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Etiqueta: derechos

Can rights clash?

Abstract:

The thesis of this paper is that when property rights are clearly and fully specified, it is impossible for rights to clash. If they appear to do so, then one or perhaps both of these “rights” is improper. For example, when so-called “positive rights” are relied upon. However, there is an exception to this general rule: when criminal behavior occurs.

Key words: Rights; private property; contract; liberty

JEL Category: P48

(Versión en español aquí).

Ordinarily, rights cannot clash. If they appear to do so, it is because at least one of them, maybe both, are mis-specified, invalid, or improper. Typically, such seeming incompatibilities between rights can be reconciled by adherence to private property rights. Or, to put the matter obversely, lack of fully specified private property rights are the cause of a seeming endless numbers of supposed rights clashes.

A nazis parade in Skokie

Let us consider a few examples. Should the Nazis be allowed to march in a parade in Skokie, IL? This is the home of thousands of Jews, many of them still sporting numbers tattooed on the back of their wrists, courtesy of the time they spent in concentration camps. But all people, including Nazis, have the right to enter onto the public streets; given that it is improper for the government to discriminate against people on the basis of their viewpoints (these Nazis are guilty of no crimes, let us posit, arguendo), and that others are allowed to parade from time to time, it is difficult to see why they, out of all the others who want to march, should be forbidden from doing so.

The cause of the problem, of course, is that there are public streets. If they were all private, that would spell the end of the problem: the owner would decide, and then his profits and losses would depend upon those who he pleased or insulted. There are no such rights clashes in private meeting rooms in hotels. The owners decide upon who shall rent their premises, and that is the end of the matter.

The right not to be discriminated against

Here is a possible push back against the foregoing: This proposed solution is too simple and thus overlooks a lot. For example, consider the claim that “there are no such rights clashes in private meeting rooms in hotels” — but of course they do occur. For example, hotelier A’s private property right is obliterated by customer B’s right not to be discriminated against. If you argue that Hotelier A commits a crime by discriminating, then your submission is begging the question as to what’s criminal — not just easy things like murder, but also minute things such as choosing your clientele. Or do you want to repeal the Civil Rights Act of 1964? That’s a tough hill to die on.

Customer B has a right not to be discriminated against? This violates the libertarian insight of free association. No one should be compelled to associate with anyone else against the will of either. All associations should be voluntary.

Homosexuals discriminate against half the human race in terms of love interests, sexual partnerships, etc. Heterosexuals, too, are equally guilty of discriminating against half the human race in terms of love interests, sexual partnerships. The only people not guilty of such discrimination are bisexuals. The Civil Rights Act of 1964, if taken to its logical conclusion would compel all of us to become bisexuals.

An expensive taste for discrimination

The obvious response to this devastating critique of this evil 1964 enactment is that proper law only prohibits discrimination in the commercial, not the personal arena. So, we can discriminate against anyone we want to in terms of friendships, love interests, etc. We are only prohibiting from doing so in the realm of business. But that is more than passing curious. Rape, murder, theft are against the law in both realms. Why should matters be any different when it comes to discrimination? If it is a rights violation, it should be a rights violation holus bolus, with no gigantic exceptions such as offered in this case.

Another argument, a weaker one, philosophically, against the free association position in which no one has a right not to be discriminated against, is the utilitarian one: people who are the victims of discrimination will be hurt, economically, thereby. This is an empirical claim, and a demonstrably false one.

Why is it that discrimination is impotent to really hurt the targets of this practice? This is because every time it succeeds, it creates ammunition for its own demise. For example, consider the case in which some hoteliers discriminate against red headed people. This means that the supply curve of hotel space available to them has shifted to the left. This implies that they will have to pay more than otherwise would have been the case for such accommodation. If so, profits will rise for those establishments willing to cater to them. This means that those without this “taste for discrimination” will prosper and be able to drive out of business the discriminators.

A community of owners

Or, suppose that many employers decide that left-handed employees are less productive than they really are. The demand for the services shifts to the left as a result. Their wages fall. But their productivity has not changed by one iota. Thus, more profits than would otherwise be the case can be garnered by hiring such workers. As a result, firms that exhibit this “taste for discrimination” will lose out in the competitive struggle.

Here is yet another example. The front lawn fornicator engages in this sexual act right near the sidewalk, but entirely within his property. The local children are appalled, the horses are scared, and the neighboring homeowners are horrified. Do not the latter have the right to insist that this type of activity be banned? But what then of the rights of these outdoor lotharios? The answer, again, is private property rights supported via contract. Set up a homeowners’ association, a gated community or a condominium or cooperative development of several hundred homes.

Their democratically elected representatives can enact rules concerning not only activities of this sort, but any they wish: colors of the outside paint, what types of fences are to be allowed, prohibited, even the type of draperies or venetian blinds to be employed. Then, people will sort themselves out according to their tastes, and no more clashes will occur. In the libertine area, such behavior might even be required — on a weekly basis.

School uniforms

Similarly, in education, should school uniforms be allowed, required? What about Pledges of Allegiance and the singing of the Star Spangled Banner? How to deal with whether or not critical race theory should be on the curriculum? These conflicts can all be banished with the privatization of these institutes of learning. Then, again, customers will patronize entrepreneurs whose offerings are closest to theirs, and profits will be garnered by those firms which best reflect and promote consumer satisfaction.

If A has a right, then B has an obligation. In the case of negative rights, all is well. A has a right not to be murdered, raped, kidnapped, stolen from, etc. Thus, B has an obligation to refrain from these crimes. In sharp contrast, so-called positive rights are a cornucopia for incompatibilities. If C has a right to food, clothing, shelter, companionship, etc., then D has an obligation to provide these things for C. But what about C’s rights to be left alone, to be not stolen from, not coerced into associating with people he detests? Rights clash, here we come. The solution of course is to ban all so-called positive rights. Or, at the very least, to recognize that this source of clashing rights are these so-called positive rights.

When rights collide

There is another area where rights really do clash: criminality. E kidnaps F’s child, and demands ransom money from the latter. If F pays off E, then E will have more money with which to perpetrate his evil deeds in the future. On the other hand, if F refuses to fork over the gelt, his child dies. Should the government prohibit ransom payments? This would, presumably, reduce the future number of kidnappings. However, what of F’s right to the return of his child?

Ditto when G the mugger holds up H and demands money from him at the local ATM. If H agrees, he empowers the criminal G. If H refuses, his right not to be murdered is abrogated.

It would be unjust to label as criminal people who pay kidnappers or hold-up men. They act under duress. It would be supererogatory, over and above the requirements of duty to resist. But the law should not require us to be heroes.

Thus, there really are clashes in rights, but only when something untoward is going on: for example, positive rights and criminal behavior.

References

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El derecho fundamental a parrandear

Los años ochenta produjeron varias piezas de cultura popular que las generaciones futuras han visto y verán con mucha extrañeza. Se trató de una década con diversos despliegues de excentricidad, representados en extrañas formas de vestir, de hablar, y de producir carros. Todas estas manifestaciones fueron horribles y son llamados de atención para esas generaciones futuras acerca de lo que no se debe repetir. Habrá que conocer bien la mayoría de la historia de los ochenta para no repetirla.

Años ochenta y derecho a la parranda

Sin embargo, no toda la cultura popular fue mala e impresentable en esa década. Si algo se puede salvar son algunas canciones, particularmente, de rock. No necesariamente se salvan por su calidad musical –algo completamente subjetivo, claro está- sino por su mensaje de cautela dirigido justamente a las generaciones futuras. Son canciones con un mensaje universalmente válido, vigente, no obstante tiempo y lugar. ¡Y sí que cobran vigencia y relevancia en los actuales tiempos!

En 1987 la banda de rock –o Rap rock, para los puristas- The Beastie Boys sacó al mercado el su sencillo (You gotta) Fight for your right (to party!), que en español básicamente se traduciría como el “Tienes que inducir por la fuerza a los demás para que financien involuntariamente tu derecho a parrandear.

The Beastie Boys

El video musical es prácticamente una pieza de –un muy mal- museo de la década. Aquel comienza con unos padres diciendo a sus dos hijos que no vayan a hacer ningún desmadre mientras están por fuera del apartamento. Un par de segundos después de salir por la puerta, los dos muchachos deciden contradecir la orden, y comienzan a planear una fiesta, implorando que, ojalá, ningún personaje turbio se cuele en ella. Justo después de haber dicho esto, aparecen en la escena nada menos que Ad-Rock, Mike D y MCA, los Beastie Boys.

Este trío comienza justamente el desmadre del que advirtieron los padres, en una exuberancia de parafernalia ochentera. Los muchachos persiguen a las muchachas para besarlas con impunidad. Vierten licor en el ponche –probablemente para disminuir obstáculos en el cometido anterior; rompen todos los muebles del apartamento. Y dan inicio a una de peleas de pasteles de crema con la peor puntería de la historia reciente. Finamente, los Beastie Boys escapan de la fiesta, habiéndose convertido esta en algo que incluso ellos no son capaces de digerir. El video musical termina en un cuadro congelado de la madre de los muchachos. Le estalla uno de los pasteles de crema en la cara al grito de “¡Party!” Pura rebeldía sin causa de una época que no debió ser.

El contexto: Reagan

Escuchar desatendidamente la canción y de la misma manera ver el video llevarían a concluir que los Beastie Boys participan del frenesí derrochador de principios de los ochenta en los Estados Unidos. En línea con los intereses de esa generación en esa época, los miembros de este grupo de rock solo querían parrandear descontando fuertemente el consumo futuro. Es útil tener claro algo del contexto en el cual se hace pública la canción.

Gran parte de la población de los Estados Unidos estaba ofreciendo resistencia a las medidas que consistieron en una baja considerable de impuestos y disminución del gasto público que se había experimentado en los años setenta. Se logró que una buena parte de la población viviera más del subsidio asegurado, entregado por el estado, y menos de los resultados inciertos de sus acciones. Se trataría de una especie de grito de guerra en favor del mantenimiento de las condiciones que permiten un estilo de vida de ocio prolongado, no como el resultado de haber sido ganado por medio del trabajo, sino como una situación dada por sentada y cómoda.

Twisted Sister

Al inicio de los ochenta, probablemente coincidiendo con el anuncio por parte del presidente Reagan de una inminente y saludable disminución del papel activo del estado en el mercado, vemos los inicios de este tipo de manifestaciones belicosas. En otra canción –joya también de la década- encontramos al grupo Twisted Sister lanzando en 1984 el sencillo I Wanna Rock, o, en español, “En la cúspide de mi escala valorativa está rockear, macho.”

Maquillado más como una mujer cavernícola que como cualquier otra cosa, sin disculpa alguna, el líder del grupo, Dee Snider, encarna a grito herido la voz del adolescente promedio de la costa oeste de los Estados Unidos. Cuando se le pregunta a este, qué demonios quiere hacer con su vida, como una manifestación agonizante del espíritu hedonista de la década, este contesta “¡Lo que quiero es rockear!” (I wanna rock!). No sorprendentemente, podría ser perfectamente la misma exclamación del benévolo habitante promedio del Parkway bogotano, de unos 40 años, poseedor de un flamante título universitario de comunicación social, mientras exige menos gluten en su muffin.

Una parodia

Twisted Sister no le llega ni a los tobillos a los Beastie Boys a la hora de llevar las cosas a sus últimas consecuencias lógicas. Para estos, parrandear –o rockear- no es cuestión tan solo de deseo o necesidad. ¡Qué sea un derecho! En el momento en que nos encontremos ante un descarado que pretenda negar ese derecho a alguien, se le podrá exigir su observación por la fuerza de ser necesario.

Beastie Boys, la banda de rock neoyorquina, compone la canción justamente como una parodia frente a canciones como la de Twisted Sister. Arrogándonos cierta licencia, podríamos llegar a decir que se trataría de una voz que advierte lo que sería el futuro: que las necesidades se conviertan en derecho, por el simple hecho de ser necesidades. Nuestro presente es el futuro anticipado por aquel trío.

El derecho de propiedad

Somos dueños de las cosas. Son varias las formas en la que nos convertimos en dueños de ellas, en la que terminamos teniendo un control exclusivo sobre ellas, pudiendo determinar en qué y en qué no se utilizan. Podemos encontrar algo en la calle. Si llegamos a concluir que no tienen dueño, podemos hacer usarlas, surgiendo un derecho de propiedad sobre ellas. Las cosas también se nos pueden regalar. Alguien más, a cambio de nada, puede entregarnos algo como una donación, con o sin condición alguna, para que, desde ese momento, seamos los que decidan acerca de qué hace y qué se deja de hacer con lo que ahora es nuestro.

También podemos renunciar a algo de lo que seamos dueños a cambio de algo más. Dejaremos de ser dueños de aquello para convertirnos en dueños de esto. Además de todo esto, nos convertimos en dueños de los medios creándolos. Siendo dueños de ciertos medios –pudiendo ser por medio de cualquier de las formas mencionadas- podemos “mezclar” nuestro trabajo con ellos. El resultado será nuestro. Por ejemplo, habiéndonos sido regalado un pedazo de tierra, con nuestro despliegue de capacidad física podemos construir una casa sobre esa aquella y la casa será nuestra.

Producción y propiedad

Las cosas que son el resultado de nuestro esfuerzo serán nuestras, en la medida en que veamos reflejado nuestro trabajo en ellas. Se convierten en una extensión de nuestro cuerpo y, al igual que con nuestro cuerpo, estaremos justificados en decidir sobre ellas, así como tendremos el derecho de evitar por la fuerza que alguien más quiera utilizar esas cosas sin nuestro consentimiento. Esa es la esencia del derecho de propiedad sobre nuestro cuerpo y sobre las cosas en las que lo vemos reflejado: podemos decidir exclusivamente sobre sus usos, y podemos defendernos por medio de la fuerza ante cualquier amenaza en contra de ellas.

Naturalmente, y en particular respecto de esto último, emprenderemos cursos de acción que produzcan resultados de darse varias condiciones. Una de ellas es que contemos, con una probabilidad relativamente alta, con que aquello que produzcamos y de lo cual terminemos siendo dueños no se nos vaya a arrebatar. Si una persona ahorra lo suficiente como para comprar un taxi, para poder ponerlo al servicio de sus clientes en el futuro, tiene que tener cierto grado de certeza de que el producto de su ahorro, el taxi, y sus ganancias serán suyas.

En caso de que no sea así, en caso de que tenga un alto grado de certeza de que el producto de su ahorro, el taxi y sus ganancias no serán suyas –como en el caso de que se le cobre un impuesto sobre ellas del 70%, lógicamente sus incentivos de ahorrar, comprar el taxi y perseguir ganancias empresariales disminuirán drásticamente. No habría interés alguno –y con razón- de ahorrar, comprar cosas y producir en favor de nadie, en caso de que el resultado de cualquier de estas acciones esté asociado a un alto grado de probabilidad de expropiación futura.

Los derechos fundamentales actuales

Esta situación continúa siendo así de cierta forma y hasta cierto punto. Sin embargo, también es cierto que vivimos en otra situación totalmente distinta; una que jamás habría sido imaginada en el pasado. Vivimos dentro de la peligrosa situación en la que somos dueños de aquello que deseamos o necesitamos. La profecía de Beastie Boys está sobre nosotros.

Imaginemos un mundo donde, para poder tener cosas y satisfacer con ellas nuestras necesidades más o menos urgentes, no tengamos que hacer gran cosa. En este mundo, no tenemos que paciente y esforzadamente trabajar por nuestros bienes; no tenemos que preocuparnos por identificar qué necesitarán las personas en el futuro, ni cómo podríamos nosotros participar de la satisfacción de esas necesidades. Tampoco es necesario ponernos en los zapatos de los demás, para así tratar de anticipar qué necesidades tienen, ni como contribuir a satisfacerlas –no hay ningún valor en ser empático y trabajar para los demás; en tratar de superar la pobreza produciendo para los demás a cambio de dinero. En este mundo no hay necesidad de aumentar en el presente, ni en el futuro, la cantidad de recursos para así satisfacer la mayor cantidad de necesidades posibles.

Derechos de primera y segunda generación

Este mundo viene a nosotros no como el resultado de un mágico hechizo, ni como resultado de un salto cuasi cuántico en avances tecnológico, sino por decreto jurídico. A partir de la decisión de un grupo de hombres, bien intencionados todos, se tiene derecho a todo aquello que sea objeto del deseo. El único determinante para ser dueño es necesitar aquello sobre lo cual se reclama propiedad. Así, la propiedad de los hombres se extiende hasta los límites de sus necesidades. Se trata de una pesadilla Hobbesiana, por decir lo menos.

Los derechos humanos clasifican como de primera y de segunda generación. Dentro de los de primera generación está, por ejemplo, la propiedad. Los de segunda generación -los que se conocen también como derechos económicos, sociales y culturales- son la forma por medio de la cual se intenta vivir en este mundo. En Colombia esto ha sido así, especialmente desde que se encuentra vigente la constitución de 1991. A partir de lo dicho en este texto, Colombia es un estado social de derecho. Ello implica que es principalmente el estado, y en muchísima menos medida las personas decidiendo sobre sus propias vidas, el que decide qué se produce, en qué momento, en qué cantidad, para quiénes se produce y en qué momento respecto de ciertos medios que nos ayudarían a remover inconformidades –o, como lo dijimos anteriormente, para superar la pobreza, ese estado natural contra el cual peleamos constantemente para superarlo.

Necesidades

A través del principal monopolio estatal, el derecho, se determina que, para tener salud, educación, seguridad social, alimentación, vivienda adecuada, a participar en la vida cultural –sea lo que sea esto- y al agua, entre otras cosas, no hay que necesariamente trabajar, ahorrar y pagar con el resultado del trabajo por estos servicios, que alguien más produciría anticipando las necesidades sobre ellos de otras personas. Con el chasquido de dedos propio de un decreto, lo único que hay que hacer para acceder a estos servicios es necesitarlos. En el caso de necesitar tabaco, tenemos que contar con dinero, para así renunciar a parte de él a cambio de la cantidad de tabaco que queramos consumir.

No podemos ir ante el tabacalero y comenzar a explicarle que sentimos cierta necesidad por tabaco y que, por ende, es ahora nuestro tabaco. Sin embargo, sí podemos expresar de una u otra forma nuestra necesidad de tomar agua, de educarnos o de sanarnos para, así de fácil, entenderse que por esta razón tenemos derecho a los medios necesarios para satisfacer tales necesidades. Contamos con la facultad, con el privilegio, que se nos niega con razón ante el tabacalero, de exigir por la fuerza que se nos entreguen cosas. Esta es, de nuevo, la implicación de que tengamos derecho a algo: que lo podamos exigir por la fuerza.

Derecho “a” frente a derecho “de”

Ante esto, no está de más notar la forma en la que se enuncian estos derechos. Contrario a la forma clásica en la que se hace, enunciando que tenemos “derecho de propiedad” –y ningún otro, se dice ahora que tenemos “derecho a la salud”, “derecho a la educación”, “derecho al trabajo”, “derecho al agua”, etc. Los servicios que son objeto de estos derechos no son producidos entonces por las personas en favor de otras a cambio de dinero, sino que es el estado, negando esta capacidad a aquellas personas, el que toma en sus manos tal producción.

Bien puede determinar las condiciones de tiempo, calidad, cantidad y lugar de tal producción, o bien puede tomar en sus manos la producción de tales servicios. Bien puede determinar arbitrariamente bajo qué condiciones las personas privadas puedan producir el servicio de educación, otorgando o negando licencias de funcionamiento, o bien puede monopolizar –socializar la propiedad de- los medios necesarios para producir esos servicios.

Necesidad y derecho

En ambos casos, el estado debe arrebatar la propiedad sobre los medios de una parte de la población para entregarla a la otra parte en términos de educación, salud, seguridad social, etc. En últimos términos, las personas no terminan teniendo un derecho de propiedad sobre sus medios, sino que aquellos que experimentan ciertas necesidades o deseos terminan por tener derechos a la propiedad de aquellas personas.

A la hora de la verdad, el empresario no termina siendo dueño de sus ganancias por haber hecho la vida de otras personas mejor, sino que las personas que alegan experimentar necesidades de salud o educación tienen derecho a esas ganancias para poder tener salud o educación. La forma en la que se enuncian esos derechos fundamentales no es gratuita. En cuestión de forma, son derechos a la propiedad de las demás personas. Se trata, entonces, de una verdadera lucha de clases, donde una de las clases se compone de las personas que pagan impuestos y la otra de aquellas que reciben esos impuestos. Es la dominación de una parte de la población sobre la otra.

Las consecuencias del derecho fundamental a parrandear

Existe grandes problemas con este estado de cosas. Por un lado, las necesidades de las personas son subjetivas. Hay tantas necesidades como personas, y en cada persona hay necesidades infinitas. Todo puede ser objeto de necesidad. Por otro lado, los medios para satisfacer esas necesidades son esencialmente escasos. Mientras las necesidades son infinitas, son escasos los medios para satisfacerlas. Llevando las cosas a sus últimas conclusiones lógicas: mientras la necesidad de los hombres por el cariño de las mujeres puede llegar a ser infinito, las mujeres y su disposición de cariño son escasos.

Esto es una receta perfecta para perpetuo conflicto entre las personas. Caprichosamente, insistir en que algo es un derecho, no hace inmediatamente que ello sea superabundante. Los medios siguen siendo, muy a pesar de las intenciones de mucha gente, escasos, queriendo decir que no se pueden satisfacer todas las necesidades de todas las personas con ellos. Hay que decidir qué necesidades son más urgentes que otras y cuándo se satisfacen unas y otras, evitando en la medida de lo humanamente posible el desperdicio de esos medios. Esta es, se puede afirmar, la principal función social del mercado como un proceso de constante coordinación de necesidades.

Precio y cantidfad demandada

Esos servicios sobre los cuales las personas tienen derecho se espera que se produzcan sin ningún pago directo por parte de las personas que los exigen. Cuando el precio de esos recursos es cero, la demanda por ellos tiende a ser infinita. Pero el problema persiste: no hay tanto para tanta gente al mismo tiempo. Siendo derechos, y una vez comienzan a escasear aún más los medios necesarios para producir educación, salud, etc., las personas que cuentan con esos derechos, por medio de la fuerza del estado, terminan esclavizando al resto de la población capaz de producirlos. Y la harán hasta que los revienten y no puedan hacerlo más.

Por otro lado, siendo el ser humano lo que es, se identifica rápidamente que es un sacrificio innecesario trabajar arduamente por conseguir riquezas, medios para eliminar insatisfacciones. ¿Por qué trabajar y trabajar, romperse la cabeza a diario para identificar qué necesitan los consumidores y ponerse en la tarea de producirlo a cambio de una ganancia empresarial, si, por el contario, es mucho más expedito formar parte de aquel grupo de personas que expresen vociferantemente que sienten necesidades y que esas necesidades son derechos y así conseguir aquellos servicios?

No hay límite a las “necesidades”

El valor de ser empático en la sociedad se reduce a nada. Lógicamente, podemos esperar –cómo efectivamente ha sucedido- que el grupo de personas viviendo de los subsidios estatales sea cada vez más grande; y que aquella parte de la población que produce para acumular riqueza, de la cual se extraen los impuestos para pagar por los derechos de la otra parte, cada vez es más pequeña. Se vuelve más atractivo exigir por la fuerza medios, que trabajar e intercambiar pacíficamente para conseguirlos.

Adicionalmente, siendo las necesidades subjetivas y, por ende, infinitas, que otras cosas deseables, además de educación, seguridad social y salud, se conviertan en derechos, es solo cuestión de tiempo. Estaremos sin duda ante un derecho fundamental a la ropa, a no ser ofendidos, a que el estado pague por toda mi vida, desde el nacimiento hasta –sin duda, una temprana- muerte. En últimas, tendríamos derecho, según el estado actual de cosas, a vivir el hoy, con el prospecto de poder vivir satisfaciendo necesidades –porque a eso tenemos derecho- sin el esfuerzo necesario para poder lograrlo. Tendríamos un derecho universal a vivir una vida de inmediatez, extrañándonos en llanto que no se cumplan nuestros deseos –perdón, nuestros derechos. Del derecho a la parranda, entonces, solo nos separaría el tiempo.

Progresar o engancharse a las ayudas

En este mundo en el que vivimos ya, se comienza a entender por parte de un gran número de personas que demorarse en el tiempo para conseguir riqueza, dejar de ser pobre y mejorar la calidad material de la vida es una posibilidad dentro de una alternativa. Sin embargo, resulta muy tentador, siendo el ser humano lo que es, considerar la otra posibilidad: la de vivir de manera inmediata, sin pensar mucho en el futuro; sin pensar en que llegar a tener medios para satisfacer necesidades, toma tiempo, y esfuerzo, e inteligencia. Ahorrar en el presente para poder consumir más y mejor en el futuro parece perder utilidad, puesto que se puede acortar el tiempo entre la experimentación y la satisfacción de necesidades.

Tan solo es cuestión de integrar aquel grupo de personas que tiene derecho a cosas por necesitarlas. Como adolescentes inquietos y temerarios, parece que se nos presenta la posibilidad de parrandear duro en el presente, ya que no tenemos que pensar en el mañana, porque ¿para qué, si al parecer está garantizado por decreto constitucional? En el estado actual de cosas, debido a la noción que tenemos de aquello que constituye un derecho, se vive en una constante parranda, bebiendo fuertemente, sin importar el grado de destrucción en el que se incurra, descontando fuertemente el mañana. La parranda se ha convertido en un derecho, cuya factura ya habrá quien la pague. La profecía de los Beastie Boys se ha cumplido.

Cambio de creencia o parranda absoluta

Es ingenuo que este estado de cosas cambie con una simple reforma de cualquier institución jurídica que haya que reformar. En estado democrático, la legislación va a reflejar las preferencias de los votantes hacia el camino de ser dueños de lo que deseen; de poder vivir eternamente de parranda. Las elecciones de los legisladores solo serán ganadas en la medida en que estos prometan en campaña más fiesta y que alguien más pague la cuenta. La verdad, y sin mucha explicación, diremos que el camino para que esto cambie es un cambio profundo de creencia. Se trataría de intercambiar la creencia de que el estado es capaz de generar bienestar, por aquella –fundamentada en sólida racionalidad económica- de que es, al contrario.

El estado y sus beneficiarios solo pueden vivir del irrespeto constante de la propiedad de otros; y que este proceso no tiene cómo disminuir, sino aumentar hasta el punto que nadie vuelva a producir de nuevo. Es así como se caen los imperios: cuando no hay nada más que expropiar. La creencia a adoptar es la de la superioridad moral de la libertad individual y el correlativo respeto por la propiedad privada, dentro del proceso de coordinación que es el mercado, la única forma de vivir. Claro está, que esto solo aplica si queremos vivir cada vez mejor, con más dinero en los bolsillos para cada vez comprar más carros y cepillos de dientes eléctricos. De no ser así, a otra cosa… ¡Y a parrandear!

Abolir a los abolicionistas

Desde que en el 39° Congreso Federal del PSOE se cerrase la puerta a debatir sobre la posible regulación de la gestación subrogada, los socialistas españoles han abrazado las tesis del feminismo radical que considera que actividades como la gestación subrogada, la prostitución o la pornografía constituyen una forma de mercantilización del cuerpo de la mujer que resulta indefendible. El propio expresidente Zapatero así lo señaló durante el 40° Congreso del partido que tuvo lugar el fin de semana pasado. No obstante, estas tesis presentan graves problemas teóricos y empíricos. A continuación intentaré analizar algunos.

Andrea Dworkin (1993) y Catharine MacKinnon (1993) son dos de las teóricas abolicionistas más conocidas. La primera considera que la prostitución es una práctica “intrínsecamente abusiva” en la que el hombre paga y hace lo que quiere con el cuerpo de la mujer. Además, la contraprestación económica en ningún caso hace que esta experiencia le resulte placentera ni deseable. En línea con Dworkin, para MacKinnon la prostitución supone la negación de la humanidad de las mujeres. En esta actividad, “las mujeres son torturadas mediante violaciones repetidas […] son prostituidas precisamente para ser degradadas y sometidas a tratos crueles y brutales sin límites humanos; es la oportunidad de hacer esto lo que se intercambia cuando las mujeres se compran y venden por sexo” (MacKinnon, 1993: 13).

Las posturas abolicionistas, al contrario que las prohibicionistas, no defienden la prohibición legal del trabajo sexual ni la persecución de las prostitutas (utilizo el femenino porque en su mayoría son mujeres, aunque no hay que olvidar que los hombres homosexuales y los transexuales también son un porcentaje importante de los trabajadores sexuales), pero tampoco están a favor de un reconocimiento jurídico que la homologue con la provisión de otro tipo de servicio.

Manifestaciones pretéritas a favor y en contra de la prostitución.

El modelo sueco, la legislación que fue adoptada por ese país en 1999, es ejemplo abolicionista por antonomasia. Parte de la consideración de la prostitución como una forma de violencia de género, y criminaliza y persigue penalmente la compra de sexo, es decir, a los clientes, en vez de a las prostitutas. Este modelo se ha implantado además en Islandia, Noruega y Francia.

Este tipo de legislación asocia la prostitución con la trata con fines sexuales y la explotación sexual. Para los abolicionistas, no se puede diferenciar entre prostitución voluntaria y explotación. Nadie, si no fuese por obligación -coacción o necesidad económica-, podría prestar su consentimiento para acostarse con otra persona a cambio de dinero.

Este argumento esconde la idea de que una persona en situación de necesidad económica pierde su capacidad de agencia y, por lo tanto, la posibilidad de decidir libremente. No obstante, cabría preguntarse si el derecho a disponer del propio cuerpo debe ser un derecho exclusivo de quienes se encuentran en una mejor situación socioeconómica.

Lo que debemos valorar es si ese intercambio limita de alguna manera los derechos y las libertades de quienes participan en él. Y en ese sentido, es un error creer que la introducción de dinero en una relación la contamina hasta el punto de invalidar el consentimiento expresado por un individuo adulto, ni siquiera cuando dicho consentimiento se produce motivado por la necesidad económica. Esta, que es la motivación principal tras la realización de la mayoría de trabajos, no introduce un vicio en el intercambio que deba llevarnos a reprobarlo. Lo cual no quiere decir que no deba preocuparnos que una persona carezca de alternativas suficientes entre las que elegir para poder tener un sustento económico que le permita desarrollar sus planes de vida. Pero si de verdad nos preocupa que la situación económica personal condicione las decisiones de la gente, debemos enfocar nuestros recursos en mejorar su situación o en ofrecerles alternativas, pero en ningún caso en restringir las disponibles cortando su libertad y capacidad de decisión.

En definitiva, el modelo abolicionista parte de un enfoque paternalista e infantilizador, así como profundamente antiliberal. Para sus defensores, las mujeres adultas que acceden al trabajo sexual son como los menores, incapaces de dar su consentimiento. Desconocen que el consentimiento tiene que ver, precisamente, con la ausencia de coacción. Por ende, una persona será siempre más libre cuando pueda decidir sobre algo que si otra persona ha decidido de antemano por ello. De la misma manera en que aceptamos que una persona mantenga relaciones sexuales con otra persona sin que haya compensación económica, debemos aceptar la posibilidad de que una personas pueda consentir hacerlo a cambio de dinero.

Este modelo no solo parte de unos presupuestos, a mi juicio, equivocados. Una confusión grave alrededor del consentimiento o la creencia de que se debe poder legislar sobre lo que los adultos pueden hacer con su cuerpo. Además, yerra en su aplicación práctica, generando unas consecuencias nefastas para aquellas personas a las que pretende ayudar.

Temor a detención y condena

Estas políticas suelen empujar el trabajo sexual voluntario a la clandestinidad, haciéndolo todavía más inseguro: el temor a la detención y condena de los clientes hace que estos no estén dispuestos a dejar su información de contacto. Cabe añadir que contribuyen a aumentar el estigma, provocando que muchas trabajadoras sexuales confíen todavía menos en las autoridades y servicios de salud pública. (Holmström y Skilbrei, 2017)

Por último, también hay estudios que señalan que las prácticas policiales represivas, legales o ilegales, vinculadas a una criminalización, parcial o total, del trabajo sexual, están asociadas a mayores riesgos de infección por VIH o ETS, violencia física o sexual por parte de los clientes, así como un menor uso del preservativo durante la práctica sexual (Platt et al., 2018).

Por el contrario, su regulación está asociada con una disminución de los delitos sexuales (Ciacci & Sviatschi, 2018Cunningham y Shah, 2018Bisshop et al., 2017) y de ETS, debido a un mayor uso del preservativo (Cameron, Seager y Shah, 2020; Cunningham y Shah, 2018). Además, también se ha mostrado que la despenalización puede mejorar las relaciones entre las prostitutas y la policía al aumentar la capacidad de reportar incidentes violentos y facilitar el acceso a servicios de salud (Armostrong, 2016).

En definitiva, el abolicionismo, en lugar de perseguir el ejercicio coactivo del trabajo sexual, proteger la salud y garantizar los derechos y libertades de estas trabajadoras, encarna una comprensión reduccionista y paternalista que, a través de un marco de victimización de estas mujeres, socava su agencia, autonomía y capacidad de decisión. Pero ni ha conseguido proteger a las prostitutas ni ha conseguido abolir la prostitución.