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Etiqueta: Propiedad privada

¿Para qué sirve el derecho de propiedad?

Comenzaremos con unas definiciones básicas de lo que se entiende en el mundo jurídico universal como derecho de propiedad, para después adentrarnos a considerar su importancia e impacto en el desarrollo socioeconómico de las sociedades contemporáneas. Nos basaremos en un recién estudio publicado bajo el título International Property Rights Index (IPRI) 2023, editado por la Property Rights Alliance, (ARP). Este fue sucinta y excelentemente expuesto en días recientes por la profesora venezolana Dr. Sary Levy-Carciente, en el marco de una conferencia organizada por el Centro de Divulgación del Conocimiento Económico (CEDICE) de Venezuela.

El derecho de propiedad

El derecho de propiedad o dominio de propiedad, ha sido definido grosso modo, en cuanto a su ámbito material, como la capacidad jurídica, directa e inmediata que tiene una persona respecto a un objeto o una propiedad determinada. Ese derecho le da la potestad de disponer de ellos libremente dentro del marco establecido por el régimen jurídico en el cual se desarrolla el mismo. En palabras más comunes, se trata del poder que los sujetos, sean naturales o jurídicos, tienen respecto a los objetos. Sobre ellos se ejerce el derecho de propiedad, para hacer lo que quieran, sin violentar la ley ni causar daños a terceros.

En lo referente al alcance de las facultades que los sujetos jurídicos tienen respecto al ejercicio de su derecho de propiedad. El mismo le da la potestad al poseedor de tres facultades sobre el objeto o propiedad en cuestión, siendo la primera el del ius utendi, potestad esta que le da el derecho a los propietarios de usar la cosa como le plazca, conforme a sus intereses y a la función social que posea. La segunda, es la referente al concepto del ius fruendi, la cual le da al propietario el derecho de aprovecharse de la cosa, de los frutos que ésta genere directa o indirectamente, o que permanezca luego de su uso.

Y por último, se encuentra, en la teoría del ius abutendi según el cual, le da la facultad al propietario de libre disposición de la cosa poseída, ya sea para destruirla, enajenarla, abandonarla, alquilarla. Potestades estas, que sólo se encuentran limitadas por el orden jurídico regulatorio en el cual se desempeñen.

Propiedad e ideología

El derecho de propiedad ha sido objeto de debates políticos-ideológicos, con sus consiguientes trasfondos socioeconómicos a lo largo de la historia moderna. En muchas de estas controversias sobre la importancia y alcance socioeconómico del derecho en cuestión, numerosas han sido las opiniones vertidas sobre la relevancia para el desarrollo de las naciones de esa institución. Hay diferencias según sea la perspectiva político-ideológica desde donde se le vea. Entre las más relevantes podemos mencionar el liberalismo y el marxismo, y otras vertientes ideológicas descendientes de estas últimas. No obstante, sea cualquiera de las dos vertientes antes mencionadas, el derecho de propiedad conforma el pilar fundamental de las mismas.

Pues para el Liberalismo económico-político la propiedad privada es la base fundamental sobre la cual se erige toda la propuesta en materia económica. En el marxismo lo es la propiedad estatal, que conforma su principal postulado económico. Propone la abolición del derecho de propiedad privada. No obstante, a esto nos encontramos que más allá de las tendencias de transformación global que las sociedades han experimentado, a lo largo de la historia moderna, la relevancia del derecho de propiedad ha trascendido el tiempo. Y ha demostrado su impacto determinante en el desarrollo económico y social, alcanzado por las sociedades contemporáneas. Lo demuestra el citado estudio arriba mencionado. Incluye 125 países, que representan el 93,4% de la población mundial y el 97,5% del PIB global; lo vamos a analizar.

Índice Internacional de Derechos de Propiedad

El Índice de propiedad se compone de tres grandes subíndices. El primero hace referencia al entorno legal y político de los países, donde se destacan componentes como la independencia del poder judicial, el estado de derecho o rule of law, el control de la corrupción y la estabilidad política. En el segundo es el referente al subíndice de la percepción, protección de la propiedad física, en la protección física de las propiedades, en el registro de la propiedad, y el acceso al financiamiento para las empresas. El último subíndice hace referencia a los derechos de propiedad intelectual, el cual se descompone: en la protección de patentes y de marcas, y derechos de autor, principalmente.

El Índice de Derechos de Propiedad del año 2023, los 10 países que lideran la citada lista en los siguientes lugares son: 1) Finlandia, 2) Singapur, 3) Países Bajos, 4) Dinamarca, 5) Nueva Zelanda, 6) Noruega, 7) Suecia, 8) Luxemburgo, 9) Alemania y 10) Australia, todos ellos economías de mercado a grandes rasgos. En América del Norte, cabria destacar los tres países miembros del T-MEC los Estados Unidos ocupa el lugar 14, Canadá el 16, y México el 77. En los últimos lugares, están Nicaragua en el puesto 110, Bolivia en el 118 y de última Venezuela en el lugar: 125 (Cuba no fue evaluado). Los mejores en Hispanoamérica son Uruguay en el lugar 29, Chile en el 38 y Costa Rica en el 40.

Propiedad y otros factores

Cabria destacar entre todos los datos estadísticos levantados por este estudio, y expuestos por la Dra Sary Levy en su recién, y ya citada conferencia. Entre ellos, que el 60% del PIB mundial está concentrado en 41 países, en los cuales se encuentra el 16% de la población mundial. Pues bien, esos países presentan altos niveles de protección al derecho de propiedad.

Otro de los datos analizados es el referente al impacto negativo que tienen los altos niveles de impuestos en los derechos de propiedad. La profesora Levy hizo hincapié en el caso de algunos de los países que conforma la OCDE. En términos generales, presentan elevados estándares de derechos de propiedad. Naciones como Canadá, EEUU, Israel, Korea del Sur, y el Reino Unido, presentan restricciones al derecho de propiedad que superan el 10%, como resultado de altos impuestos específicos a la misma.

Hay otros elementos importante, como la correlación entre los derechos de propiedad y otros aspectos. El índice de emprendimiento arrojó una correlación de 0.90 en una escala del 0 al 1. En términos estadísticos, se entiende como un alto nivel de relación. En lo referente a la dinámica sociopolítica de las naciones, cabria destacar la correlación negativa entre el índice de propiedad y el de impunidad jurídica. La cifra es de -0.8711. Esto nos indica que a mayor nivel de impunidad por corrupción, entre otros factores, menor es el índice de propiedad. Ello suele afectar las inversiones, entre otras variables económicas. De igual forma, sería pertinente resaltar la relación entre el índice de propiedad y la movilidad social, factor este central en el desarrollo económico y estabilidad política de las naciones. Y esa correlación es alta: del 0.87.

Propiedad y desarrollo

Y en lo concerniente a las tendencias futuras, donde se consideraron variables como la apertura de los países a la tecnología de la información. Aquí, presentó una correlación de 0.89. En lo referente a la capacidad de innovación, arrojo como resultado una correlación 0.87. En la apertura hacia la inteligencia atificial fue, de 0.85. Respecto del desempeño energético, arrojó como resultado un 0,84. Otros ámbitos relevantes son la gestión medioambiental (correlación de 0,76), o la capacidad de enfrentar los riesgos, (-0,79).

Todas estas relaciones estadísticamente corroboradas, más allá de las diatribas políticas e ideológicas a la cual ha sido sometido el tema de la protección de los derechos de propiedad, nos demuestra irrefutablemente hablando en términos científicos, que el derecho de propiedad ha sido un factor determinante en la generación de riqueza económica y social. Ello ha servido para que muchas sociedades logren alcanzar mejores estándares de vida. Queda claro que cuanto mejor definidos y más eficientemente garantizados y protegidos estén los derechos de propiedad, mayor tenderá a ser el nivel de desarrollo alcanzado por los países.

Ver también

Derecho de propiedad y libertad de empresa. (Ángel Fernández).

Bitcoin y el derecho de propiedad. (Manuel Polavieja).

Sobre la ausencia del tratamiento de los derechos de propiedad en la literatura económica

Harold Demsetz escribió un artículo (disponible aquí en español) que hoy posiblemente constituye un clásico de la literatura en el que inicia el desarrollo de lo que puede ser llamado una “teoría de los derechos de propiedad”. Sostiene allí que los economistas estudian el “intercambio”, pero no siempre son conscientes que al intercambiar productos, lo que en realidad hacen, es intercambiar “paquetes” de derechos de propiedad.

Lo cierto es que para la mayoría de los economistas los derechos de propiedad son sólo un dato, algo que se asume, sin atender a que ciertos planteos debieran ser requisito para poder responder después a otras preguntas fundamentales del análisis económico.

Propiedad privada

Una primera consideración que hace el autor es plantear que en una economía autística de un sujeto aislado, como puede ser el caso de Robinson Crusoe en la isla, los derechos de propiedad carecen de interés.

Los derechos de propiedad son un instrumento de la sociedad, y como tal, requiere un consentimiento de los pares sobre el uso de los bienes que poseemos. De alguna manera, los derechos de propiedad permiten que las personas tengan expectativas acerca de las relaciones con otros. Dicho de otro modo, los derechos de propiedad especifican de qué modo las personas pueden beneficiarse o perjudicarse con la interacción.

Demsetz lo ejemplifica comparando dos casos: una persona puede perjudicar a su competidor si ofrece un mejor producto o servicio, pero no puede perjudicarlo golpéandolo o tirándole un tiro.

La externalidad es así un concepto ambiguo que han creado los economistas para justificar la intervención del Estado. Claramente hay muchas acciones que las personas toman que afectan (positiva o negativamente) a otras personas, pero no todas son generadoras de conflictos. De ahí la crítica de Ronald Coase a Arthur Pigou —todavía replicada en muchos manuales tradicionales de economía— por señalar que las externalidades negativas siempre requieren de la aplicación de un impuesto para reducir sus efectos.

De hecho, Ronald Coase explica que en el mundo real la mayor parte de las externalidades que producen ciertas acciones, son internalizadas por el mismo mercado, cuando las partes llegan a un acuerdo voluntario. La propiedad privada promueve entonces incentivos para internalizar las externalidades. La ausencia de propiedad privada es en muchos casos la responsable de la existencia de conflictos.

La pregunta que sigue es sobre el origen de los derechos de propiedad como institución social y tomar el caso de los aborígenes en el problema de propiedad privada de la tierra nos puede ayudar a encontrar algunas respuestas. La información de la que disponemos es incompleta, pero se ha dicho que la caza y el comercio de pieles ha sido motivo de extensos conflictos. Dicho en pocas palabras, la ausencia de derechos de propiedad implica incentivos para la caza desmedida de animales, lo que redunda en que nadie se preocupe en invertir para desarrollar o mantener el stock. La caza exitosa de unos es un costo externo que se les impone a los cazadores siguientes, pues se reduce la cantidad de animales que éstos pueden cazar.

Al principio la caza tenía como objeto prioritario el alimento, mientras unas pocas pieles eran suficientes en cualquier familia. El costo externo de la caza de unos era bajo para otros.

Pero todo cambió con el surgimiento del comercio de pieles, lo que ocasionó dos consecuencias importantes: 1) el aumento acelerado de su valor; 2) el aumento de la caza de animales. Ambos aspectos redundaron en un incremento en el costo externo que unos cazadores ejercían sobre otros, lo que motivó un cambio en el sistema de derechos de propiedad. Apareció entonces la distribución de tierras y comenzaron a delimitarse los terrenos. En algunos lugares los derechos de propiedad fueron altamente desarrollados, al punto de asegurar la trasmisión por herencia.

La conclusión a la que llega Demsetz es que los derechos de propiedad se desarrollan cuando se hace económico, para quienes se ven afectados por externalidades, internalizar los costos y los beneficios.

El autor también trabaja sobre las formas de propiedad, distinguiendo la propiedad comunal, la propiedad privada y la propiedad estatal.

Entiende por propiedad comunal el derecho que puede ser ejercido por todos, como fue al principio del ejemplo anterior, el derecho a la caza o el aprovechamiento de la tierra, así como es hoy el caminar por una vereda. Ni el estado, ni ningún individuo puede impedir que otro ejercite su derecho de propiedad comunal.

En el caso de la propiedad privada, la comunidad reconoce el derecho del propietario a excluir a otros del ejercicio de tales derechos.

En la propiedad estatal, el Estado puede excluir a cualquiera del ejercicio del derecho, pero el autor no profundiza.

En el comparativo entre propiedad privada y propiedad comunal —que históricamente inicia al menos en la Antigua Grecia—, el ejemplo estudiado sintetiza que si alguien maximiza el valor de su derecho comunal, tenderá a cazar en exceso o trabajar de más la tierra porque comparte sus costos con otros. El stock de animales, así como la riqueza del suelo, disminuirá con rapidez. Bajo propiedad comunal el costo de transacción de alcanzar acuerdos es muy alto, pues se requiere unanimidad.

Bajo propiedad privada, los costos de transacción para alcanzar un acuerdo se reducen notablemente, la internalización de costos externos se incrementa y surgen incentivos para invertir en el desarrollo y crecimiento del stock de animales y del cuidado de la tierra.

Desmontando el Artículo 31.1 de la Constitución Española

El pasado 3 de junio del presente año, durante el XIV Congreso de Economía Austriaca organizado por el Instituto Juan de Mariana en las dependencias de la sede de Madrid de la Universidad Francisco Marroquín, he tenido la fortuna de defender una ponencia que llevaba por título el mismo que el presente artículo, que es una versión reducida de aquélla.

En primera instancia transcribamos el artículo objeto de estudio,

Artículo 31.1. Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio

Y una vez transcrito, pasemos someramente a su análisis por medio de su división,

“Todos contribuirán al sostenimiento…”

¿‘Todos’, de verdad? Siguiendo a Murray N. Rothbard podemos señalar que en la sociedad nos encontramos con dos grupos de personas, las que se resultan perjudicadas por los impuestos, frente a otras que resultan beneficiadas; y dentro de estos últimos nos podemos encontrar a los que Rothbard califica como ‘beneficiarios absolutos’, (como los políticos y los funcionarios), frente a los ‘beneficiarios parciales’, (donde se encontrarían los subvencionados). De lo señalado por Rothbard parece discutible que se pueda señalar que ‘todos’ contribuyen al sostenimiento de los gastos públicos, más bien parecería que hay contribuyentes frente a consumidores de impuestos.

“…de los gastos públicos…”

Para que se puedan acometer gastos, previamente deben producirse ingresos, y una de las forma que tiene la administración para obtener fondos, es por vía impositiva. Una vez que disponga de fondos, la administración podrá destinarlos a realizar sus ‘funciones’. Funciones que por otra parte, podrían ser objeto de un largo y acalorado debate, nosotros por nuestra parte nos limitaremos a manifestar nuestra opinión trayendo a colación las siguientes palabras de David Friedman, “no existen funciones inherentes al gobierno… …Todo lo que el gobierno hace puede clasificarse en dos categorías: aquello de lo que podemos prescindir hoy y aquello de lo que esperamos poder prescindir mañana”.

Dejando a un lado la cuestión de las posibles funciones del gobierno, y volviendo a la cuestión de los gastos públicos, cabe señalar siguiendo al autor de La riqueza de las naciones (1776), Adam Smith, que, “…donde existe como mínimo la sospecha generalizada de que hay muchos gastos innecesarios y un pésimo empleo de los ingresos públicos, las leyes que los guardan son poco respetadas”.

Gastos públicos que, como bien sabemos, no dejan de crecer como consecuencia del aumento del denominado estado del bienestar y del poder del Estado.

“…de acuerdo con su capacidad económica…”

Determinar la capacidad económica de los contribuyentes no deja de ser una medida totalmente arbitraria y de difícil determinación, volvemos a traer a colación a Adam Smith, aunque en este caso para disentir, respetuosamente con él, respecto a su concepción de ‘capacidad’, dado que el famoso escocés sostenía que, “los súbditos de cualquier estado deben contribuir al sostenimiento del gobierno en la medida de lo posible en proporción a sus respectivas capacidades; es decir, en proporción al ingreso del que respectivamente disfrutan bajo la protección del Estado”. Queremos recalcar que la capacidad económica no tiene por qué coincidir con la proporción de los ingresos, una persona ‘A’ puede ganar X u.m., y otra persona ‘B’ puede ganar el doble de u.m., pero puede tener determinadas cargas familiares que le imposibilitaran contribuir siquiera en la misma forma que ‘A’.

Buscar una equivalencia en los sacrificios a los que cada contribuyente debiere someterse no deja de ser, a nuestro parecer, una quimera de irresoluble solución.

“…mediante un sistema tributario justo…”

 Antes de pasar a ver si cabe la posibilidad de que un sistema tributario sea justo, debemos señalar qué entendemos por justicia, y nada mejor que recurrir al gran jurisconsulto romano Ulpiano que definía la justicia como “la perpetua y constante voluntad de dar a cada uno lo que le corresponde”.

El problema es que una vez que nace el Estado, es imposible seguir el precepto de justicia de Ulpiano dado que, como señala el profesor César Martínez Meseguer, “el Estado se atribuye el derecho supremo a dar a cada uno lo que el mismo califica arbitrariamente como justo”.

Si trasladamos nuestra casuística a la operativa del mercado, vemos que la única forma de que algo pueda considerarse como ‘justo’, será mediante el establecimiento de precios de mercado, que serán aquellos que se determinen por la interacción voluntaria de los participantes en el intercambio, que en caso de establecerse, dicho precio satisfará las necesidades de ambas partes, considerando las dos que salen beneficiadas con el intercambio, puesto que si fuere de otra forma, el intercambio no tendría lugar.

El problema que sucede con la fiscalidad es que como subraya Rothbard, es injusta desde su inicio, y, por tanto, ninguna asignación posible de sus cargas podrá llegarse a considerar como justa.

“…inspirado en los principios de igualdad y progresividad…”

Respecto al principio de igualdad, en primera instancia, se habría que verificar si el tratamiento a imponer sería justo, dado que, si no lo fuere, que se implantare a todos los ciudadanos no constituirá ideal de justicia alguno.

Si se quisiera tratar a todos por igual entiendo que el único método correcto sería el establecimiento de un impuesto único de encabezamiento, que consiste en imponer a todos el pago de una misma cuota (como a los miembros de un club) de igual forma, que con independencia del dinero que tengamos cada uno, una barra de pan si la compramos en el mismo sitio nos costará el mismo dinero que a cualquier otro; entiendo que la igualdad se conseguiría de esa forma, en caso contrario, a lo más que se puede aspirar es a “tratar igual a los iguales y desigual a los desiguales”.

Y, en cuanto al principio de progresividad en la fiscalidad, que podemos entenderlo como aquella medida que consiste en imponer un tramo superior a aquellas personas que ganen más, quisiera recalcar que hay que considerarlo como un castigo progresivo a la eficiencia, que actúa como una multa al mérito en el mercado.

En conclusión, en función de lo expuesto, no estamos muy seguros que la igualdad, o la progresividad, debieren ser principios que pudiéremos considerar como ‘justos’ a la hora de hablar fiscalidad impositiva.

“…que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio”.

Según el Diccionario de la Real Academia Española de la lengua, el acto de confiscar consiste en una “pena o sanción consistente en la apropiación por el Estado de la totalidad del patrimonio de un sujeto”. 

Desconozco si el legislador español al señalar que la fiscalidad no tiene alcance confiscatorio querría señalar que mientras no nos arrebaten el cien por cien (100%) del patrimonio, no puede considerarse como acto confiscatorio. Por su parte, la Enciclopedia Británica tiene la deferencia de no especificar la cantidad que tienen que sustraerte contra tu voluntad para considerarlo un acto confiscatorio, ya que la define como, “act of appropriating private property for state or sovereign use” (acto de apropiación de propiedad privada para uso estatal o soberano).

Y es que la tributación se ha llegado a convertir en todo un ‘arte’, que no es reciente, sino que viene de lejos, Jean Baptiste Colbert, estadista francés del siglo XVII, decía que el arte de la tributación consistía en “desplumar al ganso para obtener la mayor cantidad de plumas con el menor número posible de graznidos”.

En conclusión, 

Hemos intentado demostrar que no ‘todos’ los ciudadanos contribuyen al sostenimiento de los gastos públicos.

Respecto al ‘sostenimiento de los gastos públicos’, en primera instancia habrá que determinar lo que hay que ‘sostener’, y una vez determinado qué funciones tienen que ser desempeñadas por el Estado, (muchas, pocas o ninguna), habría que asignar la partida correspondiente, única y exclusivamente para el desarrollo de dichas funciones atribuidas.

En cuanto a la cuestión de la ‘capacidad económica’, nos encontramos ante la tesitura de que no hay forma de establecer dicho principio, o nos encontraríamos ante la casuística de que habría que pagar en función del dinero que cada uno tuviere. Con lo que no habría razón para esforzarse y trabajar duro para ganar más dinero.

Hemos señalado que establecer ‘un sistema tributario justo’ es una quimera, dado que una vez que el estado se atribuyó la prerrogativa de quitar a cada uno lo que considera oportuno para dárselos a otros de forma arbitraria, hablar de justicia es algo cuanto menos contradictorio.

En relación con el ‘principio de igualdad’, antes de buscar la igualdad de tratamiento, habrá que dirimir si lo que se pretende que rija de manera uniforme puede ser considerado como justo, que expuesto lo que antecede, parece ser de difícil cumplimiento.

El asunto de la progresividad en materia tributaria ya hemos dicho que es un ‘castigo progresivo a la eficiencia’, que reduce el incentivo para trabajar y ganar dinero.

Y respecto a la cuestión de la ‘confiscatoriedad’ lo realmente importante como señaló Murray Rothbard, sería determinar la cantidad total que una persona contra su voluntad se ve obligada a entregar al Estado, que no deja de ser otra cosa que una institución destructiva para la creación de riquezas, salvo para quienes ostentan el poder, claro está.

Referencias

Friedman, David (2012) [1973]. La maquinaria de la libertad. Editorial Innisfree.

Martínez Meseguer, César (2015) [2006]. La teoría evolutiva de las instituciones. Madrid: Unión Editorial.

Rothbard, Murray N. (2015) [1970]. Poder y Mercado. Madrid: Unión Editorial.

⎯⎯. “El Impuesto al Consumo: una crítica” en Review of Austrian Economics. Volumen 7, Nº 2, pp. 75-90.

Smith, Adam. (2011) [1776]. La riqueza de las naciones. Madrid: Alianza Editorial.

El Mar Negro (III): el intervencionismo económico turco

En el Mar Negro, como en casi todos los mares del mundo, se ha producido la conocida tragedia de los comunes. Mientras que la población es lo suficientemente pequeña como para no alterar significativamente los ecosistemas, tomar un determinado recurso vivo de los mares no tiene por qué producir un daño irreversible, ya que los ecosistemas poseen una capacidad natural de recuperación, seguramente más poderosa de lo que los ecologistas sugieren habitualmente, aunque no menos cierto es que resulta limitada. Por el contrario, cuando la presión es excesiva y no es capaz reponer los animales pescados, el recurso tenderá a desaparecer y alterará el ecosistema. Poner solución a esto es complicado.

En primer lugar, hay que ser consciente de que existe el problema; y esto no es tan fácil, ya que no todos tendrán suficiente información y perspectiva para percibirlo y otros ven en cualquier acción un acto incalificable de agresión al medio. Para el progresismo ecologista, siempre hay un problema que abanderar, ya sea porque existe realmente o porque estamos cerca de alcanzar ese punto de no retorno que conduce al desastre[1]. Para los que viven de este recurso, cualquier alteración de la manera que tienen de explotarlo suele ser vista como una amenaza para su forma de vivir, sus negocios y su prosperidad[2].

En segundo lugar, hay que estar determinado a actuar para solventarlo. En los ambientes liberales, se invoca la propiedad privada como principal herramienta, ya sea del semoviente o del territorio, donde gozaría de la protección de su dueño o dueños, propiciándose acuerdos con otros propietarios que amplíen la protección. Los más intervencionistas apelan a la regulación, a poner límites legales, y esta forma de actuar es la más habitual. Ambos sistemas tienen sus limitaciones, sus problemas y sus ventajas[3].

El éxito o fracaso de la regulación medioambiental depende de tres cosas. En primer lugar, de si la Ley está basada en un conocimiento exhaustivo de lo que se quiere regular. La ecología como ciencia está en desarrollo desde hace unas décadas y, aunque los conocimientos son profundos, aún se están aprendiendo cosas, y una de ellas es cómo influye realmente el ser humano y sus actividades en la capacidad de recuperación de los ecosistemas. En segundo lugar, la legislación medioambiental está muy influida por la ideología imperante y, a veces, es complicado o imposible distinguir entre la ciencia y el dogma de lo políticamente correcto. Esta influencia, sobre todo en las políticas más intervencionistas, supone que la legislación pasa a ser una herramienta de ingeniería social, evitando o limitando un comportamiento en el corto plazo y consiguiendo un nuevo y teórico estado del territorio en el largo plazo[4]. En tercer lugar, e íntimamente relacionado con el punto anterior, se puede entrar en colisión con otras leyes existentes.

La protección del medioambiente puede entrar en conflicto con la legislación que protege la propiedad, al perder el dueño el control de algunos aspectos de lo poseído. Esto nos lleva a poner en duda la coherencia del sistema legal, además de limitar la empresarialidad responsable, reduciendo la protección del medioambiente a una simple cuestión de actuar según indican las leyes y no a una cuestión de responsabilidad sobre nuestros actos y los daños que podemos cometer. Basta echar una ojeada a la prensa para ver que este tipo de daños casi siempre se achaca al libre mercado, al capitalismo y a una falta de regulación de nuestro “espíritu depredador”, nunca a al sistema político y a las normas que promulga. Esto es lo que ocurrió en Turquía en los años 80 y que tuvo como consecuencia una disminución peligrosa de la fauna marítima del Mar Negro.

Los años 70 del siglo XX habían sido para la república turca muy malos, más preocupado de su enfrentamiento con Grecia y la invasión de Chipre que de mejorar la calidad de vida de los turcos. La economía se había precarizado y, en el contexto de la Guerra Fría, habían surgido movimientos extremistas, tanto religiosos como de extrema derecha y extrema izquierda. Esta inestabilidad, con casi 7.000 muertos, se solventó el 12 de septiembre de 1980 con un golpe de Estado a manos del ejército, uno de los poderes reales dentro del país, que instaló una dictadura que duraría hasta 1983, año en el que volvió a la senda democrática, eso sí, con una constitución hecha por los golpistas, cuyo líder, Kenan Evren fue presidente hasta 1989.

La economía turca en estos años, que supuestamente se liberalizó, tomó la dinámica de crecimientos rápidos y fuertes recesiones y esto puede ayudar a entender su impacto en el ecosistema, impacto que tiene poco que ver con el egoísmo o el interés del empresario-pescador, sino más bien con la planificación económica. La política turca de estos años era una mezcla de renacimiento del nacionalismo, cierta tendencia a la autarquía, una gran presencia de corrupción institucional y, en el asunto que nos lleva, ignorancia científica. En los años 80, había una gran demanda de tierras en torno al Mar Negro, lo que estaba suponiendo un problema para la inestable democracia turca, así que el Gobierno decidió dirigir el interés de estas personas hacia la pesca, que siempre se ha visto como un recurso “infinito”. Los pescadores tradicionales se vieron, sin comerlo ni beberlo, compitiendo con nuevos pescadores que habían recibido concesiones gubernamentales. El Gobierno subvencionó la actividad, dando préstamos a bajo interés sin demasiado control, típico de un régimen corrupto. Los pescadores turcos se unieron a los soviéticos y empezaron a pescar sin limitación de capturas. Incluso instituciones como el Banco Mundial ayudaron al gobierno turco en la financiación del sector y, de esta forma, la burbuja crecía con ayuda de las instituciones internacionales. Inevitablemente, se creó rápidamente una industria conservera que aprovechaba esta aparente abundancia.

Fueron unos años donde se crearon fortunas rápidas o se ampliaron otras: bajos costes, abundancia de recursos, poca competencia…, ya que los pescadores tradicionales no tenían barcos lo suficientemente dotados (ni recursos financieros para comprarlos) como para enfrentarse a los nuevos “empresarios”. Las flotas abastecían a las conserveras y volvían a la carga. Sin embargo, en no muchos años, los peces empezaron a escasear. Los primeros afectados fueron los pescadores tradicionales, cuyos caladeros habían sido esquilmados. Es posible que algunos pudieran ver dónde iba todo esto y se bajaran del carro antes del desastre, pero no todos lo hicieron e incluso otros se sumaban al carro de la inversión. Los barcos altamente tecnificados para detectar los cada vez más escasos bancos de peces subieron su precio astronómicamente, pues con tecnología más antigua era casi imposible conseguir algo, tal como evolucionaban las circunstancias. Las inversiones eran altas, pero los beneficios empezaban a escasear. Para hacernos una idea del expolio, la captura de anchoa en 1984 fue de 320.000 toneladas métricas, mientras que, en 1989, la cantidad se redujo a 15.000. La ruina se abatió sobre todos; los pequeños pescadores no tenían dónde pescar, los grandes tenían unas deudas con los bancos que habían financiado sus flotas y las industrias conserveras ya no tenían qué conservar. Y parte de la economía y la sociedad turca entró otra vez en crisis.

Alguien podía preguntarse por qué no se hizo nada desde la Administración, ya fuera la central o las regionales. Todo sistema político conlleva corrupción. Ciertas personas intentan aprovecharse para sí mismos o para otros del poder que ostentan y la financiación que mueve su parte del sistema. Los políticos de la democracia turca estaban más interesados en conseguir el voto de las comunidades costeras que de denunciar el daño que estaba haciendo una política promocionada por el propio sistema, así que era preferible hacer la vista gorda a lo que ocurría. El resultado fue catastrófico, pero no por los malvados empresarios ávidos de dinero que se saltaban una regulación protectora, sino por una confluencia de políticos ávidos de poder, o al menos de votos, que vendían a amigos y gente sin escrúpulos favores que les permitían conseguir a todos, mientras todo fuera bien, pingües beneficios[5]. El daño no fue sólo para el ecosistema, fue también para los que vieron invadida su forma tradicional de vida y para gente que, con poca vista, decidió invertir en algo que su Gobierno aconsejaba. Puede que alguno diga que estos últimos se lo merecen, por no fijarse en quién es el enemigo y confiar en trileros, pero no menos cierto es que no todo el mundo tiene esa perspectiva del liberal que vigila a los vigilantes.

Quizá deberíamos empezar a distinguir entre ciencia e ideología, entre ecología y ecologismo. Cuando se produce un daño, es deber del que lo hace, repararlo. Esto tiene que ver con la responsabilidad y con el sistema moral. Los problemas en los ecosistemas casi siempre se han abordado desde la perspectiva de la intervención y la prohibición, raramente desde la prevención responsable, la asunción del daño y su reparación. Si dejamos en manos del Estado la protección exclusiva del medioambiente, o cualquier otra cosa que consideremos esencial, nos estaremos inhibiendo del problema, relegando su solución e incluso su planteamiento a una institución oportunista. Seremos incapaces de ver el problema y, mucho menos, de ser críticos con las medidas propuestas y de participar en el sistema con nuestra acción individual. Estamos acostumbrados a pensar que estas grandes “gestas políticas” dependen de otros y que nuestro rol es obedecer lo que se dice. Con estos artículos he querido mostrar, más que demostrar, a través de varios ejemplos, que las instituciones públicas son incluso más dañinas que los actores privados, pues su daño afecta a todo el territorio, incluso más allá del que controlan. El ecologista es un personaje que se ha convertido en una marioneta de intereses más altos y es una pena, porque no siempre sus reivindicaciones son una majadería ideológica; por el contrario, pueden ser un aviso muy serio de que algo va realmente mal. Y no me estoy refiriendo a esta religión que se ha montado en torno al cambio climático, estoy refiriéndome a daños que se pueden constatar con datos científicos y a los que hay que hacer caso con proporcionalidad, no con un alarmismo injustificado. Es una pena que el cuidado del medioambiente haya caído en manos de un intervencionismo político aterrador.


[1] Es una estrategia habitual de los movimientos progresistas, ya sea por temas medioambientales o sociales. Rozar el desastre supone la atención de los medios, de ciertos sectores sociales y, sobre todo, de los políticos, que son quienes mayoritariamente les consiguen los recursos financieros necesarios para la supervivencia y la prosperidad de sus organizaciones.

[2] En este caso, se les considera egoístas, debido a que dan prioridad a sus intereses económicos frente a los problemas globales, pensando en el corto plazo frente al larguísimo plazo, que es en el que se mueven las instituciones con argumentos medioambientales. Es cierto que habrá personas y empresas creadas por dichas personas que optarán por conseguir beneficios a costa de, en este caso, la extinción de un recurso en una zona concreta. El problema es que se suele asignar este comportamiento al libre mercado y al capitalismo, y esto no es cierto. Un empresario partidario del libre mercado entenderá que su prosperidad recae en que el recurso necesita recuperarse y no de cualquier manera, sino en unas condiciones adecuadas para poder seguir explotándose, así que estará abierto a entender las razones que argumenten los medioambientalistas y podrá incluirlas en sus sistemas productivos. También podrá hacer campaña a favor de estas medidas y no por ello dejará de ser partidario de la libertad, ya que esta irá acompañada de la responsabilidad.

[3] En el ámbito marítimo que nos incumbe es más complicado, pero no imposible, aplicar la propiedad privada. Las especies marítimas, en especial las que se pescan, van y vienen y recorren miles de kilómetros. La acuicultura marina sólo se puede aplicar a algunas especies y dado que no se pueden compartimentar y aislar del resto de mar, se producen epidemias en las explotaciones que se extienden a los ecosistemas, como, por ejemplo, el piojo marino, un parásito que arrasa sin piedad. Entiendo la filosofía subyacente, que comparto, pero me cuesta no pocas veces ver su implantación. En tierra, los cotos de caza privados, con un buen mantenimiento, son ricos ecosistemas que se conservan bien. Al final, el éxito depende de aspectos morales de dueños y visitantes, de cumplimiento de acuerdos y de una vigilancia de los aspectos técnicos que permitan un estado adecuado del terreno según cambian las circunstancias, así como de una perspectiva en el largo plazo de la empresa.

[4] Este tipo de ingenieros suelen obviar algunos efectos no deseados y daños colaterales sobre otros aspectos de la sociedad, daños que ven, pero consideran menos importantes que sus objetivos largoplacistas. Es más, suelen ser incapaces de detectar tales efectos y daños colaterales, por lo que los daños suelen ser muchos más de los previstos. Un ejemplo reciente lo tenemos con la tarifa eléctrica y sus nuevos horarios, que todos estamos padeciendo.

[5] En el colmo de la desvergüenza, algunos políticos turcos echaron la culpa de la falta de pescado a los delfines que, por otra parte, también estaban siendo capturados masivamente por las flotas pesqueras, pues, todo hay que decirlo, a la hora de pescar, les cuesta discriminar entre especies pescables y otras que no deberían serlo. Aunque en este caso, la tecnología es cada vez más eficiente.

El Mar Negro (I): Un acercamiento

El Mar Negro (II): El impacto soviético