liquidez necesaria para terminar de producir los bienes que está fabricando y ponerlos a la venta para pagar a este vendedor. Por lo que el librador compone una letra de cambio para que el librado, el banco, por ejemplo, pague al tomador. Como es una letra real—respaldada por un bien semiproducido—esta circulará como sustituto monetario, pero con descuento. El descuento viene determinado por el periodo restante hasta la venta de los bienes: cuanto menos tiempo requieran los productos para poder ponerse a la venta, menor será el descuento con el que circulará la letra.

Adam Smith y Antal Fekete (2005) estiman que las letras de mayor calidad vencerían a los noventa y un días y Fullarton (1845, 209) lo data en no más de sesenta días. Este periodo viene determinado por la duración de cada estación, porque se pensaba—quizás acertadamente, quizás no—que los patrones de consumo cambiaban con las estaciones y si algo no se podía vender por entonces, tardaría un año en poder volverse a vender. Sea como fuere, esta necesidad de establecer números arbitrarios nos queda corta: es la paloma mensajera dentro de un mundo de smartphones. Existe tecnología blockchain como el Ethereum que permite usar mecanismos de rastreo para seguir el proceso productivo (Westerkamp, Victor, and Küpper 2020); lo cual se puede acoplar para conocer también el porcentaje del bien producido hasta la fecha y el tiempo restante. Lo que propongo para mejorar la circulación de las letras reales es que operen como tokens de, por ejemplo, pagos off-chain de Bitcoin. Es decir, que circulen como tokens de Bitcoin los cuales pueden ser redimidos en su fecha de vencimiento. Este proceso trae consigo muchas ventajas como la reducción de error empresarial en la forma de aplicar descuentos incorrectos según el porcentaje del bien producido.

Lo que esto supone es que se irían creando sustitutos monetarios, pero siempre en proporción con la nueva oferta según esta misma se fuese produciendo: la materialización de la ley de Say. Por tanto, la emisión de este nuevo dinero no ha ‘‘robado dinero a nadie’’. En cualquier momento que la letra se gire, el dinero al que el tomador tiene derecho es igual al del porcentaje de bien producido. Un ejemplo ilustrativo sería el siguiente: hay cinco manzanas y cinco satoshis en una economía. Yo voy a producir e introducir en el mercado tres manzanas más, por lo que emito una letra por valor de tres satoshis que vencerá en treinta días. Si el descuento va ligado a la producción gracias a criptomonedas como Ethereum, si giras la letra por un satoshi, es porque solo el equivalente a una manzana se ha producido (o una tercera parte de tres). Siguen pudiendo darse desequilibrios, como que llueva demasiado y mis manzanas nunca se puedan introducir en el mercado. Pero esto es un problema real, no monetario.

La DLR no causa inflación porque iguala la demanda monetaria con los nuevos bienes que se vayan introduciendo en el mercado, por lo que el nuevo dinero no estará respaldado por ‘‘la nada’’, aumentando la oferta monetaria a la par y por la misma cantidad que el precio. Esto ayudará a los ciemporcientistas a solventar uno de los grandes problemas de su sistema: el posible desajuste que se daría si la demanda monetaria aumentase entre el tipo de interés real y el de mercado.

Referencias

Bagus, Philipp, and David Howden. 2010. “Fractional Reserve Banking: Some Quibbles.” Quarterly Journal of Austrian Economics 13 (4): 29–55.

Fekete, Antal E. 2005. “The Principle of Liquidity.” 24hGold, 2005.

Fullarton, John. 1845. On the Regulation of Currencies: Being an Examination of the Principles, on Which It Is Proposed to Restrict, Within Certain Fixed Limits, the Future Issues on Credit of the Bank of England, and of the Other Banking Establishments Throughout the Country. 2nd ed. Londres, Reino Unido: John Murray.

Hoppe, Hans-Hermann. 1994. “How Is Fiat Money Possible? Or, The Devolution of Money and Credit.” The Review of Austrian Economics 7 (2): 49–74.

Hoppe, Hans-Hermann, and Walter E. Block. 2002. “On Property and Exploitation.” International Journal of Value-Based Management 15 (3): 225–36. https://doi.org/10.1023/A:1020142013216.

Hoppe, Hans-Hermann, Jörg Guido Hülsmann, and Walter E. Block. 1998. “Against Fiduciary Media.” Quarterly Journal of Austrian Economics 1 (1): 19–50.

Huerta de Soto, Jesús. 1998. “A Critical Note on Fractional Reserve Banking.” The Quarterly Journal of Austrian Economics 1 (4): 25–49.

Hülsmann, Jörg Guido. 2000. “Banks Cannot Create Money.” The Independent Review 5 (1): 101–10.

Rothbard, Murray N. 1982. “Law, Property Rights and Air Pollution.” Cato Journal 2 (1): 55–99.

Selgin, George. 2011. “Is Fractional-Reserve Banking Inflationary?” Alt-M, September 2, 2011.

Smith, Adam. 1976. An Inquiry Into the Nature and Causes of the Wealth of Nations. Indianapolis, United States: Liberty Fund.

Westerkamp, Martin, Friedhelm Victor, and Axel Küpper. 2020. “Tracing Manufacturing Processes Using Blockchain-Based Token Compositions.” Digital Communications and Networks 6 (2): 167–76. https://doi.org/https://doi.org/10.1016/j.dcan.2019.01.007.