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Etiqueta: Autodefensa

La legislación española de armas y su impacto en la defensa propia

Este mes hemos tenido un nuevo caso de condena a un ciudadano por defenderse de un asaltante en su domicilio. Este caso es especialmente interesante porque no se utilizó un arma de fuego para la defensa, sino una simple navaja.

Los hechos ocurrieron en mayo de 2018. Sobre las tres de la madrugada, el propietario de un piso sospechó que podía haber un intruso dentro de su casa, cogió una navaja que tenía en la mesilla de noche y fue a investigar. Se encontró con el asaltante, que le golpeó en la cabeza con una barra metálica, lo que condujo a un enfrentamiento donde el propietario consiguió herir al asaltante varias veces con la navaja, lo que llevó a su incapacitación y, posteriormente, a su muerte por pérdida de sangre.

Argumentación del jurado

Hasta aquí los hechos probados. Ahora vamos a ver cómo argumentó el jurado que a este señor se le condene a dos años y medio de cárcel y a indemnizar a los familiares del delincuente con 70.000 euros:

Así, la resolución explica que es claro que la acción del acusado vino precedida de una agresión ilegítima, como es la entrada en el domicilio en horas nocturnas con intención de robar. Pero, el Jurado, indica que el acusado se había despertado por escuchar ruidos y “se puso en prealerta, cogiendo el machete de la mesita de noche”.

No es, pues, que lo cogiera después de haber sido agredido en la cabeza, sino que “optó por defenderse con un machete guardando silencio para acometer con él al ladrón, sin intentar disuadirle de su acción con avisos o advertencias”. De ahí infiere el Jurado una falta de “proporcionalidad en los métodos utilizados en la defensa de su persona, pues se defendió con un cuchillo y dio varias puñaladas”.

Legislación

En vez de analizar estos argumentos, voy a aprovechar este caso para hacer un análisis más profundo. Lo hago porque creo que en España tenemos una incomprensión severa sobre qué legislación existe sobre la defensa de nuestra vida y de nuestras propiedades, y del (no uso) que podemos hacer de las armas para este fin. Y sólo explicando desde la base se puede llegar a entender cómo es posible que policías, fiscales, jurados populares y tribunales puedan llegar a elaborar argumentos tan alejados del sentido común básico con el que la mayoría de los ciudadanos analizamos estos hechos.

En España existe una legislación que a simple vista parece proteger el derecho de los ciudadanos a defender su vida y sus propiedades. Las principales herramientas legales serían las siguientes.

Constitución y Código Penal

Artículo 15, 17 y 18 de la Constitución:

  • Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o a tratos inhumanos o degradantes.
  • Toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad.
  • El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito

Artículo 20 del Código Penal

Están exentos de responsabilidad criminal:

4.º El que obre en defensa de la persona o derechos propios o ajenos, siempre que concurran los requisitos siguientes:

Primero. Agresión ilegítima. En caso de defensa de los bienes se reputará agresión ilegítima el ataque a los mismos que constituya delito y los ponga en grave peligro de deterioro o pérdida inminentes. En caso de defensa de la morada o sus dependencias, se reputará agresión ilegítima la entrada indebida en aquélla o éstas.

Segundo. Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla.

Tercero. Falta de provocación suficiente por parte del defensor.

No se puede poseer un arma en defensa propia

Con esta legislación en la mano una persona podría defender su morada de un allanamiento sin que exista responsabilidad criminal por su parte siempre que lo haga para repeler el asalto y cumpla con racionalidad respecto al medio empleado. Y es precisamente en este pequeño matiz que el legislador ha introducido al final donde todo se da la vuelta y nuestros derechos desaparecen.

¿Qué es un medio racional ante un asalto? ¿Lo que los tribunales fijen con base a las circunstancias del caso y a la jurisprudencia?

Lo cierto es que no funciona así del todo. Los tribunales españoles parten de otra realidad más simple que es ignorada por la mayoría de los ciudadanos: en España no existe el derecho a poseer un arma con fines de defensa propia. Las armas solo se pueden poseer como ornamentación o como herramientas de trabajo o caza. Si las utilizas para defenderte, estás entrando en un terreno gris entre dos legislaciones contradictorias.

La incomprensión del ciudadano común es tan grande sobre este tema que me encuentro muy a menudo con que piensan que esto que acabo de escribir es una exageración propia del liberalismo, y nuestra fobia al Estado. Pero no, no lo dicen los liberales, lo dice la Guardia Civil.

Y la Guardia Civil puede decir esto porque la propia Constitución española le habilita para ello. Concretamente el artículo 149 donde el Estado se apropia de la competencia exclusiva en la tenencia y uso de armas.

Ni portar armas de cualquier tipo

Aquí tenemos que hacer una pausa para entender otra cosa importante, y que si no se deja clara embarra el entendimiento de mucha gente: no estamos hablando sólo de armas de fuego y la posibilidad de portarlas en la calle o tenerlas en casa. Esto no va de tiroteos como en Estados Unidos, ni sobre los AR-15, ni sus cargadores de 30 balas. Todo el debate sobre armas de fuego y la segunda enmienda que aplica a Estados Unidos, y que es tremendamente interesante, no aplica en España. Y no lo hace porque sería como discutir sobre gestación subrogada viviendo en Afganistán.

En nuestro país no existe el derecho a portar armas. Repito, armas, no armas de fuego. No se puede llevar ningún arma en la vía pública que no sea a su vez una herramienta y que puedas justificar que necesitas usar para la actividad que estás realizando en ese momento. Esto no solo aplica a cuchillos o navajas, aplica a cualquier cosa que pueda ser usada de forma lesiva. La lista es amplia, ya que la imaginación del ser humano no tiene límite, así que nuestra legislación delega en los agentes de los cuerpos de seguridad del Estado determinar si el objeto que portas es un arma o no. Lo que lleva a situaciones surrealista como la incautación de navajas suizas o de encendedores eléctricos.

Armas descargadas

En nuestros domicilios las cosas no son mejores. Se puede tener armas en casa, excepto una lista bastante subjetiva de ellas que están prohibidas y otra lista donde se requiere licencia, pero su fin no puede ser defender nuestra vida o propiedad. Legalmente son herramientas o elementos decorativos y el reglamento de armas vela porque, dentro de sus posibilidades, sea así.

¿Cómo lo hace? Sobre las armas de fuego lo he explicado en varios artículos pasados. No puedes tener el arma cargada en casa, y tienes que guardar la munición en un lugar diferente del arma. Esta regla sólo puede tener como fin dificultar la utilización del arma como defensa ante una agresión, ya que no supone ningún inconveniente para utilizarla para otro fin ilícito.

Pero muchas personas no aceptan esto. Para ellos, la seguridad y la prevención de accidentes es lo que mueven a nuestros burócratas en este tipo de normas. Bueno, vamos a ver otro ejemplo para disipar dudas.

Gas comprimido

En el mundo de la defensa propia no solo existen armas de fuego. Hay otro tipo de armas, que la Guardia Civil cataloga de tipo 4, que son de gas comprimido. Estas armas pueden lanzar proyectiles a unas velocidades más bajas que las de fuego, pero pueden ser suficientemente potentes para repeler una agresión al causar traumas o heridas leves. ¿Cuál es su problema? Que necesitan una botella de gas (normalmente CO2) que se lleve pinchada poco tiempo para garantizar que la presión de la misma es suficiente para cumplir su función.

En un arma meramente defensiva prima que esté operativa en cualquier momento y en cuestión de segundos. De otro modo no sirve de nada.

Como existen otros países donde la defensa propia sí está amparada por la ley, existen muchos modelos de armas de gas comprimido de calibres y potencia traumáticas que están preparadas para que la botella de gas entre en funcionamiento de forma rápida. De este modo este tipo de armas se convierten en una herramienta válida para la defensa del hogar (no son válidas en espacios abiertos dado su corto alcance).

¿Funciona? ¡Lo prohibimos!

¿Qué hace la Guardia Civil cada vez que un modelo de este tipo de armas llega a las tiendas autorizadas españolas y se vuelve popular? Sí, lo han adivinado: prohibirlo. Y recalco lo de prohibir, porque lo lógico sería que, si la consideran más peligrosa que las que no tienen este mecanismo, pasarán a una categoría superior (de 4º a 3º, por ejemplo). Pero no, el fin no es controlar su uso a ciudadanos que pasen más controles (licencias), sino directamente prohibir que nadie pueda poseerlas, ya que su fin es la defensa propia, no ser una herramienta de ocio o trabajo.

En cambio, las armas de gas comprimido o resorte mucho más potentes siguen siendo legales para cualquiera mayor de edad, siempre que no tengan un mecanismo que permita usarlas de forma rápida. O, dicho de otra forma, siempre que no se puedan usar como defensa ante una agresión inesperada.

Todo menos la autodefensa del ciudadano

Creo que el ejemplo es suficientemente claro. Podemos escribir muchos más, ya que el mercado de armas de defensa propia es tremendamente extenso, y nuestra Guardia Civil prohíbe sistemáticamente todo, así que voy a dar por aclarado que en España existe la voluntad legal de no permitir que un ciudadano use cualquier arma para defenderse. Por lo que ahora sí se puede entender mucho mejor qué está ocurriendo con la serie de sentencias que están apareciendo, donde son condenados ciudadanos que simplemente repelieron un ataque en su domicilio con el medio más eficaz del que disponían: sus armas.

Pero antes de comentar la condena que hemos visto al principio, vamos a ver otro caso donde los tribunales sí han concedido la exención completa de legítima defensa.

Los hechos ocurrieron en 2005, un hombre estaba maltratando físicamente a su pareja sentimental en su domicilio. Después de una primera agresión, la mujer se puso a cortar verduras con un cuchillo, momentos después el hombre retomó su agresión, lo que llevó a la mujer a apuñalarlo varias veces hiriéndolo de gravedad.

Tenía el arma, pero no para la autodefensa

El tribunal supremo la exonera con estos argumentos:

En el caso actual existe una ilegítima agresión, intensa por su brutalidad y por su persistencia y un evidente riesgo para la agredida. La necesidad de defenderse legítimamente exigía una proporcionalidad que en aquél momento no brindaba otra posibilidad defensiva que la de usar el arma que por otras razones portaba todavía en la mano. No usarlo equivalía a no defenderse frente al agresor, y en términos de posibilidad real, es decir en el ámbito de lo exigible, defenderse eficazmente exigía precisamente el uso de ese arma. Hacerlo con dos cuchilladas que permitieron neutralizar la agresión, no debe considerarse exceso, desproporción, o falta de necesidad racional, sino lo proporcionado, dentro de lo necesario y de lo posible.

Me imagino que todos hemos visto la clave: tenía el cuchillo en la mano por otras razones distintas a su defensa. En ningún momento esta señora incumplió la regla de coger un cuchillo para defenderse, simplemente lo estaba empleando como herramienta y la agresión ilegítima tuvo lugar junto con esta afortunada circunstancia.

La mala suerte de no pelar verduras

En cambio, ¿qué pasó con nuestro desafortunado propietario que repelió un asalto a su casa? No estaba pelando verduras, así que se entiende que cogió su navaja para usarla con el fin natural de cualquier arma: su capacidad de infringir daño a un posible agresor. Y eso es lo que en España te lleva de ser víctima a ser un criminal.

Volvamos a leer el párrafo donde el jurado afea a este señor que cogiera su navaja:

Pero, el Jurado, indica que el acusado se había despertado por escuchar ruidos y “se puso en prealerta, cogiendo el machete de la mesita de noche”. No es, pues, que lo cogiera después de haber sido agredido en la cabeza, sino que “optó por defenderse con un machete guardando silencio para acometer con él al ladrón, sin intentar disuadirle de su acción con avisos o advertencias”

Según nuestros tribunales, una persona no puede coger un arma en su casa simplemente como precaución, tiene que esperar a ser agredido para (si sigues vivo) ir a por ella. Pero es que encima, si tienes la suerte de detectar al asaltante antes de ser agredido, tienes la obligación de no guardar silencio y avisarle de que estás armado. ¿Por qué? Porque al empuñar un arma te has convertido en una amenaza para la sociedad, y el asaltante tiene derecho a ser avisado de tus macabras intenciones.

Asaltos con torturas y violaciones, sin derecho a la defensa

Es tremendamente curioso que el hecho de saltarse la legislación de armas, haciendo uso de una para defenderte, predisponga a un tribunal a pensar que ya no eres una víctima que se acaba de despertar en mitad de la noche con 180 pulsaciones por minuto, sino una especie de justiciero que quiere sorprender a un simple ladrón a sangre fría. En cambio, la persona que entra en una casa habitada de madrugada, no solo no se le presupone intenciones asesinas, sino que se rebaja su condición a la más leve (ladrón), y se da por hecho que con una simple advertencia verbal va a huir. Pero lo cierto es que en España ya no se asaltan casas solo para robar, cada vez es más común torturar y violar a sus moradores.

Y aquí es donde vamos a tener un problema muy grave en pocos años. La legislación de armas española es totalitaria, siempre lo ha sido, pero a nadie le ha importado mucho (menos a los liberales, claro). En un país pacifico, donde solo te arriesgas a que te roben la cartera o que tu casa aparezca desvalijada cuando vuelves de vacaciones, que unos burócratas trabajen incansablemente para impedirte la defensa por medio de las herramientas que mejor cumplen esa función es un problema filosófico. En cambio, si la vida de más gente empieza a estar en riesgo de forma habitual, lo filosófico se convierte en un drama que no va a ser nada fácil de resolver.

Legislaciones totalitarias

Y no lo va a ser porque las legislaciones totalitarias son inmunes a la realidad. De hecho, tienden a agudizarse contra más sean cuestionadas por ella. Una muestra de ello es que la utilización de grandes machetes por parte de bandas latinas ha llevado al incremento de incautaciones de navajas de rescate (las que sirven para cortar el cinturón o romper las ventanillas) y demás navajas totalmente legales que los ciudadanos portaban en las guanteras de sus vehículos privados.

A esto hay que sumar a una población que en su mayoría está totalmente desconectada de la idea de la defensa propia y del uso de las armas. Cuya reacción ante la violencia va a ser pedir más represión estatal, y va a rechazar aceptar la idea de que la primera barrera de contención de una agresión es él mismo y su capacidad de defenderse. Arrastrando así a que los ciudadanos que sí quieran ejercer este derecho sigan sin poder hacerlo.

El totalitarismo en cualquier ámbito siempre lleva al desastre. El de las armas no es una excepción.

Ver también

Las armas no matan. (Manuel Llamas).

El Papa Francisco y el derecho a la autodefensa. (Antonio José Chinchetru).

El derecho a la autodefensa. (Alberto Illán Oviedo).

Policía y sociedad: de ovejas, lobos, y perros pastores

Vamos a analizar cuatro historias que han sido de actualidad este último mes. La primera historia comenzó el 24 de febrero de 2018. Esa noche dos asaltantes (con otros dos cómplices esperando fuera) asaltaron una finca aislada en Palma de Mallorca. Amenazaron a los propietarios (un matrimonio de ancianos) para acceder a la caja fuerte, y en algún punto en el transcurso de su asalto, uno de ellos resultó muerto por un disparo de escopeta del propietario. El resto consiguió huir, no sin dejar heridos por diversos traumatismos a los propietarios de la finca.

Asalto y muerte

Primero, tengo que reconocer que pese a estar bien informado sobre estos temas, no supe de esta historia hasta que empezó el juicio el pasado mes de septiembre. La prensa lo cubrió superficialmente en febrero de 2018, resaltando siempre que el muerto era un ladrón, y lo metió en un cajón hasta septiembre de 2023. Es lo que se hace con cualquier crónica de sucesos. Se informa de lo que ha pasado sucintamente, para años más tarde, si se tercia, volver a informar del resultado del juicio.

Segundo, hay delitos que precisan de años de investigación y cuyos juicios son muy complicados. No era el caso que nos ocupa. Cuatro delincuentes comunes asaltan la casa de dos personas mayores ante la información de que guardaban dinero en efectivo de un negocio del que se acababan de retirar. Durante el asalto suceden unos hechos de los que las pruebas y testimonios de las partes fijan desde un principio lo fundamental: el dueño dispara durante el asalto a uno de los asaltantes, que, por el simple hecho de persistir en su asalto, estaba amenazando su vida. Es algo que un sistema de justicia normal podría haber juzgado en un año, dos a lo sumo.

Homicidio en la autodefensa

Tercero, la Guardia Civil no solo no centra su investigación en los asaltantes y la violencia que ejercieron sobre dos personas mayores, sino que lleva su ciencia policial al extremo para determinar qué golpes recibió el propietario de la finca antes y después de disparar a uno de los asaltantes. De hecho, determina que la mayoría de los golpes los recibe después de disparar (solo les falta añadir que en justa venganza). Cuarto, pese a ser un caso que iba a ser juzgado por un jurado popular, y el propietario de la finca podría contar con la simpatía de una parte importante de la sociedad, alguien (¿su abogado?) decide no hacer ruido y dejar que el rodillo de nuestro sistema pase tranquilamente por encima de este señor.

Y quinto, finalmente la fiscal acusa al propietario de homicidio sin eximente completa de defensa propia porque, como ya sabemos, no hay forma humana de que un civil dispare un arma de fuego sin ser condenado. Y sí, el jurado popular lo condena. Lo hace de forma tan surrealista como el resto del proceso, ya que solo hay un voto de diferencia entre los que condenan y los que absuelven, algo que por lo que dicen los expertos va a provocar un juicio nulo y que un pobre señor, que ya superar los ochenta años de edad, tenga que volver a someterse a la maquinaria judicial. Más allá de lo humano, el caso es el ejemplo perfecto de que este tipo de situaciones no tienen un culpable. Tienen muchos, y están en todas las capas que intervienen.

Fatal llamada de auxilio

La segunda historia tuvo lugar en Madrid en 2021. Una mujer llama a emergencias porque su hijo está agresivo y les amenaza con un cuchillo. Los policías intentan lidiar con él utilizando un escudo y sus defensas, pero se ven sobrepasados y finalmente le disparan entre tres agentes causándole la muerte. Sorprendentemente, el juez de instrucción decide que se celebre el juicio al no poder determinar que existía una eximente completa de defensa propia. El juicio comenzó el mes pasado y el titular de los medios (especialmente de eldiario.es) destacan que el muerto recibió diecinueve disparos de los agentes. En este caso, por fortuna, la fiscal sí ve eximente completa de legítima defensa y se espera que el jurado lo vea de la misma manera. Por contra, la madre del fallecido, cuya llamada comenzó toda esta historia, solicita a través de su abogado que los agentes sean condenados.

Sobre el funcionamiento de la justicia hay dos formas de ver este caso. La primera es asombrarse porque a unos policías, que acuden a una llamada de auxilio, se les pueda atacar con un cuchillo sin que eso les exima de ir a juicio por defender su vida. La segunda es preguntarse qué clase de magia opera en la justicia española para que este caso se pueda juzgar en menos de dos años, y la fiscalía entienda que hay eximente completa de legítima defensa cuando varios policías defienden su vida frente a un solo agresor, cuando no lo hace cuando es un septuagenario el que está siendo asaltado en un domicilio aislado por varios asaltantes.

Se reconoce el derecho a la autodefensa de los policías

Por otro lado, aquí opera el desconocimiento (reforzado por algo de ideología anti-policía importada de EEUU) sobre cómo son los enfrentamientos violentos con armas de fuego. Diecinueve disparos pueden parecer muchos para alguien que no haya visto un tiroteo en su vida, pero no lo son. Y vivimos en una época en la que si se quiere tener experiencia en tiroteos no hace falta alistarse como voluntario en Ucrania, solo hace falta una conexión a internet y muchas horas libres para ver los miles de vídeos de estos hechos que existen. Escuchar o leer a gente que haya experimentado en sus carnes situaciones así tampoco es difícil. Pero a una parte ilustrada de nuestra sociedad le parece muy desagradable este tipo de visualizaciones, y prefieren seguir profiriendo sandeces desde su púlpito moral cada vez que un caso mediático aparece.

Y, por último, en una sociedad abierta como la española hay de todo. Es algo que hay que asumir como coste por los beneficios que disfrutamos. Pero las leyes deben penalizar aquellos comportamientos antisociales que dificultan la convivencia pacífica entre los ciudadanos, o al menos no fomentarlos. Que una señora llame a la policía para pedir ayuda porque su propio hijo la amenaza con un cuchillo y luego el sistema la incentive a denunciar a estos policías por haber defendido su vida (y la de la señora) es delirante.

Resistencia ante la autoridad

La tercera historia tuvo lugar hace unas semanas. Un inmigrante africano fue reprendido por el personal de seguridad de Adif en Barcelona. Ante tu actitud agresiva le intentaron reducir, lo que finalmente no fue posible por la obstrucción de los propios usuarios de la estación y finalmente, por un sujeto que parece que se identifica como policía y ordena soltar al inmigrante. Los medios de comunicación publican el video resaltando que se produce una agresión racista del personal de seguridad y Adif pide retirar a los trabajadores del servicio.

Curiosamente, pocos días antes de este hecho, se publicó en las redes sociales un video de la estación de autobuses de Zaragoza donde varios policías nacionales reducen a un sujeto joven de raza negra de forma bastante aparatosa, mientras varios usuarios de la estación intentan dificultar la detención. La principal diferencia entre ambos videos es que en Zaragoza las personas que afean a los policías su acción no consiguen su objetivo. La prensa no tituló la noticia como una agresión racista. De hecho, ni siquiera la tituló como agresión de ningún tipo.

La autoridad de la Policía

Estamos ante un caso bastante claro de que lo que la sociedad le permite a la policía no se lo permite a trabajadores de seguridad, pese a que dentro del recinto donde trabajan están habilitados para detener (hasta la llegada de la policía) a cualquiera. O, dicho de otra forma, la sociedad no permite a unos trabajadores realizar las funciones que la ley sí les habilita a hacer, dejando su trabajo en una zona gris absurda.

A día de hoy no he conseguido acceder a la versión de los hechos de los trabajadores de seguridad. Las asociaciones del gremio viven con síndrome de Estocolmo, algo que opera en todos los profesionales que trabajan bajo la supervisión de los Cuerpos de Seguridad del Estado, y prefieren pasar página sin más.

Estas tres historias vienen a describir el estado social en el que estamos inmersos respecto a la violencia y la capacidad que tres tipos de ciudadanos tiene para enfrentarse a ella: ciudadanos en su propia morada, personal de seguridad privada en su recinto de trabajo y policías en su respuesta a una emergencia.

Samuel Vázquez

Sobre este tema, Samuel Vázquez es la persona que más está haciendo para denunciar la deriva social en la que estamos entrando. Samuel es un policía nacional que ha ganado notoriedad denunciando tanto en el Congreso de los diputados, como en la Asamblea de Madrid los problemas de la actual organización de las FCSE ante la criminalidad actual. En su libro Don’t fuck the police, escrito conjuntamente con un exguardia civil, desarrollan esta crítica de forma más extensa. Esta actividad intelectual que ejerce fuera de servicio le ha llevado a estar expedientado, y seguramente le impida seguir ejerciendo su profesión.

Solo por eso vale la pena leer a Samuel, ya que no abundan las personas que sacrifican su carrera profesional por transmitir lo que ellos creen que es lo correcto.

Una vez dicho esto, algunas ideas que transmite su libro son muy matizables y a veces simplistas en exceso. Es un tópico, que no por ello deja de ser cierto, que para un martillo todo es un clavo. Y en mis conversaciones con miembros de las FCSE ya había notado que nos ven a todos con forma de clavo. El caso de Samuel no es una excepción, aunque se agradece que el corporativismo lo limite a sus compañeros operativos, y no a toda la organización policial, que es lo que suele ser habitual.

Lobos y ovejas

Pese a todo, hay una parte de su visión que me parece especialmente errónea, y que queda reflejada en este extracto de su libro:

Por un lado, están los que no tienen capacidad para la violencia, ciudadanos normales que viven su vida sin interferir en la del prójimo; esos son las ovejas. Por otro están los que sí tienen capacidad para la violencia y ninguna empatía con el resto de seres humanos; esos son los lobos. Por último, están los que sí tienen capacidad para la violencia y a su vez sienten una tremenda empatía por sus semejantes; eso son los perros pastores, los policías.

Lo curioso y paradójico es que desde el punto de vista de las ovejas, no es el lobo sino el perro pastor el que representa el peligro, porque este, en su afán protector, no hace otra cosa que ladrarles y morderlas para que obedezcan. Lo hace por el bien del rebaño, sí, pero eso la oveja lo desconoce porque, si aparece el lobo y el perro pastor consigue ahuyentarlo, la oveja no llega a percibir la sensación de peligro. Si la suerte cambia de bando, la opinión de la oveja ya no contará porque estará en el estómago del lobo

No es una forma de ver el mundo que me sea desconocida. De hecho, es muy popular entre cierta derecha amante de los parches y pulseras de las FCSE. Y es una visión muy estúpida.

Pastor, no guardián

Antes de nada, voy a hacer un pequeño inciso que no trata sobre lo más importante, pero sí es interesante aclarar. En la ganadería extensiva se usan dos tipos de perros de trabajo. Los pastores y los guardianes. Los perros pastores se crían con los seres humanos, y se les adiestra para acechar al ganado de tal forma que puedan dirigirlo a voluntad del pastor. No permanecen con el ganado una vez que han terminado su trabajo, y su función no es defender a este de ataques. Los segundos, se crían desde cachorros con el ganado para impregnar en ellos una pertenencia al rebaño. Con esto se consigue que permanezcan siempre a su lado, y que les defiendan de cualquier agresión.

Si quisiéramos utilizar la metáfora de los perros y las ovejas (lo que no es recomendable), sería bueno escoger al tipo de perro correcto. Porque de escoger al perro pastor en vez del al perro guardián, lo que se está diciendo es que la policía es aquella que lleva a los ciudadanos por donde el poder quiere, y luego se va a casa a dormir caliente mientras los lobos atacan por la noche.

Una vez aclarado esto, vamos a lo importante: los seres humanos no tienen categorías naturales (más allá de las diferencias por género) respecto a su rol en la defensa de su vida y propiedad. Todos los seres humanos son perfectamente capaces de ejercer la violencia. De hecho, es la cultura la que tiene que atenuar esta capacidad para hacer posible la vida en sociedad. Lo que se lleva al extremo cuando hablamos de sociedad abiertas.

La Policía siempre tiene la razón

Y ahí nace el monopolio de la violencia (Samuel lo llama monopolio de la fuerza porque los eufemismos son parte de ese enorme esfuerzo que nuestro sistema tiene que hacer para que la sociedad acepte una situación que nos es naturalmente anómala).

Si no se entiende esto, difícilmente se puede diagnosticar los problemas que estamos viviendo, ya no digamos proponer soluciones. En las tres historias de las que hemos hablado no existen lobos, ovejas y perros pastores. Existen personas honradas forzadas a emplear la violencia y una sociedad que en su conjunto les penaliza por ello.

A Samuel le gustaría una sociedad que asuma (ante ausencia de evidencia contraria) que si la policía ha disparado veinte veces a un sujeto que amenazó a su propia madre es porque había que hacerlo. A mí me gustaría una sociedad donde si avisas a la policía de que has disparado a un asaltante a las tres de la noche el operador del 091 no te abroncara y te pidiera que vayas a ver si se encuentra bien. Seguramente nosotros podríamos llegar a un acuerdo para que estas dos cosas fueran así, pero hay otros 47 millones de habitantes con voz y voto, y muchos de ellos consideran que nuestras posturas son propias de radicales.

La cuestión de la legitimidad de la violencia

De esto hay dos culpables:

La ideología que niega la naturaleza humana por sistema y cuyas élites consiguen poder con la máxima de contra peor, mejor para ellos. En esta parte estamos de acuerdo, así que no voy a incidir en ella.

El segundo culpable es más complejo de ver: el monopolio de la violencia del Estado ha llevado a una sociedad donde lo que provoca rechazo es el empleo de la violencia en sí, no la legitimidad de la misma.

La prueba de esto es que los propios policías como Samuel se toman muy en serio que cada vez que un compañero mata a una persona, se evite el verbo matar, y se utilice en su lugar neutralizar. La policía no mata, la policía neutraliza. Tecnicismos profesionales aparte, a provocar lesiones a un ser vivo que pongan fin a su vida se le llama matar, lo haga alguien con placa policial o sin ella. Pero como la sociedad no asume que se pueda matar, ni siquiera en los casos en los es evidente que era la única opción, hay que inventarse una nueva palabra que solo camufla lo evidente.

Seguridad a cambio de libertad

Es un atajo que no lleva a ninguna parte. De hecho, empeora la situación, al aislar a la sociedad aún más de la realidad. Pero se usa, porque si estás dentro de una lucha con un periodismo activista que tiende a manipular titulares, la vía fácil siempre es muy tentadora.

Y en esa vía fácil está recurrir a la solución de más policía o policía más fuerte y mejor organizada como panacea a nuestros males. Y sí, seguramente cuando nuestra sociedad sea expuesta a dosis más altas de violencia (y lo va a ser, ahí Samuel tiene toda la razón) caminaremos por ese camino, aunque seguramente no de la forma que nos gustaría.

Las FCSE tendrán más poder, el ciudadano común tendrá aún menos. Compraremos seguridad con libertad, pero seguirán ahí las ideas estúpidas y el dogma de suprimir por completo la violencia que todos tenemos dentro (convertirnos en ovejas), en vez de encauzarla en la dirección correcta con reglas claras y que todos compartamos (apostar por la civilización). Y eso no hay martillo que lo solucione. Porque no todo es un clavo.

Ver también

Quis custodiest ipsos custodies? (José Antonio Baonza Díaz).

Defensa propia sí, pero constitucional y moderada (Fernando Parrilla).

El centro derecha extraterreste

El pasado día 20 se debatió en el Congreso de los Diputados una propuesta de VOX para incorporar el derecho a la legítima defensa en el Código Penal español. Concretamente la capacidad de defenderse de una agresión sorpresiva en tu propiedad con todos los medios a tu alcance. El nuevo artículo hubiera quedado así:

Artículo 20.

Están exentos de responsabilidad criminal: 4.° El que obre en defensa de la persona o derechos propios o ajenos, siempre que concurran los requisitos siguientes:

Primero. Agresión ilegítima. En caso de defensa de los bienes se reputará agresión ilegítima el ataque a los mismos que constituya delito y los ponga en grave peligro de deterioro o pérdida inminentes. En caso de defensa de la morada o sus dependencias, se reputará agresión ilegítima la entrada indebida en aquella o estas.

Segundo. Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla. Se presumirá la existencia de la necesidad racional del medio empleado cuando, en el supuesto de defensa de la morada o sus dependencias o, si existe peligro de agresión, del lugar donde se ejercite una actividad comercial, profesional o empresarial, el sujeto defensor utilice, y con independencia del resultado causado, cualquier medio de defensa, siempre que, en los supuestos exigidos por la normativa en vigor, contara con la correspondiente autorización expedida por la Administración con competencia en la materia.

Tercero. Falta de provocación suficiente por parte del defensor.

Creo que el texto es impecable desde un punto de vista liberal. El derecho a defender tu propiedad de un ataque no es algo que pueda conceder un Estado, es algo con lo que nacemos todos los seres humanos. Por desgracia, en España ese derecho está lejos de existir, y la aprobación de esta modificación habría sido un paso de gigante en este aspecto.

Una vez dicho esto, en la política rara vez se dan pasos de gigantes en la dirección correcta, así que seguramente habría sido más inteligente, o práctico, proponer una modificación del mismo artículo con algo más sencillo de entender para la sociedad: la excepción de responsabilidad sólo ante entrada en la morada, por ser este un acto, que por sí mismo, constituye una amenaza a la vida de los moradores, a los que no se les puede pedir que reaccionen con racionalidad, ni proporcionalidad en semejante situación.

Vivimos en un país donde despreciar lo material tiene un aura de respetabilidad. Es algo que habría de cambiarse, lo cual no ocurrirá de un golpe. En cambio, aún tenemos una sociedad lo suficientemente sana como para entender que defender tu vida es algo razonable.

El hecho de que un allanamiento sea considerado por la mente colectiva como un intento de robo viene de una época donde los ladrones esperaban a que te fueras de vacaciones para entrar en tu casa. Ciertos intelectuales se han aprovechado de esto para mantener la ficción de que cualquier persona que se defiende de un asaltante en realidad está poniendo su propiedad por encima de la vida de una persona.

El primer paso para subir esta empinada escalera es derrumbar esta mentira. Y VOX en este caso ha pecado de ambicioso.

Pero hasta aquí mi crítica al partido verde, porque una vez que uno lee las intervenciones de los dos partidos de centro derecha no hay nada que reprochar a quien al menos vive en el mismo planeta que los ciudadanos normales.

Por parte de Ciudadanos, entremezclado entre VOX caca, Trump, Salvini, blablablá se puede resaltar lo siguiente:

Miren, necesidad racional del medio empleado para repeler la agresión, tradición jurídica española de hace más de cien años, e interpretación jurisprudencial. (***) en Ciudadanos decimos que ante la demagogia está la ley y solo la ley, no la ley de la selva, no la ley del más fuerte, que es lo que ustedes quieren (***) y, sin embargo, la legítima defensa tiene pleno carácter exoneratorio. Es el caso llevado por la Abogacía del Estado en el que defienden a un policía que entra en un portal que está a oscuras, unos yonquis le amenazan con una jeringuilla, el policía saca la pistola y lo mata (…) Y fíjese cómo la proporcionalidad entre los medios no era exacta, no era completa, pero se declara la legítima defensa. ¿Por qué? Fíjese, porque hay un juez que examina que la luz está tenue; que examina que la trayectoria del balazo es de abajo arriba; que examina que la bala está a menos de 50 centímetros del disparo, con lo cual hay un cuerpo a cuerpo

El señor Bal, como buen abogado del Estado, no entiende que, para una persona normal, que vive sin meterse con nadie, y que tiene la desgracia de que otro sujeto, al que no conoce y que es un criminal, le escoja como objetivo, someterse a un proceso judicial penal, donde tiene que demostrar que sus actos obedecen a unos criterios racionales que solo existen en la cabeza de leguleyos, es en sí un castigo enorme, sea cual sea la sentencia recibida.

Y la demostración de que no lo entiende es que pone un ejemplo de una sentencia absolutoria de un… policía. Repito: de un policía. Un profesional que está sindicato precisamente para tener defensa jurídica gratuita, un abogado del Estado a su favor y todos los recursos del cuerpo para demostrar todas esas circunstancias que relata tan detalladamente. ¿Tenemos los ciudadanos de a pie esos recursos, señor Bal? ¿Vive usted en el planeta Tierra o cuando aprobó la oposición de abogado del Estado ascendió a una tierra mágica desde donde los ciudadanos normales parecemos apestosos orcos?

Porque solo así se entiende que se pueda considerar que una persona, que está haciendo su vida normal en su propiedad, pueda ser considerado ¡el más fuerte! en una confrontación con un asaltante. Al parecer la vida real para el señor Bal es una película de Tarantino, donde la gente está esperando a que entre algún asaltante en su casa para atarlo en su sótano. Porque claro, vete a saber qué hacen en sus casas esas personas inquietantes que no han querido o sabido sacarse una oposición.

Pero dejemos a Ciudadanos, y pasemos al PP:

En primer lugar, basta recordar cómo Santiago Abascal celebraba con fervor y entusiasmo la aprobación de un proyecto impulsado por Matteo Salvini, que popularizaba el uso de armas de fuego en Italia.

Y mucho menos vamos a ser nosotros quienes apoyemos una transformación del Código Penal en caliente, legislando desde la excepcionalidad y la particularidad, desde las tripas, desde las vísceras y desde la improvisación. La figura penal de la legítima defensa puede ser compleja; lo es, pero cada caso es distinto. Está llena de matices, y corresponde a la justicia juzgar los hechos, las circunstancias y las consecuencias de cada uno. Corresponde a los jueces determinar con precisión cuándo se cumplen los presupuestos para concluir que alguien ha actuado en legítima defensa y cuándo sus actos no son proporcionados para descartar la eximente de legítima defensa.

Por tanto, y dicho esto, nosotros entendemos que son del todo acertadas la doctrina y la jurisprudencia que sigue el Tribunal Supremo. En este sentido, es relevante invocar lo que dice en su sentencia 13755/94. Dice: No existe, por principio, desproporción por el uso del arma de fuego frente a una barra rígida de hierro blandida decididamente por un hombre de treinta y tres años, excitado y con afán agresivo

Sí, es lo mismo que Ciudadanos, pero al estilo pepero. ¿A quién se juzgaba en la sentencia 13755/94? Bingo, a un miembro de los Cuerpos de Seguridad del Estado. ¿Por qué no ponen un ejemplo de sentencia que exonere a un ciudadano común por usar un arma de fuego en legítima defensa ante un asaltante que no disponía de otra arma similar? ¿Es posible que no exista tal cosa?

Una vez más, dejar en manos de los jueces este tema significa, hablando claro, que ciudadanos normales tengan que sufrir un castigo del Estado sea cual sea la sentencia, que de por sí son casi siempre perjudiciales si se usa un arma de fuego. Porque el señor del PP sabe perfectamente que el Estado español deja muy claro en las diferentes licencias de armas, excepto en la que concede a discreción del Ministerio de Interior a amigos y conocidos, que no se pueden usar para nada más que para la actividad para la que se concede el permiso. De hecho, te obligan a almacenarla de tal forma que son inservibles en caso de asalto. Y, por tanto, en cuanto la usas para defender tu vida, o demuestras que el agresor te estaba disparando en ese momento o no hay manera humana de evitar una condena.

Por desgracia, la visión irreal, elitista y bastante arrogante del PP y Ciudadanos en este tema no es más que la postura de cierto intelectualismo de centro derecha llevada al extremo. En el mundo del debate estéril, que los jueces tengan tu vida colgando de un hilo durante un lustro porque a un delincuente le pareció fácil entrar por tu ventana una noche de verano, es algo perfectamente razonable. ¿Por qué? Porque en la derecha también hay gente que considera maravilloso que el rodillo del sistema pase por encima de individuos anónimos (y normalmente de clase social ajena) a cambio de poder disfrutar de la superioridad moral que da ponerse justo en la mitad entre un criminal y un sujeto que tuvo la capacidad de no convertirse en su víctima.

Es una derecha profundamente antiliberal, con la paradoja que te pueden defender una bajada del IRPF o un entorno amigable con los empresarios. Pero al final, cuando hay que escoger entre ciudadanos ejerciendo sus derechos o el mundo abstracto en el que viven, se quedan con su mundo. Allí están bien, pero ya va siendo hora de buscarse a personas del mundo real para que no representen en el parlamento en vez de a extraterrestres.