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Los costes de la cancelación de la deuda

El pasado viernes 5 de febrero, un centenar de economistas encabezados por Thomas Piketty publicaron un manifiesto en el que se posicionaban a favor de una condonación de la deuda pública de los Estados europeos en manos del BCE, que supone cerca del 25% de la deuda pública de la Eurozona. En España este manifiesto ha sido especialmente llamativo al hallarse redactado en coautoría con Cristina Narbona, economista y presidenta del PSOE; y Nacho Álvarez, Secretario de Economía de Podemos y secretario de Estado de Derechos Sociales. En el manifiesto se solicita que el BCE condone la deuda de los Estados y a cambio les haga firmar un contrato para ejecutar inversiones públicas en áreas como la economía verde por el valor de dicha deuda. En el caso de España, dicha anulación de deuda rondaría los 300.000 millones de euros, y tendría unos gravísimos efectos colaterales. El BCE salió presto el mismo día de emisión del manifiesto a descartar la opción de cancelación de la deuda, con Luis de Guindos tachándola de ilegal y Lagarde calificándolo como un debate poco útil. Lo más grave no es la propuesta en sí, sino el hecho de que el manifiesto tratara de esconder los enormes costes que supondría para los estados miembros y el Eurosistema la cancelación de la deuda pública en manos del BCE.

En primer lugar, la condonación de deuda dañaría la política monetaria del BCE. El BCE y la efectividad de su política monetaria dependen en gran parte de la credibilidad de la institución y su capacidad para garantizar la estabilidad económica de la Eurozona. Una cancelación de deuda por parte del BCE sería una clara financiación del déficit público de los estados, y aparte de atentar contra los Estatutos del BCE, infligiría un enorme daño a la credibilidad internacional de la institución. Si en su momento se peleó por la independencia de los bancos centrales fue precisamente para asegurar que estos no fueran meros instrumentos al servicio de los Tesoros y los Gobiernos, y por lo tanto tuvieran capacidad para establecer objetivos independientes y a largo plazo.

Por otro lado, y aunque de momento se descarte un auge de la inflación en el corto plazo, una cancelación de la deuda pública ataría de manos al BCE frente a un retorno de la inflación en el medio o largo plazo, reduciendo enormemente el arsenal disponible para combatir dicho incremento de los precios. ¿Cómo? Muy sencillo. Para retirar liquidez del mercado el BCE procedería a vender los activos que actualmente tiene en posesión, retirando divisa de circulación y por lo tanto extrayendo liquidez del sistema. Sin embargo, si el BCE hubiera cancelado previamente dichos activos se quedaría sin munición disponible para frenar la presión inflacionaria, en el supuesto de que esta tuviera lugar.  Esto a su vez tendría efecto directo sobre la productividad de la economía europea y su crecimiento, por los dañinos efectos de la inflación.

En tercer lugar, la cancelación de la deuda, al contrario de lo que afirman los firmantes del manifiesto, no supondría un aumento de recursos financieros para los Estados. Una cancelación directa de deuda supondría una enorme pérdida contable para el BCE y el conjunto del Eurosistema. Esto ocurriría a raíz de que dicha condonación de deuda dejaría al BCE operando con patrimonio neto negativo, lo que exigiría un restablecimiento patrimonial, del cual serían responsables los propios accionistas del BCE, es decir, los Estados miembros a través de sus bancos centrales nacionales. El propio artículo 28 del Protocolo del Tratado de Funcionamiento de la UE pone en duda la posibilidad de que el BCE pudiera funcionar con patrimonio neto negativo, por lo que el restablecimiento patrimonial sería prácticamente imperativo, aunque podría hacerse de manera lenta y gradual. Una de las posibles vías para dicha cobertura podría ser paralizar el reparto de beneficios de la actividad del BCE, lo cual afectaría negativamente a los propios Estados, que son los receptores de dichos dividendos.

Pero ¿cuál sería el coste de dicha operación para España? Aunque es difícil saberlo con exactitud, si tenemos en cuenta que el Banco de España tiene un patrimonio neto cercano a los 50.000 millones, el agujero que se podría generar en su balance; al tener que acudir al rescate del BCE, sería de unos 250.000 millones de euros, según fuentes del Banco de España consultadas por Carlos Segovia (El Mundo).

Por otra parte, y siendo fieles a la verdad, los firmantes del manifiesto por la cancelación de deuda proponen una alternativa en caso de que dicha deuda no fuese cancelable jurídica o políticamente. Su propuesta se basa en reestructurar dicha deuda para convertirla en deuda perpetua a tipo cero, lo cuál de nuevo supondría graves pérdidas contables para el BCE a raíz del diferencial de valor entre ambos instrumentos de deuda. Además, en toda esta ecuación no debemos olvidarnos del Tribunal Constitucional de Alemania, que, si ya se enfrentó al BCE por los programas de PSPP y PEPP, ahora tendría finalmente la baza definitiva para poder alegar que el BCE se hallaría financiando de manera prácticamente directa el déficit de los Estados miembros. Esto hace absolutamente inviable políticamente la propuesta, con los frugales oponiéndose fuertemente, y probablemente los países del sur también, ya que dar este paso solamente daría mayor munición a los halcones monetarios y a los euroescépticos para atacar al BCE y cuestionar su funcionamiento.

Asimismo, hay que tener en cuenta que dicha propuesta podría actuar en detrimento de la financiación futura de los Estados de la Eurozona, ya que la petición de cancelación o reestructuración de la deuda debe surgir de los deudores y no de los acreedores, y además debe hallarse justificada por dificultades para hacer frente a los pagos, lo cual restaría credibilidad a los solicitantes y probablemente acarrearía reacciones negativas en los mercados, disparando las primas de riesgo -que hasta ahora se han mantenido muy controladas- y haciendo actuar a las agencias de rating. No se podría ni siquiera descartar efectos notables sobre los CDS. Todo ello se resumiría en un aumento de la vulnerabilidad de la deuda pública como activo a raíz de una gran pérdida de confianza de los inversores internacionales, que acarrearía un incremento del coste de financiación en el futuro cercano.

En mi opinión, se debe ser muy cauteloso a la hora de realizar manifiestos tan extravagantes como el que pudimos leer el otro día, y más aún si uno de los firmantes es secretario de Estado de uno de los países que más requiere de la ayuda del BCE y de la confianza de los inversores actualmente, y otra es presidenta del partido que actualmente gobierna dicho país. La política monetaria no es un juego, y una cancelación de la deuda pública por parte del BCE no es la panacea.

Externalidades, bienes públicos y minarquismo

El minarquismo es una filosofía política que defiende la existencia de un Estado mínimo para la resolución de conflictos interpersonales. El Estado —metonimia para referirse a los individuos que actúan a través del aparato gubernamental, especialmente miembros de altos cargos dentro de los tres poderes— se mantiene mediante la agresión a sus súbditos. Por lo tanto, los minarquistas y cualquiera que defienda al Estado debe contestar dos preguntas.

Primero, si el Estado agrede. Es imposible negarlo. Es innecesario mirar el pasado en busca de un comportamiento ilegítimo para determinar si lo es ahora o no. Actualmente ya vulnera la propiedad de los individuos por lo que independientemente de si era ilegítimo hace un siglo o no, que por su naturaleza necesariamente también lo era, ahora lo sigue siendo. Las reglas de apropiación original y transferencia de títulos de propiedad del libertarismo son suficientes para demostrarlo.

El Estado tiene bienes en su propiedad que tenían dueño anteriormente. Salvo en casos excepcionales donde ejércitos encontraban tierra desierta y podían reclamarla para su Estado, la apropiación original nunca se ha dado. Por tanto, ha tenido que haber una transferencia de títulos de propiedad. Para que esta sea legítima, los individuos han tenido que realizarla voluntariamente o como consecuencia de un castigo. Puede haber casos en los que alguien entregase su propiedad voluntariamente a otro para poder darle los medios necesarios para posteriormente gobernarlo a lo largo de la historia.

Puede que en algún momento unos individuos se reuniesen y decidiesen establecer un fondo común para formar un Estado a través de un contrato que, de alguna manera, tuviera validez universal en un territorio durante generaciones y no pudiese ser roto. No obstante, por mucha arqueología realizada, aún no se ha encontrado ningún contrato social. Tampoco podría haber habido transferencia como consecuencia de un castigo, porque los Estados siempre han cobrado impuestos independientemente del comportamiento de uno. Por tanto, sólo cabe concluir que el Estado obtiene sus bienes ilegítimamente.

La segunda pregunta que los minarquistas deberían contestar es si la agresión está justificada. El hecho de que estén vivos demuestra que al menos cuidan de la propiedad privada de su cuerpo porque tiene cierto valor para ellos. Si no lo tuviera, se morirían por inercia. Esta demostración de valor sobre el cuerpo significa que valoran negativamente un ataque sobre el mismo, es decir, la agresión a su propiedad privada original. Así que cualquier respuesta salvo un no a la segunda pregunta sería una contradicción.

Pero para que puedan elaborar un argumento, la pregunta entonces sería si la agresión estatal está justificada. Los sistemas políticos son distintas formas de distribución de los recursos en una sociedad. El único consistente con el rechazo a la agresión es el libertarismo. Los minarquistas tendrán que justificar su sistema político distinto al libertarismo —el bien entendido, el anarcocapitalista—.

Las dos principales teorías éticas para justificar un sistema político u otro son la deontología y el consecuencialismo. La ética deontológica evalúa las acciones según si pueden ser consideradas correctas, justas o legítimas; se basa en el deber. Consideramos que una acción intrapersonal es correcta, justa o legítima si esta se ha realizado sin agresión externa. Un intercambio interpersonal lo es cuando ambas partes lo realizan voluntariamente. Para la ética deontológica una acción puede ser correcta aunque genere consecuencias negativas. Pero esto no puede ser el caso de los intercambios interpersonales, al menos no ex ante, ya que si se realiza es porque todas las partes aceptan voluntariamente. Puede que ex post revisen el intercambio y piensen que no han salido beneficiadas, pero esto es debido a la subjetividad del valor y, por tanto, intrínseco en la naturaleza humana.

Por otro lado, para la ética consecuencialista lo importante es el resultado de las acciones, no ninguna cualidad atribuida a estas. El análisis del resultado puede realizarse desde diversos puntos. Puede ser considerarse la maximización de la felicidad general, como hace el utilitarismo, o la mejora del Estado o de uno mismo, como buscan el consecuencialismo estatal y egoísta.

Desde la deontología es imposible defender consistentemente el minarquismo. Si aceptas que la agresión a la propiedad privada es ilegitima, es contradictorio con la posición deontológica entonces aceptarla en algunos casos porque crees que la alternativa, el libre mercado, generaría un resultado peor. No se puede hacer justicia agrediendo. Una defensa utilitarista también carece de sentido porque no se pueden agregar las preferencias individuales debido a su subjetivismo. No obstante, vamos a profundizar más en este argumento, especialmente en sus dos justificaciones más repetidas: las externalidades y los bienes públicos.

Ambos conceptos no tienen sentido si aceptas que el valor es subjetivo. No hay ninguna propiedad fisioquímica de un objeto nos dirá si este es un bien o no. Un objeto es un bien si alguien lo percibe como tal. Los bienes públicos son bienes teóricamente no rivales y no excluibles que los minarquistas defienden que el Estado debe proveer. La defensa nacional es un caso de esto. Pero, de nuevo, lo que para ti es un bien no tiene por qué serlo para mi.

Quizás cierta seguridad sí que lo sea, pero no al nivel de provisión estatal, que pasa a ser un mal porque pago demasiado por ella, porque no me protege lo suficiente o porque me protege demasiado. Lo mismo con las externalidades. Que una casa tenga una fachada que tú estimes bonita no significa que yo también lo vaya a hacer. Quizás yo sea un envidioso que prefiere que tengas una fachada fea. Este ejemplo lo entenderán muy bien los minarquistas, quienes valoran el servilismo al Estado como un bien mientras que para los libertarios es un mal.

Los minarquistas, con tal de defender al Estado suelen citar casos de supuestas externalidades negativas que no serían resueltas en un orden espontáneo como la contaminación global. Que sea un problema global no significa que requiera una gestión global. También lo es la provisión de lápices a niños de todo el mundo para poder estudiar y ahí no hace falta Estado. De hecho, esta distribución y satisfacción de necesidades se da a pesar del Estado y políticas como los aranceles o el control socialista de las carreteras. Los individuos pueden coordinarse libremente y generar beneficios mutuos con los incentivos correctos cuando los derechos de propiedad privada se respetan.

El capitalismo son las condiciones catalíticas que surgirían en una sociedad en la que se respetase la propiedad privada, una sociedad de derecho privado. El capitalismo no significa más o menos producción, sino el nivel de producción emergente, independientemente del valor cuantitativo de este. Que todas las comunidades fuesen capitalistas no significa que se vaya a contaminar más o descontroladamente.

Si comparásemos la misma población, una regida bajo leyes libertarias y otro bajo leyes que o bien aceptasen solo propiedad estatal o bien fiduciaria, el nivel de producción sería necesariamente inferior en el primero que en los otros dos, bajo las mismas condiciones. La sociedad donde la propiedad de los medios de producción fuese estatal la llamaremos socialismo puro o ruso. Y socialismo socialdemócrata en aquella donde se permitiese cierto o total control privado de los medios de producción, pero con impuestos, regulación, controles de precios, controles de comportamiento, etc, en los que toda propiedad fuese fiduciaria. Bien, la misma sociedad bajo las mismas condiciones contaminaría más bajo un sistema socialista puro ya que sería imposible realizar el cálculo económico necesario para saber si están produciendo de más en qué empresas y bajo qué costes.

El segundo tipo de sociedad que más contaminaría sería la socialdemócrata, en la que no existe una privatización de todos los recursos por lo que los recursos naturales serían estatales y nadie pagaría por contaminarlos por lo que nadie acarrea estos costes. Por último, en una sociedad capitalista, es decir, en las que se dan las condiciones catalíticas resultantes de la correcta asignación de recursos (sea esta la que sea siempre que la asignación sea voluntaria y legítima) será donde menos se contamine porque al hacerlo la propiedad de alguien será dañada y este podrá legítimamente demandar una compensación por los daños. Un sistema no es más capitalista que otro porque produzca más, sino porque se proteja la legítima asignación voluntaria de la propiedad privada.

El ejemplo de bien público por excelencia es la seguridad pública. Pero no hay razón para que este servicio no pueda proveerse de manera privada mediante el trabajo de aseguradoras, agencias de seguridad privada, despachos de arbitraje y penitenciarías privadas. En ese sistema, la seguridad sí que sería un bien porque cada uno podría recibir la que estimase oportuna, y no estar forzado a financiar un sistema ilegítimo que además incurre en problemas de cálculo económico.

Para más sobre seguridad y defensa privadas recomiendo Molinari (1849), Hoppe (2020) y Murphy (2002, 2017). La ley sería el principio de no agresión. Para más sobre la ética en una sociedad de derecho privado recomiendo Rothbard (2009, 2013) y Hoppe (1998). La justificación típica es decir que entonces una agencia de seguridad privada se podría hacer con tanta fuerza que podría conquistar al resto y volveríamos a tener un Estado de nuevo. Pero nadie explica cómo iba a conseguir llegar a ese punto.

La violencia es cara y especialmente las armas. La agencia debería subir las mensualidades más y más para recaudar dinero, pero lo clientes entonces se irían a la competencia. Además, si sabes que algo tan importante—o al menos para mí—como tu seguridad está en manos de esta agencia, te informarías de cuanto armamento está recaudando para dejar de financiarla si crees que es demasiado.

Esta práctica no tiene sentido actualmente porque el Estado hará lo que quiera. También los bancos se negarán a trabajar con estas agencias amasando poder balístico por miedo de ser atacados, por lo que sería muy difícil para una agencia hacerse con ese poder. No obstante, de ser así y conseguirlo, aunque se volviese a formar un Estado, habremos vivido unas bonitas vacaciones en libertad como Rothbard solía decir.

Referencias

Hoppe, Hans-Hermann. 1998. “On the Ultimate Justification of the Ethics of Private Property.” Liberty 2 (1): 20–22.

———. 2009. El Gobierno y la producción privada de la defensa en Monarquía Democracia y Orden Natural.Madrid, España: Unión Editorial.

Molinari, Gustave de. 1849. “The Production of Security.” Journal Des Economistes, 277–90.

Murphy, Robert P. 2002. Chaos Theory. 2ª ed. Auburn, Estados Unidos: Ludwig von Mises Institute.

———. 2017. “Libertarian Law and Military Defense.” Libertarian Papers 9 (2): 213–32.

Rothbard, Murray N. 2009. La Ética de la Libertad. Madrid, España: Unión Editorial.

———. 2013. Hacia Una Nueva Libertad. Madrid, España: Unión Editorial.

El centrismo moderado y la libertad

Uno de los numerosos memes que han inspirado el tema de las acciones de GameStop es un gráfico de Nolan donde los cuatro cuadrantes ideológicos aparecen felices mientras el centro llora desconsolado. Es muy divertido, pero bastante injusto con el centro político.

¿Por qué? Pues porque algo que alegra a todos los extremos del cuadrante, por definición, no puede molestar a la mayoría de las personas que se sitúan en el centro. Cuando no entiendes qué está pasando, pero todo el mundo es feliz ¿para qué preocuparte?

Con la polémica sobre los youtubers que van a fijar su residencia en Andorra, la cosa cambia. Aquí hay tres cuadrantes a los que no le hace gracia el asunto, y otro que está feliz de que por fin el tema de los impuestos vuelva a primera fila del debate político. 

El centrista moderado random está confuso: los impuestos son buenos; pagan la sanidad y la educación. Pero emigrar de tu país nunca ha sido moralmente reprochable. Además, parece razonable pedir que los servicios que se reciben del Estado sean mejores que lo que son. Aunque chavales que ya son ricos podrían mostrar más solidaridad con sus conciudadanos. ¡Es todo muy confuso!

Cuando tu brújula moral no apunta a ninguna parte todo es fácil si no te tienes que mover. El problema empieza cuando el agua empieza a cubrir tus rodillas y tienes que decidir a dónde ir.

Una parte de esa agua es el teletrabajo. Algo que empieza a permitir a mucha gente deslocalizar sus servicios de allí donde residen. O dicho en cristiano: puedes trabajar para cualquiera sin importar las fronteras.

El éxito del teletrabajo es algo que ha surgido de la tecnología. Poder realizar un trabajo para otra persona que está a miles de kilómetros de ti (sin tener que transportar mercancía alguna) no ha sido fruto de un plan quinquenal o de una campaña de activismo. Simplemente podemos hacerlo con la tecnología actual, y esa misma tecnología lo irá haciendo cada vez más simple.

Lo que sí va a ser fruto de miles de mentes brillantes al servicio del mal es la reformulación del término frontera. 

Una frontera es el confín de un Estado. Todos entendemos que se refiere a su territorio físico. Hemos asumido que estas líneas en los mapas son importantes. Los que tenemos la suerte de vivir en occidente podemos cruzarlas, pero siempre consultando antes las leyes peculiares que los distintos burócratas han escrito sobre ellas. ¿Puedo cruzar con mi mascota? ¿Cuánto dinero en efectivo puedo llevar? ¿Qué tipo de comida?¿Cuánto tiempo puedo permanecer al otro lado?

Un incordio, sin duda, pero al menos todo se circunscribe a idea muy sencilla: estás bajo la jurisdicción de un Estado o de otro según el territorio que pises.

El mundo virtual complica mucho las cosas. Un ciudadano español trabajando para una empresa de Texas desde Segovia plantea algunos interrogantes. ¿Dónde cotiza? Porque nos han dicho que la seguridad social la paga el empleador, no el empleado. ¿Tendría derecho a una pensión en Estados Unidos? ¿Y qué pasaría con el ya quebrado sistema de pensiones español? ¿Y el IRPF dónde se pagaría? Nos han dicho que los impuestos son para pagar la sanidad y la educación, así que lo lógico sería que se pagaran en el país donde está la sanidad y educación del trabajador. ¿Eso le parecerá bien al Estado que mantiene la empresa en su territorio? ¿Y si ese Estado tiene a personas desempleadas?

Dos Estados grandes pueden llegar a acuerdos. Yo me quedo con esto y tú con lo otro y todos contentos. Pero hay terceros países que pueden ir por su cuenta. Y lo que es más interesante, hay territorios dentro de los Estados actuales que pueden echar cuentas y pensar que les interesa ir por su cuenta.

Los impuestos, como su nombre indica, dependen de la imposición que un determinado Estado puede realizar. Cualquier límite a esa capacidad va a ir seguido de un monumental esfuerzo intelectual para justificar la ampliación del poder estatal para superar ese límite. El objetivo claro va a ser la libertad individual y la capacidad de pequeños territorios para mantener su autonomía fiscal.

La duda va a ser qué postura va a mantener el centro moderado ante esto. ¿Lo moderado va a ser criticar la emigración? ¿Los temas internos de países pequeños van a ser manejados por los grandes con el visto bueno de lo más ilustrado de nuestra sociedad? ¿Hasta qué punto se podría llegar sin poner el riesgo la moderación? ¿Se podría incomunicar a un país si no cumple con los moderados dictámenes de la mayoría? ¿O sería más moderado invadirlo militarmente?

Lo que hemos visto en 2020 deja bastante claro que el optimismo no está justificado. 

¿Puede ser el IVA un impuesto liberal?

En las siguientes líneas voy a hablar de conceptos, no de números. Ni siquiera de escuelas o de teorías. Desde mi opinión, y soy un nuevo en este asunto, la lucha por las ideas hay que ganarla desde la ética y la moral, desde el concepto, no desde el número ni desde una escuela u otra. El número no lo quieren oír ni creer, y la escuela la tendrán encasillada.

La ministra de Igualdad habla un día, con gran seguridad, de los Chicago Boys. Batalla perdida, pensé. Y en cuanto a los números y las estadísticas es similar: si a la ministra y sus recién llegados adláteres les hablas de pobreza te hablarán de desigualdad, aunque cada día sea menor también, todo vale. Si a un planificador le hablas de crear empleo o, más bien del empleo creado a través de la libertad, te hablarán de que se necesitan “empleos de calidad”. Si le hablas de la reducción de las emisiones de CO2 en los países más libres, te dirán que se están “llevando-la-producción” a los países pobres, aunque sea difícilmente demostrable. 

No déis buenas estadísticas porque eso reduciría el tamaño de los estados. The game is rigged decían en The Wire, porque el decente habla de lo mejor para la “polis” y el indecente sólo quiere mantener, como individuo, su puesto de trabajo. Advertido por Aristóteles hace 2.370 años en la “Ética a Nicómaco”.

Ahora bien, ¿por qué no intentar ganar las pequeñas batallas desde el concepto? 

El IVA, en mi opinión, es uno de los impuestos que debe existir y ponderarse con atención. Por un IVA lo más “justo” posible debemos dar la batalla. La razón es que pagamos IVA si consumimos y sobre lo que consumimos y, por tanto, somos dueños del IVA que pagamos. Nadie puede vivir sin pagar IVA, salvo aventureros como Cristopher McCandless (Into the wild) al que lejos de considerarlo un héroe, para mi sería un freak. Pero algo de McCandless deberíamos llevar dentro y el que no quiera “pagar” al estado con sus impuestos, lo que tiene que hacer es comprarse algunas vacas y gallinas para ir tirando. Cuando pierda su partido puede vender las vacas y las gallinas con IVA, si lo desea, y comprar de nuevo la plantilla de vacas y cerdos cuando recuperen el poder. 

El IVA es un impuesto que homenajea la innovación y la prosperidad. Todo el mundo prefiere comprar pañales a fabricarlos en casa, así que: a pagar. Lo mismo con el lujo, aquí estoy con el camarada Iglesias, un yate tiene que tener más IVA que los pañales, la leche, las vacas y las gallinas porque solo algunos fruteros comprarán yate este año, no todos.

Es más, todo el mundo prefiere pagar cuando quiera, es decir, cuando consume, antes que un Impuesto sobre la Renta, por cierto, creado en EEUU precisamente cuando se ilegalizaron las drogas y el alcohol. Y, por supuesto, todo el mundo honrado prefiere el IVA al impuesto más inmoral que recuerdo, el pérfido Impuesto de Sociedades que penaliza cobrando al que lo hace bien generando valor y empleo.

¿Cuál sería la batalla que hay que ganar?

La batalla es un IVA que protege el débil, el IVA que con el velo de Rawls elegimos entre todos y para todos. Que el IVA sea un arma para hacer la vida de los demás más placentera, no solo la vida de aquel director de cine de cuyo nombre no tengo intención de acordarme que decía “queremos dinero público”. Ya, y yo quiero una casa en el campo, decía Austin Powers, en la traducción española.

“Buscar la perfección en nosotros y la felicidad de los demás” resumía Kant, como acercamiento a una sociedad más ética. Que hable la Ilustración, que hable la razón.

Un nuevo marco para el estudio de las políticas públicas

En esta etapa de la historia de la humanidad, sucesivos gobiernos se repiten en el objetivo de la inclusión. Se trata de lograr que todos, los ricos y los pobres, tengan igual acceso a la educación, la salud, las pensiones y otros servicios mal llamados públicos.

Nosotros pensamos diferente. El objetivo de la política pública no debe ser que cada uno tenga igualdad de acceso a todos los servicios públicos, sino que cada persona pueda brindarse así mismo y a los suyos los servicios que desea.

Colocando la discusión en este objetivo final, unos desean dependencia, lo que a su vez les permite comprar votos, y con ello vencer en las elecciones y perpetuarse en el poder. Nuestro objetivo, sino embargo, es terminar con esa dependencia, ofreciéndoles a todos la posibilidad de acceder a los servicios que para cada uno – en el marco de su propia subjetividad – son importantes.

De este modo, que un gobierno abra nuevos hospitales y escuelas públicas, o amplíe subsidios y programas de ayuda no debería ser celebrado alegremente, puesto que nos aleja del objetivo final. Si en situaciones de emergencia, tales políticas se implementaran, entonces deberían tener fecha de vencimiento, pues el sostenimiento de estos programas crearán dependencia e irresponsabilidad individual.

La pregunta entonces debería ser cómo crear las condiciones para que las personas, en un marco de libertad, puedan emprender en proyectos que les permitan crear valor, puestos de trabajo y lograr los recursos que necesitan para cumplir cada uno sus sueños. Esas condiciones han sido estudiadas hace siglos por cantidades de autores que han puesto el foco en las instituciones, en el marco institucional: Equilibrio fiscal, monetario y cambiario, bajos impuestos, apertura económica, bajos niveles de deuda, baja corrupción, reglas de juego estables, una constitución para limitar el poder de los gobiernos de turno, entre tantos otros aspectos que en diversas columnas que aquí mismo se publican, se trabajan en profundidad.

Bajo ese marco de reglas los emprendedores crearán proyectos, y esos proyectos irán asociados a múltiples puestos de trabajo, que permitirán crear valor y una mejor calidad de vida para todos. Bajo ese contexto, más y más personas lograrán trabajar insertándose realmente en la sociedad como personas que contribuyen a crear valor, sin la necesidad de recurrir a los planes y subsidios que los gobiernos benefactores siempre están dispuestos a ofrecer, a cambio de esclavizarlos en la pobreza y la indigencia.

Necesitamos un nuevo marco para definir qué políticas públicas contribuyen al desarrollo y al progreso. Desde la Academia, la ciencia económica puede ofrecer un marco apropiado para mostrar cuándo nos alejamos del fin último, y cuando nos acercamos a él. Adam Smith, David Hume y Adam Ferguson entre los clásicos escoceses, Ludwig von MIses y Friedrich Hayek en la Escuela Austriaca, James M. Buchanan, Gordon Tullock y Jeffrey Brennan en la Escuela de la Elección Pública, Douglass North en la Nueva Economía Institucional, Ronald Coase en el Derecho y la Economía, Vernon Smith con su Economía Experimental, Elinor Ostrom con la Escuela de Bloomington, o Angus Deaton con sus estudios sobre pobreza y desigualdad. Pienso que enriquecen -juntos a tantos otros autores que aquí no mencionamos- lo que hoy llamamos el Mainline Economics: una tradición de ideas que desde diversos campos y ámbitos de estudio ofrecen respuestas a los problemas de siempre, con un marco de reglas diferente del que ofrece el mainstream economics. En pocos términos, se trata de confiar más en los órdenes espontáneos, y menos en el diseño institucional de unas pocas grandes mentes con exagerado poder.

Filomena y el precio de la energía

La ola de frío provocada por el temporal «Filomena» ha ocasionado un preocupante aumento (del 30%) en el precio de la electricidad durante el pasado mes de enero. Dadas las circunstancias —la demanda crece relativamente más que la oferta—, no podía ser de otra manera. Comencemos por analizar qué ha sucedido con la oferta. Primero, las energías renovables son intermitentes, sensibles a los cambios meteorológicos y climáticos. Por ejemplo, un panel solar cubierto de nieve no produce electricidad, la formación de hielo puede afectar al funcionamiento de las instalaciones, etc. Ello hace que la generación de electricidad, durante el temporal, se haya visto reducida. Segundo, las centrales térmicas de diésel y gas no pueden incrementar su producción al ritmo que exige la demanda. Por último, las centrales nucleares y las alimentadas con carbón, cuya fiabilidad y rendimiento son altos, han sufrido moratorias y cierres por motivos políticos, medioambientales e ideológicos. Es preciso recordar aquí que la electricidad no puede acumularse pues se produce y consume de forma simultánea. Sólo las materias primas —uranio, gas, diésel, carbón, madera— son susceptibles de ser almacenadas para atender posibles contingencias.

Analicemos ahora la demanda. La bajada de temperatura aumenta las necesidades de calefacción pues se necesitan más calorías para calentar una misma cantidad de agua o volumen de aire. Por otro lado, la electricidad es un bien poco elástico: su demanda es poco sensible al aumento del precio; es decir, los consumidores no están dispuestos a pasar frío en sus hogares, ducharse con agua fría (o hacerlo menos frecuentemente) y tampoco tienen bienes sustitutivos para producir electricidad. Sólo los hogares con calefacción de carbón y las casas de campo que queman madera pueden soslayar parcialmente un mayor gasto en electricidad. En definitiva, una ola de frío polar provoca interrupciones en la producción de electricidad (renovables) y un súbito aumento de la demanda, por tanto, el incremento del precio es inevitable.

Frente a estos hechos encontramos diversas reacciones. Unos se lamentan de que el incremento del precio de la electricidad haya sido inoportuno: «ahora, precisamente, cuando hay más necesidad». Evidentemente, todos los temporales son «inoportunos» y producen inevitablemente alteraciones en los precios de ciertos bienes; por ejemplo, en Madrid ha habido una «inoportuna» escasez de palas para quitar la nieve de las calles.

Otros, que exhiben una mayor «sensibilidad social», afirman que la electricidad es un bien de primera necesidad y que no «debería» ser considerada una mercancía más. Estos antimercado, los del eslogan «otro mundo mejor es posible», creen que las leyes económicas pueden alterarse en función de sus deseos.

Finalmente están los demagogos, colectivistas, comunistas y adictos al poder político que quieren sacar tajada de la situación y piden la nacionalización de las empresas eléctricas. Sus eslóganes favoritos son: «hay que democratizar la electricidad» o «es preciso combatir la pobreza energética» y otras sandeces por el estilo. Estos enemigos de la realidad actúan mal: unos por ignorancia, otros por ceguera ideológica y otros porque pretenden expropiar los bienes ajenos. Veamos por qué todos ellos se equivocan.

En primer lugar, aceptemos a efectos dialécticos que la electricidad —como los alimentos, el vestido o la vivienda— sea un bien de primera necesidad, sin embargo, las leyes económicas son universales (Menger, 2013: 67) y operan al margen de cualquier categoría —esencial, básico— que establezcamos. Este mismo error lo hemos visto durante la pandemia de Covid-19, cuando las autoridades cierran negocios apelando a una distinción arbitraria de actividades esenciales y no esenciales.

En segundo lugar, la economía no es una ciencia normativa, sino descriptiva; es decir, intenta explicar cómo «es» y no cómo «debería ser» la realidad. El precio de la electricidad sube en invierno por el mismo motivo que lo hace el del marisco en Navidad o el de los equipos de aire acondicionado en verano. Como digo en Hernández 2019, p 104: «Creer que determinados bienes, por relevantes que estos puedan ser, deben permanecer fuera del cálculo económico es ignorar que la acción humana no obra sobre conceptos sino sobre bienes tangibles e intangibles sobre los cuales hay que hacer elecciones».

En tercer lugar, nacionalizar las empresas que generan energía no sólo es una inmoral violación de la propiedad privada, sino que provocaría un empeoramiento de la situación. Ahí tenemos el ejemplo de Venezuela, un país con enormes reservas de petróleo y que debe importar la gasolina porque su gobierno ha arruinado a las refinerías. Nacionalizar una industria, no lo olvidemos, es pasar del capitalismo al socialismo y el resultado inevitable será una menor producción, cuando no su total colapso. La escasez será aún mayor y para colmo de males ya no será el sistema de precios quien asigne los escasos bienes disponibles, sino el autócrata o el funcionario de turno actuando de forma discrecional. Bajo el socialismo, la corrupción y la ruina están servidas.

Durante una ola de frío, la subida del precio de la electricidad es temporal (tal vez, varias semanas) e inevitable. En España, esto sólo afecta al 35% del coste final que paga el consumidor, el resto es saqueo puro y duro: a) Transporte de electricidad, cobrado por Red Eléctrica Española (REE) a precio monopólico. b) Impuesto a la electricidad (5,1127%), al que se le añade el IVA (21%, tipo más elevado). c) Amortización de la deuda del sistema eléctrico. d) Primas a las renovables, cogeneración y residuos.

En conclusión, es el Estado el que incrementa de forma abusiva el precio de la factura eléctrica. No en vano, España es el tercer país de la UE con la electricidad más cara. Son los políticos, esos que presumen de tener una mayor «sensibilidad social», quienes inflan abusivamente el precio del recibo de la luz para luego culpar al mercado de una subida circunstancial que está plenamente justificada y prevista por las leyes económicas. Reducir el precio de la energía es posible, siempre que nos opongamos al intervencionismo y al saqueo fiscal: 1) Privatizar REE para introducir competencia y abaratar los costes de transporte y distribución. 2) Liberalizar el precio de la bombona de gas butano. 3) Bajar el IVA de la electricidad al 4% (tipo superreducido). 4) Eliminar las subvenciones a las renovables. 5) Sacar de la factura eléctrica otros costes del sistema (amortizaciones e indemnizaciones).

Bibliografía
Hernández, J. (2019). Defensa y Seguridad. ¿Estatal o privada? Madrid: Unión Editorial.
Menger, C. (2013) [1871]: Principios de economía política. [Versión Kindle]. Amazon.

Algunas cuestiones disputadas sobre el anarcocapitalismo (LIII): sobre el nuevo mutualismo de Kevin Carson

Dentro del mundo del anarcocapitalismo existen corrientes de pensamiento fuertemente emparentadas que sin embargo reniegan de esta etiqueta. Una de ellas es el nuevo mutualismo, o como lo define su principal exponente, Kevin Carson, el anarquismo de libre-mercado. Si bien su propio nombre lo indica, este autor quiere apartarse de la etiqueta capitalista y prefiere centrarse en la defensa de una suerte de mercado libre sin el concurso de grandes corporaciones y por supuesto sin la interferencia estatal. Su obra deriva de los viejos anarquistas individualistas americanos como Josiah Tucker o Lysander Spponer, aunque pueden notarse los ecos del mutualismo de mercado del Proudhon de la idea de Revolución en el siglo XIX.  No voy a centrarme en esta ocasión en ellos, aunque bien merecen un estudio detallado, y sí en la obra del mejor de sus continuadores contemporáneos, Kevin Carson. Este es un autor de una gran originalidad y muy elevado nivel académico. Vive en una comunidad rural al margen de la academia, escribiendo y estudiando por su cuenta en el tiempo que tiene libre después de trabajar. Esta vida al margen de la academia es muy probablemente una de las razones por las que escribe con la rotundidad con que lo hace y fuera de las cauces de la habitual corrección política y la deferencia a  las vacas sagradas de la profesión.

Su postura, aunque pueda parecer extraña al lector común, no es extraña a todo un buen conocedor del anarcocapitalismo, en especial a las vertientes más de izquierdas, presentes incluso en algunas de las obras del propio Rothbard, especialmente en su época de colaborador en Left and Right, en las que colaboraba con la llamada “Nueva Izquierda” en su lucha contra la guerra del Vietnam. El anarcocapitalismo es defensor de la propiedad privada y el mercado libre, por ello pasa por ser una idología de derechas y sus argumentos son usados en muchas ocasiones en las guerras culturales contra marxistas y socialistas, aunque tiene también un componente de crítica a las grandes corporaciones por su connivencia con el poder estatal, un componente antiimperialista muy pronunciado y una defensa a veces muy polémica de determinadas libertades personales (como todo lo que serefiere a la cuestión del comercio de drogas). Una buena prueba sería el ensayo de Rothbard en el que se satiriza la idea de Ayn Rand de que los grandes empresarios son la minoría más perseguida. Pero, en efecto, la mayor parte de los teóricos libertarios han centrado sus críticas en las regulaciones de todo tipo que los gobiernos establecen para las grandes corporaciones: regulaciones laborales, fiscales o medioambientales han sido objeto de estudios detallados y mordaces críticas. Sin embargo, y tal como Carson nos recuerda, rara vez se analizan las regulaciones que favorecen a las grandes corporaciones y que pueden ser tan importantes o más que las que les pueden perjudicar.

Carson en sus obras, sobre todo en Theory of Organization y The Homebrew Industrial Revolution, detalla la forma en que los gobiernos protegen a muchas de estas grandes empresas. La propia organización corporativa y las leyes que regulan las sociedades anónimas pueden incluir clausulas que limitan su responsabilidad legal y pecuniaria (son hechas a imagen y semjeanza del Estado). Este es un tema muy debatido en el universo anarcocapitalista y no existe aún una postura determinante, pero nuestro autor considera que es un privilegio otorgado, pues en una sociedad de mercado libre este tipo de legislación no existiría y las empresas serían plenamente responsables.

Otro aspecto en el que Carson incide es el de los servicios que los estados prestan de forma gratuita a las empresas y que implican reducciones de costos que estas internalizan y cuyos costes son a su vez total o parcialmente externalizados al conjunto de la sociedad. Se refiere en concreto a la construcción de infraestructuras como vías de alta capacidad, puertos, aeropuertos o vías férreas. Incluso infraestructuras eléctricas o de telecomunicaciones pueden ser prestadas directa o indirectamente por el sector público atendiendo a las necesidades de algunas de estas grandes empresas. En otro ámbito, Carson también critica el desarrollo de currícula académicos orientados a las necesidades laborales de las empresas, de tal forma que buena parte de los costes de formación laboral que muchas empresas necesitan son financiados con cargo a impuestos sufragados por el conjunto de la población. Estas son cuestiones muy interesantes que merecerían alguna evaluación para comprobar si los subsidios que el estado presta a las empresas son o no un beneficio neto, pero bien pudiera ser que para alguno si lo fuera. También el rescate de algunas empresas y de sus accionistas, como en el caso bancario, podrían entrar dentro de su análisis, pero desde luego no cabe objetar que nos hace ver con otra luz el intervencionismo estatal y nos obliga a discutir el “estado de bienestar de las corporaciones”.

El autor abre también una discusión muy interesante en referencia al apoyo que prestan los estados a determinadas empresas transnacionales. Todos podemos observar como en los llamados “viajes de estado” hay una agenda comercial, según la cual los gobernantes negocian acuerdos a favor de algunas empresas, normalmente presentes en la delegación que viaja. O también como la diplomacia económica de los estados también favorece los intereses de algunos sectores económicos, denominados a veces como “estratégicos” para justificar su trato de favor. Aquí se produce una doble discriminación, la primera a favor de las empresas y la segunda de unas empresas sobre otras. Una sociedad de libremercado, tal como la entiende Carson, no perjudicaría a las empresas pero tampoco tendría porque favorecerlas en nada. Lo cierto es que esta es una intervención pocas veces analizada en nuestros círculos, que es mucho más grave si se usa la violencia estatal para respaldarla, a través de amenzas bélicas o incluso del derrocamiento de regímenes políticos pecibidos como hostiles o incluso no lo suficiente amigables para las empresas que capturan la política exterior. Este último elemento es de mucha relevancia teórica pues nos ilustra sobre el debate sobre el imperialismo capitalista que abrieron en su momento los marxistas. Para ellos el Estado es una especie de marioneta en manos del gran capital, cuando en realidad esos elementos del gran capital son parte integrante del estado no ajenos a él y lo usan en su propio beneficio. Esto es muy fácilmente constatable en el caso del denominado complejo militar-industrial que existe en prácticamente todos los estados modernos de ciertas dimensiones. En efecto, existe un determinado tipo de industria, los economistas la denominarían monopsonio, de titularidad formalmente privada, pero cuyo principal cliente es el propio Estado o bien estados con los que el propio mantiene buenas relaciones y a los que le esta permitido vender sus productos o servicios. Los dirigentes de estas industrias, como bien señala Seymour Melman (véase su magnífico libro traducido como El capitalismo del Pentágono), son en muchas ocasiones antiguos miembros del estamento militar o político y no se puede establecer una línea clara de demarcación entre ambos, pues también en ocasiones se da el salto a la inversa. Este bloque de poder cuenta con lealtades también en el aparato de la hegemonía del Estado, contribuyendo entre todos a dirigir la política exterior y la militar de muchos de los estados modernos. Pero para nada se puede entender esta industria como parte del mercado libre. Ni siquiera forma parte de un régimen de propiedad privada, pues los fondos con los que se sostiene derivan en la práctica de los impuestos y exacciones decretados por los estados.

Siguiendo esta línea de argumentación, Carson pone su foco en otro aspecto muy discutido dentro del anarcocapitalismo, como es el tema de la propiedad industrial. Considera a este tipo de propiedad como un ingenio estatal (tal propiedad es definida por la regulación estatal y es cambiante en muchas ocasiones de acuerdo con las necesidades de determinados grupos de presión empresarial) para expropiar la propiedad física en nombre de unos supuestos derechos de autoría intelectual. El la ve como un privilegio con el que se garantizan beneficios a las empresas próximas al Estado a costa de perjudicar al resto de la comunidad. Aquí Carson se transforma en un hábil teórico de la propiedad y se asemeja a las posturas de anarcocapitalistas de “derecha” como Stephan Kinsella. La conclusión de Carson es que cuando los estados definen qué es propiedad, no lo hacen de forma neutra sino en su favor o en favor de su allegados, y que el mundo de relaciones sociales que aquellos construyen, se hace imitando la propia forma corporativa del Estado. El autor es un antiestatista radical y desconfía por tanto de la bondad de tales diseños.

En su obra se discuten también muchos otros puntos de interés para nosotros: la cuestión de la escala de producción o el llamado “subsidio de la historia” (referido al debate sobre la legitimidad o no de la apropiación originaria de la tierra). La escala de producción de aplicado a empresas, organizaciones o estados es un tema poco abordado por la Economía Austríaca y la teoría económica en general. A menudo parece que sólo existe la teoría monetaria o los problemas de la desigualdad y que no hay nada más allá de estos. No obstante, la determinación de la escala de producción de bienes y servicios es un aspecto crucial de la vida económica, política y social. Usualmente nos quedamos con el proverbio de los rendimientos crecientes de escala y no vamos más allá. Criticamos al minifundio o a la pequeña empresa por poco productiva y alabamos las empresas, o países grandes, por ser supuestamente más eficientes a la hora de producir. Carson, discute y desmitifica muchos de estos puntos e intenta abrir un debate que por desgracia sigue sin darse, en nuestra escuela y otras, sobre si es cierto o no ese principio y en que circunstancias. Por su parte, el tema de la propiedad originaria de la tierra y de las injusticias que se derivan de propiedades adquiridas injustamente, tiene un interés más ético y moral que práctico, pues a día de hoy se haría muy difícil determinar a quien debería corresponde la propiedad original. Pero lo razona bien y tiene mucha razón al explicar que no todo fue limpio en los orígenes de nuestro actual sistema de mercado.

La obra de Carson tiene, a mi entender, errores graves, como su teoría del valor trabajo, que por mucho que intente adaptarla al marginalismo sigue siendo inválida, o su crítica del trabajo asalariado y la explotación que saca de la economía clásica o de libertarios de izquierda como Thomas Hodgskin. Estos errores, empero, sólo invalidan muy parcialmente su obra, construida principalmente sobre la de Rothbard y otros anarcocapitalistas, a los que lee parcialmente pero que sin duda inspiran su trabajo. Pocos autores contemporáneos he leido que abran tantos debates y de una forma tan original en nuestro campo, como él. Quizás sea que su lejanía del mundo académico le ha otorgado una libertad de pensamiento y actuación de la que el académico común carece. La Universidad otorga buenos medios para trabajar, pero está sujeta a una suerte de restricciones ambientales y burocráticas como la especialización o la departamentalización que minan en buena medida la originalidad. ¡Bienvenida sea la obra de Carson a nuestro mundo y ojalá se traduzcan al completo sus obras principales!

Nota final: existen traducidos en su web ensayos de menor extensión, pero no por ello de menor interés.

Las libertades y derechos en manos de los jueces

A pesar de los múltiples defectos de la Unión Europea, desde que accedió a la jefatura del gobierno español un individuo presto a burlarse de todas las barreras legales para mantenerse en el poder, vengo advirtiendo de la necesidad de recurrir a los recursos procesales más eficaces que ofrece el Derecho comunitario europeo para detener la tiranía que pretende instaurar.

Desde el mismo momento que pisó el malhadado Palacio de la Moncloa, adoptó todo tipo de decisiones más propias de un sátrapa despótico y arbitrario que de un dirigente político de un gobierno sometido, siquiera tenuemente, al cumplimiento de las normas del Estado de derecho. Su abuso del decreto Ley para convertir todo tipo de disparates en legislación vinculante se percibieron antes, incluso, de formar una coalición de gobierno con los neocomunistas de Podemos, apoyada por partidos nacionalistas. La pandemia del coronavirus le brindó la ocasión de excepción para sustraerse al ya débil control de las Cortes. 

Recordemos que desde principios de noviembre del año pasado, el ejecutivo, sustentado por una mayoría en el Congreso, se concedió una prórroga del estado de alarma hasta el 9 de mayo, doblemente inconstitucional: por eludir el plazo de quince días fijado en el artículo 116.2 CE, soslayando el control parlamentario, y por anunciar que sus condiciones se modificarían por decretos posteriores (deslegalización). Esto es, por normas reglamentarias, acordadas por el Consejo de ministros, o por cualquier titular de una cartera dispuesto a dictar los decretos apetecidos. En los recursos de inconstitucionalidad presentados contra las declaraciones de los estados de alarma y las prórrogas, por el partido político Vox, o en otros por el abuso del decreto ley, el Tribunal al que van dirigidos ha mostrado reiteradamente que va a actuar como si todo fuera normal. Ni da impulso a la tramitación de los asuntos ni considera la adopción de medidas cautelares para suspender su vigencia formal[1]. Por si quedaba alguna duda, un ministro que pasa por ser uno de los muñidores del gabinete, ha recordado que así se dispuso en el decreto de prórroga formalmente aprobado por el Congreso.

En este sentido, no es casual que al socaire de una prórroga del estado de alarma inconstitucional, el gobierno haya subido otra vez el listón de sus ataques al derecho de propiedad iniciados por el Real Decreto-ley 7/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler. Lo que comenzó siendo una contraproducente llamada a proporcionar vivienda gratuita, a costa de los propietarios, para arrendatarios en “situación de vulnerabilidad social”[2], suspendiendo los procedimientos de desahucio y los lanzamientos subsiguientes, se ha ampliado a la ejecución forzosa de las sentencias de condena por el delito de usurpación de vivienda (delito conocido como “okupación” en la jerga de sus promotores y los medios de comunicación) en la disposición final primera del decreto ley 1/2021, de 19 de enero. Torticeramente, los legisladores de excepción facultan al juez para suspender el lanzamiento de los condenados por sentencia a abandonar el inmueble hasta la finalización del estado de alarma. Todas estas medidas promueven la confiscación del derecho de propiedad, puesto que ni siquiera se acompañan de una previsión de indemnización por parte del estado, y pretenden que los jueces asuman la responsabilidad de tal acto inicuo[3]. De este modo, al vaciamiento del dominio se añade la vulneración de los derechos a un proceso con todas las garantías y a obtener la ejecución de una sentencia en sus propios términos, que constituye una faceta de la tutela judicial efectiva, recogida en el artículo 24.1 CE. El hecho resulta particularmente grave en el caso de la ejecución de condenas por usurpación, pues permite al reo lucrarse del delito cometido, incluso después de una resolución con fuerza de cosa juzgada.

En la espesa organización judicial española, la “abracadabrante” plasmación en una Ley de esa potestad de suspender, sin compensación alguna, desahucios y lanzamientos, tendrá previsiblemente el efecto de una bomba de racimo en el funcionamiento renqueante de los juzgados. A los conocidos retrasos en la tramitación de los asuntos y, en especial, la ejecución de sentencias, característicos del sistema judicial español, tal como se expondrá a continuación, se añaden disposiciones legislativas arbitrarias que aseguran el asalto de viviendas por doquier.

Ya en los años noventa[4] otro gobierno del PSOE posibilitó la separación de la competencia de juzgar de la ejecución de lo juzgado en las demarcaciones judiciales que tuvieran más de un juzgado, de manera que, en la mayoría de ellas existe un servicio común civil que acumula actos de ejecución y unos juzgados de ejecutorias con una trayectoria y organización análogas en el orden penal. Posteriormente, otra gran reforma de la LOPJ introducida por la mayoría parlamentaria del PP en la segunda década de este siglo, convirtió a los Letrados de la administración de Justicia[5] en los responsables de la ejecución. El resto del personal -más numeroso, y que, en la práctica forense, asume funciones de impulso procesal- depende de las respectivas consejerías de justicia de las CCAA. En medio de este lío de dependencias en la oficina judicial, que no está dirigida por el juez directamente, las suspensiones facultativas de desahucios y lanzamientos servirán como consigna paraque los funcionarios más afectos a la ideología del gobierno actúen. Al mismo tiempo, se activarán los incentivos para que los justiciables intenten la tramitación diligente de sus asuntosmediante la corrupción. 

Constatada la contumaz vulneración de la legalidad constitucional en sucesivos casos y, vista la inoperancia del Tribunal Constitucional en la adopción de medidas para revertir la situación ante cuestiones de inconstitucionalidad, recursos de inconstitucionalidad y de amparo que se le han planteado; cabe preguntarse si esos actos legislativos son válidos por el mero hecho de aparecer publicados en el BOE, desde la perspectiva del Derecho comunitario europeo, que vincula al Reino de España por su permanencia en la Unión Europea.

En este sentido cabe señalar que el artículo 17 de la Carta de los derechos fundamentales de la Unión Europea, equiparada al resto de tratados con la entrada en vigor del Tratado de Lisboa, en diciembre de 2009, establece que “toda persona tiene derecho a disfrutar de la propiedad de los bienes que haya adquirido legalmente, a usarlos, a disponer de ellos y a legarlos. Nadie puede ser privado de su propiedad más que por causa de utilidad pública, en los casos y condiciones previstos en la ley y a cambio, en un tiempo razonable, de una justa indemnización por su pérdida. El uso de los bienes podrá regularse por ley en la medida en que resulte necesario para el interés general”.

Esas conculcaciones continuas atentan, asimismo, contra los fundamentos recogidos en el artículo 2 del Tratado de la UE, esto es, “los valores de respeto de la dignidad humana, libertad, democracia, igualdad, Estado de derecho y respeto de los derechos humanos, incluidos los derechos de las personas pertenecientes a minorías”.

Es por esto por lo que los jueces españoles deben ser conscientes de que esos tratados les vinculan en el ejercicio de su jurisdicción. Hasta tal punto esto es así, que tienen la potestad de inaplicar normas con rango de ley por su contradicción con el Derecho de la Unión, ya que, el Derecho comunitario es un ordenamiento jurídico autónomo, aunque integrado en el sistema jurídico de los Estados miembros, que se impone a sus tribunales en virtud del principio de primacía.

Si, no obstante, existe una “duda objetiva, clara y terminante” sobre la supuesta contradicción entre la ley interna y el Derecho de la Unión Europea, el juez español debe plantear una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de acuerdo al artículo 267 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, sin perjuicio de adoptar medidas cautelares, a instancia de parte, de suspensión de la aplicación de la norma cuestionada hasta que el Tribunal de Luxemburgo se pronuncie. Esa distinción de dos supuestos diferenciados, aunque con unos criterios muy estrictos ha sido reconocida por el propio Tribunal Constitucional en su sentencia 37/2019, pese a las oscilaciones de criterio que suele mostrar en éste como en otros asuntos.

En conclusión, ante el aluvión de ataques a derechos fundamentales y los principios del Estado de Derecho, también consagrados en el derecho comunitario europeo, cada juez o tribunal español debe reaccionar cuando le llegue la ocasión. Invocando el orden jurídico europeo y amparándose en las instituciones de la Unión, tiene en sus manos el último resorte para frenar los planes autoritarios y liberticidas del gobierno y la mayoría que lo sustenta.

___________________

[1] Rutinariamente, el Tribunal Constitucional suele aducir el tenor del artículo 30 de la Ley Orgánica que regula
su funcionamiento y los procedimientos constitucionales como impedimento. Sin embargo, una cuestión es
que la simple admisión a trámite de un recurso no conlleve la suspensión de la vigencia de un acto con fuerza
de ley, y otra muy diferente, que el Tribunal no se plantee la adopción de medidas cautelares a instancia de
parte. Éstas están previstas tanto en el resto de los órdenes jurisdiccionales, como en la jurisdicción del
Tribunal de la Unión Europea.

[2] Pretender que los juzgados se conviertan en un apéndice de los servicios sociales para determinar a quién se
puede expulsar de una vivienda es un dislate que solo cabe en la mente de demagogos como los instalados en
el poder en España. Un estado mínimo podría mantener viviendas temporales para personas en la indigencia
real en vez de incautar las viviendas de propietarios arbitrariamente seleccionados.

[3] “(…) el Juez tendrá la facultad de suspender el lanzamiento hasta la finalización del estado de alarma“ dice la
disposición final de ese decreto ley 1/2021.

[4] La Ley Orgánica 16/1994, de 8 de noviembre, de reforma de la LOPJ, promovida por el ministro de Justicia e
Interior, Juan Alberto Belloch Julbe introdujo el siguiente apartado 1, del artículo 98:
«1. El Consejo General del Poder Judicial, podrá acordar, previo informe de las Salas de Gobierno, que en
aquellas circunscripciones donde exista más de un Juzgado de la misma clase, uno o varios de ellos asuman con
carácter exclusivo, el conocimiento de determinadas clases de asuntos, o de las ejecuciones propias del orden
jurisdiccional de que se trate.

[5] Tradicionalmente llamados “secretarios judiciales”. La citada reforma convirtió a estos funcionarios,
dependientes del Ministerio de Justicia, en los directores de la oficina judicial y en los responsables de la
ejecución de las resoluciones jurisdiccionales. Esta última asignación de funciones contradice la atribución
exclusiva a los jueces y tribunales de “el ejercicio de la potestad jurisdiccional en todo tipo de procesos,
juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado” del artículo 117.3 CE.

Escuela Austriaca y teoría de juegos

La teoría de juegos se ha convertido en un paradigma dominante dentro de la ciencia económica actual. De hecho, no hay más que comprobar la cantidad de recientes ganadores del Premio Nobel de Economía que son considerados teóricos de juegos. Desde Nash, Harsanyi, Aumann o Schelling, pasando por Myerson o Tirole, y acabando con Milgrom y Wilson, últimos ganadores del premio. Una herramienta fundamental dentro de la presente ciencia económica no puede pasar desapercibida a ojos de una escuela de pensamiento que se supone que tiene unos fundamentos teóricos y epistemológicos diferenciadores. Es por eso que la teoría de juegos necesita ser estudiada desde la Escuela Austriaca y sus fundamentos comparados con los de la misma. Seguramente encontraremos numerosas diferencias, pero también, similitudes que puedan animar a la síntesis, a la retroalimentación, a la mejora, entre ambas posturas. Por el momento, el trabajo que recoge de manera general este análisis de diferencias y similitudes entre la Escuela Austriaca y la teoría de juegos es el de Foss (2000), aunque podemos encontrar otros trabajos que también han tratado la cuestión de manera menos general (Cevolani 2011; Arena and Larrouy 2016). En ellos nos basaremos para escribir este artículo, además de algunos comentarios propios que haremos adicionalmente.

Similitudes: alternativa al paradigma del equilibrio competitivo

Antes que nada, llama la atención que uno de los desarrolladores más famosos de teoría de juegos aplicada a la economía sea precisamente economista austriaco. Es más, está considerado miembro de la cuarta generación de la Escuela, es decir, compañero de Hayek, Machlup o Haberler. Estamos hablando de Oskar Morgenstern, coautor junto al conocido matemático John von Neumann, de The Theory of Games and Economic Behavior (1944). Esta obra está calificada de revolucionaria y se la reconoce como iniciadora de un campo de investigación interdisciplinar de la teoría de juegos. Es decir, si de similitudes comenzamos a hablar, hemos de saber que uno de los primeros pensadores que empezó a aplicar la teoría de juegos en la economía fue, justamente, economista austriaco.

En línea con lo anterior, uno de los argumentos que Foss (2000) presenta en busca de las similitudes entre Escuela Austriaca y teoría de juegos es que la teoría de juegos podría ser considerada parte de la tradición austriaca. Él mismo matiza que es una idea un tanto atrevida, pero, si entendemos el “Austrianismo” en un sentido amplio, podríamos decir que la teoría de juegos hace hincapié en bastantes elementos austriacos: el subjetivismo de los planes individuales (beliefs, estrategias en los juegos), crítica del equilibrio competitivo, y defensa de la naturaleza secuencial de las acciones en los procesos de mercado. Estas primeras similitudes pueden tener su razón de ser en la idea de que el libro de Von Neumann y Morgenstern se consideró como un ataque a la ortodoxia (emergente por aquel entonces) de Hicks y Samuelson. Y es que, en efecto, el hecho de que la teoría de juegos se centrara en el análisis de las interacciones humanas a pequeña escala fue provocativo ante la ortodoxia, que pretendía fundamentar el análisis económico en el modelo de equilibrio competitivo. Es más, con los años, Morgenstern llegó a afirmar que los economistas tenían que abandonar la fijación Pareto-Walrasiana por el equilibrio competitivo y empezar a preguntarse por cosas como la formación de creencias, la rivalidad, o competencia (Morgenstern 1972).

Otra similitud la encontramos en ideas como la función empresarial y los procesos de mercado. La teoría de juegos permite introducir el papel del empresario y modelarlo. El hecho de que en muchos juegos haya múltiples equilibrios choca con la idea de la existencia de “el equilibrio” y abre la puerta al papel del empresario como aquel agente que impulsa al sistema desde un equilibrio a otro. Otros trabajos de teoría de juegos que se centran en los procesos de aprendizaje, es decir, en cómo los jugadores aprenden a hacer mejores respuestas. Incluso es interesante la relación que muchos teóricos de juegos hacen entre un equilibrio perfecto en subjuegos y su dependencia con algún punto focal, y la idea austriaca de que no existe un punto de equilibrio de manera ontológica separado del proceso de coordinación, sino que depende del proceso de formación de ese orden. En ese sentido, hablando de emergencia y órdenes, otro punto a tener en cuenta es que muchos autores austriacos y no austriacos, aunque simpatizantes, han usado como herramienta la teoría de juegos para analizar la teoría austriaca de las instituciones y el orden espontáneo (Foss 2000).

Por su parte, Cevolani (2011) también destaca las similitudes de la Escuela Austriaca con la teoría de juegos, añadiendo también la economía experimental. Aunque destaque al principio de su trabajo que tanto Mises como Hayek se opusieron a la idea de hacer experimentos en ciencias sociales, también cita numerosos trabajos como los de Vernon Smith, donde el propio autor reconoce que su investigación es una demostración de muchos de los puntos clave de la Escuela Austriaca. Otro punto en común que Cevolani destaca es la centralidad del problema del conocimiento Hayekiano, que implica reconocer que la información no es perfecta o que los agentes tienen racionalidad limitada. Por ello los austriacos y los teóricos de juegos se han focalizado en estudiar las capacidades epistémicas, limitaciones cognitivas y creencias de los sujetos. Algo que también, añade al autor, se ha comprobado en la economía experimental. Por último, destaca que la economía experimental puede ser entendida como un método empírico que permita hacer las “pattern predictions” propuestas por Hayek.   

Diferencias: fundamentos epistemológicos divergentes

Las principales críticas que Foss (2000) recoge tienen que ver con la formalización, la mala representación de la acción humana y la metodología del equilibrio. En primer lugar, una de las grandes diferencias entre teoría austriaca y teoría de juegos tiene que ver con la formalización. Los austriacos, por lo general, no son partidarios de ella, mientras que la teoría de juegos se encuentra altamente formalizada. Los austriacos pueden argumentar motivos suficientes para no seguir recurriendo a esta formalización, e incluso algunos como el propio Foss, piensan que la formalización, dentro de unos límites, puede ayudar a simplificar la complejidad del mundo real.

El siguiente problema, que sí es mucho más importante, alude directamente a cómo la teoría de juegos estándar equipa con hiper racionalidad a sus jugadores, o como la teoría de juegos evolutiva los toma por sujetos programados que no actúan por sí mismos. Esto choca con el carácter praxeológico de la acción humana. Además, esto continúa en la línea del paradigma neoclásico del equilibrio general. En esencia, estas representaciones de la acción humana por parte de la teoría de juegos implican la supresión del carácter empresarial de toda acción.

Por último, Foss destaca que muchos teóricos asumen, sin dar explicación alguna, que los agentes pueden coordinarse en un equilibrio deseado sin necesidad de aprender, descubrir o topar con sorpresas, sino que pueden hacerlo mediante un mero ejercicio de racionalidad. Esto, dice Foss, se debe a que la teoría de juegos descansa en las nociones neoclásicas de equilibrio y sus teóricos han pasado muy poco tiempo intentando explicar los procesos de ajuste hacia el equilibrio.

A estas críticas, sería bueno también añadir una cuestión epistemológica más. Esta tiene que ver con el uso de la probabilidad en la resolución de muchos juegos. Tradicionalmente, la teoría de juegos recurre al uso de la probabilidad por dos motivos principales: (1) para caracterizar movimientos aleatorios, y (2) para describir varias clases de estrategias aleatorizadas, como las estrategias mixtas o estrategias conductuales (Harsanyi 1982). En ambos casos, la probabilidad se entiende como objetiva (ver aquí la diferencia entre probabilidad objetiva y subjetiva). Incluso en juegos de información incompleta, donde se ha hecho mayor uso de probabilidades subjetivas que expresan las expectativas de los jugadores sobre algunos parámetros desconocidos para ellos, las probabilidades se interpretan finalmente como objetivas mediante distribuciones de la misma forma matemática (Harsanyi 1982). Un austriaco podría presentar serias objeciones a este uso de la probabilidad objetiva para resolver situaciones que están dentro del mundo de las ciencias de la acción humana.

Rothbard (1975; 2011) destaca la reconocida contribución de Richard von Mises a la teoría de la probabilidad, que además fue adoptada por su hermano Ludwig von Mises (L. von Mises 2011) –aunque no lo mencione en ninguna de sus obras– para establecer la diferencia entre la probabilidad de caso y de clase. Mises (1957) fue el fundador y principal proponente de la interpretación frecuentista de la probabilidad. El propio Mises estableció que solo es posible hacer cálculo con probabilidades objetivas, no subjetivas. Además, señaló que el término probabilidad no puede aplicar a casos únicos, sino que se enmarca en colectivos homogéneos de eventos. Siendo esto así, austriacos como Rothbard (1975; 2011) y, de manera más profunda y refinada Hoppe (2007), han dicho que es un sinsentido aplicar probabilidad objetiva a fenómenos humanos, donde hablaríamos de casos únicos, probabilidad subjetiva o, directamente, de incertidumbre, lo que implica desconocimiento sobre el futuro. De esta manera, los austriacos pueden criticar la aplicación de la probabilidad objetiva en teoría de juegos para la economía, calificándolo de error epistemológico que es consecuencia de no haber seguido coherentemente una de las contribuciones más reconocidas dentro de la teoría de la probabilidad; esta es, la de Richard von Mises.

Referencias
Arena, Richard, and Lauren Larrouy. 2016. “Subjectivity and Coordination in Economic Analysis.” Oeconomia 6 (2): 201–33. https://doi.org/10.4000/OECONOMIA.2348.
Cevolani, Gustavo. 2011. “Hayek in the Lab. Austrian School, Game Theory, and Experimental Economics.” Logic & Philosophy of Science 9 (1): 429–36.
Foss, Nicolai. 2000. “Austrian Economics and Game Theory: A Stocktaking and an Evaluation.” Review of Austrian Economics 13 (1): 41–58. https://doi.org/10.1023/A:1007802112910.
Harsanyi, John C. 1982. “Uses of Bayesian Probability Models in Game Theory.” In Papers in Game Theory, 28:171–83. Dordrecht: Springer Netherlands. https://doi.org/10.1007/978-94-017-2527-9_9.
Hoppe, Hans-Hermann. 2007. “The Limits of Numerical Probability: Frank H. Knight and Ludwig von Mises and The Frequency Interpretation.” The Quarterly Journal of Austrian Economics 10 (1): 1–20. https://doi.org/10.1007/s12113-007-9005-3.
Mises, Ludwig von. 2011. La Acción Humana: Tratado de Economía. 4a. Madrid: Unión Editorial.
Mises, Richard von. 1957. Probability, Statistics, and Truth. New York: Dover Publications.
Morgenstern, Oskar. 1972. “Thirteen Critical Points in Contemporary Economic Theory: An Interpretation.” Journal of Economic Literature 10 (4): 1163–89. https://www.jstor.org/stable/2721542?seq=1.
Rothbard, Murray N. 1975. “The Correct Theory of Probability.” Libertarian Review 9 (2): 9.
———. 2011. “What Is the Proper Way to Study Man?” In Economic Controversies, 25–28. Auburn: Ludwig von Mises Institute.

El último discípulo de Carl Menger: En memoria de Antal Fekete

Carl Menger fue uno de los economistas más importantes del S. XIX. Conocido por ser considerado el padre de la Escuela Austríaca de Economía, también fue uno de los líderes, junto a Walras y Jevons, de la revolución marginalista la cual rechazó la teoría de valor trabajo iniciada por Adam Smith y continuada por David Ricardo y Karl Marx. Su gran aporte al mundo económico fue la utilidad marginal de la cual derivó el fundamento del análisis monetario moderno: la liquidez. Para Menger, la liquidez se mide por el spread de un bien, es decir, la diferencia entre al precio máximo al que está dispuesto a pagar el comprador marginal y el precio mínimo al que esta dispuesto a deshacerse de él el vendedor marginal.

A pesar de la genialidad de Menger a la hora de plantear una teoría sobre el surgimiento del dinero mediante la explicación de la liquidez llevándola a sus últimas consecuencias, la Escuela Austríaca se desvía de Menger en temas monetarios adoptando visiones más monetaristas que se pueden observar claramente en Ludwig von Mises. Estas ideas están influidas por la tradición monetaria de David Hume y David Ricardo. Obviamente estas ideas no forman parte del legado de Menger y por tanto no pueden considerarse de austríacas.

Antal Fekete retoma la tradición mengeriana sobre la teoría de dinero para completarla donde Menger la dejó. Y es que a pesar de que Menger elabora una teoría del dinero sólida, este no trata de ninguna manera el crédito. Fekete fusiona la teoría monetaria de Menger con la Doctrina de las Letras Reales de Adam Smith, siempre adaptándola mediante el uso de la subjetividad y la liquidez. Así, al igual que el dinero es un bien líquido, existirán algunos bienes de consumo cuya liquidez será también muy alta debido a su gran demanda estacional, esto es, su liquidez es sólo temporal durante un período corto de tiempo. Por tanto, durante la temporada en la que estos bienes conserven su gran liquidez, pueden servir de colateral para letras reales (pagarés) y ser usados como medio de cambio. Estos pagarés derivan su liquidez de los bienes de consumo líquidos que los respaldan.

El surgimiento de este crédito circulante desplaza al dinero como medio de cambio. De esta manera, gran parte de los intercambios dejan de efectuarse con dinero en efectivo para realizarse con estas promesas de pago. Además, es probable que, al vencimiento, estas mismas promesas de pago no se conviertan en dinero, sino que se intercambien por otras promesas de pago diferentes que son temporalmente más demandadas en el momento del vencimiento. Lo que quiero decir es que, aunque la suma monetaria de estas promesas de pago se mantuviese estable, los bienes de consumo sobre las que están respaldadas van rotando debido a los diferentes bienes demandados según se transcurre el año. Las mercancías se han intercambiado contra mercancías y no contra dinero, dejando así al dinero la función de reserva de valor y al crédito como medio de intercambio.

La banca adquiere aquí una función extra, la de ente certificador de la calidad de estas promesas de pago. Ella será la encargada de aceptar o no el descuento de estas letras y por ello deberá ser consciente de su liquidez. El nuevo negocio de la banca será el descuento de letras, y su beneficio el tipo de descuento. Sin embargo, la banca puede verse tentada a prestar a largo plazo a cargo de estas promesas de pago a corto plazo. Así obtiene un beneficio mayor porque el tipo de interés de largo plazo (casi) siempre será mayor al tipo de descuento en este corto plazo. El banco deteriora su liquidez produciendo un descalce de plazos financiero que será el germen del ciclo económico.

Como se mencionó antes, las mercancías se están cambiando por mercancías y no por dinero. De esta manera, para detener la retroalimentación en la que queda atrapada el sistema financiero una vez los bancos se dedican al descalce de plazos, el dinero juega un papel fundamental. Es la convertibilidad de los pasivos bancarios en dinero la que detiene este bucle. La habilidad del dinero contante y sonante de ser el instrumento definitivo para extinguir deuda es quién impone rigidez al sistema bancario. El dinero, por ser el bien más líquido, actúa de reserva última de liquidez y a su vez, como no es pasivo de nadie, permite a los consumidores escindirse del sistema financiero.

Antal Fekete consiguió desarrollar una teoría del crédito circulante de la que andaba huérfana la Escuela Austríaca a la vez que complementa a la teoría del dinero de Carl Menger. Por todo esto, Fekete debería ser considerado uno de los mejores economistas monetarios con los que nos ha obsequiado la Escuela Austríaca. Él fue el más mengeriano de los seguidores de Menger y el artífice de la unión del dinero y el crédito desde unos principios subjetivistas propios de nuestra escuela de pensamiento.